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Document 22007D0131

Decisión del Comité Mixto del EEE n°  131/2007, de 28 de septiembre de 2007 , por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

DO L 47 de 21.2.2008, p. 67–68 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2007/131(2)/oj

21.2.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 47/67


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 131/2007

de 28 de septiembre de 2007

por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»),y, en particular, sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 65/2007, de 15 de junio de 2007 (1).

(2)

Es preciso ampliar la cooperación de las Partes contratantes del Acuerdo para incluir la Decisión no 779/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, por la que se establece, para el período 2007-2013, un programa específico para prevenir y combatir la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres y proteger a las víctimas y grupos de riesgo (programa Daphne III) integrado en el programa general «Derechos fundamentales y justicia» (2).

(3)

Por consiguiente, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo para hacer posible esta cooperación más amplia a partir del 1 de enero de 2007.

DECIDE:

Artículo 1

El artículo 5 del Protocolo 31 del Acuerdo queda modificado como sigue:

1)

El apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:

«5.   Los Estados de la AELC participarán en los programas y acciones de la Comunidad mencionados en los primeros dos guiones del apartado 8 a partir del 1 de enero de 1996; en el programa mencionado en el tercer guión a partir del 1 de enero de 2000; en el programa mencionado en el cuarto guión a partir del 1 de enero de 2001; en los programas mencionados en los guiones quinto y sexto a partir del 1 de enero de 2002; en los programas mencionados en los guiones séptimo y octavo a partir del 1 de enero de 2004, y en los programas mencionados en los guiones noveno, décimo y undécimo a partir del 1 de enero de 2007.».

2)

En el apartado 8 se añade el guión siguiente:

«—

32007 D 0779: Decisión no 779/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, por la que se establece, para el período 2007-2013, un programa específico para prevenir y combatir la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres y proteger a las víctimas y grupos de riesgo (programa Daphne III) integrado en el programa general “Derechos fundamentales y justicia” (DO L 173 de 3.7.2007, p. 19).».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación transmitida al Comité Mixto del EEE, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2007.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Stefán Haukur JÓHANNESSON


(1)  DO L 304 de 22.11.2007, p. 47.

(2)  DO L 173 de 3.7.2007, p. 19.

(3)  Se han indicado preceptos constitucionales.


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