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Document 22006D0117

    Decisión del Comité Mixto del EEE n o  117/2006, de 22 de septiembre de 2006 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

    DO L 333 de 30.11.2006, p. 40–41 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/117(2)/oj

    30.11.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 333/40


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N o 117/2006

    de 22 de septiembre de 2006

    por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 56/2006 del Comité Mixto del EEE, de 2 de junio de 2006 (1).

    (2)

    La Recomendación 2006/283/CE de la Comisión, de 11 de abril de 2006, en materia de medidas de reducción del riesgo de las siguientes sustancias: ftalato de dibutilo; 3,4-dicloroanilina; ftalato de di-isodecilo; ácido 1,2-bencenodicarboxílico, ésteres dialquílicos ramificados de C9-11, ricos en C10; ftalato de di-isononilo; ácido 1,2-bencenodicarboxílico, ésteres dialquílicos ramificados de C8-10, ricos en C9; ácido etilendiaminotetraacético; acetato de metilo; ácido monocloroacético; n-pentano; etilendiaminotetraacetato de tetrasodio (2), debe incorporarse al Acuerdo.

    DECIDE:

    Artículo 1

    Después del punto 25 del capítulo XV del anexo II del Acuerdo (Recomendación 2004/394/CE de la Comisión), bajo el encabezamiento «ACTOS DE LOS CUALES LAS PARTES CONTRATANTES TOMARÁN NOTA» se añade el siguiente punto :

    «26.

    32006 H 0283: Recomendación 2006/283/CEde la Comisión, de 11 de abril de 2006 , en materia de medidas de reducción del riesgo de las siguientes sustancias: ftalato de dibutilo; 3,4-dicloroanilina; ftalato de di-isodecilo; ácido 1,2-bencenodicarboxílico, di-C9-11-alquil ésteres ramificados, ricos en C10, ftalato de di-isononilo; ácido 1,2-bencenodicarboxílico, di-C8-10-alquil ésteres ramificados, ricos en C9, ácido etilendiaminotetraacético; acetato de metilo; ácido monocloroacético; n-pentano; etilendiaminotetraacetato de tetrasodio (DO L 104 de 13.4.2006, p. 45)».

    Artículo 2

    Los textos de la Recomendación 2006/283/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 23 de septiembre de 2006, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 2006.

    Por el Comité Mixto del EEE,

    El Presidente

    Oda Helen SLETNES


    (1)  DO L 245 de 7.9.2006, p. 1.

    (2)  DO L 104 de 13.4.2006, p. 45.

    (3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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