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Document 21983A0606(01)

Acuerdo en forma de acta alcanzado entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria, negociado con arreglo al artículo XXVIII del GATT respecto de determinadas hortalizas congeladas, preparadas o conservadas

DO L 147 de 6.6.1983, p. 2–8 (DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (ES, PT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1994

Related Council decision

21983A0606(01)

Acuerdo en forma de acta alcanzado entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria, negociado con arreglo al artículo XXVIII del GATT respecto de determinadas hortalizas congeladas, preparadas o conservadas

Diario Oficial n° L 147 de 06/06/1983 p. 0002
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 28 p. 0036
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 28 p. 0036


ACUERDO

en forma de acta alcanzado entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria , negociado con arreglo al artículo XXVIII del GATT respecto de determinadas hortalizas congeladas , preparadas o conservadas

1 . Las delegaciones de la Comisión de las Comunidades Europeas y de Austria han finalizado sus negociaciones , con arreglo al artículo XXVIII del GATT , encaminadas a modificar o a retirar las concesiones previstas en la lista XXXII-Austria referente a determinadas hortalizas congeladas , preparadas o conservadas , mediante el siguiente Acuerdo conjunto .

Se sustituyen las concesiones previstas en la lista XXXII-Austria que figuran en la parte A del Anexo I , por :

a ) las concesiones que se consolidarán en el GATT tal como figuran en la parte C del Anexo I ;

b ) las concesiones autónomas tal como figuran en el intercambio de cartas adjunto ( Anexo II ) .

Las disposiciones contempladas en el presente apartado entrarán en vigor en la misma fecha .

2 . En caso de que Austria considerase poner término a las concesiones autónomas contempladas en la letra b ) del punto 1 anterior , Austria se compromete a celebrar consultas con la Comunidad , con objeto de compensarla . En dichas consultas , la Comunidad , con carácter bilateral , podrá hacer valer derechos equivalentes a los que tuviere entonces con arreglo al artículo XXVIII del GATT .

Bruselas , a ...

En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas

Por el Gobierno de la República de Austria

ANEXO I

Al Director General del GATT

Ginebra

Negociaciones relativas a la lista XXXII-Austria

Las delegaciones de la Comisión de las Comunidades Europeas y de Austria han finalizado sus negociaciones , con arreglo al artículo XXVIII , para la modificación o retirada de las concesiones previstas por la lista XXXII-Austria , con arreglo al informe adjunto .

Bruselas , a ...

Por la Delegación de la Comisión de las Comunidades Europeas

Por la Delegación de Austria ( a reserva de ratificación )

Resultados de las negociaciones celebradas con arreglo al artículo XXVIII para la modificación o retirada de las concesiones de la lista XXXII-Austria negociadas inicialmente en el marco del Protocolo de Ginebra ( 1967 )

MODIFICACIÓN DE LA LISTA XXXII-AUSTRIA

A . Concesiones que se retiran

Número del arancel aduanero común * Denominación de la mercancía * Tipo de los derechos consolidados de la lista existente en % ad valorem o en chelines por 100 kg *

ex 07.02 * Legumbres y hortalizas , cocidas o no , congeladas , con exclusión de las patatas * 20 % *

20.02 * Legumbres y hortalizas preparadas o conservadas sin vinagre ni ácido acético : * *

* A . en envases herméticamente cerrados con un peso bruto de 15 kg o menos : * *

* 5 . los demás : * *

* ex c ) Judías verdes , guisantes , zanahorias y mezclas de hortalizas que contengan al menos una de estas hortalizas , espinacas * 370,00 *

C . Reducción o modificación de los tipos consolidados de las listas existentes

Número del arancel aduanero común * Denominación de la mercancía * Tipo de los derechos consolidados de la lista existente en % ad valorem o en chelines por 100 kg * Tipo de los derechos que deben consolidarse en % ad valorem o en chelines por 100 kg *

07.02 * Legumbres y hortalizas , cocidas o no , congeladas : * * *

* A . Apios , tomates , champiñones , calabacines , cebollas , chalotas y todos los tipos de coles con exclusión de los brécoles * 20 % * 20 % con un mínimo de 250,00 chelines por 100 kg *

* D . los demás * 20 % * 18 % *

16.04 * Preparados y conservas de pescado , incluido el caviar y sus sucedáneos : * * *

* B . los demás : * * *

* 2 . Otros preparados : * * *

* ex b ) pescados de mar congelados , sin empanar * 530,00 * 500,00 *

ANEXO II

Republik OEsterreich

Bundesministerium fuer Handel , Gewerbe und Industrie

Bruselas , 12 de enero de 1983

Señor ,

Con referencia al acuerdo celebrado entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria el 21 de julio de 1972 y , en particular , a su artículo 15 , con arreglo al cual las partes contratantes se declaran dispuestas a favorecer , dentro del respeto a sus políticas agrícolas , el desarrollo armonioso de los intercambios de productos agrícolas , tengo el honor de informarle de que la República de Austria concede a la Comunidad , sobre una base unilateral , las concesiones arancelarias siguientes :

Número del arancel aduanero común * Denominación de la mercancía * Tipo de los derechos *

07.02 * Legumbres y hortalizas , cocidas o no , congeladas : * *

ex 07.02 B * - judías verdes , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 1 480 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - guisantes , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 400 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - zanahorias , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 1 260 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - espinacas , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 150 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - pimientos , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 80 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - mezclas de hortalizas que contengan por lo menos judías verdes , guisantes o zanahorias , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 370 t (1) * 20 % ad valorem *

16.04 * Preparados y conservas de pescado , incluido el caviar y sus sucedáneos : * *

* B . los demás * *

* 2 . Otros preparados : * *

* b ) pescados de mar , congelados , sin empanar * Exención *

ex 16.05 * Caracoles preparados o conservados * 15 % ad valorem *

20.02 * Legumbres y hortalizas preparadas o conservadas sin vinagre ni ácido acético : * *

* A . en envases herméticamente cerrados con un peso bruto de 15 kg o menos : * *

* 5 . los demás : * *

* a ) Espárragos * 11 % ad valorem *

* B . Presentados de otra manera * *

* 1 . Trufas * 10 % ad valorem *

* 2 . Aceitunas * 70,00 chelines/100 kg *

* 3 . Alcaparras * 55,00 chelines/100 kg *

* 6 . los demás : * *

* c ) No expresados * 75,00 chelines/100 kg *

(1) La admisión al beneficio de esta concesión se supedita a la presentación de un certificado « Kontingentschein » expedido por el Bundesministerium fuer Handel , Gewerbe und Industrie , que tendrá a su cargo la vigilancia y distribución del contingente . El año contingentario comenzará el 1 de enero de cada año . Para el año 1983 , el contingente se fijará en proporción al contingente anual .

Dichas concesiones se añaden a las que figuran en la carta de 21 de julio de 1972 dirigida por el Jefe de la Delegación austriaca , Sr. A. Marguet , al Jefe de la Delegación de las Comunidades , Sr. E. P. Wellenstein .

Le agradecería me confirmase su conformidad con el contenido de esta carta .

Le ruego acepte , señor , el testimonio de mi más alta consideración .

( a reserva de ratificación )

G. WAAS

Sr. D. Michel Jacquot

Encargado de las negociaciones

Direction générale de l'agriculture

Commission des Communautés européennes

Rue de la Loi 200

B-1049 Bruxelles

Comisión de las Comunidades Europeas

Bruselas , 12 de enero de 1983

Sr. Director ,

Tengo el honor de confirmar mi conformidad con el contenido de su carta del 12 de enero de 1983 , redactada como sigue :

« Con referencia al acuerdo celebrado entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria el 21 de julio de 1972 y , en particular , a su artículo 15 , con arreglo al cual las partes contratantes se declaran dispuestas a favorecer , dentro del respeto a sus políticas agrícolas , el desarrollo armonioso de los intercambios de productos agrícolas , tanto el honor de informarle de que la República de Austria concede a la Comunidad , sobre una base unilateral , las concesiones arancelarias siguientes :

Número del arancel aduanero común * Denominación de la mercancía * Tipo de los derechos *

07.02 * Legumbres y hortalizas , cocidas o no , congeladas : * *

ex 07.02 B * - Judías verdes , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 1 480 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - guisantes , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 400 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - zanahorias , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 1 260 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - espinacas , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 150 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - pimientos , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 80 t (1) * 20 % ad valorem *

ex 07.02 B * - mezclas de hortalizas que contengan por lo menos judías verdes , guisantes o zanahorias , hasta el límite de un contingente arancelario anual de 370 t (1) * 20 % ad valorem *

16.04 * Preparados y conservas de pescado , incluido el caviar y sus sucedáneos : * *

* B . los demás * *

* 2 . Otros preparados : * *

* b ) pescados de mar , congelados , sin empanar * Exención *

ex 16.05 * Caracoles preparados o conservados * 15 % ad valorem *

20.02 * Legumbres y hortalizas preparadas o conservadas sin vinagre ni ácido acético : * *

* A . en envases herméticamente cerrados con un peso bruto de 15 kg o menos : * *

* 5 . los demás : * *

* a ) Espárragos * 11 % ad valorem *

* B . Presentados de otra manera * *

* 1 . Trufas * 10 % ad valorem *

* 2 . Aceitunas * 70,00 chelines/100 kg *

* 3 . Alcaparras * 55,00 chelines/100 kg *

* 6 . los demás : * *

* c ) No expresados * 75,00 chelines/100 kg *

(1) La admisión al beneficio de esta concesión se supedita a la presentación de un certificado « Kontingentschein » expedido por el Bundesministerium fuer Handel , Gewerbe und Industrie , que tendrá a su cargo la vigilancia y distribución del contingente . El año contingentario comenzará el 1 de enero de cada año . Para el año 1983 , el contingente se fijará en proporción al contingente anual .

Dichas concesiones se añaden a las que figuran en la carta de 21 de julio de 1972 dirigida por el Jefe de la Delegación austriaca , Sr. A. Marquet , al Jefe de la Delegación de las Comunidades , Sr. E. P. Wellenstein .

Le agradecería me confirmase su conformidad con el contenido de esta carta . »

Le ruego acepte , señor Director , el testimonio de mi más alta consideración .

M. JACQUOT

M. Gerhard Waas

Director

Bundesministerium fuer Handel ,

Gewerbe und Industrie

Stubenring 1

1010 Vienna

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