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Document 12016E337

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
SÉPTIMA PARTE - DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
Artículo 337 (antiguo artículo 284 TCE)

DO C 202 de 7.6.2016, p. 192–192 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/tfeu_2016/art_337/oj

7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/192


Artículo 337

(antiguo artículo 284 TCE)

Para la realización de las funciones que le son atribuidas, la Comisión podrá recabar todo tipo de informaciones y proceder a todas las comprobaciones necesarias, dentro de los límites y en las condiciones fijados por el Consejo, por mayoría simple, de conformidad con las disposiciones de los Tratados.


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