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Document 12016A097
Consolidated version of the Treaty establishing the European Atomic Energy Community#TITLE II - PROVISIONS FOR THE ENCOURAGEMENT OF PROGRESS IN THE FIELD OF NUCLEAR ENERGY#CHAPTER 9 - The nuclear common market#Article 97
Versión consolidada del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
TÍTULO II - DISPOSICIONES DESTINADAS A PROMOVER EL PROGRESO EN EL ÁMBITO DE LA ENERGÍA NUCLEAR
CAPÍTULO 9 - Mercado común nuclear
Artículo 97
Versión consolidada del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
TÍTULO II - DISPOSICIONES DESTINADAS A PROMOVER EL PROGRESO EN EL ÁMBITO DE LA ENERGÍA NUCLEAR
CAPÍTULO 9 - Mercado común nuclear
Artículo 97
DO C 203 de 7.6.2016, p. 37–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/euratom_2016/art_97/oj
7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 203/37 |
Artículo 97
No podrá imponerse ninguna restricción, por motivos de nacionalidad, a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sometidas a la jurisdicción de un Estado miembro, que deseen participar en la construcción, dentro de la Comunidad, de instalaciones nucleares de carácter científico o industrial.