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Document 11997E010
Treaty establishing the European Community (Amsterdam consolidated version)#Part One: Principles#Article 10#Article 5 - EC Treaty (Maastricht consolidated version)#Article 5 - EEC Treaty
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam)
Primera parte: Principios
Artículo 10
Artículo 5 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 5 - Tratado CEE
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam)
Primera parte: Principios
Artículo 10
Artículo 5 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 5 - Tratado CEE
In force
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam) - Primera parte: Principios - Artículo 10 - Artículo 5 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht) - Artículo 5 - Tratado CEE
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0183 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0009 - Versión consolidada
(Tratado CEE - publicación oficial no disponible)
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam) Artículo 10 Los Estados miembros adoptarán todas las medidas generales o particulares apropiadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Tratado o resultantes de los actos de las instituciones de la Comunidad. Facilitarán a esta última el cumplimiento de su misión. Los Estados miembros se abstendrán de todas aquellas medidas que puedan poner en peligro la realización de los fines del presente Tratado.