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Document 11957E032
TREATY ESTABLISHING THE EUROPEAN ECONOMIC COMMUNITY, PART TWO - FOUNDATIONS OF THE COMMUNITY, TITLE I - FREE MOVEMENT OF GOODS, CHAPTER 2: ELIMINATION OF QUANTITATIVE RESTRICTIONS BETWEEN MEMBER STATES, ARTICLE 32
Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ( CEE ), Segunda parte: Fundamentos de la Comunidad, Titulo I: Libre circulacion de mercancias, Capitulo 2: Supresion de las restricciones cuantitativas entre los Estados miembros, Articulo 32
Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ( CEE ), Segunda parte: Fundamentos de la Comunidad, Titulo I: Libre circulacion de mercancias, Capitulo 2: Supresion de las restricciones cuantitativas entre los Estados miembros, Articulo 32
In force
Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ( CEE ), Segunda parte: Fundamentos de la Comunidad, Titulo I: Libre circulacion de mercancias, Capitulo 2: Supresion de las restricciones cuantitativas entre los Estados miembros, Articulo 32
Artículo 32. Los Estados miembros se abstendrán, en sus intercambios recíprocos, de restringir aún más los contingentes y las medidas de efecto equivalente existentes en la fecha de entrada en vigor del presente Tratado. Dichos contingentes deberán ser suprimidos, a más tardar, al final del período transitorio; durante dicho período serán progresivamente eliminados en la forma que a continuación se establece.