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Document 32002D0772R(03)
Corrección de errores de la Decisión del Consejo, de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002, por la que se modifica el Acto relativo a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom (2002/772/CE, Euratom) (DO L 283 de 21.10.2002)
Corrección de errores de la Decisión del Consejo, de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002, por la que se modifica el Acto relativo a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom (2002/772/CE, Euratom) (DO L 283 de 21.10.2002)
ΕΕ L 105 της 21.4.2017, p. 22–23
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2002/772/corrigendum/2017-04-21/oj
21.4.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 105/22 |
Corrección de errores de la Decisión del Consejo, de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002, por la que se modifica el Acto relativo a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom (2002/772/CE, Euratom)
( Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 283 de 21 de octubre de 2002 )
En la página 1, en el título:
donde dice:
«Decisión del Consejo de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002 por la que se modifica el Acto relativo a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom (2002/772/CE, Euratom)»,
debe decir:
«Decisión del Consejo de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002 por la que se modifica el Acta relativa a la elección de los representantes en el Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom (2002/772/CE, Euratom)».
En la página 1, en el considerando 1:
donde dice:
«(1) |
Procede modificar el acto relativo a la elección de los miembros del Parlamento […]», |
debe decir:
«(1) |
Procede modificar el Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento […]». |
En la página 1, en el considerando 2:
donde dice:
«(2) |
Con objeto de mejorar la legibilidad del Acto modificado por la […]», |
debe decir:
«(2) |
Con objeto de mejorar la legibilidad del Acta modificada por la […]». |
En la página 1, en el artículo 1, párrafo primero y punto 1:
donde dice:
«El Acto relativo a la elección de los diputados del Parlamento Europeo por sufragio universal directo anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom del Consejo (3) (denominado en lo sucesivo “el Acto de 1976”) se modificará de conformidad con las disposiciones del presente artículo.
1) |
En el Acto de 1976, excepto en el artículo 13, las menciones “representante” o “representante del Parlamento Europeo” se sustituirán por la mención “diputado al Parlamento Europeo”.», |
debe decir:
«El Acta relativa a la elección de los representantes en el Parlamento Europeo por sufragio universal directo anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom del Consejo (3) (denominada en lo sucesivo “el Acta de 1976”) se modificará de conformidad con las disposiciones del presente artículo.
1) |
En el Acta de 1976, excepto en el artículo 13, las menciones “representante” o “representante en el Parlamento Europeo” se sustituirán por la mención “diputado al Parlamento Europeo”.». |
En la página 2, en el artículo 1, punto 8:
donde dice:
«Artículo 7
Salvo lo dispuesto en el presente Acto, el […]»,
debe decir:
«Artículo 7
Salvo lo dispuesto en la presente Acta, el […]».
En la página 3, en el artículo 1, punto 12:
donde dice:
«2. |
Salvo lo dispuesto en el presente Acto, el […]», |
debe decir:
«2. |
Salvo lo dispuesto en la presente Acta, el […]». |
En la página 3, en el artículo 1, punto 14:
donde dice:
«El presente Acto se redactará en las lenguas […]
Los anexos II y III son parte integrante del presente Acto.»,
debe decir:
«La presente Acta se redactará en las lenguas […]
Los anexos II y III son parte integrante de la presente Acta.».
En la página 3, en el artículo 2:
donde dice:
«1. Los artículos y los anexos del Acto de 1976, tal como han sido modificados por la presente Decisión, se numeran con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo de la presente Decisión, que es parte integrante de la misma.
2. Las referencias cruzadas a los artículos y anexos en el Acto de 1976 se adaptarán en consecuencia. Se hará lo mismo con las referencias a dichos artículos y a sus subdivisiones contenidos en los Tratados comunitarios.
3. Las referencias a los artículos del Acto de 1976 contenidas en otros instrumentos o actos se entenderán hechas a los artículos del Acto de 1976 tal como se han vuelto a numerar con arreglo al […]»,
debe decir:
«1. Los artículos y los anexos del Acta de 1976, tal como han sido modificados por la presente Decisión, se numeran con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo de la presente Decisión, que es parte integrante de la misma.
2. Las referencias cruzadas a los artículos y anexos en el Acta de 1976 se adaptarán en consecuencia. Se hará lo mismo con las referencias a dichos artículos y a sus subdivisiones contenidos en los Tratados comunitarios.
3. Las referencias a los artículos del Acta de 1976 contenidas en otros instrumentos o actos se entenderán hechas a los artículos del Acta de 1976 tal como se han vuelto a numerar con arreglo al […]».
En la página 4, en el título del anexo:
donde dice:
«Tabla de correspondencias contempladas en el artículo 2 de la Decisión 2002/772/CE, Euratom del Consejo de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002 por la que se modifica el Acto relativo a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom»,
debe decir:
«Tabla de correspondencias contempladas en el artículo 2 de la Decisión 2002/772/CE, Euratom del Consejo de 25 de junio de 2002 y de 23 de septiembre de 2002 por la que se modifica el Acta relativa a la elección de los representantes en el Parlamento Europeo por sufragio universal directo, anejo a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom».