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Document 31997R2472R(03)
Rectificación al Reglamento (CE) no 2472/97 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis y el Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 341 de 12 de diciembre de 1997)
Rectificación al Reglamento (CE) no 2472/97 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis y el Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 341 de 12 de diciembre de 1997)
ABl. L 63 vom 4.3.1998, p. 34–34
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1997/2472/corrigendum/1998-03-04/oj
Rectificación al Reglamento (CE) no 2472/97 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis y el Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 341 de 12 de diciembre de 1997)
Diario Oficial n° L 063 de 04/03/1998 p. 0034 - 0034
Rectificación al Reglamento (CE) n° 2472/97 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis y el Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 341 de 12 de diciembre de 1997) En la página 27, en el anexo I, en la columna «Categoría», en el punto 3: en lugar de: «3. Aceite de oliva corriente», léase: «3. Aceite de oliva virgen corriente».