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Document 32009R0884R(01)

    Corrección de errores del Reglamento (CE) n ° 884/2009 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2009 , por el que se establecen la forma y el contenido de la información contable que deberá presentarse a la Comisión con vistas a la liquidación de cuentas del Feaga y del Feader, así como con fines de seguimiento y elaboración de previsiones ( DO L 254 de 26.9.2009 )

    OB L 166, 1.7.2010, p. 42–42 (ES, IT, PL, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2009/884/corrigendum/2010-07-01/oj

    1.7.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 166/42


    Corrección de errores del Reglamento (CE) no 884/2009 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2009, por el que se establecen la forma y el contenido de la información contable que deberá presentarse a la Comisión con vistas a la liquidación de cuentas del Feaga y del Feader, así como con fines de seguimiento y elaboración de previsiones

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 254 de 26 de septiembre de 2009 )

    1.

    En la página 49, anexo III, punto 6.1, párrafo primero:

    en lugar de:

    «Las “inspecciones in situ” mencionadas aquí son las previstas en los reglamentos pertinentes (2). Incluyen las visitas materiales de la explotación (código “F” o código “C”) y/o los controles por teledetección (código “T”), así como los controles materiales in situ de los productos (código “G”) y los controles de sustitución (código “S”) de las restituciones por exportación.»,

    léase:

    «Las “inspecciones in situ” mencionadas aquí son las previstas en los reglamentos pertinentes (2). Incluyen las visitas materiales de la explotación (código “F” o código “C”) y/o los controles por teledetección (código “T”), así como los controles materiales in situ de los productos (código “G”), los controles de sustitución (código “S”) y los controles de sustitución específicos (código “U”) de las restituciones por exportación.».

    2.

    En la página 49, anexo III, punto 6.1, párrafo tercero:

    en lugar de:

    «El campo F602 deberá cumplimentarse si se indica una inspección in situ (“F”, “C”, “T”, “G” o “S”) en el campo F600.»,

    léase:

    «El campo F602 deberá cumplimentarse si se indica una inspección in situ (“F”, “C”, “T”, “G”, “S” o “U”) en el campo F600.».

    3.

    En la página 49, anexo III, punto 6.1, párrafo séptimo:

    en lugar de:

    «Formato exigido: “N”= ninguna inspección, “F”= inspección in situ, “C”= controles de la condicionalidad, “T”= inspección por teledetección, “G”= control in situ de productos y “S”= control de sustitución.»,

    léase:

    «Formato exigido: “N”= ninguna inspección, “F”= inspección in situ, “C”= controles de la condicionalidad, “T”= inspección por teledetección, “G”= control in situ de productos, “S”= control de sustitución y “U”= control de sustitución específico.».


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