Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32005L0035R(03)

    Corrección de errores de la Directiva 2005/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de  7 de septiembre de 2005 , relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones para las infracciones ( DO L 255 de 30.9.2005 )

    OB L 105, 13.4.2006, p. 66–66 (ES, PL)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2005/35/corrigendum/2006-04-13/2/oj

    13.4.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 105/66


    Corrección de errores de la Directiva 2005/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones para las infracciones

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 255 de 30 de septiembre de 2005 )

    En la página 11, debajo del título:

    añádase el texto siguiente: «(Texto pertinente a efectos del EEE)».

    En la página 11, en el considerando 8, en la segunda frase:

    donde dice:

    «Estas infracciones se consideran delictivas con arreglo a las disposiciones de la Decisión marco 2005/667/JAI, que complementa la presente Directiva, y en las circunstancias previstas en dicha Decisión.»,

    debe decir:

    «Estas infracciones se consideran infracciones penales con arreglo a las disposiciones de la Decisión marco 2005/667/JAI, que complementa la presente Directiva, y en las circunstancias previstas en dicha Decisión.».

    En la página 13, en el artículo 4, en la segunda frase:

    donde dice:

    «Estas infracciones se consideran delictivas con arreglo a las disposiciones de la Decisión marco 2005/667/JAI, que complementa la presente Directiva, y en las circunstancias previstas en dicha Decisión.»,

    debe decir:

    «Estas infracciones se consideran infracciones penales con arreglo a las disposiciones de la Decisión marco 2005/667/JAI, que complementa la presente Directiva, y en las circunstancias previstas en dicha Decisión.».


    Top