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Comunicación de la Comisión: Directrices relativas a las ayudas estatales a las redes de banda ancha
Dan orientaciones sobre cómo la Comisión Europea aplicará las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea (UE) al evaluar las ayudas que los Estados miembros de la UE proporcionan a fin de apoyar el despliegue y la implantación de las redes de servicios de banda ancha.
Las normas están estipuladas en los artículos 107, apartado 2, letra a) y apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Las Directrices distinguen entre, y aplican condiciones de compatibilidad específicas al evaluar la ayuda a:
A la hora de realizar evaluaciones de compatibilidad con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c), la Comisión considera lo siguiente.
Los Estados miembros:
Las normas de transparencia exigen que los Estados miembros:
Las normas de transparencia exigen a la Comisión que publique en su sitio web los enlaces a las medidas nacionales y regionales.
El anexo IV enumera cuatro modelos comunes de inversión: diferencia de financiación, ayuda en especie, inversiones directas y concesionario.
La Comisión puede exigir a un experto independiente que evalúe los regímenes de ayuda después de su aplicación con el fin de garantizar que no hayan falseado la competencia o el comercio. Las evaluaciones son obligatorias para los regímenes con características nuevas o que impliquen una ayuda superior a 150 millones EUR en un año o a 750 millones EUR en total.
Las directrices sustituyen a las de 2013 (véase la síntesis).
Están en vigor desde el .
La conectividad es un elemento fundamental de la transformación digital. Reviste importancia para el crecimiento, la innovación y la cohesión social y territorial.
Las nuevas normas contribuyen a los objetivos estratégicos de la UE para garantizar una conectividad con el sistema Gigabit para todos y una cobertura 5G en toda la UE antes de finales de la década. Para ello, es necesario la inversión, principalmente la privada. Esto puede complementarse con fondos públicos.
Las normas reflejan las prioridades establecidas en la Comunicación sobre la sociedad del Gigabit, la Comunicación sobre la configuración del futuro de la comunicación digital de Europa, la Comunicación sobre la Brújula Digital y el programa estratégico de la Década Digital para 2030 (véase la síntesis).
Para evitar que las ayudas estatales falseen el comercio o el mercado interior, están prohibidas por el artículo 107, apartado 1. Están previstas excepciones en el artículo 107, apartados 2 y 3, y en el Reglamento general de exención por categorías [Reglamento (UE) n.o 651/2014 (véase la síntesis)].
Para más información, véanse:
Comunicación de la Comisión: Directrices relativas a las ayudas estatales a las redes de banda ancha (DO C 36 de , pp. 1-42).
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