Medidas restrictivas de la Unión Europea en vista de la situación en Libia
SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:
Decisión (PESC) 2015/1333: medidas restrictivas de la Unión Europea en vista de la situación en Libia
Reglamento (UE) 2016/44: medidas restrictivas en vista de la situación en Libia
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN Y DE ESTE REGLAMENTO?
PUNTOS CLAVE
Esta Decisión y este Reglamento, modificados en numerosas ocasiones, presentan varias prohibiciones y restricciones como:
- la prohibición sobre la venta, el suministro, la exportación o el tránsito de equipos, como armas, que puedan ser utilizados como medio de represión interna en Libia.
- Esto incluye la prohibición de suministrar asistencia técnica para utilizar dichos equipos,
- la inspección por parte de los países de la UE de todos los buques y aviones que se dirijan o provengan de Libia y en los que se sospeche que se transportan artículos prohibidos,
- la autorización previa para la venta, el suministro, la exportación o el tránsito de mercancías, como embarcaciones hinchables o barcos a motor, que puedan ser utilizados para el tráfico ilícito de migrantes o para la trata de seres humanos en Libia,
- la inmovilización de fondos y recursos económicos de personas, empresas u organismos que aparezcan en las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o del Comité de Sanciones de las Naciones Unidas relativas a Libia, así como de las personas que no se encuentren en dichas listas pero cumplan algunos de los criterios siguientes:
- sean cómplices o partícipes en violaciones graves de los derechos humanos contra personas en Libia,
- hayan sido señaladas como participantes o vinculadas al antiguo régimen de Muamar el Gadafi,
- hayan participado o apoyado actos que ponen en peligro la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia o que impidan o debiliten la transición política en Libia,
- denegación de la admisión en el territorio de la UE de las personas sujetas a prohibiciones de viajar relativas a Libia por parte de las Naciones Unidas, así como a las que cumplan ciertos criterios, como los mencionados anteriormente.
Excepciones
Tanto el Reglamento como la Decisión contienen varias excepciones a dichas prohibiciones y restricciones, entre las cuales:
- la liberación de determinados activos inmovilizados con fines legítimos,
- la venta, el suministro, la exportación o la transferencia de determinados equipos de protección, como chalecos antibalas y cascos militares en determinadas circunstancias,
- los viajes por razones humanitarias.
¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTA DECISIÓN Y ESTE REGLAMENTO?
La Decisión está en vigor desde el 2 de agosto de 2015. Deroga la Decisión 2011/137/PESC.
El Reglamento está en vigor desde el 20 de enero de 2016. Deroga el Reglamento (UE) n.o 204/2011.
ANTECEDENTES
DOCUMENTOS PRINCIPALES
Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a las medidas restrictivas en vista de la situación en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (DO L 206 de 1.8.2015, pp. 34-60).
Las modificaciones sucesivas de la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada tiene un valor meramente documental.
Reglamento (UE) 2016/44 del Consejo, de 18 de enero de 2016, relativo a las medidas restrictivas en vista de la situación en Libia y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 204/2011 (DO L 12 de 19.1.2016, pp. 1-26).
Véase la versión consolidada.
DOCUMENTOS CONEXOS
Lista Común Militar de la Unión Europea (DO C 97 de 28.3.2017, pp. 1-33).
Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título V: Disposiciones generales relativas a la acción exterior de la Unión y disposiciones específicas relativas a la política exterior y de seguridad común — Capítulo 2: Disposiciones específicas sobre la política exterior y de seguridad común — Sección 1: Disposiciones comunes — Artículo 29 (antiguo artículo 15 TUE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 33).
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta parte — Acción exterior de la Unión — Título IV — Medidas restrictivas — Artículo 215 (antiguo artículo 301 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 144).
Decisión (PESC) 2015/778 del Consejo, de 18 de mayo de 2015, relativa a una operación militar de la Unión Europea en el Mediterráneo central meridional (EUNAVF OR MED) (DO L 122 de 19.5.2015, pp. 31-35).
Véase la versión consolidada.
última actualización 13.09.2024