Ejecución de las resoluciones judiciales: transparencia en los activos patrimoniales de los deudores
Incluso cuando se ha dictado una resolución judicial¸ en la práctica, los acreedores pueden encontrar dificultades para efectuar el cobro transfronterizo de las deudas si se carece de información sobre el paradero o la situación patrimonial del deudor. Por ese motivo, la Comisión Europea ha aprobado un Libro Verde por el que se lleva a cabo una consulta pública sobre las posibles medidas para mejorar el cobro de las deudas, como la creación de registros o las declaraciones del deudor.
ACTO
Libro Verde de 6 de marzo de 2008 sobre la eficacia de la ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: transparencia de los activos patrimoniales de los deudores [COM(2008) 128 final – No publicado en el Diario Oficial].
RESUMEN
El pago tardío y el impago de las deudas perjudican tanto a las empresas como a los consumidores, en particular, cuando se carece de información sobre el paradero o la situación patrimonial del deudor. Se trata de un problema transfronterizo particular en el cobro de las deudas y puede alterar el correcto funcionamiento del mercado interior. En la consulta pública realizada a través del Libro Verde, la Comisión Europea expone los problemas de la situación actual y las posibles soluciones. Las partes interesadas pueden presentar sus observaciones hasta el 30 de septiembre de 2008.
Situación actual
La búsqueda de la dirección del deudor o de información sobre su situación financiera suele ser el punto de partida de los procedimientos de ejecución. A escala nacional, la mayor parte de los Estados miembros emplea sobre todo dos fuentes de información:
- la declaración por el deudor de todo su patrimonio o al menos de la parte necesaria para satisfacer el crédito;
- los sistemas de búsqueda que proporcionan información específica (registros).
En el Libro Verde, la Comisión Europea se centra en una serie de medidas, en lugar de una medida europea única, que permitan a los acreedores obtener información fiable sobre el paradero y la situación patrimonial de los deudores en un plazo razonable. Entre las medidas contempladas figuran las siguientes:
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elaboración de un manual sobre las normas y prácticas de ejecución nacionales: en la actualidad, existe muy poca información sobre los diferentes sistemas de ejecución de los 27 Estados miembros de la Unión Europea; un manual de ese tipo podría recoger todas las fuentes de información sobre los activos patrimoniales de una persona a las que se puede acceder en cada país, las direcciones de contacto, los costes, etc.
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aumento de la información registral y mejora del acceso a los registros: las principales fuentes de información sobre los deudores son los registros públicos, como los mercantiles y los de población. Sin embargo, tales registros varían de un Estado miembro a otro. La Comisión desea saber si estaría indicado incrementar la información disponible en los registros mercantiles y mejorar el acceso a los mismos y en qué medida debería mejorarse el acceso a los registros de población existentes. Además, podría mejorarse el acceso de las autoridades de ejecución a los registros fiscales y de la Seguridad Social, sin vulnerar las normas sobre protección de datos y confidencialidad en materia fiscal y social.
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intercambio de información entre las autoridades de ejecución: en la actualidad, los órganos de ejecución no pueden acceder directamente a los registros (privados) de otro Estado miembro, a los que sí tienen acceso los órganos de ejecución nacionales. Además, no existen instrumentos internacionales que aborden el intercambio de información entre los órganos nacionales de ejecución. En ausencia de registros a escala europea, una posible solución consistiría en reforzar la cooperación entre las autoridades nacionales de ejecución y prever un intercambio directo de información entre ellas.
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adopción de medidas en relación con la declaración del deudor: en varios Estados miembros, los órganos de ejecución están facultados para interrogar directamente al deudor sobre su patrimonio, mientras que en otros la declaración del deudor debe realizarse ante el tribunal de ejecución. En algunos Estados miembros, la declaración del deudor se hace cumplimentando unos impresos obligatorios, pero en otros no existe tal declaración. La Comisión Europea está estudiando la posibilidad de instaurar una «declaración de activos patrimoniales europea», que obligue a los deudores a revelar todos sus activos patrimoniales en el espacio judicial europeo. De ese modo, la transparencia del patrimonio del deudor no se vería limitada por la territorialidad de los procedimientos de ejecución.
See also
Puede obtenerse más información en las siguientes páginas web de la Comisión Europea:
Última modificación: 23.05.2008
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