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Lucha contra la usurpación de marca y la piratería en el mercado interior
La presente Comunicación anuncia, en forma de plan de acción, las distintas medidas e iniciativas que la Comisión prevé adoptar para mejorar y reforzar la lucha contra la usurpación de marca y la piratería en el mercado interior. Esta Comunicación se basa en el Libro Verde de la Comisión, de octubre de 1998, que llevó a cabo una consulta general sobre el tema.
ACTO
Comunicación de la Comisión, de 30 de noviembre de 2000, «Seguimiento del Libro Verde sobre la lucha contra la usurpación de marca y la piratería en el mercado interior» [COM (2000) 789 final - no publicada en el Diario Oficial].
SÍNTESIS
Contexto
La usurpación de marca y la piratería se han convertido en fenómenos de dimensión internacional con repercusiones importantes a nivel económico y social. Estos fenómenos afectan también al buen funcionamiento del mercado interior y a la protección de los consumidores, en particular por lo que se refiere a la salud y la seguridad pública. Esta situación ocasiona igualmente desvíos del tráfico comercial y falseamientos de la competencia, lo que da lugar a una pérdida de confianza de los operadores en el mercado interior y a una reducción de las inversiones.
Se calcula que esas actividades representan entre un 5 % y un 7 % del comercio mundial y provocan una pérdida global de 200 000 puestos de trabajo al año. Además, se considera que las empresas de la Unión Europea (UE) que realizan actividades internacionales pierden entre 400 y 800 millones de euros en el mercado interior y en torno a 2 000 millones de euros fuera de la Unión. El sector informático se ve especialmente afectado.
Respuestas al Libro Verde
Las respuestas al Libro Verde han confirmado el alcance del problema y los efectos perjudiciales para el correcto funcionamiento del mercado interior. Los medios interesados han citado algunos factores que facilitan este tipo de situaciones, principalmente las disparidades actuales en los regímenes de sanciones y demás medios para hacer cumplir los derechos de propiedad intelectual entre los Estados miembros. Por esta razón, los medios interesados, incluidos los Estados miembros, desean que este problema se trate a nivel de la Unión Europea. Por otra parte, las respuestas al Libro Verde revelan un gran consenso sobre la necesidad de mejorar la cooperación administrativa entre los Estados miembros. La Comisión ha señalado, por su parte, que, aunque es deseable que su papel sea importante en este campo, la primera prioridad en este ámbito corresponde a los titulares de derechos de propiedad intelectual, que deben mantenerse vigilantes.
Plan de acción
La presente Comunicación contiene un plan de acción compuesto de los siguientes elementos:
Estas medidas deberán integrarse en las iniciativas de carácter horizontal en los ámbitos de la justicia y los asuntos de interior.
Medidas urgentes
Las medidas urgentes se desglosan de la siguiente manera:
Medidas a medio plazo
A medio plazo, la Comisión examinará:
Otras iniciativas
La Comisión formula recomendaciones para que se utilicen mejor los sistemas de información existentes y se intensifique la cooperación y el intercambio de información entre el sector privado y las autoridades públicas. Se tratará, en particular, de:
ACTOS CONEXOS
Comunicación de la Comisión, de 11 de octubre de 2005, al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo relativa a una respuesta aduanera a las últimas tendencias en la falsificación y la piratería [COM (2005) 479 final - no publicada en el Diario Oficial]. Esta Comunicación propone un conjunto de medidas destinadas a reforzar la protección de la UE contra la usurpación y la piratería en el ámbito aduanero. Dichas medidas consisten principalmente en la mejora de la legislación, el refuerzo de la cooperación entre las aduanas y los agentes económicos, y una mayor cooperación internacional.
Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a las medidas y procedimientos necesarios para garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual [Diario Oficial L 195 de 2.6.2004]. Esta Directiva busca crear condiciones de igualdad para la aplicación de los derechos de propiedad intelectual en los Estados miembros, aproximando las medidas de ejecución en toda la Unión. Armoniza también las legislaciones de los Estados miembros con el fin de garantizar un nivel equivalente de protección de la propiedad intelectual en el mercado interior.
Última modificación: 08.05.2006