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Ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 1370/2013 por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Este Reglamento establece las normas de la Unión Europea (UE) para la fijación de los precios, las exacciones, las ayudas, las restituciones y las cuotas de diversos productos agrícolas.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento se basa en el artículo 43, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en el sentido de que se trata de un Reglamento adoptado por el Consejo. [Los lectores deben saber que esto contrasta con las medidas recogidas en el artículo 43, apartado 2, del TFUE que son adoptadas con arreglo al procedimiento legislativo ordinario (véase la sentencia del Tribunal de Justicia de 7 de septiembre de 2016, República Federal de Alemania contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea, asunto C-113/14).]

La legislación fija unas condiciones para:

  • los umbrales de referencia* para los cereales, el arroz, el azúcar, la carne de vacuno, la leche y los productos lácteos como la mantequilla, la carne de porcino y el aceite de oliva;
  • los precios de intervención pública* para el trigo blando, el trigo duro, la cebada, el maíz, el arroz, la leche desnatada en polvo, la mantequilla y la carne de vacuno;
  • los límites fijos de trigo blando (3 millones de toneladas), mantequilla (50 000 toneladas) y leche desnatada en polvo (109 000 toneladas) que la UE puede comprar y retirar del mercado durante un periodo determinado;
  • la ayuda al almacenamiento privado para productos que van desde el azúcar y el aceite de oliva hasta el queso y la carne de vacuno;
  • la financiación de la UE para frutas, hortalizas y leche subvencionadas para las escuelas;
  • los cánones, las restituciones y las cuotas para la producción de azúcar hasta el 30 de septiembre de 2017.

La Comisión Europea utiliza actos de ejecución para:

  • revisar y ajustar los umbrales de referencia en función de los costes de producción y las tendencias del mercado;
  • aumentar o reducir los precios de intervención;
  • organizar licitaciones relacionadas con las ayudas a la intervención pública y el almacenamiento;
  • fijar el nivel máximo de ayuda de la UE para los programas de frutas, hortalizas y leche en las escuelas y evaluarlos cada 3 años;
  • fijar el nivel de restituciones por exportación en función de las condiciones de mercado.

El Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios ayuda a la Comisión en la ejecución de la legislación.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2014.

ANTECEDENTES

La organización común de mercados es un conjunto de normas que regula el mercado de los productos agrícolas en la UE. Tiene por objeto proporcionar un mecanismo de salvaguarda para los agricultores mediante la asignación de ayudas específicas sectoriales.

TÉRMINOS CLAVE

Umbrales de referencia: un nivel de precios fijado legalmente en función del cual se comparan los precios reales de mercado para determinar si debe activarse la ayuda de la UE.
Precio de intervención: el precio fijado por la UE para pagar a los agricultores por sus productos independientemente de cuál sea el nivel de los precios de mercado.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (DO L 346 de 20.12.2013, pp. 12-19).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 1370/2013 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) n.o 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1216/2009 y (CE) n.o 614/2009 del Consejo (DO L 150 de 20.5.2014, pp. 1-58).

Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 671-854).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y que deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 320-469).

Véase la versión consolidada.

última actualización 21.03.2019

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