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Sistema de preferencias generalizadas (SPG)

Creado en 1971, el SPG de la Unión Europea (UE) es un régimen que permite que los países en vías de desarrollo paguen unos aranceles inferiores por sus exportaciones a la UE. La normativa del SPG se revisó en 2012 mediante el Reglamento (UE) n.o 978/2012.

El SPG tiene por objeto estimular las economías de dichos países, para reducir la pobreza y crear empleo. De esta forma, estos países pueden integrarse mejor en la economía global, a través de la exportación de productos a la UE.

El SPG se basa en principios y valores internacionales, incluidos los derechos humanos y laborales.

  • SPG general: reducción o suspensión de los aranceles para mercancías importadas de un país en vías de desarrollo. No obstante, no es aplicable a un país que haya sido clasificado por el Banco Mundial como país de renta alta o de renta media-alta durante los tres años inmediatamente anteriores a la actualización, por parte de la UE, de la lista de países beneficiarios;
  • SPG+ (régimen especial de estímulo): aranceles aún más reducidos para países que ratifiquen y apliquen veintisiete convenios internacionales concretos en los ámbitos de los derechos humanos y laborales, medio ambiente y gobernanza;
  • Todo menos armas (TMA), régimen especial para los países menos desarrollados (PMD): importaciones totalmente exentas de aranceles y contingentes para todas las mercancías, exceptuando las armas, procedentes de países incluidos en la lista de PMD de la ONU.

La UE podrá suspender temporalmente la aplicación del régimen en caso de que, por ejemplo, un país en desarrollo incumpla convenios internacionales o infrinja los derechos humanos y laborales, lleve a cabo prácticas comerciales desleales o no cumpla con los controles de aduanas (p. ej. permitiendo el tránsito o la exportación de drogas ilegales).

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