EUR-Lex Access to European Union law
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El Derecho primario, también conocido como fuentes primarias, se deriva de los siguientes textos de la UE:
tratados constitutivos;
tratados de modificación;
tratados de adhesión;
protocolos anexos a los mencionados tratados;
acuerdos complementarios que modifican secciones concretas de los tratados constitutivos;
la Carta de los Derechos Fundamentales (desde el Tratado de Lisboa).
Ámbito de aplicación del Derecho primario
Además del Derecho primario, el Derecho de la UE se basa en fuentes secundarias y complementarias.
Los acuerdos internacionales con países no pertenecientes a la UE o con organizaciones internacionales son también una parte integral del Derecho de la UE. Estos acuerdos son independientes del Derecho primario y del Derecho derivado, además de conformar una categoría sui generis (es decir, una categoría propia y única). De acuerdo con la sentencia del TJUE en el asunto Demirel contra Stadt Schwäbisch Gmünd, los acuerdos internacionales pueden tener efecto directo y su fuerza jurídica es superior a la del Derecho derivado, que, por lo tanto, debe cumplirlas. Un acuerdo internacional Sus normas es directamente aplicable si contiene una obligación clara y precisa que no está sujeta a la adopción de ninguna medida posterior.
Versiones consolidadas del Tratado de la Unión Europea y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Protocolos Anexos del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Declaraciones anejas al Acta Final de la Conferencia intergubernamental que ha adoptado el Tratado de Lisboa firmado el 13 de diciembre de 2007 — Tablas de correspondencias (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 1-388).
última actualización 12.10.2022
(1) El Reino Unido se retiró de la Unión Europea y se convirtió en un país tercero (país extracomunitario) a partir del 1 de febrero de 2020.