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Tratado de Roma (CEE)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (Tratado CEE).

¿CUÁL ERA EL OBJETIVO DEL TRATADO?

  • Estableció la Comunidad Económica Europea (CEE) que reunió a seis países (Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos) con el fin de trabajar para la integración y el crecimiento económico a través del comercio.
  • Creó un mercado común basado en la libre circulación de:
    • mercancías,
    • personas,
    • servicios,
    • capitales.
  • Se firmó al mismo tiempo que un segundo tratado que estableció la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom).
  • El Tratado de Roma se ha modificado en varias ocasiones y actualmente se llama Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

PUNTOS CLAVE

Objetivos

  • El objetivo de la CEE y del mercado común era:
    • transformar las condiciones económicas de los intercambios y de la producción en el territorio de los seis miembros, y
    • contribuir al avance hacia una unificación política más amplia de Europa.

Objetivos específicos

Los signatarios aceptaron:

  • sentar las bases de una «unión cada vez más estrecha» entre los pueblos europeos,
  • asegurar mediante una acción común, el progreso económico y social de sus respectivos países eliminando la barrera comercial y otras barreras que los dividen,
  • mejorar las condiciones de vida y de trabajo de sus ciudadanos,
  • garantizar un intercambio comercial equilibrado y una competencia leal,
  • reducir las diferencias económicas y sociales entre las diferentes regiones de la CEE,
  • suprimir gradualmente las restricciones a los intercambios internacionales mediante una política comercial común,
  • respetar los principios de la Carta de las Naciones Unidas,
  • consolidar la defensa de la paz y la libertad invitando a los demás pueblos de Europa que participan de dicho ideal a asociarse a este esfuerzo.

Mercado común

El Tratado:

  • establece un mercado común en el que los países signatarios acuerdan adaptar gradualmente sus políticas económicas,
  • establece un espacio económico unificado que instaura la libre competencia entre las empresas. Sienta las bases para una aproximación de las condiciones del comercio de productos y servicios, excepto los ya cubiertos por los otros Tratados [Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y Euratom],
  • prohíbe de forma general los acuerdos entre empresas y las subvenciones públicas que puedan afectar al comercio entre los seis países,
  • incluye a los países y territorios de ultramar de los seis miembros a estos acuerdos y la unión aduanera, con el fin de promover su desarrollo económico y social.

Unión aduanera

  • El Tratado suprimió los derechos de aduana (es decir, los límites a las importaciones) entre los seis signatarios y los contingentes para las mercancías que intercambian.
  • Estableció un arancel aduanero exterior común sobre las importaciones de fuera de la CEE que sustituyó a los aranceles precedentes de los distintos estados.
  • La unión aduanera se acompañó de una política comercial común que, aplicada a nivel de la CEE en vez de estatal, diferencia a la unión aduanera de una simple asociación de libre comercio.

Políticas comunes

  • Desde el primer momento, el Tratado estableció determinadas políticas como políticas comunes entre los países miembros, a saber:
  • Previó la creación de otras políticas comunes en función de las necesidades. A partir de 1972, la CEE estableció acciones comunes en los ámbitos de política medioambiental, regional, social e industrial.
  • Estas políticas se acompañan de la creación de:
    • un Fondo Social Europeo, dirigido a mejorar las posibilidades de empleo de los trabajadores y el aumento de su nivel de vida,
    • un Banco Europeo de Inversiones (BEI), destinado a facilitar la expansión económica de la CEE a través del establecimiento de fondos de inversión.

Instituciones

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL TRATADO?

Se firmó el 25 de marzo de 1957 y está en vigor desde el 1 de enero de 1958.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (no publicado en el Diario Oficial).

Las sucesivas modificaciones del Tratado se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada tiene un valor meramente documental.

última actualización 14.03.2017

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