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Document 32016R0899
Commission Implementing Regulation (EU) 2016/899 of 8 June 2016 concerning the authorisation of a 6-phytase produced by Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) as a feed additive for all poultry species and all porcine species (other than suckling piglets) (holder of authorisation Danisco (UK) Ltd) (Text with EEA relevance)
Reglamento de Ejecución (UE) 2016/899 de la Comisión, de 8 de junio de 2016, relativo a la autorización de una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) como aditivo para la alimentación de todas las especies de aves de corral y todos los porcinos (excepto los lechones lactantes) [titular de la autorización: Danisco (UK) Ltd] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento de Ejecución (UE) 2016/899 de la Comisión, de 8 de junio de 2016, relativo a la autorización de una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) como aditivo para la alimentación de todas las especies de aves de corral y todos los porcinos (excepto los lechones lactantes) [titular de la autorización: Danisco (UK) Ltd] (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2016/3367
DO L 152 de 9.6.2016, p. 15–17
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force: This act has been changed. Current consolidated version: 30/03/2019
9.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 152/15 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/899 DE LA COMISIÓN
de 8 de junio de 2016
relativo a la autorización de una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) como aditivo para la alimentación de todas las especies de aves de corral y todos los porcinos (excepto los lechones) [titular de la autorización: Danisco (UK) Ltd]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. |
(2) |
Se presentó una solicitud de autorización de una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
(3) |
La solicitud se refiere a la autorización de una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) como aditivo alimentario para aves de corral y porcinos en la categoría de «aditivos zootécnicos». |
(4) |
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó en su dictamen de 22 de octubre de 2015 (2) que, en las condiciones de uso propuestas, una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente, y que resulta eficaz para mejorar la retención del fósforo en pollos y pavos de engorde, gallinas ponedoras, lechones destetados, cerdos de engorde y cerdas en la dosis recomendada. La Autoridad concluyó también que esta conclusión puede extrapolarse a las especies menores de aves de corral y a las especies porcinas menores. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para piensos presentado por el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
(5) |
La evaluación de una 6-fitasa producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. En consecuencia, procede autorizar el uso de este preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento. |
(6) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «digestivos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2016.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) EFSA Journal 2015; 13(11): 4275.
ANEXO
Número de identificación del aditivo |
Nombre del titular de la autorización |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie o categoría de animal |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Fin del período de autorización |
||||||||||
Unidades de sustancia activa por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % |
|||||||||||||||||||
Categoría: Aditivos zootécnicos. Grupo funcional: digestivos |
|||||||||||||||||||
4a24 |
Danisco (UK) Ltd |
6-fitasa EC 3.1.3.26 |
Composición del aditivo Preparado de 6-fitasa producido por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) con una actividad mínima de 15 000 U (1)/g. Forma líquida Caracterización de la sustancia activa 6-fitasa (EC 3.1.3.26) producida por Trichoderma reesei (ATCC SD-6528) Método analítico (2) Para la cuantificación de la actividad de la 6-fitasa en los aditivos para piensos:
Para la cuantificación de la actividad de la 6-fitasa en las premezclas y los piensos:
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Todas las especies de aves de corral Todos los porcinos (excepto los lechones) |
— |
250 U |
— |
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29 de junio de 2026 |
(1) 1 U es la cantidad de enzima que libera 1 micromol de fosfato inorgánico por minuto a partir de un sustrato de fitato de sodio con un pH de 5,5 a 37 °C.
(2) Puede consultarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://ec.europa.eu/jrc/en/eurl/feed-additives/evaluation-reports