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Document C2004/284/08

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda), de 30 de septiembre de 2004, en el asunto C-319/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal administratif de Paris): Serge Briheche contra Ministre de l'Intérieur, Ministre de l'Éducation nationale y Ministre de la Justice, (Política social — Igualdad de trato entre hombres y mujeres — Artículo 141 CE, apartado 4 — Directiva 76/207/CEE — Requisitos de acceso al empleo público — Normas que reservan a las viudas que no se hayan vuelto a casar la exención del límite de edad para ingresar en el empleo público)

DO C 284 de 20.11.2004, p. 4–4 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

20.11.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 284/4


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Segunda)

de 30 de septiembre de 2004

en el asunto C-319/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal administratif de Paris): Serge Briheche contra Ministre de l'Intérieur, Ministre de l'Éducation nationale y Ministre de la Justice, (1)

(Política social - Igualdad de trato entre hombres y mujeres - Artículo 141 CE, apartado 4 - Directiva 76/207/CEE - Requisitos de acceso al empleo público - Normas que reservan a las viudas que no se hayan vuelto a casar la exención del límite de edad para ingresar en el empleo público)

(2004/C 284/08)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-319/03, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por el tribunal administratif de Paris (Francia), mediante resolución de 3 de julio de 2003, recibida el 24 de julio de 2003, en el procedimiento entre Serge Briheche y Ministre de l'Intérieur, Ministre de l'Éducation nationale y Ministre de la Justice, el Tribunal de Justicia (Sala Segunda), integrado por el Sr. C.W.A. Timmermans, Presidente de Sala, y los Sres. C. Gulmann y R. Schintgen y las Sras. F. Macken (Ponente) y N. Colneric, Jueces; Abogado General: Sr. M. Poiares Maduro; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 30 de septiembre de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Los artículos 3, apartado 1, y 2, apartado 4, de la Directiva 76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero de 1976, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que reserva la exención del límite de edad para ingresar en el empleo público a las viudas que no se hayan vuelto a casar y que se vean en la necesidad de trabajar, con exclusión de los viudos que no se hayan vuelto a casar y que se encuentren en la misma situación.


(1)  DO C 226 de 20.9.2003.


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