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Los Parlamentos nacionales y la toma de decisiones de la Unión Europea

En virtud del Tratado de Lisboa, los Parlamentos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) recibieron una serie de derechos y poderes nuevos.

El artículo 12 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Protocolo n.o 1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) les otorgan a los Parlamentos nacionales el derecho a recibir información directamente de las instituciones de la Unión Europea (UE) sobre programas legislativos, documentos de consulta, actas del Consejo de la Unión Europea, etc., además de los actos legislativos de la UE.

El artículo 5 del TUE y el Protocolo n.o 2 del TFUE les otorgan el derecho a oponerse a las propuestas de la UE sobre la base de la subsidiariedad. Cuando los Parlamentos nacionales consideren que los actos legislativos propuestos por la Comisión Europea no se ajustan al principio de subsidiariedad, tienen derecho a enviar un dictamen motivado a la Comisión dentro de las ocho semanas posteriores a la transmisión del proyecto en todos los idiomas oficiales de la UE.

Cada Parlamento nacional de los Estados miembros dispondrá de dos votos. Cuando la Comisión recibe dictámenes motivados que representan al menos un tercio del total de votos atribuidos a los Parlamentos nacionales (o un cuarto cuando se trate de proyectos relativos al espacio de libertad, seguridad y justicia), está obligada a reconsiderar su propuesta y a decidir si la mantiene, la modifica o la retira. La Comisión deberá motivar esta decisión. Esto es lo que se conoce como procedimiento de tarjeta amarilla.

Cuando la Comisión recibe dictámenes motivados que representan una mayoría de los votos de los Parlamentos nacionales y el proyecto se inscribe en el procedimiento legislativo ordinario, la Comisión está obligada a reconsiderar su propuesta y a decidir si la mantiene, la modifica o la retira. Si la Comisión decide mantener la propuesta, debe justificar ante el Parlamento Europeo y el Consejo por qué el proyecto respeta el principio de subsidiariedad. Esto es lo que se conoce como procedimiento de tarjeta naranja. Si la mayoría de los diputados al Parlamento Europeo, o el 55 % de los miembros del Consejo, consideran que no respeta el principio de subsidiariedad, la propuesta se desestima.

En virtud del artículo 70 del TFUE, los Parlamentos nacionales deben ser informados sobre el sistema de evaluación de la aplicación de las políticas de los Estados miembros en el espacio de libertad, seguridad y justicia. Los artículos 85 y 88 del TFUE les atribuyen el control de las actividades de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal y la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial.

Los Tratados permiten el uso de cláusulas pasarela generales y específicas que permiten cambiar de la unanimidad a la votación por mayoría cualificada en el Consejo, o de un procedimiento legislativo especial al procedimiento legislativo ordinario. Tal ejemplo sería el artículo 81 del TFUE. Las propuestas de tal cambio deben notificarse a los Parlamentos nacionales, que pueden oponerse a la propuesta dentro de un plazo de seis meses.

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