Eliminación de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR)

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.º 1005/2008: sistema de la UE para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

El Reglamento establece una serie de medidas con el fin de que los productos de la pesca INDNR no entren en el mercado de la UE.

Puertos designados

Inspecciones en puerto

Certificados de captura

Lista INDNR de buques

Países no cooperantes de fuera de la UE

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

El Reglamento (CE) n.º 1005/2008 está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.º 1005/2008 del Consejo, de , por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, se modifican los Reglamentos (CEE) n.º 2847/93, (CE) n.º 1936/2001 y (CE) n.º 601/2004, y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 1093/94 y (CE) n.º 1447/1999 (DO L 286 de , pp. 1-32).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.º 1005/2008 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Última actualización