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Programa de política del espectro radioeléctrico

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión n.o 243/2012/UE por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

Establece una política del espectro radioeléctrico* en toda la Unión para contribuir a la planificación estratégica del uso del espectro radioeléctrico en todas las políticas de la UE relacionadas con el mercado interior, como las comunicaciones electrónicas, la banda ancha inalámbrica, las comunicaciones móviles y el internet de las cosas (IdC), el transporte, la energía y los medios audiovisuales.

PUNTOS CLAVE

  • La política establece un inventario de los usos actuales del espectro y un programa de política del espectro radioeléctrico (PPER), y crea una hoja de ruta para el futuro. No se refiere a cuestiones de espectro en ámbitos políticos como la protección civil, la seguridad y la defensa, ni afecta a los derechos de los países de la UE para utilizar el espectro para sus propias cuestiones de seguridad.
  • Los países de la UE deben cooperar para garantizar la aplicación coherente de los objetivos estratégicos de la UE, que son:
    • potenciar la flexibilidad en el uso del espectro, a fin de fomentar la innovación y la inversión y su gestión eficaz para responder a la creciente demanda, reflejando su importante valor social, cultural y económico;
    • atribuir espectro a fin de apoyar los objetivos de la UE y el creciente uso de datos inalámbricos, mediante la apertura de espectro adicional para que la UE pueda asumir el liderazgo en materia de banda ancha inalámbrica y nuevas tecnologías;
    • alentar a los consumidores a utilizar la tecnología digital y contribuir a la Agenda Digital para Europa, con la velocidad de banda ancha más elevada posible para todos los ciudadanos de la UE;
    • fomentar la transferencia o el arrendamiento de derechos sobre el espectro y el uso compartido de infraestructuras, evitando la concentración de derechos perjudiciales para la competencia y facilitando autorizaciones del espectro de modo general, más que individual;
    • evitar interferencias perjudiciales a través del uso eficiente del espectro y aumentando la inmunidad de los dispositivos a las interferencias, así como reduciendo la huella de carbono mediante la mejora de la eficiencia energética.
  • La Unión Europea deberá disponer de una cobertura y capacidad suficientes para alcanzar las mayores velocidades de banda ancha inalámbrica del mundo, es decir, no menos de 30 Mbps para todos los ciudadanos de aquí a 2020. Concretamente, esto podría implicar:
    • la rápida liberación de bandas adicionales de frecuencia;
    • el uso de la banda de 800 MHz en toda la UE;
    • el uso de satélites o de soluciones de celdas pequeñas para permitir el acceso a internet.
  • Los países de la UE también deben garantizar la disponibilidad de radiofrecuencias para una radiodifusión audiovisual innovadora por satélite y terrestre, donde hay una clara necesidad, así como proteger las siguientes necesidades específicas de espectro:
  • Decisión 2007/344/CE garantiza la transparencia armonizada en cuanto al uso del espectro radioeléctrico en la UE mediante un punto común de información denominado EFIS.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 10 de abril de 2012.

ANTECEDENTES

La Directiva (UE) 2018/1972, que establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, introduce normas sobre la coordinación del espectro radioeléctrico entre los países de la UE y armoniza las normas para su gestión. Incluye normas específicas para facilitar la entrada en el mercado a los nuevos actores y para el uso compartido del espectro radioeléctrico. La Directiva deroga las Directivas 2002/20/CE y 2002/21/CE a partir del 20 de diciembre de 2020.

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Espectro radioeléctrico: en la radiación electromagnética, la gama de frecuencias de entre 3 Hz y 3 000 GHz que corresponde al espectro radioeléctrico. Las frecuencias transportan señales de telefonía móvil y de comunicaciones inalámbricas, y son importantes para el transporte, la radiodifusión, la seguridad pública y las comunicaciones de seguridad.
Identificación por radiofrecuencia (RFID): una tecnología que utiliza los campos electromagnéticos de radiofrecuencia para identificar objetos con etiquetas cuando se aproximan a un lector. Las etiquetas suelen incorporar un chip electrónico con una antena para transmitir información al interrogador (una estación de base o, de forma más general, un lector).

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión n.o 243/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico (DO L 81 de 21.3.2012, pp. 7-17).

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión de Ejecución (UE) 2019/785 de la Comisión, de 14 de mayo de 2019, relativa a la armonización del espectro radioeléctrico para los equipos que utilizan tecnología de banda ultraancha en la Unión y por la que se deroga la Decisión 2007/131/CE (DO L 127 de 16.5.2019, pp. 23-33).

Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas (versión refundida) (DO L 321 de 17.12.2018, pp. 36-214).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva (UE) 2018/1972 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Decisión (UE) 2017/899 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencia de 470-790 MHz en la Unión (DO L 138 de 25.5.2017, pp. 131-137).

Decisión de Ejecución (UE) 2016/687 de la Comisión, de 28 de abril de 2016, relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 694-790 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda ancha y para un uso nacional flexible en la Unión (DO L 118 de 4.5.2016, pp. 4-15).

Decisión de Ejecución (UE) 2016/339 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 2 010-2 025 MHz para enlaces de vídeo inalámbricos portátiles o móviles y cámaras inalámbricas utilizados para la realización de programas y acontecimientos especiales (DO L 63 de 10.3.2016, pp. 5-8).

Decisión de Ejecución (UE) 2015/750 de la Comisión, de 8 de mayo de 2015, relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 1 452-1 492 MHz para sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas en la Unión (DO L 119 de 12.5.2015, pp. 27-31).

Véase la versión consolidada.

Decisión de Ejecución 2014/641/UE de la Comisión, de 1 de septiembre de 2014, sobre las condiciones técnicas armonizadas relativas al uso del espectro radioeléctrico por los equipos inalámbricos de audio para la creación de programas y acontecimientos especiales en la Unión (DO L 263 de 3.9.2014, pp. 29-34).

Decisión de Ejecución 2014/276/UE de la Comisión, de 2 de mayo de 2014, por la que se modifica la Decisión 2008/411/CE relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 3 400-3 800 MHz para sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas en la Comunidad (DO L 139 de 14.5.2014, pp. 18-25).

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativo a la aplicación del Programa de Política del Espectro Radioeléctrico [COM(2014) 228 final, de 22.4.2014].

Decisión de Ejecución 2013/752/UE de la Comisión, de 11 de diciembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2006/771/CE sobre la armonización del espectro radioeléctrico para su uso por dispositivos de corto alcance y se deroga la Decisión 2005/928/CE (DO L 334 de 13.12.2013, pp. 17-36).

Decisión de Ejecución 2013/654/UE de la Comisión, de 12 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2008/294/CE a fin de incluir nuevas tecnologías de acceso y bandas de frecuencias para los servicios de comunicaciones móviles en las aeronaves (servicios de MCA) (DO L 303 de 14.11.2013, pp. 48-51).

Véase la versión consolidada.

Decisión de Ejecución 2013/195/UE de la Comisión, de 23 de abril de 2013, que define las modalidades prácticas, los formatos uniformes y una metodología en relación con el inventario del espectro radioeléctrico establecido por la Decisión n.o 243/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico (DO L 113 de 25.4.2013, pp. 18-21).

Decisión de Ejecución 2012/688/UE de la Comisión, de 5 de noviembre de 2012, relativa a la armonización de las bandas de frecuencias de 1 920-1 980 MHz y 2 110-2 170 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas en la Unión (DO L 307 de 7.11.2012, pp. 84-88).

Decisión 2007/344/CE de la Comisión, de 16 de mayo de 2007, relativa a la disponibilidad armonizada de información sobre el uso del espectro en la Comunidad (DO L 129 de 17.5.2007, pp. 67-70).

última actualización 29.01.2020

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