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Document 32002D0839

2002/839/CE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 2002, que modifica por cuarta vez la Decisión 2002/383/CE sobre algunas medidas de protección contra la peste porcina clásica en Francia, Alemania y Luxemburgo (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2002) 4009]

OJ L 287, 25.10.2002, p. 39–39 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 27/12/2002; derog. impl. por 32002D1009

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2002/839/oj

32002D0839

2002/839/CE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 2002, que modifica por cuarta vez la Decisión 2002/383/CE sobre algunas medidas de protección contra la peste porcina clásica en Francia, Alemania y Luxemburgo (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2002) 4009]

Diario Oficial n° L 287 de 25/10/2002 p. 0039 - 0039


Decisión de la Comisión

de 24 de octubre de 2002

que modifica por cuarta vez la Decisión 2002/383/CE sobre algunas medidas de protección contra la peste porcina clásica en Francia, Alemania y Luxemburgo

[notificada con el número C(2002) 4009]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2002/839/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE(2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) En algunas zonas fronterizas de Francia, Alemania y Luxemburgo se han registrado casos de peste porcina clásica.

(2) Dado el comercio existente de cerdos vivos, esos brotes pueden poner en peligro las cabañas de otras zonas de la Comunidad.

(3) Francia, Alemania y Luxemburgo han adoptado una serie de medidas en el marco de la Directiva 2001/89/CE del Consejo, de 23 de octubre de 2001, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la peste porcina clásica(3).

(4) La Comisión adoptó la Decisión 2002/383/CE(4) sobre algunas medidas de protección contra la peste porcina clásica en Francia, Alemania y Luxemburgo, cuya última modificación la constituye la Decisión 2002/790/CE(5).

(5) Vista la evolución epidemiológica de la situación de los porcinos salvajes y domésticos, debe prolongarse la aplicación de las medidas adoptadas, por lo que resulta oportuno modificar la Decisión 2002/383/CE.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 9 de la Decisión 2002/383/CE, los términos "20 de octubre de 2002" se sustituirán por los términos "20 de abril de 2003" y los términos "31 de octubre de 2002" se sustituirán por los términos "30 de abril de 2003".

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.

(3) DO L 316 de 1.12.2001, p. 5.

(4) DO L 136 de 24.5.2002, p. 22.

(5) DO L 274 de 11.10.2002, p. 38.

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