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Document 32014R0715

Reglamento (UE) n °715/2014 de la Comisión, de 26 de junio de 2014 , por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) n ° 1166/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas y a la encuesta sobre los métodos de producción agrícola, por lo que se refiere a la lista de las características que deben recogerse en la encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas en 2016 Texto pertinente a efectos del EEE

DO L 190 de 28.6.2014, p. 8–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2018; derog. impl. por 32018R1091

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/715/oj

28.6.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 190/8


REGLAMENTO (UE) No 715/2014 DE LA COMISIÓN

de 26 de junio de 2014

por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) no 1166/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas y a la encuesta sobre los métodos de producción agrícola, por lo que se refiere a la lista de las características que deben recogerse en la encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas en 2016

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1166/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, relativo a las encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas y a la encuesta sobre los métodos de producción agrícola (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 1166/2008 establece un programa de encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas hasta 2016.

(2)

Es preciso recabar datos para el seguimiento de la aplicación de las medidas asociadas con la revisión de la política agrícola común posterior a 2013. Además, es preciso recabar datos para el seguimiento de la aplicación de las medidas asociadas al desarrollo rural (2).

(3)

Hay una falta de información estadística sobre la utilización de los nutrientes, el regadío y los métodos de producción agrícola relacionados con los datos estructurales por cada explotación individual. Por tanto, es necesario mejorar la recogida de los datos sobre los nutrientes y la utilización del agua y los métodos de producción en las explotaciones agrícolas; proporcionar estadísticas adicionales para la elaboración de la política agroambiental y mejorar la calidad de los indicadores agroambientales.

(4)

La modificación de la lista de las características se basa en el principio de que la carga global seguirá siendo equilibrada, ya que la supresión de las variables que se han quedado obsoletas debido a cambios en la legislación pertinente, o la suspensión puntual de determinadas variables en 2016, se han compensado añadiendo nuevas variables, principalmente debido a las nuevas y crecientes necesidades de información estadística en el ámbito de la agricultura, a raíz de la nueva política agrícola común en el horizonte de 2020, en particular en lo que respecta a la mejora de su comportamiento medioambiental y a la necesidad de los correspondientes datos agromedioambientales, teniendo asimismo en cuenta que el nivel de la contribución financiera de la UE a la encuesta se mantiene constante.

(5)

Procede modificar en consecuencia el Reglamento (CE) no 1166/2008.

(6)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Estadística Agrícola.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (CE) no 1166/2008 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de junio de 2014.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 321 de 1.12.2008, p. 14.

(2)  Reglamento (UE) no 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).


ANEXO

«ANEXO III

Lista de características de la encuesta sobre la estructura de las explotaciones para 2016

CARACTERÍSTICAS

UNIDADES/CATEGORÍAS

I.   Característocas generales

Localización de la explotación (1)

 

– –

Región NUTS (2) 3

Código NUTS 3

– –

¿Se halla la explotación en una zona desfavorecida (ZD)?

L/M/N (3)

Personalidad jurídica de la explotación

 

– –

¿Es la explotación una unidad de tierras comunales?

Sí/No

– –

¿Quién asume la responsabilidad jurídica y económica de la explotación?

 

– – –

Una persona física, que es el único titular, cuando la explotación es independiente

Sí/No

– – – –

En caso afirmativo, ¿es esta persona (el titular) también el gerente de la explotación?

Sí/No

– – – – –

En caso negativo, ¿pertenece el gerente de la explotación a la familia del titular?

Sí/No

– – – – –

En caso afirmativo, ¿es el gerente de la explotación cónyuge del titular?

Sí/No

– – –

Una o más personas físicas, que son socios (si la explotación es una agrupación de explotaciones)

Sí/No

– – –

Una persona jurídica

Sí/No

Régimen de tenencia (con respecto al titular) y sistema de explotación

 

– –

Superficie agrícola utilizada

 

– – –

En propiedad

ha

– – –

En arrendamiento

ha

– – –

En aparcería y otros regímenes de tenencia

ha

– – –

Pastos comunes

ha

Agricultura ecológica

 

– –

¿Se practica agricultura ecológica en la explotación?

Sí/No

– –

Detalles (4)

 

– – –

Superficie agrícola total utilizada de la explotación en la que se aplican métodos de agricultura ecológica certificados con arreglo a normas nacionales o de la Unión Europea

ha

– – –

Superficie agrícola total utilizada de la explotación que está en curso de conversión a métodos de agricultura ecológica que deben certificarse con arreglo a normas nacionales o de la Unión Europea

ha

– – –

Superficie de la explotación en la que se aplican métodos de producción agrícola ecológica con arreglo a normas nacionales o de la Unión Europea certificados o en curso de conversión con vistas a su certificación:

 

– – – –

Cereales para la producción de grano (incluidas las semillas)

ha

– – – –

Leguminosas y proteaginosas secas para la producción de grano (incluidas las semillas y las mezclas de cereales con leguminosas)

ha

– – – –

Patatas (incluidas las patatas tempranas y las patatas de siembra)

ha

– – – –

Remolacha azucarera (excluidas las semillas)

ha

– – – –

Cultivos de semillas oleaginosas

ha

– – – –

Hortalizas frescas, melones y fresas

ha

– – – –

Prados permanentes y pastos, excepto los pastos pobres

ha

– – – –

Plantaciones de árboles frutales y bayas

ha

– – – –

Plantaciones de cítricos

ha

– – – –

Olivares

ha

– – – –

Viñedos

ha

– – – –

Otros cultivos (cultivos fibrosos, etc.) incluidos los pastos pobres

ha

– – –

Métodos de ganadería ecológica certificada con arreglo a normas nacionales o de la Unión Europea

 

– – – –

Ganado bovino

Cabezas

– – – –

Cerdos

Cabezas

– – – –

Ganado ovino y caprino

Cabezas

– – – –

Aves de corral

Cabezas

– – – –

Otros animales

Sí/No

– –

Destino de la producción de la explotación:

 

– – –

Autoconsumo de más del 50 % del valor de la producción final de la explotación

Sí/No

– – –

La venta directa a consumidores finales representa más del 50 % de todas las ventas de la explotación

Sí/No

II.   Tierra

Tierras arables

 

– –

Cereales para la producción de grano (incluidas las semillas):

 

– – –

Trigo blando y escanda

ha

– – –

Trigo duro

ha

– – –

Centeno

ha

– – –

Cebada

ha

– – –

Avena

ha

– – –

Maíz en grano

ha

– – –

Arroz

ha

– – –

Otros cereales para la producción de grano

ha

– –

Leguminosas y proteaginosas secas para la producción de grano (incluidas las semillas y las mezclas de cereales con leguminosas)

ha

– – –

de las cuales, guisantes, habas, haboncillos y altramuces dulces

ha

– –

Patatas (incluidas las patatas tempranas y las patatas de siembra)

ha

– –

Remolacha azucarera (excluidas las semillas)

ha

– –

Raíces y tubérculos forrajeros (excepto las semillas)

ha

– –

Cultivos industriales:

 

– – –

Tabaco

ha

– – –

Lúpulo

ha

– – –

Algodón

ha

– – –

Colza y nabina

ha

– – –

Girasol

ha

– – –

Soja

ha

– – –

Semilla de lino (lino oleaginoso)

ha

– – –

Otros cultivos de semillas oleaginosas

ha

– – –

Lino

ha

– – –

Cáñamo

ha

– – –

Otros cultivos fibrosos

ha

– – –

Plantas aromáticas, medicinales y especias

ha

– – –

Cultivos industriales no clasificados en otras partidas

ha

– –

Hortalizas frescas, melones y fresas, de los cuales:

 

– – –

Al aire libre o en abrigo bajo (no accesible)

ha

– – – –

Cultivos en tierras de labor

ha

– – – –

Cultivos hortícolas

ha

– – –

Cultivos de invernadero o en otro tipo de abrigo alto (accesible)

ha

– –

Flores y plantas ornamentales (excepto viveros):

 

– – –

Al aire libre o en abrigo bajo (no accesible)

ha

– – –

En invernaderos o en otro tipo de abrigo alto (accesible)

ha

– –

Plantas cosechadas en verde

 

– – –

Pastos temporales

ha

– – –

Otras plantas cosechadas en verde:

 

– – – –

Maíz forrajero

ha

– – – –

Plantas leguminosas

ha

– – – –

Otras plantas cosechadas en verde no mencionadas en otra parte

ha

– –

Semillas y plántulas de tierras arables

ha

– –

Otros cultivos de tierras arables

ha

– –

Barbecho

ha

Huertos familiares

ha

Pastos permanentes

ha

– –

Prados permanentes y pastos, excepto los pastos pobres

ha

– –

Pastos pobres

ha

– –

Pastos permanentes que ya no se utilizan a efectos de producción y pueden acogerse a un régimen de ayudas

ha

Cultivos permanentes

 

– –

Plantaciones de árboles frutales y bayas

ha

– – –

Especies de frutales, de los cuales:

ha

– – – –

Frutales de zonas templadas

ha

– – – –

Frutales de zonas subtropicales

ha

– – –

Especies de bayas

ha

– – –

Frutos de cáscara

ha

– –

Plantaciones de cítricos

ha

– –

Olivares

ha

– – –

que producen normalmente aceitunas de mesa

ha

– – –

que producen normalmente aceitunas de almazara

ha

– –

Viñedos que producen normalmente:

ha

– – –

Vino de calidad

ha

– – –

Otros vinos

ha

– – –

Uvas de mesa

ha

– – –

Uvas pasas

ha

– –

Viveros

ha

– –

Otros cultivos permanentes

ha

– –

Cultivos permanentes de invernadero

ha

Otras superficies

 

– –

Superficie agrícola no utilizada

ha

– –

Superficie forestal

ha

– – –

de la cual, monte bajo de ciclo corto

ha

– –

Otras superficies (terreno edificado, patios, caminos, estanques, canteras, tierras estériles, roquedales, etc.)

ha

Setas

ha

Cultivos energéticos

ha

Regadío

 

– –

Superficie de regadío

 

– – –

Superficie de regadío total

ha

– – –

Superficie cultivada total irrigada al menos una vez en los doce meses anteriores

ha

– –

Métodos de riego empleados

 

– – –

Riego de superficies (inundación, surcos)

Sí/No

– – –

Riego por aspersión

Sí/No

– – –

Riego por goteo

Sí/No

– –

Fuente de agua utilizada para regar la explotación

 

– – –

Aguas freáticas de la explotación

Sí/No

– – –

Aguas superficiales de la explotación (estanques o presas)

Sí/No

– – –

Aguas superficiales de fuera de la explotación, procedentes de lagos o cursos de agua

Sí/No

– – –

Aguas de fuera de la explotación procedentes de redes comunes de abastecimiento

Sí/No

– – –

Otras fuentes

Sí/No

III.   GANADO

Équidos

Cabezas

Ganado bovino

 

– –

Bovinos de menos de un año, machos o hembras

Cabezas

– –

Bovinos machos de entre uno y dos años

Cabezas

– –

Bovinos hembras de entre uno y dos años

Cabezas

– –

Bovinos machos de dos años o más

Cabezas

– –

Novillas de dos años o más

Cabezas

– –

Vacas lecheras

Cabezas

– –

Otras vacas

Cabezas

Ganado ovino y caprino:

 

– –

Ovinos (todas las edades)

Cabezas

– – –

Hembras reproductoras

Cabezas

– – –

Otros ovinos

Cabezas

– –

Caprinos (todas las edades)

Cabezas

– – –

Hembras reproductoras

Cabezas

– – –

Otros caprinos

Cabezas

Ganado porcino:

 

– –

Lechones con un peso vivo de menos de 20 kg

Cabezas

– –

Cerdas reproductoras de 50 kg o más

Cabezas

– –

Otros porcinos

Cabezas

Aves de corral:

 

– –

Pollos de carne

Cabezas

– –

Gallinas ponedoras

Cabezas

– –

Otras aves de corral

Cabezas

– – –

Pavos

Cabezas

– – –

Patos

Cabezas

– – –

Ocas

Cabezas

– – –

Avestruces

Cabezas

– – –

Otras aves de corral no clasificadas en otra parte

Cabezas

Conejas reproductoras

Cabezas

Abejas

Colmenas

Ganado no clasificado en otra parte

Sí/No

IV.   Mano de obra

IV i)

Trabajo agrícola en la explotación

Titular

 

– –

Sexo

Masculino/Femenino

– –

Edad

Grupos de edad (5)

– –

Trabajo agrícola en la explotación (aparte de las labores domésticas)

Grupo 1 de % de UTA (6)

Gerente de la explotación

 

– –

Sexo

Masculino/Femenino

– –

Edad

Grupos de edad (5)

– –

Trabajo agrícola en la explotación (aparte de las labores domésticas)

Grupo 2 de % de UTA (7)

Formación del gerente de la explotación

 

– –

Formación agraria del gerente la explotación

Códigos de formación (8)

– –

Formación profesional recibida por el gerente de la explotación en los últimos doce meses

Sí/No

Miembros de la familia del único titular de la explotación agrícola que trabajan en ella: hombres

 

– –

Trabajo agrícola en la explotación (aparte de las labores domésticas)

Grupo 2 de % de UTA

Miembros de la familia del único titular de la explotación agrícola que trabajan en ella: mujeres

 

– –

Trabajo agrícola en la explotación (aparte de las labores domésticas)

Grupo 2 de % de UTA

Mano de obra empleada regularmente que no forma parte de la familia: hombres

 

– –

Trabajo agrícola en la explotación (aparte de las labores domésticas)

Grupo 2 de % de UTA

Mano de obra empleada regularmente que no forma parte de la familia: mujeres

 

– –

Trabajo agrícola en la explotación (aparte de las labores domésticas)

Grupo 2 de % de UTA

Mano de obra activa empleada esporádicamente que no forma parte de la familia: hombres y mujeres

Jornadas a tiempo completo

IV. ii)

Otras actividades lucrativas: Trabajo no agrario en la explotación (no relacionadas directamente con la explotación) y trabajo fuera de la explotación)

Otras actividades lucrativas del titular que también es el gerente de la explotación:

M/S/N (9)

Otras actividades lucrativas de los demás miembros de la familia del único titular: actividad principal

Número de personas

Otras actividades lucrativas de los demás miembros de la familia del único titular: actividad secundaria

Número de personas

V.   Otras actividades lucrativas de la explotación (relacionadas directamente con ella)

V. i)

Lista de las demás actividades lucrativas

Prestación de servicios sanitarios, sociales o educativos

Sí/No

Turismo, alojamiento y otras actividades recreativas

Sí/No

Artesanía

Sí/No

Transformación de productos agrarios

Sí/No

Producción de energía renovable

Sí/No

Transformación de la madera (por ejemplo, aserrado)

Sí/No

Acuicultura

Sí/No

Trabajo bajo contrato (que utiliza los medios de producción de la explotación)

 

– –

Agrario (para otras explotaciones)

Sí/No

– –

No agrario

Sí/No

Silvicultura

Sí/No

Otros

Sí/No

¿Quién participa?

 

– –

Titular que también es el gerente de la explotación

P/S/N (9)

– –

Otros miembros de la familia del titular único, como actividad principal

Número de personas

– –

Otros miembros de la familia del titular único, como actividad secundaria

Número de personas

– –

Mano de obra activa empleada regularmente que no forma parte de la familia, como actividad principal

Número de personas

– –

Mano de obra activa empleada regularmente que no forma parte de la familia, como actividad secundaria

Número de personas

V. ii)

Importancia de las demás actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación

Porcentaje de la producción final de la explotación

Tramos de porcentajes (10)

VI.   Apoyo al desarrollo rural

La explotación se ha beneficiado de alguna de las siguientes medidas de desarrollo rural en los tres últimos años (11)

Sí/No

– –

Participación de los agricultores en programas relativos a la calidad de los alimentos

Sí/No

– –

Ayudas relacionadas con la Directiva Marco del Agua y Natura 2000 (12)

Sí/No

– –

Ayudas agroambientales y climáticas

Sí/No

– –

Agricultura ecológica

Sí/No

– –

Ayudas relativas al bienestar de los animales

Sí/No

– –

Inversión en activos físicos

Sí/No

– –

Prevención y reparación de los daños causados a la capacidad de producción agraria por desastres naturales y catástrofes

Sí/No

– –

Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas

Sí/No

– –

Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y la viabilidad de los bosques

Sí/No

– –

Forestación y creación de superficies forestales

Sí/No

– –

Establecimientos de sistemas agroforestales

Sí/No

– –

Prevención y reparación de los daños causados a los bosques

Sí/No

– –

Inversiones para incrementar capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los bosques

Sí/No

– –

Inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales

Sí/No

– –

Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas

Sí/No

– –

Servicios silvoambientales y climáticos y conservación de los bosques

Sí/No

– –

Gestión del riesgo

Sí/No

VII.   Suelo y prácticas de gestión del estiércol aplicadas en las explotaciones agrícolas

Métodos de labranza (13) en tierras arables al aire libre

 

– –

Labranza convencional

ha

– –

Labranza de mantenimiento

ha

– –

Ausencia de labranza (excepto la superficie de tierra arable al aire libre cubierta de plantas plurianuales)

ha

Cubierta del suelo (14) en tierras arables al aire libre

 

– –

Cultivos normales de invierno

ha

– –

Cultivos de cobertura o intermedios

ha

– –

Residuos de plantas

ha

– –

Suelo desnudo

ha

– –

Superficie de tierra arable al aire libre cubierta de plantas plurianuales

ha

Rotación de cultivos en tierras arables

 

– –

Parte de tierra arable en la rotación de cultivos

Tramo ZC en % (15)

Superficie de interés ecológico — superficie total de márgenes de los campos, franjas de protección, como setos, árboles, barbecho, biotopos, zona forestada y elementos paisajísticos

ha (16)

Técnicas de aplicación de estiércol

 

– –

Difusión

 

– – –

Sin incorporación

Tramo de % de estiércol (17)

– – –

Incorporación en cuatro horas

Tramo de % de estiércol

– – –

Incorporación después de cuatro horas

Tramo de % de estiércol

– –

Esparcimiento en surcos

 

– – –

Latiguillo trasero

Tramo de % de estiércol

– – –

Zapata trasera

Tramo de % de estiércol

– –

Inyección

 

– – –

Poco profunda (surco abierto)

Tramo de % de estiércol

– – –

Profunda (surco cerrado)

Tramo de % de estiércol

Estiércol que entra en la explotación/que sale fuera de la explotación

 

– –

Total del estiércol producido que sale fuera de la explotación

Toneladas

– –

Estiércol que entra en la explotación

Toneladas


(1)  En 2016 no deberán facilitarse las coordenadas geográficas.

(2)  Nomenclatura de las unidades territoriales estadísticas.

(3)  L = zona desfavorecida en zona no montañosa; M = zona desfavorecida en zona montañosa; N = zona normal (no ZD). Esta clasificación podrá adaptarse en el futuro a la luz de los cambios en la PAC en el horizonte de 2020.

(4)  La presente sección se cumplimentará únicamente si la respuesta a la pregunta anterior fue afirmativa.

(5)  Grupos de edad: (del fin de la escolaridad a los 24 años), (de 25 a 34), (de 35 a 39), (de 40 a 44), (de 45 a 54), (de 55 a 64), (de 65 y más).

(6)  Grupos según los porcentajes del grupo 1 de UTA (unidad de trabajo anual): (0), (> 0 a < 25), (≥ 25 a < 50), (≥ 50 a < 75), (≥ 75-< 100), (100).

(7)  Grupos según los porcentajes del grupo 2 de UTA (unidad de trabajo anual): (> 0 a < 25), (≥ 25 a < 50), (≥ 50 a < 75), (≥ 75 a < 100), (100).

(8)  Códigos de formación: (solo experiencia agraria práctica), (formación agraria básica), (formación agraria completa).

(9)  P = actividad principal; S = actividad secundaria; N = no participación.

(10)  Tramos de porcentajes: (≥ 0 a ≤ 10), (> 10 a ≤ 50), (> 50 a < 100).

(11)  Medidas de desarrollo rural con arreglo al Reglamento (UE) no 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487) — estas características deberían estar disponibles a través de fuentes administrativas.

(12)  Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327 de 22.12.2000, p. 1).

(13)  Superficie arable al aire libre en la que se practica la labranza convencional + superficie arable al aire libre en la que se practica la labranza de mantenimiento + superficie arable al aire libre sin labranza + superficie arable al aire libre cubierta de plantas plurianuales = superficie arable total al aire libre.

(14)  Superficie arable al aire libre plantada con cultivos normales de invierno + superficie arable al aire libre plantada con cultivos de cobertura o intermedios + superficie arable al aire libre con residuos de plantas + superficie arable al aire libre con suelo desnudo + superficie arable al aire libre cubierta por plantas plurianuales = superficie total de tierra arable al aire libre.

(15)  Tramo de porcentaje de zona de cultivos (ZC): (0), (> 0 a < 25), (≥ 25 a < 50), (≥ 50 a < 75), (≥ 75).

(16)  Solo deben indicarse en las explotaciones con más de 15 ha de tierras arables.

(17)  % del total de estiércol aplicado con técnica específica: (0), (> 0 a < 25), (≥ 25 a < 50), (≥ 50 a < 75), (≥ 75 a < 100), (100).»


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