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Document 32003R1214
Commission Regulation (EC) No 1214/2003 of 7 July 2003 amending Regulation (EC) No 2368/2002 implementing the Kimberley Process certification scheme for the international trade in rough diamonds
Reglamento (CE) n° 1214/2003 de la Comisión, de 7 de julio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2368/2002 por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto
Reglamento (CE) n° 1214/2003 de la Comisión, de 7 de julio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2368/2002 por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto
DO L 169 de 8.7.2003, p. 30–31
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In force
Reglamento (CE) n° 1214/2003 de la Comisión, de 7 de julio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2368/2002 por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto
Diario Oficial n° L 169 de 08/07/2003 p. 0030 - 0031
Reglamento (CE) no 1214/2003 de la Comisión de 7 de julio de 2003 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2368/2002 por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 803/2003 de la Comisión(2), y, en particular, su artículo 17, Considerando lo siguiente: (1) La Comisión ha recibido una solicitud de inclusión en la lista del anexo V del Reglamento (CE) n° 2368/2002 (en lo sucesivo denominado el Reglamento) por parte de la organización London Diamond Bourse and Club. (2) London Diamond Bourse and Club ha proporcionado a la Comisión la prueba de que se ha ajustado a los requisitos establecidos en el artículo 17 del Reglamento, en particular, adoptando un código de conducta vinculante para todos sus miembros. (3) Sobre la base de la información proporcionada, la Comisión considera que está justificado incluir a la organización London Diamond Bourse and Club en el anexo V del Reglamento. (4) Las medidas contempladas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité a que se refiere el artículo 22 del Reglamento (CE) n° 2368/2002. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Se añadirá al anexo V del Reglamento (CE) n° 2368/2002 el texto que figura en el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 7 de julio de 2003. Por la Comisión Christopher Patten Miembro de la Comisión (1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28. (2) DO L 115 de 9.5.2003, p. 53. ANEXO Se añadirá el texto siguiente al anexo V del Reglamento (CE) n° 2368/2002: The London Diamond Bourse and Club 100 Hatton Garden London EC1N 8NX United Kingdom