EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2017/346/09

Convocatoria de propuestas — EACEA 27/2017 en el marco del programa Erasmus+ — Acción clave 3 — Apoyo a la reforma de las políticas — Cualificaciones conjuntas en el sistema de educación y formación profesional (EFP)

DO C 346 de 14.10.2017, p. 6–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.10.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 346/6


CONVOCATORIA DE PROPUESTAS — EACEA 27/2017

en el marco del programa Erasmus+

Acción clave 3 — Apoyo a la reforma de las políticas

Cualificaciones conjuntas en el sistema de educación y formación profesional (EFP)

(2017/C 346/09)

1.   Objetivos

Los objetivos generales de la convocatoria son, por un lado, incrementar la empleabilidad de los jóvenes y contribuir al desarrollo de una mano de obra altamente capacitada, cualificada y móvil que beneficie a las empresas y, por otro lado, apoyar los avances conjuntos en la EFP en Europa y reforzar su calidad, pertinencia y atractivo de manera general.

El objetivo específico de la convocatoria es favorecer la preparación o configuración de cualificaciones conjuntas de EFP, incluyendo las de nivel superior, o la mejora de las cualificaciones existentes.

Las cualificaciones transnacionales deben constar de un fuerte componente de aprendizaje en el puesto de trabajo y de movilidad, así como abordar los resultados del aprendizaje, la garantía de la calidad y el reconocimiento adecuado, al tiempo que hacen uso de las herramientas e instrumentos europeos pertinentes.

Habida cuenta de la elevada tasa de desempleo juvenil, el desajuste entre la oferta y demanda de cualificaciones, y la escasez de capacidades y destrezas, así como de la necesidad de competencias de nivel superior a escala sectorial, las cualificaciones conjuntas de EFP pueden hacer frente a estos retos y garantizar una mejor respuesta de la EFP a las necesidades del mercado laboral.

2.   Asociaciones admisibles

La asociación debe componerse de socios de al menos dos países con Programa Erasmus+ (de los cuales al menos uno debe ser un Estado miembro de la Unión Europea):

—   Los 28 Estados miembros de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Polonia, Portugal, la República Checa, el Reino Unido, Rumanía y Suecia (1);

—   Países del Programa no pertenecientes a la UE: La Antigua República Yugoslava de Macedonia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Turquía.

Asimismo, la asociación constará como mínimo de tres socios, incluidas las dos organizaciones siguientes:

Un proveedor de EFP (enseñanza secundaria de ciclo superior o postsecundaria);

Una empresa (pública o privada) o una cámara de industria, comercio o artes y oficios, o una organización sectorial/profesional.

Uno de estos socios será la organización coordinadora, que solicitará la subvención Erasmus+ en nombre del consorcio de organizaciones asociadas.

Otras organizaciones participantes admisibles incluyen:

Autoridades competentes en materia de cualificaciones o equivalentes (de ámbito nacional, regional o sectorial). La participación de una organización de este tipo de cada uno de los países participantes en el proyecto representará un ventaja de cara a la evaluación de la calidad de los acuerdos de consorcio y cooperación del proyecto;

Autoridades públicas de ámbito local, regional o nacional;

Interlocutores sociales (organizaciones de empresarios y de trabajadores);

Institutos de investigación;

Organizaciones paneuropeas;

Consejos de competencias sectoriales o equivalentes;

Servicios públicos de empleo;

Organizaciones de jóvenes;

Asociaciones de padres;

Otros organismos pertinentes.

3.   Actividades y resultados previstos

Las actividades deberán comenzar entre el 1 de septiembre de 2018 y el 1 de noviembre de 2018.

La duración de los proyectos será de 24 meses.

Los beneficiarios deben llevar a cabo las dos actividades principales siguientes:

Diseñar o mejorar una cualificación conjunta en EFP, al objeto de responder a necesidades concretas en materia de competencias en los países con socios obligatorios, con vistas a obtener reconocimiento como cualificación en cada uno de estos países.

La cualificación conjunta debe constar de unidades claramente identificadas:

Definidas a través de un perfil detallado de cualificación, es decir, una descripción completa de los resultados de aprendizaje previstos;

Complementadas con el diseño de planes de estudios conjuntos, con un fuerte componente de aprendizaje en el puesto de trabajo y que favorezca la movilidad interregional, transnacional y transfronteriza del alumno;

Complementadas con normas de evaluación.

Configurar nuevas estructuras de cooperación sostenibles para garantizar la transparencia, la comparabilidad, la idoneidad de los sistemas de garantía de calidad y el reconocimiento mutuo de las cualificaciones, a la vez que se incrementa la sistematización y la focalización del compromiso existente.

Durante el plazo de duración del proyecto deben lograrse resultados concretos:

Diseñar o mejorar una cualificación conjunta en EFP.

Obtener resultados tangibles y sostenibles en el establecimiento de una cualificación conjunta en EFP, incluida la mejora de la transparencia, la comparabilidad y el reconocimiento de dichas cualificaciones.

Aportar pruebas de cómo se corresponden las necesidades de cualificaciones específicas con las necesidades del mercado laboral en los países/regiones participantes en la asociación.

Establecer nuevas estructuras de cooperación sostenibles.

Plantear iniciativas concretas para incrementar la empleabilidad de los estudiantes de EFP mediante la ampliación de las oportunidades de aprendizaje en el puesto de trabajo y de movilidad.

Aplicar sinergias a largo plazo para mejorar en última instancia el atractivo de la EFP.

Las pruebas deben demostrar la consecución de los resultados pretendidos una vez finalizada la financiación de la UE.

4.   Criterios de adjudicación

Las solicitudes admisibles se evaluarán sobre la base de los siguientes criterios:

1.

pertinencia del proyecto (máximo 30 puntos; umbral mínimo 16 puntos);

2.

calidad del diseño y de la aplicación del proyecto (máximo 25 puntos; umbral mínimo 13 puntos);

3.

calidad de la asociación del proyecto y de los acuerdos de cooperación (máximo 25 puntos; umbral mínimo 13 puntos),

4.

impacto y difusión (máximo 20 puntos; umbral mínimo 11 puntos).

Para optar a la financiación, las solicitudes deben obtener como mínimo 60 puntos (de los 100 totales), teniendo en cuenta también el umbral mínimo necesario de cada uno de los cuatro criterios de adjudicación.

5.   Presupuesto

El presupuesto total destinado a la cofinanciación de proyectos se calcula en un máximo de 6 millones EUR.

El porcentaje máximo de cofinanciación de la UE será del 80 %.

Cada subvención oscilará entre 200 000 EUR y 500 000 EUR. Se prevé financiar unas 20 propuestas.

La Agencia se reserva el derecho de no asignar todos los fondos disponibles.

6.   Plazo de presentación de candidaturas

La fecha límite para la presentación de candidaturas es el jueves, 31 de enero de 2018 a las 12.00 del mediodía (hora de Bruselas).

Las candidaturas deberán cumplir los requisitos siguientes:

Deberán presentarse exclusivamente utilizando el formulario de solicitud oficial en línea;

Podrán estar redactadas en cualquier lengua oficial de la UE.

Se adjuntará a las candidaturas una descripción detallada del proyecto, una declaración jurada y un presupuesto estimativo equilibrado, presentados en los formularios oficiales.

El incumplimiento de dichos requisitos implicará la no aceptación de la candidatura.

7.   Información completa

El texto completo de la convocatoria y el formulario de solicitud pueden consultarse en la siguiente dirección web:

https://eacea.ec.europa.eu/erasmus-plus/funding/ka3-joint-qualifications-in-vocational-education-and-training_en

Las solicitudes deberán respetar obligatoriamente las disposiciones recogidas en el texto completo de la convocatoria.


(1)  Para solicitudes del Reino Unido: téngase en cuenta que los criterios de admisibilidad deberán cumplirse a lo largo del período de duración de la subvención. Si el Reino Unido abandona la UE durante el período de la subvención sin celebrar un acuerdo con la Unión que garantice en particular que los solicitantes de dicho país sigan considerándose admisibles, estos dejarán de recibir financiación de la UE (aunque continuarán participando, siempre que resulte posible), o se verán obligados a abandonar el proyecto de que se trate.


Top