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Document 32013R0575R(01)
Corrigendum to Regulation (EU) No 575/2013 of the European Parliament and of the Council of 26 June 2013 on prudential requirements for credit institutions and investment firms and amending Regulation (EU) No 648/2012 ( OJ L 176, 27.6.2013 )
Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013 , sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n ° 648/2012 ( DO L 176 de 27.6.2013 )
Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013 , sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n ° 648/2012 ( DO L 176 de 27.6.2013 )
DO L 208 de 2.8.2013, p. 68–72
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO L 208 de 2.8.2013, p. 1–5
(GA)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/575/corrigendum/2013-08-02/oj
2.8.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 208/68 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) no 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) no 648/2012
( Diario Oficial de la Unión Europea L 176 de 27 de junio de 2013 )
1. |
En la página 2, en el considerando 4, frase tercera: |
donde dice:
« … y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de (2).»,
debe decir:
« … y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013 (2).».
2. |
En la página 36, en el artículo 26, apartado 3, párrafo primero, frase segunda: |
donde dice:
«Con respecto a las emisiones posteriores al 31 de diciembre de 2014, las entidades clasificarán…»,
debe decir:
«Con respecto a las emisiones posteriores al 28 de junio de 2013, las entidades clasificarán…».
3. |
En la página 37, en el artículo 26, apartado 3, párrafo tercero, frase segunda: |
donde dice:
«La ABE elaborará y publicará por primera vez esa lista a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE elaborará y publicará por primera vez esa lista a más tardar el 28 de julio de 2013.».
4. |
En la página 37, en el artículo 26, apartado 3, párrafo cuarto: |
donde dice:
«… podrá decidir suprimir de esa lista los instrumentos de capital que no supongan ayudas estatales posteriores al 31 de diciembre de 2014, …»,
debe decir:
«… podrá decidir suprimir de esa lista los instrumentos de capital que no supongan ayudas estatales posteriores al 28 de junio de 2013, …».
5. |
En la página 37, en el artículo 26, apartado 4, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
6. |
En la página 37, en el artículo 27, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
7. |
En la página 39, en el artículo 28, apartado 5, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
8. |
En la página 40, en el artículo 29, apartado 6, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
9. |
En la página 40, en el artículo 32, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
10. |
En la página 42, en el artículo 36, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
11. |
En la página 42, en el artículo 36, apartado 3, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
12. |
En la página 44, en el artículo 41, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
13. |
En la página 48, en el artículo 49, apartado 6, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE, la AEVM y la AESPJ presentarán dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE, la AEVM y la AESPJ presentarán dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
14. |
En la página 50, en el artículo 52, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
15. |
En la página 57, en el artículo 73, apartado 7, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
16. |
En la página 58, en el artículo 76, apartado 4, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tarde el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
17. |
Página 59, en el artículo 78, apartado 5, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
18. |
En la página 60, en el artículo 79, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
19. |
En la página 61, en el artículo 83, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
20. |
En la página 62, en el artículo 84, apartado 4, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
21. |
En la página 62, en el artículo 84, apartado 5, párrafo segundo: |
donde dice:
«Si después del 31 de diciembre de 2014 una sociedad financiera mixta de cartera…»,
debe decir:
«Si después del 28 de junio de 2013 una sociedad financiera mixta de cartera…».
22. |
En la página 68, en el artículo 99, apartado 5, párrafo tercero: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
23. |
En la página 68, en el artículo 99, apartado 6, párrafo tercero: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
24. |
En la página 69, en el artículo 101, apartado 4, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
25. |
En la página 72, en el artículo 105, apartado 14, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
26. |
En la página 74, en el artículo 110, apartado 4, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».
27. |
En la página 232, en el artículo 395, apartado 6, párrafo segundo: |
donde dice:
«… que apliquen un límite para grandes exposiciones inferior al 25 % pero no al 15 % entre 31 de diciembre de 2014 y el 30 de junio de 2015, …»,
debe decir:
«… que apliquen un límite para grandes exposiciones inferior al 25 % pero no al 15 % entre el 28 de junio de 2013 y el 30 de junio de 2015, ….».
28. |
En la página 241, en el artículo 415, apartado 3, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión para los elementos contemplados en la letra a), a más tardar el 1 de febrero de 2015, y para los contemplados en la letra b), el 1 de enero de 2014.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de aplicación para los elementos contemplados en la letra a), a más tardar el 28 de julio de 2013, y para los contemplados en la letra b), el 1 de enero de 2014.».
29. |
En la página 254, en el artículo 430, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
30. |
En la página 256, en el artículo 437, apartado 2, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
31. |
En la página 268, en el artículo 462, apartado 2: |
donde dice:
«2. Los poderes para adoptar los actos delegados a que se refieren los artículos 456 a 460 se otorgan por tiempo indefinido a partir de 31 de diciembre de 2014.»,
debe decir:
«2. Los poderes para adoptar los actos delegados a que se refieren los artículos 456 a 460 se otorgan por tiempo indefinido a partir del 28 de junio de 2013.».
32. |
En la página 274, en el artículo 478, apartado 2: |
donde dice:
«2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, respecto de los elementos contemplados en el artículo 36, apartado 1, letra c), que existían con anterioridad a 31 de diciembre de 2017, el porcentaje aplicable a efectos del artículo 469, apartado 1, letra c) estará comprendido en los intervalos siguientes:
a) |
del 0 % al 100 % durante el período comprendido a partir del 1 de enero de 2014 y 2 de enero de 2015; |
b) |
del 10 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2015 y 2 de enero de 2016; |
c) |
del 20 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2016 y 2 de enero de 2017; |
d) |
del 30 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2017 y 2 de enero de 2018; |
e) |
del 40 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2018 y 2 de enero de 2019; |
f) |
del 50 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2019 y 2 de enero de 2020; |
g) |
del 60 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2020 y 2 de enero de 2021; |
h) |
del 70 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2021 y 2 de enero de 2022; |
i) |
del 80 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2022 y 2 de enero de 2023; |
j) |
del 90 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2023 y 2 de enero de 2024.», |
debe decir:
«2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, respecto de los elementos contemplados en el artículo 36, apartado 1, letra c), que existían con anterioridad al 1 de enero de 2014, el porcentaje aplicable a efectos del artículo 469, apartado 1, letra c), estará comprendido en los intervalos siguientes:
a) |
del 0 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014; |
b) |
del 10 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015; |
c) |
del 20 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016; |
d) |
del 30 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2017; |
e) |
del 40 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018; |
f) |
del 50 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019; |
g) |
del 60 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020; |
h) |
del 70 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021; |
i) |
del 80 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022; |
j) |
del 90 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.». |
33. |
En la página 276, en el artículo 481, apartado 6, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE comunicará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2014.»,
debe decir:
«La ABE comunicará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
34. |
En la página 279, en el artículo 487, apartado 3, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2014.»,
debe decir:
«La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
35. |
En la página 281, en el artículo 492, apartado 5, párrafo segundo: |
donde dice:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas a más tardar el 1 de febrero de 2014.»,
debe decir:
«La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013.».
36. |
En la página 281, en el artículo 493, apartado 3, parte introductoria: |
donde dice:
«… los Estados miembros podrán, durante un período transitorio hasta la entrada en vigor de algún acto legislativo subsiguiente a la revisión a que se refiere el artículo 507, pero no después del 2 de enero de 2029, excluir total o parcialmente…»,
debe decir:
«… los Estados miembros podrán, durante un período transitorio hasta la entrada en vigor de algún acto legislativo subsiguiente a la revisión a que se refiere el artículo 507, pero no después del 31 de diciembre de 2028, excluir total o parcialmente…».
37. |
En la página 285, en el artículo 501, apartado 4: |
donde dice:
«4. La Comisión elaborará, a más tardar para el 2 de enero de 2017, un informe sobre el impacto de los requisitos en materia de fondos propios que establece el presente Reglamento en los préstamos a las PYME…»,
debe decir:
«4. La Comisión elaborará, a más tardar para el 28 de junio de 2016, un informe sobre el impacto de los requisitos en materia de fondos propios que establece el presente Reglamento en los préstamos a las PYME y a las personas físicas…».
38. |
En la página 291, en el artículo 515, apartado 1: |
donde dice:
«1. La ABE, junto con la AEVM, elaborará, a más tardar el 2 de enero de 2015, un informe sobre el funcionamiento del presente Reglamento en relación con las correspondientes obligaciones en virtud del Reglamento (UE) no 648/2012, …»,
debe decir:
«1. La ABE, junto con la AEVM, elaborará, a más tardar el 28 de junio de 2014, un informe sobre el funcionamiento del presente Reglamento en relación con las correspondientes obligaciones en virtud del Reglamento (UE) no 648/2012, …».
39. |
En la página 294, en el artículo 521, apartado 2, letra c): |
donde dice:
«c) |
las disposiciones del presente Reglamento que exigen que las AES presenten a la Comisión proyectos de normas técnicas, y las disposiciones del presente Reglamento que facultan a la Comisión para adoptar actos delegados o actos de ejecución; estas disposiciones serán aplicables a partir del 31 de diciembre de 2014.», |
debe decir:
«c) |
las disposiciones del presente Reglamento que exigen que las AES presenten a la Comisión proyectos de normas técnicas, y las disposiciones del presente Reglamento que facultan a la Comisión para adoptar actos delegados o actos de ejecución; estas disposiciones serán aplicables a partir del 28 de junio de 2013.». |