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Document 52020DC0760

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Aprovechar al máximo el potencial innovador de la UE: un plan de acción en materia de propiedad intelectual e industrial para apoyar la recuperación y la resiliencia de la UE

COM/2020/760 final

Bruselas, 25.11.2020

COM(2020) 760 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Aprovechar al máximo el potencial innovador de la UE:















un plan de acción en materia de propiedad intelectual e industrial para apoyar la recuperación y la resiliencia de la UE
















1.Los retos futuros: capitalizar los activos intelectuales europeos para impulsar la recuperación y la resiliencia

Los activos intangibles como las invenciones, las creaciones artísticas y culturales, las marcas, los equipos lógicos, los conocimientos técnicos, los procesos empresariales y los datos son las piedras angulares de la economía actual. Durante las dos últimas décadas, el volumen de las inversiones anuales en «productos de propiedad intelectual 1 » de este tipo ha aumentado en 87 % en la UE, mientras que el volumen de las inversiones tangibles (no residenciales) aumentó únicamente un 30 %. Las inversiones intangibles se vieron además significativamente menos afectadas por la crisis económica de 2008 2 .

Los derechos de propiedad intelectual e industrial (DPII), es decir, las patentes, las marcas, los dibujos y modelos, los derechos de autor y derechos conexos, las indicaciones geográficas y los derechos de obtención vegetal, así como las normas de protección de secretos comerciales, ayudan a los emprendedores y a las empresas a valorizar sus activos intangibles. En la economía actual, los productos y los procesos industriales dependen cada vez más de bienes inmateriales protegidos por DPII, y una buena gestión de la propiedad intelectual e industrial se ha vuelto parte integrante de cualquier estrategia comercial acertada. Las ramas de actividad que realizan uso intensivo de la propiedad intelectual e industrial desempeñan un papel crucial en la economía de la UE y ofrecen a la sociedad puestos de trabajo sostenibles y valiosos. Los sectores intensivos en DPII representan actualmente casi el 45 % del PIB europeo y contribuyen de forma directa a la creación de casi el 30 % del total de los puestos de trabajo 3 . Muchos de los ecosistemas industriales europeos no pueden prosperar sin una protección eficaz de la propiedad intelectual e industrial (PII) y unas herramientas eficaces para el comercio con activos intangibles.

La propiedad intelectual e industrial es un activo clave para poder competir a escala mundial. El número de solicitudes de propiedad intelectual e industrial está aumentando en todo el mundo. La misma tendencia puede observarse en la UE. Entre 2010 y 2019, el número de patentes europeas concedidas aumentó de 58 000 a 137 000, aproximadamente, aunque el aumento es menos pronunciado que en otras partes del mundo, especialmente Asia, donde las economías se están progresando rápidamente en materia de generación de propiedad intelectual e industrial.

La UE lo tiene medios para seguir siendo competitiva en la carrera mundial hacia el liderazgo tecnológico, y también cuenta con un robusto marco en materia de propiedad intelectual e industrial. Por ejemplo, un mecanismo único de presentación de solicitudes hace posible obtener y aplicar la protección de marcas, dibujos y modelos, y variedades vegetales en Europa. La calidad de las patentes que se conceden en Europa se encuentra entre las mejores del mundo 4 . Los innovadores europeos son pioneros en las tecnologías ecológicas 5 . A escala mundial, poseen una parte importante de las patentes ecológicas 6 y cuentan con carteras de propiedad intelectual e industrial especialmente fuertes en tecnologías como la adaptación al cambio climático, la captura y el almacenamiento de carbono y el tratamiento del agua y los residuos 7 . Las empresas europeas son también líderes en tecnologías digitales específicas, como las tecnologías de conectividad.

Es necesario seguir aprovechando nuestros puntos fuertes mejorando el marco de la UE, cuando sea necesario, y poniendo en marcha políticas bien calibradas en materia de propiedad intelectual e industrial para ayudar a las empresas a capitalizar sus invenciones y creaciones, garantizando al mismo tiempo que las invenciones y creaciones sirvan a la economía y a la sociedad en general. Existe mucha invención y creatividad en la UE, por lo que es necesario maximizar los incentivos para aprovechar este potencial y poner a nuestras empresas en el camino hacia la recuperación económica 8  y el liderazgo mundial ecológico y digital de Europa.

Algunos de los retos sociales más importantes de nuestro tiempo, como son el hacer posible la transición ecológica o garantizar una adecuada atención sanitaria para todos, no se pueden abordar sin soluciones innovadoras. El desarrollo de ecosistemas de energía renovable y de energía con baja emisión de carbono, por ejemplo, depende de la rápida creación y adopción de tecnologías punteras, así como de herramientas eficaces para intercambiar intangibles críticos, como por ejemplo, los datos. El desarrollo de un ecosistema de la salud floreciente en Europa requiere un sistema transparente de incentivos relacionados con la propiedad intelectual e industrial, que impulsen la innovación y garanticen un acceso efectivo a medicinas asequibles. Los sectores de la cultura y la creación no pueden prosperar sin la protección eficaz de la propiedad intelectual e industrial 9 .

La crisis de la COVID-19 ha ilustrado la dependencia de la UE de innovaciones y tecnologías críticas y ha recordado a Europa la importancia de unas reglas eficaces en materia de propiedad intelectual e industrial y de herramientas que aseguren un rápido despliegue de la propiedad intelectual e industrial crítica. Los derechos de propiedad intelectual e industrial y su papel en un sector farmacéutico competitivo e innovador, también forman parte de la nueva Estrategia Farmacéutica para Europa 10 .

La revolución tecnológica –la economía y la sociedad de los datos, el giro hacia la inteligencia artificial (IA), la creciente importancia de nuevas tecnologías como la cadena de bloques, la impresión 3D y el internet de las cosas (IdC)–, así como el desarrollo de nuevos modelos empresariales como la economía de plataformas, la economía de los datos y la economía circular, ofrecen una ventana de oportunidades única para modernizar nuestro enfoque y proteger nuestros activos intangibles. En las últimas décadas, se ha producido un avance significativo en cuanto a la creación de un mercado interior para la propiedad intelectual e industrial, que reporta muchos beneficios para la economía de la UE. Existe una serie de herramientas que aportan soluciones innovadoras a la sociedad 11 . Aun así, siguen existiendo numerosos vacíos y debilidades en la manera en la que las empresas europeas protegen su capital intangible y lo orientan para que dé frutos para la sociedad europea.

Hemos identificado cinco desafíos:

·En primer lugar, a pesar de los avances, una parte del sistema de propiedad intelectual e industrial de la UE sigue estando demasiado fragmentado, con procedimientos que resultan complejos y costosos, y a veces poco claros.

Las patentes europeas son objeto de costosos procedimientos de validación nacionales y de litigios paralelos en múltiples países de la UE. En el caso de los productos farmacéuticos, la protección mediante certificados complementarios de protección solo está disponible a nivel nacional. Es preciso mejorar la protección del diseño y de las indicaciones geográficas. Cuando se requiera el registro para proteger los DPII, los procedimientos de ventanilla única, que ofrecen la cobertura correcta, deberían ser la norma, en lugar de la excepción.

Como parte de la transformación digital, la protección bien calibrada de dibujos y modelos en el entorno digital se vuelve aún más apremiante. Por ejemplo, para garantizar una asimilación fluida de las tecnologías de impresión 3D, necesitamos claridad sobre la protección de los archivos de impresión 3D y sobre las limitaciones en el uso privado de los dibujos y modelos. Necesitamos respuestas claras a nuevas preguntas, por ejemplo, cómo podemos proteger las invenciones desarrolladas o aplicadas utilizando la IA 12 , o cómo podemos garantizar que la reparación y la reutilización no se vean bloqueadas por prácticas desleales o excesivamente restrictivas en materia de propiedad intelectual e industrial 13 . Al mismo tiempo, necesitamos aprovechar mejor el potencial que ofrecen las nuevas tecnologías como la IA y la cadena de bloques con el fin de aumentar la efectividad de nuestros sistemas de propiedad intelectual e industrial. 

·En segundo lugar, demasiadas empresas, en particular las pymes, y demasiados investigadores no aprovechan plenamente las oportunidades que les ofrece la protección de la propiedad intelectual e industrial.

Solo el 9 % de las pymes de la UE tienen derechos de propiedad intelectual e industrial registrados. En la crisis actual, el número de inscripciones en los registros de la propiedad intelectual e industrial ha disminuido, en detrimento de la competitividad y la resiliencia de las empresas. Un análisis reciente muestra que la reticencia de las pymes a hacer valer sus derechos de propiedad intelectual e industrial se debe en gran medida a su falta de conocimientos en ese ámbito 14 . Incluso si los hacen valer, consideran que se trata de un sistema demasiado costoso y complejo, y en el que es difícil desenvolverse.

Además de tener unos bajos niveles de protección de su propiedad intelectual e industrial, las pymes no aprovechan plenamente su explotación comercial. Los analistas financieros y los inversores reconocen que la propiedad intelectual e industrial es un activo fundamental en el valor de una empresa y un indicador de sus capacidades tecnológicas y de crecimiento. Sin embargo, las pymes intensivas en conocimientos que tratan de financiar sus operaciones a menudo no adoptan estrategias de propiedad intelectual e industrial adecuadas que ayudarían a valorizar su capital intangible. Para el sector financiero, la valoración de una patente o marca es crucial; el prestamista o inversor se interesa principalmente por garantías fungibles 15 y le atrae menos el derecho de monopolio en sí.

También es necesaria una buena gestión de la propiedad intelectual e industrial para apoyar la valorización y el despliegue de los resultados de la I+D en Europa. Por ejemplo, aunque el 26 % de las publicaciones de investigación de alto valor sobre la IA proceden de Europa, solo 4 de los 30 principales solicitantes (el 13 %) y el 7 % de las empresas que participan en patentes de IA en todo el mundo son europeos 16 .

·En tercer lugar, las herramientas para facilitar el acceso a la propiedad intelectual e industrial (y, por tanto, permitir la adopción y difusión de tecnologías) no están suficientemente desarrolladas.

La crisis de la COVID-19 ha ilustrado nuestra dependencia de innovaciones y tecnologías críticas, en particular en el sector de la salud. La UE debe seguir mejorando sus herramientas para poner a disposición tales innovaciones y tecnologías, cuando sea necesario, mientras garantiza al mismo tiempo un rendimiento justo de la inversión.

La concesión de licencias de patentes esenciales para las normas es a menudo un ejercicio complicado y costoso tanto para los titulares de las patentes como para los ejecutores de las tecnologías. Dada la creciente importancia de las patentes esenciales para las normas (por ejemplo, hay más de 95 000 patentes únicas y solicitudes de patentes con arreglo a la norma 5G 17 ), es necesario un marco mucho más claro y previsible que incentive las negociaciones de buena fe en lugar de recurrir a litigios.

Aunque el intercambio de datos está adquiriendo importancia en numerosos sectores, quedan por precisar las implicaciones del marco de la propiedad intelectual e industrial para el intercambio de datos.

·En cuarto lugar, a pesar de varios esfuerzos por invertir la tendencia, la falsificación y la piratería siguen prosperando, en particular aprovechando las tecnologías digitales.

En 2016, las importaciones en la UE de mercancías falsificadas y mercancías pirata ascendían a 121 000 millones EUR, lo que representa el 6,8 % de las importaciones de la UE (frente al 5 % de las importaciones de la UE en 2013) 18 . Esto se traduce en una pérdida directa de ventas de 50 000 millones EUR y una pérdida directa de empleo de 416 000 puestos de trabajo 19 . Se estima que el robo cibernético de secretos comerciales representa unas pérdidas de 60 000 millones EUR en la UE 20 .

·Por último, hay una falta de respeto por las reglas a escala mundial y las empresas de la UE a menudo salen perdiendo cuando operan en el extranjero.

Algunos países no pertenecientes a la UE no protegen suficientemente la propiedad intelectual e industrial, lo que a menudo perjudica a las empresas de la UE. La UE debe aprovechar su potencial para propiciar el establecimiento de normas a nivel mundial. Debe intensificar los esfuerzos en la lucha contra las prácticas abusivas, como la mala fe en los registros de la propiedad intelectual e industrial y otras deficiencias. Ante todo, debería predicar con el ejemplo: desarrollar soluciones reglamentarias de vanguardia para cuestiones globales, como la concesión de licencias de patentes esenciales para las normas o la manera en que pueden compartirse los datos.

En respuesta a estos cinco retos, y sobre la base de las aportaciones de los Estados miembros y las partes interesadas 21 , el presente plan de acción identifica cinco ámbitos de interés clave, con propuestas específicas de actuación para:

·mejorar el sistema de protección de la propiedad intelectual e industrial,

·incentivar el uso y el despliegue de la propiedad intelectual e industrial, en particular por parte de las pymes,

·facilitar el acceso a los activos intangibles y el intercambio de estos, al tiempo que se garantiza un rendimiento justo de las inversiones,

·garantizar un mejor respeto de los derechos de propiedad intelectual e industrial, y

·mejorar el cumplimiento de las normas a escala mundial.

2.Mejor protección de la propiedad intelectual e industrial    

Una primera prioridad es garantizar que los innovadores de la UE tengan acceso a herramientas de protección rápidas, eficaces y asequibles. A tal fin, tenemos que hacer un esfuerzo adicional para abordar la fragmentación restante y reducir la complejidad. También debemos asegurarnos de que nuestro código normativo esté plenamente en consonancia con las necesidades de la nueva economía ecológica y digital.

Para conseguirlo, debemos asegurarnos de la puesta en marcha del sistema de patente unitaria. Esto creará una ventanilla única para las empresas, y simplificará considerablemente el patentado en la UE, impulsando la transparencia y facilitando la concesión de licencias. La obtención de una patente unitaria (que cubra hasta veinticinco Estados miembros) 22 y su mantenimiento durante una duración normal costarán aproximadamente 10 000 EUR, casi seis veces menos que obtener y mantener una protección equivalente en la actualidad. Asimismo, la resolución centralizada de los litigios ante el nuevo Tribunal Unificado de Patentes mejorará la seguridad jurídica y evitará que se produzcan procedimientos paralelos en múltiples Estados miembros, reduciendo considerablemente los costes de litigación. Así pues, el sistema de patente unitaria será un instrumento clave para la recuperación industrial de la UE, especialmente para los ecosistemas relativos a las energías renovables, la electrónica, la defensa y el espacio, y la movilidad.

El principal paso que falta para garantizar la puesta en marcha del sistema de patente unitaria es la ratificación por parte de Alemania del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes, que ahora ha sido posible gracias a una reciente decisión del Tribunal Constitucional alemán 23 . Una vez concluido el proceso de ratificación, la Comisión colaborará con la Oficina Europea de Patentes (OEP) y los Estados miembros para que el sistema de patente unitaria sea operativo entre los Estados miembros signatarios 24 . También animará a los Estados miembros que aún no se han comprometido a adherirse al nuevo sistema.

Las patentes están estrechamente vinculadas a los certificados complementarios de protección, que ofrecen un período adicional de protección de la propiedad intelectual e industrial para los medicamentos y productos fitosanitarios patentados sujetos a ensayos clínicos y procesos de autorización de comercialización prolongados. Tras la introducción de una «exención por fabricación» del certificado complementario de protección en 2019 25 , la Comisión ha finalizado recientemente una evaluación detallada del régimen del certificados complementarios de protección 26 , en la que se demuestra que, aunque este sistema continúa siendo pertinente, adolece de una aplicación fragmentada entre los Estados miembros. Esto se traduce en ineficiencias y en una falta de transparencia y previsibilidad que dificultan la labor de los innovadores y los productores de genéricos y, en última instancia, perjudican a los pacientes. La Comisión está evaluando las maneras de solventar estos obstáculos, incluida la posibilidad de introducir un mecanismo unificado para la concesión de certificados complementarios de protección o la creación de un título de certificado unitario.

En el contexto de su nueva estrategia farmacéutica para Europa, la Comisión también está estudiando de cerca cómo optimizar aún más los incentivos y recompensas para impulsar la innovación, abordar las necesidades no satisfechas, fomentar la asequibilidad garantizando un rápido lanzamiento del mercado y un suministro continuo de medicamentos, incluidos genéricos y biosimilares. La innovación en este ámbito debe responder a las necesidades de todos los pacientes a los que pueda beneficiar y estar disponible para ellos. En este contexto, examina, entre otras cosas, el régimen aplicable a los medicamentos huérfanos y pediátricos 27 y la exención Bolar 28 .

Tras la exitosa reforma de la legislación sobre marcas de fábrica de la UE 29 , la Comisión revisará la legislación de la UE en materia de protección de dibujos y modelos. El objetivo es mejorar la accesibilidad y asequibilidad de la protección de los dibujos y modelos en la UE, especialmente para los ecosistemas textil, de muebles y electrónico, y garantizar que el régimen de protección del diseño apoye mejor la transición a la economía digital y ecológica. El diseño hace que los productos resulten atractivos y los productos bien diseñados confieren a los productores una importante ventaja competitiva. Los resultados de la reciente evaluación 30 de la legislación de la UE en materia de protección de dibujos y modelos 31 muestran que, aunque los sistemas de dibujos y modelos de la UE funcionan bien en general, siguen existiendo deficiencias. Los procedimientos de registro están parcialmente desfasados y, en algunos casos, suponen una carga administrativa innecesaria. La protección de las nuevas formas de dibujos y modelos (por ejemplo, dibujos o modelos animados, interfaces gráficas de usuario) no está suficientemente clara. Asimismo, la falta de claridad sobre el alcance de los derechos sobre dibujos y modelos plantea dificultades, en particular en relación con el creciente uso de la impresión 3D o de cara al respeto de los derechos de los dibujos y los modelos frente a los bienes infractores que transitan por la UE. Por último, como consecuencia de la armonización solo parcial de la protección de los dibujos y modelos para los componentes utilizados en la reparación de productos complejos, el mercado de piezas de recambio, que posee importancia económica, sigue estando muy fragmentado, lo cual distorsiona gravemente la competencia y obstaculizando la transición hacia una economía más sostenible y ecológica.

Europa también necesita un nuevo enfoque sobre la forma en que se protegen las indicaciones geográficas. Las indicaciones geográficas son nombres de productos vinculados al entorno natural y a los conocimientos prácticos de los productores locales. Forman parte del patrimonio cultural de Europa y contribuyen a la sostenibilidad social, medioambiental y económica de la economía rural 32 , y a veces también se les denomina «DPII rurales». Las indicaciones geográficas tienen un gran valor económico en el sector agrario. En 2017, los productos agroalimentarios y las bebidas cuyas denominaciones estaban protegidas por la UE como indicaciones geográficas representaron un valor en ventas de 74 760 millones EUR en la UE, el 7 % de las ventas totales en el sector europeo de la alimentación y las bebidas. Además, las indicaciones geográficas representan el 15,5 % del total de las exportaciones agroalimentarias de la UE, con una prima de venta más elevada para las denominaciones de los productos protegidas 33 . Sin embargo, todavía queda potencial por explotar. Las actuales normas de protección y ejecución podrían ser más precisas y las funciones de los Estados miembros y de la Comisión en el proceso de registro podrían determinarse mejor. Además, existen diferentes sistemas de indicaciones geográficas para los diferentes tipos de productos agrícolas. Sobre la base de la evaluación en curso 34 , la Comisión buscará formas de fortalecer, modernizar, agilizar y hacer cumplir mejor las indicaciones geográficas de los productos agrícolas, los alimentos, los vinos y las bebidas alcohólicas 35 . 

Solo algunos Estados miembros han establecido actualmente normas para garantizar la protección de las indicaciones geográficas para los productos no agrícolas (como la artesanía). A escala de la UE, actualmente no existe un mecanismo uniforme para la protección de estas indicaciones geográficas no agrarias que, a menudo, constituyen una parte importante de la identidad local, atraen el turismo, preservan habilidades únicas y contribuyen a la creación de empleo. Un estudio reciente 36 muestra que un sistema armonizado para los productos no agrícolas sería beneficioso para la economía de la UE. Proporcionaría a los consumidores mejores indicaciones de la visibilidad y autenticidad de estos productos. Podría ayudar a los productores a seguir siendo competitivos y a trabajar juntos en segmentos de mercado, así como dar un impulso a las regiones menos desarrolladas 37 . Por estas razones, como parte de la reforma general del sistema de indicaciones geográficas, la Comisión estudiará, sobre la base de una evaluación de impacto exhaustiva de sus costes y beneficios potenciales, la viabilidad de crear un sistema de protección de las indicaciones geográficas de la UE eficiente y transparente para los productos no agrícolas. Esto también permitiría a la UE aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece el sistema internacional de denominaciones de origen e indicaciones geográficas 38 . En general, esto daría una considerable ventaja al reconocimiento de las indicaciones geográficas de la UE en todo el mundo.

El sistema de protección comunitaria de las obtenciones vegetales desempeña también un papel crucial para la economía de la UE. Un sistema sólido de protección de las obtenciones vegetales incentiva a los obtentores a desarrollar nuevas variedades, y de esta manera contribuir a la consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo y los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas. La Comisión seguirá supervisando la correcta aplicación del sistema e intentará introducir nuevas mejoras cuando sea necesario 39 . La evaluación de 2011 de la legislación relacionada con la protección comunitaria de las obtenciones vegetales concluyó que el sistema, que funciona bien en general, debería mantenerse, aunque con algunas adaptaciones cuidadosamente especificadas. Esta conclusión se ve respaldada por deficiencias recientemente identificadas 40 que podrían abordarse, tras una evaluación, en una revisión específica de la legislación a medio plazo.

Además de las mencionadas reformas, la Comisión explorará, junto con las partes interesadas y las oficinas de propiedad intelectual e industrial, el uso de nuevas tecnologías como la IA y la cadena de bloques para mejorar de forma adicional la efectividad de nuestros sistemas de propiedad intelectual e industrial. De hecho, las nuevas tecnologías pueden contribuir a facilitar la protección de la propiedad intelectual e industrial 41 , mejorar la transparencia, permitir una distribución más fluida de los cánones de licencia 42 y luchar de manera más eficaz contra la falsificación y la piratería. Para explorar todo el potencial de las nuevas tecnologías y promover su asimilación, la Comisión fomentará un diálogo sectorial que actuará como caja de resonancia y acompañará las numerosas iniciativas en curso en este ámbito.

Además, la revolución digital requiere reflexionar sobre cómo y qué debe protegerse. Las tecnologías de inteligencia artificial (IA) están creando nuevas obras e invenciones. En algunos casos, por ejemplo en el sector cultural, el uso de máquinas inventivas puede convertirse en la norma. Estos desarrollos plantean la cuestión de qué protección debe darse a los productos creados con ayuda de las tecnologías de IA. Los debates sobre el impacto de la IA en los derechos de propiedad intelectual e industrial están en curso tanto en Europa como a escala internacional (véase la sección 6). Un estudio publicado hoy 43 subraya la necesidad de distinguir entre las invenciones y creaciones generadas con la ayuda de las tecnologías de IA y las creadas exclusivamente por las tecnologías de IA. Aunque las invenciones y creaciones elaboradas de forma autónoma por las tecnologías de IA siguen siendo en su mayoría una cuestión de futuro, la Comisión considera que los sistemas de IA no deben ser tratados como autores o inventores. Esto también se ve corroborado por la línea adoptada por la OEP en el asunto Dabus 44 . El estudio también muestra que el actual marco de la UE en materia de propiedad intelectual e industrial y el Convenio sobre la Patente Europea parecen, en general, adecuados para abordar los retos planteados por las invenciones y creaciones asistidas por la IA. No obstante, subsisten ciertas lagunas en materia de armonización 45 y sigue habiendo un margen de mejora 46 . Estos aspectos deben abordarse con el fin de que la excelencia europea en la IA sea fructífera. Como primer paso, la Comisión hará un inventario y analizará exhaustivamente todas las cuestiones, y participará en los debates de las partes interesadas. El mencionado diálogo sectorial podría constituir un foro útil también en este contexto.

Por último, la Comisión garantizará una aplicación coherente y puntera de las normas, en cooperación con los Estados miembros y con las partes interesadas.

En el ámbito de los derechos de autor, la Comisión se centra en apoyar la transposición y aplicación oportunas y efectivas de las dos Directivas recientemente adoptadas sobre la modernización del marco de derechos de autor de la UE 47 . Una parte crucial de este trabajo se refiere a la aplicación del artículo 17 de la Directiva sobre derechos de autor, que establece un régimen jurídico específico para el uso de contenidos protegidos por derechos de autor realizado por parte de las plataformas de intercambio de contenidos cargados por usuarios. La Comisión ha llevado a cabo un amplio diálogo con las partes interesadas para recabar las opiniones de las partes interesadas pertinentes sobre los principales temas relacionados con la aplicación de este artículo. Teniendo en cuenta los resultados del diálogo, la Comisión publicará en breve orientaciones para prestar apoyo a los Estados miembros en la aplicación de esta disposición. En relación con el marco vigente de la UE en materia de derechos de autor, la Comisión también trabajará en una serie de informes derivados de disposiciones específicas, como las cláusulas de revisión establecidas en varios instrumentos de derechos de autor de la UE, incluida la Directiva sobre el plazo de protección, la Directiva sobre la gestión colectiva de los derechos de autor, la denominada Directiva de Marrakech y el Reglamento sobre portabilidad 48 .

Para el mercado de la biotecnología, en rápido desarrollo, la aplicación de la Directiva sobre biotecnología 49 es fundamental. Las patentes biotecnológicas ofrecen incentivos cruciales, pero deben expedirse en circunstancias justificadas. La Directiva sobre biotecnología ofrece un marco equilibrado a este respecto, cuya aplicación seguirá siendo supervisada por la Comisión 50 .

Para mejorar la forma en que se protegen los DPII en la UE, la Comisión:

-apoyará la rápida implantación del sistema de patente unitaria, con el fin de crear una ventanilla única para la protección y la aplicación de las patentes en toda la UE (2021=,

-optimizará el sistema de certificados complementarios de protección para hacerlo más transparente y eficiente (primer trimestre de 2022),

-modernizará la legislación de la UE sobre dibujos y modelos industriales para hacerla más accesible y apoyar mejor la transición a la economía digital y ecológica (cuarto trimestre de 2021),

-reforzará el sistema de protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas para hacerlo más eficaz y estudiar, sobre la base de una evaluación de impacto, si se propone un sistema de protección de la UE para las indicaciones geográficas no agrícolas (cuarto trimestre de 2021),

-evaluará la legislación sobre variedades vegetales (cuarto trimestre de 2022).

3.Fomento del uso y el despliegue de la propiedad intelectual e industrial, en particular por parte de las pymes

Si bien las estrategias inteligentes en materia de propiedad intelectual e industrial pueden actuar como catalizador de crecimiento, los innovadores y creadores europeos a menudo fracasan a la hora de aprovechar las ventajas de la propiedad intelectual e industrial. Esto afecta de forma crítica a la capacidad de la UE de innovar y reafirmar su resiliencia en ámbitos esenciales de la economía. Europa debería capitalizar más el valor del conocimiento que nuestras empresas generan, desarrollan y comparten de forma continua, ayudándolas a implicarse más en la gestión de estos activos y facilitándoles un mejor acceso al capital social y a la financiación.

Para ello, la Comisión:

·Ofrece, a corto plazo, junto con la EUIPO, apoyo financiero específico o bonos de propiedad intelectual e industrial para las pymes afectadas por la crisis de la COVID-19, ayudándoles a gestionar sus carteras de propiedad intelectual e industrial. El régimen, con un presupuesto de 20 millones EUR 51 para un año, debe entrar en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2021 y cubrirá los reembolsos parciales por el registro de marcas, dibujos y modelos y por una exploración de propiedad intelectual e industrial (una revisión de los activos intangibles de una empresa por un profesional y algún asesoramiento inicial sobre cómo gestionar estratégicamente dichos activos). 

·Paralelamente, seguirá desplegando 52  asesoramiento a medida en materia de propiedad intelectual e industrial en el programa Horizonte Europa, y ayudará a empresas innovadoras en las diferentes fases del proceso de investigación e innovación (I+i). También explorará las posibilidades de ampliar el asesoramiento en materia de propiedad intelectual e industrial a otros programas de investigación e inversión de la UE, incluido el centro de asesoramiento en el marco de InvestEU. Para un selecto grupo de empresas muy innovadoras, la Comisión combinará el asesoramiento estratégico con el apoyo financiero para desarrollar carteras de propiedad intelectual 53 .

·De manera más general, y en cooperación con la EUIPO, proporcionará acceso a una ventanilla única a la información y el asesoramiento sobre propiedad intelectual e industrial 54 . La EUIPO 55 desarrollará una plataforma, el Centro Europeo de Información sobre Propiedad Intelectual e Industrial, que estará vinculada a la pasarela digital única y ofrecerá acceso a toda la información pertinente no solo sobre los trámites sobre propiedad intelectual e industrial, sino también sobre servicios conexos (por ejemplo, la presentación para la protección de nombres de dominio o el registro de nombres de empresas), al tiempo que ofrecerá a las pymes sistemas para la presentación de solicitudes fáciles de usar. La Comisión también integrará el apoyo y el asesoramiento en materia de propiedad intelectual e industrial a través de sus diversas redes de apoyo a las pymes 56 para llegar de manera más eficaz a los negocios pequeños.

·Por último, facilitar a las pymes el aprovechamiento de su propiedad intelectual e industrial cuando intentan acceder a la financiación. Aunque los activos intangibles se encuentran a menudo entre los activos más valiosos, una encuesta demuestra que no muchas pymes se benefician de su propiedad intelectual e industrial cuando intentan acceder a la financiación 57 . Los bancos y el capital riesgo son reacios a financiar la propiedad intelectual e industrial como activo, y la crisis de la COVID-19 ha aumentado aún más esta aversión al riesgo. Un reciente estudio revela una clara laguna en relación con la financiación de pymes utilizando sus activos intelectuales 58 . La Comisión debatirá con la comunidad financiera cómo la valoración de la propiedad intelectual e industrial podría ayudarles a tener mejor en cuenta los activos intelectuales de las pymes 59 . El proyecto piloto «diligencia debida en el ámbito tecnológico» anunciado en la estrategia para las pymes será una manera de probar la evaluación de la propiedad intelectual e industrial en un contexto más amplio relacionado con la tecnología 60 . Basándose en la experiencia adquirida con los mecanismos de garantía bancaria existentes 61 , la Comisión estudiará también cómo pueden utilizarse mejor las garantías para apoyar a las pymes y a los creadores en proyectos basados en la propiedad intelectual e industrial.

Además de estas actividades orientadas hacia las pymes, la Comunicación de la Comisión titulada «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación» 62 pone de relieve la necesidad de orientar los resultados de excelencia de la investigación en Europa hacia la innovación disruptiva y promover mejoras en las gestión de la propiedad intelectual e industrial en la comunidad de I+i en sentido amplio; a este respecto, la Comisión pondrá en marcha una campaña de sensibilización para fomentar la valorización de la propiedad intelectual e industrial en la valoración de las empresas por parte de los inversores. Por ejemplo, la Comisión actualizará su Recomendación sobre la gestión de la propiedad intelectual en las actividades de transferencia de conocimientos a través de los principios rectores para la valorización del conocimiento. Esta revisión irá acompañada de un código de buenas prácticas para el uso inteligente de la propiedad intelectual e industrial y se combinará con el apoyo de InvestEU a los titulares de los proyectos a través de asesoramiento técnico, financiero y jurídico, también en materia de propiedad intelectual e industrial.

También se adoptarán medidas para garantizar que la propiedad intelectual e industrial financiada con fondos públicos se utilice de manera justa y eficaz. La Comisión ya ha puesto en marcha una nueva plataforma para favorecer la valorización de los resultados de la I+i financiada por la UE 63 y una plataforma que presenta la I+i apoyada por la UE para hacer frente a la propagación del coronavirus y estar preparados ante la aparición de nuevos brotes 64 . El objetivo es garantizar que los resultados obtenidos con fondos de la UE se utilicen en beneficio de la economía de la UE. Esta es la razón por la que, en el marco del programa Horizonte Europa, cuando la propiedad intelectual e industrial sobre los resultados de la investigación vaya a explotarse principalmente en terceros países no asociados, los solicitantes deberán explicar cómo se siguen aportando beneficios a la UE 65 .

Además, la protección de la propiedad intelectual e industrial y la amplia difusión de las nuevas tecnologías seguirán siendo un elemento central de los proyectos importantes de interés común europeo (PIICE) relacionados con la I+i y de la financiación en el marco del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

También es necesario mejorar las condiciones para que las empresas protejan y utilicen propiedad intelectual e industrial en la contratación pública con vistas a estimular la innovación e impulsar la economía. Los Estados miembros deben considerar la posibilidad de dejar la propiedad intelectual e industrial en manos de los contratistas cuando proceda, a menos que exista un interés público superior en juego o estrategias abiertas de concesión de licencias que sean incompatibles. Tal y como se anunció en la estrategia para las pymes, la Comisión aclarará cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual e industrial en la contratación pública en la actualización de las directrices sobre contratación pública innovadora.

Para impulsar la asimilación y el uso de la propiedad intelectual e industrial, la Comisión:

-proporcionará, junto con la EUIPO, un sistema de bonos de propiedad intelectual e industrial para pymes con el fin de financiar el registro de DPII y el asesoramiento estratégico en materia de propiedad intelectual e industrial (primer trimestre de 2021),

-desplegará servicios de asistencia en materia de propiedad intelectual e industrial para las pymes en el programa «Horizonte Europa» y los ampliará a otros programas de la UE (a partir de 2020).

4.Mayor facilidad de acceso e intercambio de activos protegidos por la propiedad intelectual e industrial

En la economía actual, es crucial un acceso más fácil y rápido al conocimiento, los datos y las tecnologías, incluidas las protegidas por la propiedad intelectual e industrial. Una economía resiliente, ecológica 66 y competitiva necesita herramientas para facilitar el acceso a tecnologías críticas protegidas por la propiedad intelectual e industrial en tiempos de crisis, para facilitar las licencias de los derechos de autor y las patentes esenciales para las normas, y para promover el intercambio de datos.

·Mejores herramientas para facilitar el acceso a la propiedad intelectual e industrial crítica en tiempos de crisis

La crisis de la COVID-19 pone de relieve la importancia de un sistema de propiedad intelectual e industrial eficaz que ofrezca fuertes incentivos para innovar y un fácil acceso a la propiedad intelectual e industrial destinada a las tecnologías. Se necesitan financiación e incentivos de I+D para garantizar el rápido desarrollo y la disponibilidad de nuevas tecnologías, como vacunas o nuevos tratamientos. Por lo tanto, debemos garantizar, con mejores herramientas, que el sistema de propiedad intelectual e industrial permita el acceso a tecnologías críticas, donde y cuando sea necesario, mientras se garantiza un rendimiento adecuado de la inversión para los innovadores.

Hasta el momento, la crisis de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la resiliencia de nuestro sistema de propiedad intelectual e industrial. Esto se debe, en gran parte, al firme compromiso y cooperación entre los agentes públicos y privados y a las diversas iniciativas adoptadas para impulsar el desarrollo y la disponibilidad de vacunas y otros suministros esenciales.

La Comisión apoya la puesta en común voluntaria y la concesión de licencias para la propiedad intelectual e industrial relacionada con las terapias y vacunas contra la COVID-19 67 , en consonancia con la Resolución de la Asamblea Mundial de la Salud 68 . Estos sistemas deben basarse en una participación voluntaria, garantizando un acceso amplio y equitativo y permitiendo que los propietarios de propiedad intelectual e industrial recuperen sus inversiones de manera equilibrada. La Comisión también ha tomado medidas para promover la cooperación en el sector privado a fin de abordar eficazmente la escasez de productos y servicios esenciales 69 y garantizar que los resultados de los programas de I+i financiados con fondos públicos en la UE y en sus Estados miembros estén disponibles, en particular para reforzar la producción de materiales esenciales 70 . 

No obstante, de cara al futuro, la Comisión considera necesario mejorar los instrumentos existentes para hacer frente a situaciones de crisis.

La Comisión está estudiando formas de incentivar la puesta en común rápida de la propiedad intelectual e industrial crítica en tiempos de crisis, por ejemplo a través de un nuevo sistema de concesión de licencias que ponga a disposición la propiedad intelectual e industrial crítica de manera controlada y temporal, de modo que la producción de bienes protegidos por la propiedad intelectual e industrial pueda impulsarse rápidamente, incluso mediante la reorientación de la fabricación.

Finalmente, la Comisión ve necesario garantizar la existencia de sistemas eficaces para expedir licencias obligatorias para su uso como último recurso y como red de seguridad, cuando han fracasado todos los demás esfuerzos por facilitar propiedad intelectual e industrial. El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) prevé la posibilidad, en las condiciones que figuran en el Acuerdo, de expedir licencias obligatorias, es decir, permitir que una autoridad gubernamental conceda el permiso a una parte para utilizar una invención patentada sin el consentimiento del titular de la patente. El procedimiento puede acelerarse en caso de emergencia nacional. En combinación con la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública, está claro que cada miembro de la OMC no solo tiene el derecho de conceder licencias obligatorias, sino también la libertad de determinar los motivos por los que se conceden tales licencias.

En Europa, las licencias obligatorias se rigen principalmente por la legislación nacional 71 . La Comisión pide a los Estados miembros que velen por que los instrumentos de los que disponen sean lo más eficaces posible, por ejemplo, estableciendo procedimientos acelerados para la expedición de licencias obligatorias en situaciones de emergencia. Además, considera necesario reforzar la coordinación en este ámbito para evitar efectos distorsionadores en la innovación y el comercio. La coordinación temprana y el intercambio de información entre los Estados miembros, por ejemplo sobre la duración y los cánones de dichas licencias, deberían contribuir a garantizar el máximo beneficio y, al mismo tiempo, evitar distorsiones excesivas. La Comisión explorará con los Estados miembros la posibilidad de crear un mecanismo de coordinación en caso de emergencia, que se activará a corto plazo, cuando los Estados miembros consideren la emisión de una licencia obligatoria.

·Facilitar la concesión de licencias de propiedad intelectual e industrial a través de una mayor transparencia, especialmente en relación con los derechos de autor

Para facilitar la concesión de licencias y el intercambio de la propiedad intelectual e industrial, es necesaria una mayor transparencia en cuanto a la titularidad y la gestión de todos los tipos de propiedad intelectual e industrial. La patente unitaria supondrá un progreso real en el ámbito de las patentes.

El uso de metadatos de alta calidad y de nuevas tecnologías, como la cadena de bloques, también podría contribuir a lograr una mayor transparencia y una mejor gestión de los datos sobre derechos, especialmente en lo que se refiere a los derechos de autor y a una mejor identificación de los titulares de los derechos 72 .

La Comisión está poniendo en marcha un estudio sobre los derechos de autor y las nuevas tecnologías, que se centrará en la gestión de los datos de los derechos de autor y la inteligencia artificial. El resultado de este estudio debería estar disponible en 2021. La Comisión seguirá trabajando con las partes interesadas pertinentes para promover la calidad de los datos sobre derechos de autor y lograr una «infraestructura de derechos de autor» 73 que funcione correctamente (por ejemplo, que mejore la información fidedigna y actualizada sobre los titulares de los derechos, las condiciones y las oportunidades de concesión de licencias) 74 .

·Patentes esenciales para las normas

Las patentes esenciales para las normas son patentes para tecnologías incorporadas a las normas. La cantidad de patentes esenciales para las normas y el número de titulares están aumentando (por ejemplo, en el caso de las normas de conectividad móvil, un grupo cada vez más numeroso de titulares de patentes esenciales para las normas ha declarado al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) más de 25 000 familias de patentes 75 , y las nuevas normas tecnológicas a menudo también contienen patentes esenciales para las normas). Las patentes esenciales para las normas desempeñan un papel crucial en el desarrollo de la norma 5G y la internet de las cosas (IoT). La integración digital de objetos, dispositivos, sensores y artículos de uso cotidiano, con aplicaciones que van desde los automóviles conectados, la salud y la energía hasta las ciudades inteligentes, requiere soluciones interoperables basadas en normas.

En este contexto, es esencial disponer de normas estables, eficientes y equitativas que regulen la concesión de licencias para las patentes esenciales para las normas. A pesar de las orientaciones proporcionadas en la Comunicación sobre las patentes esenciales para las normas de 2017 76 , algunas empresas siguen teniendo dificultades para llegar a un acuerdo sobre la concesión de licencias de patentes esenciales para las normas. Esto puede dar lugar con frecuencia a litigios en los que los titulares de patentes alegan que se ha infringido su patente esencial para una norma y la otra parte se queja de que el titular de la patente ha impuesto condiciones injustas a un contrato de licencia. Aunque en la actualidad los mayores litigios parecen ocurrir en el sector de la automoción, pueden extenderse a otros sectores, ya que la concesión de licencias sobre las PEN también es pertinente en los ecosistemas sanitarios, energéticos, de fabricación inteligente, digitales y electrónicos 77 .

A corto plazo, la Comisión facilitará iniciativas impulsadas por la industria para reducir las fricciones y litigios entre los agentes de sectores específicos.

Paralelamente, partiendo del enfoque de 2017, la Comisión estudiará la posibilidad de introducir reformas para seguir aclarando y mejorando el marco que rige la declaración y la concesión de licencias sobre patentes esenciales para las normas, así como su aplicación. La Comisión estudiará, por ejemplo, la creación de un sistema independiente de controles de la esencialidad de terceros con vistas a mejorar la seguridad jurídica y reducir los costes procesales 78 . Las posibles reformas tendrán en cuenta la experiencia adquirida con las orientaciones proporcionadas en la Comunicación sobre las patentes esenciales para las normas de 2017 y los debates con las partes interesadas pertinentes.

·Fomento del intercambio de datos

Por último, tal como se establece en la reciente Estrategia Europea de Datos de la Comisión 79 , la UE necesita un marco sólido que permita a las empresas crear datos, acceder a ellos, compartirlos y utilizarlos. Entre 2018 y 2025, el valor de la economía de los datos de la UE casi se triplicará, hasta alcanzar en 2025 los 829 000 millones EUR, lo que representa el 5,8 % del PIB de la UE 80 . Habida cuenta de que algunos datos se pueden proteger mediante derechos de propiedad intelectual e industrial o como secretos comerciales, la Comisión está evaluando en la actualidad el marco de la propiedad intelectual e industrial para garantizar el equilibrio entre la necesidad de fomentar la puesta en común de datos (es decir, facilitar el acceso y uso de datos por parte de pymes, facilitar reparaciones) y la necesidad de ser capaz de salvaguardar intereses legítimos.

El fomento del intercambio de datos requiere un entorno seguro en el que las empresas puedan seguir invirtiendo en la generación y la recogida de datos, al tiempo que compartirlos de manera segura, convencidos de que sus datos comerciales confidenciales no serán obtenidos, utilizados o divulgados de forma ilícita. La Directiva sobre secretos comerciales 81 ya ofrece herramientas eficaces de protección, pero puede ser necesario aclarar su ámbito de aplicación, por ejemplo, en lo referente a qué tipo de datos o conjuntos de datos podrían calificarse de «secretos comerciales», a en qué medida el conjunto actual de excepciones puede servir de soporte a una economía basada en datos y ecológica 82 , y hasta qué punto las herramientas que ofrece la Directiva pueden utilizarse y de qué manera para contrarrestar eficazmente la obtención, utilización y divulgación ilícitas de datos y conjuntos de datos. Con el fin de aclarar estas cuestiones e identificar las mejores prácticas, la Comisión ha puesto en marcha un estudio, centrado específicamente en sectores estratégicos, incluidos los sectores sanitario y de automoción. Sobre la base de los resultados, y como parte de la Ley de Datos 83 , la Comisión estudiará la necesidad de adoptar nuevas medidas, por ejemplo, orientaciones específicas.

La Directiva sobre bases de datos 84 otorga una protección sui generis a las bases de datos, que son el resultado de inversiones sustanciales. Una evaluación reciente 85 puso de manifiesto que, si bien la Directiva sobre bases de datos aporta valor añadido, podría revisarse para facilitar el acceso a los datos y su uso. Así pues, a raíz de la Estrategia Europea de Datos, la Comisión revisará la Directiva, en particular para facilitar la puesta en común y el comercio de datos generados por máquinas y datos generados en el contexto de la implantación de la IoT. La revisión se llevará a cabo paralelamente a la Ley de Datos 86 y tendrá en cuenta las iniciativas de intercambio de datos en el ámbito del Derecho antimonopolio 87 .

Para facilitar la concesión de licencias y el intercambio de la propiedad intelectual e industrial, la Comisión:

-garantizará la disponibilidad de propiedad intelectual e industrial crítica en tiempos de crisis, en particular mediante nuevas herramientas de concesión de licencias y un sistema de coordinación de las licencias obligatorias (2021-2022),

-mejorará la transparencia y la previsibilidad en la concesión de licencias de patentes esenciales para las normas mediante el fomento de iniciativas impulsadas por la industria en los sectores más afectados, junto con posibles reformas, incluida la regulación en caso necesario, con el fin de aclarar y mejorar el marco de las patentes esenciales para las normas y ofrecer herramientas de transparencia eficaces (primer trimestre de 2022),

-promoverá el acceso a los datos y su intercambio, salvaguardando al mismo tiempo los intereses legítimos, mediante una aclaración de determinadas disposiciones clave de la Directiva sobre secretos comerciales y una revisión de la Directiva sobre las bases de datos (tercer trimestre de 2021).

5.Lucha contra las vulneraciones de los DPII

La aplicación efectiva forma parte de todo sistema de propiedad intelectual e industrial que funciona bien. La Comisión sigue supervisando de cerca la aplicación de la Directiva sobre el respeto de los DPII 88 para garantizar un recurso judicial eficaz y equilibrado. Colabora con los Estados miembros y las partes interesadas para dar efecto a las recientes directrices de la Comisión 89 , por ejemplo con vistas a garantizar que, cuando se cumplan todas las condiciones, incluida la proporcionalidad, los requerimientos se apliquen de manera uniforme y eficiente en todos los Estados miembros.

En el ámbito de las patentes, la puesta en marcha del Tribunal Unificado de Patentes (TUP) debería facilitar y agilizar aún más el respeto de los derechos de patente.

Con respecto a la falsificación y la piratería, la Comisión considera claramente que deben intensificarse los esfuerzos. En 2016, las importaciones en la UE de mercancías falsificadas y mercancías pirata ascendieron a 121 000 millones EUR, lo que representa el 6,8 % de las importaciones de la UE (frente al 5 % de las importaciones de la UE en 2013) 90 . La presencia de productos falsificados en el mercado de la UE se traduce en una pérdida directa de ventas por valor de 50 000 millones EUR y una pérdida de empleo directa de 416 000 puestos de trabajo al año 91 . También constituye una grave amenaza para la salud, la seguridad y la protección de los consumidores (por ejemplo, mascarillas falsas) 92 y repercute negativamente en el medio ambiente 93 . 

En Internet han surgido nuevas formas de vulneración de la propiedad intelectual, como el robo cibernético de secretos comerciales (que supone unas pérdidas estimadas en 60 000 millones de euros en la UE 94 ), la televisión ilegal por protocolo Internet (IPTV) y otras formas de emisión ilegal (en directo). Plantean retos particulares para la industria manufacturera, las industrias creativas y culturales, así como para el sector deportivo.

La Comisión ya ha anunciado que, antes de finales de año, habrá nuevas normas que aclararán y mejorarán las responsabilidades de las plataformas en línea y eliminarán los factores que desincentivan sus acciones voluntarias para hacer frente a los contenidos ilícitos (mercancías o servicios) de las que dichas plataformas son intermediarias. La próxima propuesta del paquete de la Ley de servicios digitales tendrá por objeto armonizar un conjunto de obligaciones específicas, vinculantes y proporcionadas para los servicios digitales, que se aplicará mediante un marco de supervisión reforzado 95 .

Asimismo, la capacidad de las autoridades con funciones coercitivas ha de reforzarse considerablemente. La falsificación y la piratería deben convertirse en una máxima prioridad. La Comisión insta a los Estados miembros y al Consejo a incluir los delitos contra la propiedad intelectual e industrial entre las prioridades del próximo ciclo de actuación de la UE, Plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas (EMPACT) 96 , para el período 2022-2025. Tiene previsto reforzar la aplicación de los DPII a escala de la UE, ampliando el mandato de la Comisión y asignándolo a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), de modo que esta última no solo impida la entrada de mercancías falsificadas en el mercado único, sino que también pueda actuar contra la producción ilícita de mercancías falsificadas dentro de la UE 97 . La Comisión también anima a todas las partes interesadas pertinentes a proseguir los intercambios con Europol para seguir mejorando la evaluación global de las amenazas y fomentar una acción eficaz y coordinada contra la delincuencia relacionada con la propiedad intelectual e industrial.

La Comisión también ayudará a las autoridades aduaneras de los Estados miembros a mejorar la gestión de riesgos y las medidas de lucha contra el fraude, en particular mediante el establecimiento de una instancia de la UE con capacidades de análisis de datos, equipando mejor a los Estados miembros para el control aduanero y mejorando la cooperación dentro de la UE y con las autoridades aduaneras de los países socios 98 .

En tercer lugar, la Comisión impulsará una cooperación más eficaz entre todos los agentes implicados como los titulares de los derechos, los proveedores, diversos grupos de intermediarios (por ejemplo, las plataformas en línea, las redes sociales, el sector publicitario, los servicios de pago, los registradores/registros de nombres de dominio, y las empresas de transporte y logística) y las autoridades públicas encargadas del cumplimiento (incluidos los organismos administrativos, las aduanas, la policía, las autoridades de vigilancia del mercado y los fiscales) para frenar la piratería y la falsificación. A tal fin, creará un conjunto de herramientas de la UE contra la falsificación, sobre la base, entre otras cosas, de prácticas y principios notificados desarrollados en el contexto de diversas iniciativas impulsadas por la industria 99 . El conjunto de herramientas aclarará las funciones y responsabilidades, y determinará las formas de trabajar conjuntamente. Un elemento fundamental es la puesta en común de datos pertinentes sobre productos y comerciantes, de conformidad con la legislación de la UE en materia de protección de datos, para lo cual pueden ser necesarias más orientaciones 100 . El conjunto de herramientas también promoverá el uso de nuevas tecnologías como el reconocimiento de imágenes, la inteligencia artificial y la cadena de bloques 101 . Cuando sea apropiado, el conjunto de herramientas se acompañará de valores de referencia para que sea posible la medición del progreso.

Basándose en el éxito de las acciones preventivas y represivas específicas contra los productos falsos relacionados con la COVID-19 102 , la Comisión promoverá campañas para combatir la entrada en el mercado de las mercancías falsificadas más nocivos para los consumidores 103 .

Por último, el impacto económico del robo cibernético de secretos comerciales podría reducirse drásticamente promoviendo la sensibilización en materia de ciberseguridad y la gestión de la propiedad intelectual e industrial. La Comisión, junto con los Estados miembros de la EUIPO y la comunidad empresarial, en consonancia con sus capacidades en materia de ciberseguridad y sus acciones de sensibilización en el marco de la Estrategia para una Unión de la Seguridad 104 , desarrollará herramientas de sensibilización y orientaciones específicas que aumentarán la resiliencia de las empresas de la UE (y en particular, de las pymes) frente al robo cibernético de secretos comerciales.

Para luchar contra las vulneraciones de los derechos de propiedad intelectual e industrial, la Comisión:

-aclarará y mejorará las responsabilidades de los servicios digitales, en particular de las plataformas en línea, a través de la Ley de servicios digitales (cuarto trimestre de 2020),

-reforzará el papel de la OLAF en la lucha contra la falsificación y la piratería (2022),

-establecerá un conjunto de herramientas de la UE contra la falsificación que establezca principios para la acción conjunta, la cooperación y el intercambio de datos entre los titulares de los derechos, los intermediarios y las autoridades policiales (segundo trimestre de 2 2022).

6.igualdad de condiciones a escala mundial

La propiedad intelectual e industrial desempeña un papel fundamental en el comercio y la inversión, así como en nuestras relaciones con países no pertenecientes a la UE. Los sectores intensivos en DPII representan el 93 % de las exportaciones totales de bienes de la UE al resto del mundo 105 . Un número cada vez mayor de países de todo el mundo utiliza activos de propiedad intelectual e industrial para reforzar su desarrollo y su competitividad nacional. Las políticas de protección de la propiedad intelectual e industrial están adquiriendo importancia geopolítica 106 .

Nuestras empresas necesitan confiar en unas condiciones de competencia equitativas y estables a escala mundial cuando compiten en el extranjero. Sin embargo, las pruebas 107 demuestran que nuestras empresas siguen enfrentándose a grandes retos cuando operan en países no pertenecientes a la UE, como unas normas y un cumplimiento deficientes en materia de propiedad intelectual e industrial, la transferencia forzosa de tecnología y otras prácticas desleales, como las limitaciones en la titularidad de la propiedad intelectual e industrial de los resultados en casos de investigación conjunta, unas anti-trust injunctions extraterritoriales muy amplias, y el robo cibernético.

Con su gran mercado único, la UE se encuentra en una posición única para actuar como creadora de normas a escala mundial en materia de propiedad intelectual e industrial. Puede seguir luchando ahora y en el futuro por un marco mundial estable y eficaz en materia de propiedad intelectual e industrial. Al mismo tiempo, tenemos que protegernos mejor contra el robo de la propiedad intelectual e industrial, el espionaje y otras apropiaciones indebidas de propiedad intelectual e industrial procedentes de países no pertenecientes a la UE pero que afectan a nuestros mercados europeos. Los Estados miembros también deben prestar especial atención a la protección efectiva de la propiedad intelectual e industrial en tecnologías críticas para garantizar nuestra resiliencia en sectores estratégicos.

Para ello, la Comisión acometerá las medidas siguientes:

En el contexto de los acuerdos de libre comercio (ALC), la Comisión seguirá buscando ambiciosos capítulos sobre propiedad intelectual e industrial con altos niveles de protección, a fin de garantizar la igualdad de condiciones para las empresas de la UE e impulsar el crecimiento económico. Se esforzará por aplicar plenamente las disposiciones en materia de propiedad intelectual e industrial en los acuerdos de libre comercio existentes, incluso a través de la resolución de controversias y, en su caso, el uso del Reglamento sobre cumplimiento de las normas comerciales, una vez modificado.

La Comisión hará pleno uso de los diálogos sobre propiedad intelectual e industrial con sus principales socios comerciales y otros países prioritarios, como los Estados Unidos, China, la República de Corea, Tailandia, Turquía y Brasil, para promover reformas, y mejorará aún más el alcance de sus programas clave de propiedad intelectual e industrial que ofrecen cooperación técnica en China, Asia Sudoriental y América Latina. 

Si bien la Comisión seguirá promoviendo la igualdad de condiciones a escala mundial, intensificará los esfuerzos para proteger a las empresas de la UE contra las prácticas desleales. Se servirá para ello de la lista de vigilancia de la falsificación y la piratería 108 , que informa a los mercados y proveedores de servicios que presuntamente participan en la falsificación y la piratería, lasa facilitan o se benefician de ella, y del Informe sobre Terceros Países 109 , en el que se identifican los terceros países en los que el estado de protección y respeto de los DPII (en línea y fuera de línea) suscita el mayor nivel de preocupación. Tanto la lista de vigilancia como el Informe se actualizarán regularmente, y las acciones para subsanar las deficiencias detectadas serán objeto de un estrecho seguimiento.

Además, la Comisión, en sus Orientaciones de marzo de 2020 sobre la inversión extranjera directa y la protección de los activos estratégicos de Europa, pidió a todos los Estados miembros de la UE que hicieran pleno uso de sus mecanismos de control de las inversiones extranjeras y, a los Estados miembros que actualmente no disponen de un mecanismo de control, que establecieran un mecanismo de control completo, con el fin de hacer frente a los aspectos pertinentes de la seguridad y el orden público de las inversiones extranjeras directas, que pueden tener como objeto activos críticos de propiedad intelectual e industrial de la Unión Europea 110 .

La Comisión también ve la necesidad de garantizar que todos los países no pertenecientes a la UE y sus empresas cumplan las normas, también al colaborar con las organizaciones europeas de investigación. A tal fin, se desarrollarán nuevas condiciones marco para la cooperación internacional en materia de investigación con entidades de países no pertenecientes a la UE. Estas condiciones marco garantizarán un ecosistema de innovación mundial justo y no distorsionador, basado en condiciones de competencia equitativas y reciprocidad, y que mantiene altos niveles de integridad ética y científica. A este respecto, la Comisión establecerá directrices sobre interferencias extranjeras dirigidas a las universidades y centros de enseñanza superior de la UE para concienciar sobre posibles robos de propiedad intelectual cuando se participa en la cooperación internacional (2021).

En materia de política exterior, la Comisión, en cooperación con el Alto Representante y los Estados miembros, está lista para utilizar las medidas restrictivas disponibles que contrarresten el espionaje cibernético privado y patrocinado por los gobiernos con el fin de adquirir activos europeos de vanguardia en materia de propiedad intelectual e industrial 111 .

Es de suma importancia que la UE hable con una voz fuerte y unida en foros mundiales como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Unión Nacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). La Comisión colaborará con los Estados miembros y otras partes interesadas para alcanzar normas mundiales en materia de protección de la propiedad intelectual e industrial y defenderlas, así como las mejores soluciones posibles ante los nuevos desafíos, tales como la necesidad de garantizar acceso equitativo a los tratamientos, las vacunas y los diagnósticos en la lucha contra la COVID-19. El debate de la OMPI sobre las implicaciones de la IA para la propiedad intelectual e industrial es otra oportunidad única para que Europa ejerza influencia en un momento en el que la elaboración de normas todavía está teniendo lugar, lo cual puede tener un impacto duradero en la transformación digital en curso de la economía mundial.

Para proteger el valor de las marcas, la Comisión considerará la adhesión de la UE al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas. La Comisión trabajará con sus socios internacionales para proteger las indicaciones geográficas en todo el mundo a través del Registro multilateral de Lisboa de la OMPI. Esto también impulsará su participación en foros mundiales de internet, con la intención de que el sistema internacional de nombres de dominio (DNS) respete plenamente los derechos de propiedad intelectual e industrial, incluidas las indicaciones geográficas, y se garantice que la protección de la propiedad intelectual e industrial se refleja correctamente en las políticas relativas a la gobernanza en el ámbito de nombres de dominio y el acceso a la información de los titulares (datos «Whois»). En el ámbito de los derechos de autor, la Comisión continuará participando de forma activa en las negociaciones de la OMPI con el objetivo de alcanzar un acuerdo para un nuevo tratado que garantice la protección internacional a organismos de radiodifusión. También trabajará para garantizar la ratificación por parte de la UE del Tratado de Beijing de la OMPI (firmado por la UE en 2013), que concede protección internacional a los espectáculos audiovisuales.

La Comisión seguirá ayudando a las empresas europeas en el extranjero y, además de los servicios internacionales de asistencia a las pymes en materia de propiedad intelectual e industrial en China, Asia Sudoriental y América Latina 112 , pondrá en marcha un nuevo servicio de asistencia a las pymes en materia de propiedad intelectual e industrial para ayudar a las empresas europeas en la India (principios de 2021).

Por último, la Comisión intensificará sus esfuerzos para ofrecer asistencia técnica cualificada para ayudar a los países en desarrollo a hacer el mejor uso posible de la propiedad intelectual e industrial en el apoyo a su crecimiento económico. Por ejemplo, como parte del plan de acción sobre los DPII para África, la Comisión promoverá una mejor generación, protección y gestión de la propiedad intelectual e industrial (incluidas las indicaciones geográficas 113 ) en este continente 114 .

7.Colaboración con los Estados miembros y las partes interesadas

La Comisión cuenta con el Parlamento Europeo y el Consejo, así como con todas las partes interesadas, para respaldar y apoyar la aplicación del presente plan de acción y las diversas acciones que se incluyen en él.

Además, insta a los Estados miembros a desarrollar sus políticas y estrategias nacionales en materia de propiedad intelectual e industrial, en línea con los objetivos expuestos en el presente plan de acción, y a dar prioridad a una mejor protección y respeto de la propiedad intelectual e industrial en sus esfuerzos por asegurar la recuperación económica.

La Comisión también estimulará el debate entre todos los agentes pertinentes, en particular en los ecosistemas industriales pertinentes, a fin de conectar mejor la política de propiedad intelectual e industrial con las realidades y necesidades cambiantes de la industria de la UE, en consonancia con el informe 115 y la agenda de prospectiva estratégica de la Comisión. Para ello, la Comisión entablará conversaciones periódicas sobre cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual e industrial en el contexto de los actos y foros existentes en los que se configura la política industrial.



Apéndice I 

Contribución de los sectores intensivos en derechos de propiedad intelectual e industrial al empleo 
en ecosistemas industriales

Fuente: Cálculos de la EUIPO y de la Comisión Europea basados en datos del estudio «Los sectores intensivos en derechos de propiedad intelectual e industrial y el rendimiento económico en la Unión Europea», OEP y EUIPO, 2019

Este gráfico presenta la contribución de los sectores intensivos en DPII al empleo en cada uno de los ecosistemas industriales. Esto explica, por ejemplo, la aparente baja contribución de los DPII al ecosistema sanitario. Las industrias farmacéuticas y de productos sanitarios, muy intensivas en DPII, solo representan el 6 % del empleo, mientras que los demás sectores, como los hospitales y la atención médica, no son intensivos en DPII.

El gráfico indica la contribución de las empresas titulares de DPII al empleo en la UE. Como tal, muestra una parte de la imagen de la influencia de los DPII en la economía. No se refleja aquí el impacto más amplio de los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre las empresas que no son titulares propiamente de DPII, pero que utilizan insumos protegidos por DPII en sus productos o servicios (p. ej., franquicias, titulares de licencias de tecnología, subcontratistas, la hostelería o el sector minorista cuando comparten productos de industrias culturales).

(1)

De conformidad con las normas SCN2008/SEC2010, los Sistemas de Cuentas Nacionales recogen un conjunto de activos intangibles específicos en la categoría de «productos de propiedad intelectual», como investigación y desarrollo (I+D), investigación minera, programas informáticos y bases de datos, actividades recreativas y originales de obras literarias y artísticas.

(2)

 Unlocking investment in intangible assets [«Desbloquear la inversión en activos intangibles»], documento de consulta 047 de la DG Asuntos Económicos y Financieros , mayo de 2017.

(3)

  Intellectual property rights intensive industries and economic performance in the EU [«Los sectores intensivos en derechos de propiedad intelectual e industrial y el rendimiento económico en la Unión Europea»], EUIPO-OEP, 2019.

(4)

 Hidden treasures. Mapping Europe’s sources of competitive advantage in doing business [«Tesoros ocultos. Determinación de las fuentes de ventajas competitivas en Europa para la actividad comercial»], D. Kalff, A. Renda, Centro de Estudios Políticos Europeos (CEPS), Bruselas 2019, p. 59; véase también el informe de calidad de 2018 de la Oficina Europea de Patentes (OEP) .

(5)

Cuadro de indicadores sobre la inversión industrial en I+D en la UE de 2019.

(6)

Proporción de solicitudes del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) relativas a los retos sociales. Véase la sección sobre clima y medio ambiente del  Informe sobre los Resultados en materia de Ciencia, Investigación e Innovación de la UE en 2020.

(7)

Véase: Tecnologías para la mitigación del cambio climático en Europa: datos procedentes de patentes y datos económicos , OEP, 2015.

(8)

Algunos estudios muestran que las pequeñas y medianas empresas que utilizan DPII crecen más rápidamente y son más resilientes a las crisis económicas: Empresas de alto crecimiento y derechos de propiedad intelectual, EUIPO-OEP, 2019 .

(9)

El apéndice I contiene un mapa en el que se presenta el papel de las industrias intensivas en propiedad industrial e intelectual en los ecosistemas.

(10)

  COM(2020) 761 .

(11)

Por ejemplo, una única aplicación permite actualmente proteger una marca, un diseño industrial o una variedad vegetal en toda la UE y existe un conjunto de reglas comunes en materia de protección de secretos comerciales. 

(12)

  Trends and developments in artificial intelligence – Challenges to the intellectual property rights framework , estudio realizado por IVIR y JIPP, noviembre de 2020.

(13)

  Véanse los requisitos pertinentes de los Reglamentos de Ejecución sobre diseño ecológico introducidos en octubre de 2019 : C(2019) 2120-7, C(2019) 5380 y C(2019) 6843.

(14)

Las pymes que no han registrado derechos de propiedad intelectual e industrial señalaron que el principal motivo para no solicitar el registro (el 38 % de los encuestados) era la falta de conocimientos en la materia. Barómetro sobre las pymes y la PI, EUIPO, 2019 .

(15)

Su objetivo es a menudo vender o conceder una licencia, monetizando así los bienes intangibles.

(16)

  Informe de 2020 sobre los resultados de la ciencia, la investigación y la innovación de la UE .

(17)

  Estudio de investigación sobre patentes declaradas con arreglo a la norma 5G , IPlytics, 2020.

(18)

  Tendencias en el comercio de mercancías falsificadas y mercancías pirata , OCDE y EUIPO, 2019.

(19)

  Informe de situación sobre la vulneración de los DPII , EUIPO, 2020 : cifras medias anuales, 2013-2017 .

(20)

  La escala y el impacto del espionaje industrial y el robo cibernético de secretos comerciales , 2018.

(21)

El presente plan de acción se basa en las observaciones recibidas sobre su hoja de ruta y las aportaciones de los Estados miembros y las partes interesadas, tanto por escrito como a través de los debates celebrados durante las conferencias sobre la futura política de propiedad intelectual e industrial, así como de los debates específicos en el Parlamento y el Consejo.

(22)

El sistema de patente unitaria se aplica mediante una cooperación reforzada de veinticinco Estados miembros participantes (todos los Estados miembros de la UE excepto España y Croacia).

(23)

  Orden de 13 de febrero de 2020 , 2 BvR 739/17, publicada el 20 de marzo de 2020.

(24)

Además de la ratificación por parte de Alemania del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes, también será necesario el acuerdo de los Estados miembros para poner en marcha el «período de aplicación provisional». Esto permitirá finalizar la configuración institucional y práctica del Tribunal antes de la puesta en marcha plena del sistema de patente unitaria. De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1257/2012 por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de una protección unitaria mediante patente, la Comisión y la OEP también deberán celebrar un acuerdo de trabajo que establezca una estrecha cooperación en el funcionamiento del sistema de patente unitaria. No se espera que la retirada del Reino Unido de la UE obstaculice la puesta en marcha del sistema de patente unitaria.

(25)

  Reglamento (UE) n.º 2019/933 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 469/2009 relativo al certificado complementario de protección para los medicamentos.

(26)

Evaluación del sistema de certificados complementarios de protección de la UE: SWD(2020) 8508

(27)

  Un nuevo modelo de industria para Europa , COM(2020) 102 final , p. 14; «Productos farmacéuticos: medicamentos seguros y asequibles (nueva estrategia de la UE)» .

(28)

La exención Bolar es una defensa por violación de patente especialmente pertinente para los medicamentos en los que una invención patentada puede ser explotada, durante un período limitado antes del final del período de vigencia de la patente, por un tercero únicamente con fines de investigación y ensayo y para obtener las autorizaciones reglamentarias necesarias.

(29)

El Parlamento Europeo aprobó el paquete de reforma de la marca el 15 de diciembre de 2015: https://ec.europa.eu/growth/industry/policy/intellectual-property/trade-mark-protection_es .

(30)

  Informe sobre la evaluación de la legislación de la UE en materia de protección de dibujos y modelos.

(31)

  Directiva 98/71/CE sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos, y  Reglamento (CE) n.º 6/2002 del Consejo sobre dibujos y modelos comunitarios.

(32)

Véase la Estrategia «De la Granja a la Mesa» anunciada por la Comisión para reforzar la sostenibilidad de los criterios de las indicaciones geográficas.

(33)

  Evaluación de las indicaciones geográficas (agrarias) y las especialidades tradicionales garantizadas protegidas en la UE , 2019.

(34)

  Evaluación de las indicaciones geográficas (agrarias) y las especialidades tradicionales garantizadas protegidas en la UE , 2019.

(35)

Productos alimenticios y bebidas – régimen de indicaciones geográficas de la UE (revisión) ( Consulta de la evaluación inicial de impacto ).

(36)

  Economic aspects of geographical indication protection at the EU level for non-agricultural products [«Aspectos económicos de la protección de la indicación geográfica a escala de la UE para productos no agrícolas»], 2020.

(37)

Más concretamente, la introducción de una protección de las indicaciones geográficas a escala de la UE para los productos no agrícolas podría dar lugar, a largo plazo, a un aumento global previsto del comercio dentro de la UE de entre el 4,9 y el 6,6 % de las exportaciones actuales dentro de la UE (entre 37 600 y 50 000 millones EUR). Las predicciones revelan que, con un sistema uniforme, el empleo regional podría aumentar entre el 0,12 y el 0,14 % y que, en total, podrían crearse entre 284 000 y 338 000 nuevos puestos de trabajo en toda la UE. Véase Geographical indications for non-agricultural products. Cost of non-Europe report [«Indicaciones geográficas para productos no agrícolas. Informe sobre el coste de la no Europa»], 2019.

(38)

Basado en el Sistema de Lisboa para el registro internacional de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas gestionado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

(39)

  Intellectual property rights intensive industries and economic performance in the EU [«Los sectores intensivos en derechos de propiedad intelectual e industrial y el rendimiento económico en la Unión Europea»], EUIPO-OEP, 2019.

(40)

Se identifican, en particular, a partir de las aportaciones de las partes interesadas, el análisis de las decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las recomendaciones del grupo de trabajo interinstitucional.

(41)

Por ejemplo, acelerando las búsquedas de novedades y los procedimientos de registro.

(42)

Metadatos de derechos de autor, tanto en lo que se refiere a la titularidad de la propiedad intelectual como a la concesión de licencias.

(43)

  Trends and developments in artificial intelligence – Challenges to the intellectual property rights framework , estudio realizado por IVIR y JIPP, noviembre de 2020. 

(44)

 En 2018 se presentaron ante la OEP dos solicitudes de patentes europeas en las que se designaba como inventor a una máquina llamada «DABUS». La OEP rechazó las dos solicitudes de patente, pues consideró que el inventor designado en una patente europea había de ser una persona física. Además, la OEP entendió que el término «inventor» se refería a una persona física con arreglo a una norma aplicable internacionalmente. Estas resoluciones han sido recurridas.

(45)

Por ejemplo, el estudio subraya la falta de armonización de las normas acerca de la autoría y la propiedad de los derechos de autor, lo que puede dar lugar a soluciones nacionales divergentes en lo que respecta a las obras asistidas por la IA.

(46)

Por ejemplo, el estudio ofrece recomendaciones para ajustar conceptos del Derecho de patentes, como la actividad inventiva y la obligación de divulgación, a las invenciones asistidas por la IA.

(47)

  Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE; Directiva (UE) 2019/789 por la que se establecen normas sobre el ejercicio de los derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, y por la que se modifica la Directiva 93/83/CEE. Los Estados miembros disponen hasta el 7 de junio de 2021 para transponer estas Directivas.

(48)

  Directiva 2011/77/UE por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines; Directiva 2014/26/UE relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea; Directiva (UE) 2017/1564 sobre determinados usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos; Reglamento (UE) 2017/1128 sobre la portabilidad transfronteriza de los servicios de contenidos en línea.

(49)

  Directiva 98/44/CE relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas.

(50)

Especialmente con vistas a asegurar la plena aplicación de la Comunicación de la Comisión sobre determinados artículos de la Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas , de 3 de noviembre de 2016, refrendada por el Parlamento y el Consejo, que aclara que los productos resultantes de procesos esencialmente biológicos no pueden patentarse.

(51)

Del programa COSME y con financiación mayormente del superávit de la EUIPO.

(52)

Véase para el programa vigente IPA4SME .

(53)

 La Comisión ensayará el concepto en el proyecto Closing the finance gap for IPR-driven start-ups and SMEs [«Cierre de la brecha financiera para las empresas innovadoras y las pymes que utilizan derechos de propiedad intelectual e industrial»]

(54)

De manera que todas las pymes dispongan de acceso fácil a asesoramiento, como se señala en la estrategia para las pymes.

(55)

Se trata de una iniciativa en el marco del programa de la EUIPO para las pymes que se desarrollará en cooperación con la Red de Propiedad Intelectual e Industrial de la Unión Europea (EUIPN), compuesta por la EUIPO y las oficinas nacionales de propiedad intelectual e industrial de los Estados miembros de la UE.

(56)

Dichos asesores trabajan a través de redes o proveedores de asesoramiento en la Red Europea para las Empresas, los centros de innovación, las Redes de agrupaciones o el centro de asesoramiento InvestEU (desarrollado a partir del actual Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión ).

(57)

 Según el Barómetro sobre las pymes de la EUIPO de 2019, solo el 13 % de las pymes titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial intentaron utilizar activos intangibles para obtener financiación: el 9 % con éxito y el 4 % sin él.

(58)

Estudio titulado Financing intangibles: Is there a market failure? , [«La financiación de los activos intangibles:¿hay un fallo de mercado?»], Comisión Europea, 2020.

(59)

Esto puede hacerse en el marco de InvestEU y se basará en la experiencia adquirida a través del proyecto «Financiación, aprendizaje, innovación y patentes para las industrias culturales y creativas» y el estudio Financing intangibles: Is there a market failure? , [«La financiación de los activos intangibles:¿hay un fallo de mercado?»], Comisión Europea, 2020.

(60)

  Comunicación de la Comisión «Una estrategia para las pymes en pro de una Europa sostenible y digital», COM(2020) 103 final, de 10 de marzo de 2020.

(61)

Véase el Instrumento de Garantía de las pymes InnovFin o el Instrumento de Garantía de los Sectores Cultural y Creativo.

(62)

  Comunicación sobre el Espacio Europeo de Investigación (EEI) .

(63)

 Véase la Plataforma de Resultados de Horizonte .

(64)

 Véase la plataforma de  investigación e innovación sobre el coronavirus .

(65)

Del mismo modo, en el marco del Fondo Europeo de Defensa (FED) también se han introducido disposiciones específicas para proteger los resultados de las acciones de I+D apoyadas financieramente y su disponibilidad en la UE. Entre ellas figura la obligación de notificar con antelación a la Comisión en caso de transferencia de la titularidad de los resultados y de la propiedad intelectual e industrial relacionada (y de la concesión de licencias exclusivas para acciones de investigación) a terceros países no asociados o entidades de terceros países, así como la obligación de reembolsar la financiación de la UE en caso de que dicha transferencia de resultados o propiedad intelectual e industrial contravenga los intereses de seguridad y defensa de la Unión y sus Estados miembros o los objetivos del FED.

(66)

En el ámbito de los datos medioambientales (que permiten el desarrollo de análisis del ciclo de vida), los datos controlados por DPII deben sopesarse con el interés público en calcular la huella ambiental de los productos y las organizaciones.

(67)

  Comunicación de la Comisión titulada «Estrategia de la UE para las vacunas contra la COVID-19», COM(2020) 245 final, 17 de junio de 2020.

(68)

  Resolución 73 de la Asamblea Mundial de la Salud .

(69)

  Comunicación de la Comisión titulada «Marco temporal para evaluar cuestiones de defensa de la competencia relacionadas con la cooperación empresarial en respuesta a las situaciones de urgencia ocasionadas por la actual pandemia de COVID-19», C(2020) 3200 final.

(70)

El Manifiesto para la Investigación Covid-19 de la UE , puesto en marcha para maximizar la accesibilidad de los resultados de la investigación en la lucha contra la COVID-19, ha contado hasta la fecha con el apoyo de más de 600 organizaciones (como universidades, institutos de investigación, empresas privadas, incluidas pymes y organizaciones de la sociedad civil) y más de 1 800 personas de toda Europa y de fuera de ella.

(71)

La única excepción es el Reglamento (CE) n.º 816/2006 , que establece un régimen de licencias obligatorio específico que aplica el artículo 31 del Acuerdo sobre los ADPIC y se refiere a la fabricación de productos farmacéuticos destinados a la exportación a países con problemas de salud pública.

(72)

 Véase también el  documento del Consejo 15016/19 «Desarrollo de la infraestructura de derechos de autor: balance de los trabajos y progresos realizados durante la Presidencia finlandesa».

(73)

El conjunto de normas, tecnologías e instituciones que enmarcan las prácticas de gestión de datos en las industrias creativas.

(74)

Véase el estudio Smart 2019/0038 sobre «Derechos de autor y nuevas tecnologías: gestión de datos de derechos de autor e inteligencia artificial».

(75)

  Estudio panorámico de patentes potencialmente esenciales reveladas al ETSI, 2020 . 

(76)

  Comunicación de la Comisión titulada «Establecimiento del enfoque de la Unión con respecto a las patentes esenciales para normas», COM(2017) 712 final, 29 de noviembre de 2017.

(77)

Así como la salud inteligente, la energía inteligente y la internet de las cosas.

(78)

  Estudio piloto para la evaluación de la esencialidad del informe sobre patentes esenciales para normas .  

(79)

  Comunicación de la Comisión titulada «Una Estrategia Europea de Datos», COM(2020) 66 final, de 19 de febrero de 2020.

(80)

Véase la ficha informativa de la Estrategia Europea de Datos .

(81)

  Directiva (UE) 2016/943 relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.

(82)

 En el sector de los cartuchos de tinta y tóner de las impresoras, por ejemplo, los fabricantes de equipos originales han presentado una gran variedad de argumentos en contra de la remanufacturación de sus productos por terceros, mientras que los fabricantes de productos reelaborados independientes (especialmente las pymes) no disponen de los recursos necesarios para emprender acciones judiciales contra los grandes fabricantes de equipos originales, aun cuando el fabricante de productos remanufacturados pueda estar operando legalmente. La percepción de esta amenaza puede tener un efecto desalentador sobre las pequeñas empresas que desean entrar en el negocio de la remanufacturación. Véase el estudio sobre la aplicación de los requisitos de diseño de productos establecidos en el artículo 4 de la Directiva RAEE: «El asunto de la reutilización de cartuchos de impresora: informe final» , Kling y otros, para la DG Medio Ambiente de la Comisión Europea, 2018.

(83)

La Estrategia Europea de Datos prevé estudiar la necesidad de adoptar medidas legislativas sobre cuestiones que afecten a las relaciones entre los agentes de la economía de los datos a fin de ofrecer incentivos para el intercambio de datos intersectorial. Estas cuestiones (por ejemplo, el intercambio de datos entre las empresas y los gobiernos, el intercambio de datos entre empresas mediante derechos de uso de datos cogenerados) podrían abordarse en una Ley de Datos (2021).

(84)

  Directiva 96/9/CE relativa a la protección jurídica de las bases de datos.

(85)

  Evaluación de la Directiva 96/9/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos, SWD(2018) 147 final.

(86)

  Programa de trabajo de la Comisión para 2021 .

(87)

El intercambio de datos constituye un intercambio de información que debe llevarse a cabo de conformidad con las normas antimonopolio, como se indica en las directrices horizontales de la Comisión, que explican qué tipos de información pueden compartirse. La revisión actual de dichas directrices estudiará si se necesitan orientaciones para el intercambio de datos mediante nuevas formas de colaboración en materia de I+D. La Comisión también reflexionará sobre si se necesitan más orientaciones acerca de cuándo se podría forzar el acceso a los datos con arreglo a la doctrina de las infraestructuras esenciales.

(88)

  Directiva 2004/48/CE relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual.

(89)

  Commission communication Directrices sobre determinados aspectos de la Directiva 2004/48/CE relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, COM(2017) 708 final, de 29 de noviembre de 2017.

(90)

  Tendencias en el comercio de mercancías falsificadas y mercancías pirata , OCDE y EUIPO, 2019.

(91)

  Informe de situación sobre la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial , EUIPO, 2020 : cifras medias anuales, 2013-2017.

(92)

  Qualitative study on risks posed by counterfeits to consumers [«Estudio cualitativo sobre los riesgos que entrañan las falsificaciones para los consumidores»] EUIPO, 2019.

(93)

Véanse las operaciones llevadas a cabo con la ayuda de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, por ejemplo, la incautación de 550 toneladas de plaguicidas ilegales o falsificados en 2019 como parte de la operación «Silver Axe IV» (véase el comunicado de prensa ).

(94)

  The scale and impact of industrial espionage and theft of trade secrets through cyber [«Estudio sobre la escala y el impacto del espionaje industrial y el robo cibernético de secretos comerciales»], 2018.

(95)

Véase la consulta pública iniciada el 2 de junio de 2020 y el seguimiento.

(96)

  Plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas .

(97)

  Comunicación de la Comisión titulada «Plan de acción a largo plazo para mejorar la aplicación y el cumplimiento de las normas del mercado único», COM(2020) 94 final, p. 11, 10 de marzo de 2020.

(98)

Véase el plan de acción en materia de aduanas , COM(2020) 581 final, 28 de septiembre de 2020.

(99)

Véase por ejemplo los informes recientemente publicados sobre el funcionamiento del Memorando de entendimiento sobre la venta de mercancías falsificadas en internet y el Memorando de entendimiento sobre la publicidad en línea y los DPII .

(100)

Ampliar más el IP enforcement portal que gestiona la EUIPO permitirá también un intercambio de datos más efectivo entre los actores pertinentes. Por ejemplo, la expansión incluirá la integración de datos sobre DPII que aún no estén cubiertos por el portal, como los derechos sobre las obtenciones vegetales y las indicaciones geográficas.

(101)

Véase, por ejemplo, el Foro de Blockathon contra la Falsificación del Observatorio de la EUIPO, cuyo objetivo es construir una infraestructura común de cadena de bloques en la que todas las partes (intermediarios, titulares de derechos y autoridades policiales) puedan conectarse y compartir datos para proteger las cadenas de suministro contra la infiltración de mercancías falsificadas.

(102)

Véase: La OLAF inicia una investigación sobre productos falsos relacionados con la COVID-19 . Véase también el  resumen de las actividades y acciones ilegales, y las  prácticas fraudulentas relacionadas con la COVID-19 .

(103)

Los Centros Europeos del Consumidor trabajan en material educativo para sensibilizar a los consumidores sobre los riesgos de las mercancías falsificadas. Consejos y trucos para los consumidores e Informe del Centro Europeo de los Consumidores sobre falsificación .

(104)

Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad, COM(2020) 605 final (página 25).

(105)

  2019 Status report on IPR infringement [«Informe de situación de 2019 sobre la infracción de los derechos de propiedad intelectual, industrial y comercial»], Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los Derechos de Propiedad Intelectual, 2019.

(106)

Véase, por ejemplo, la  Declaración adoptada por los países del G-7 en 2019.

(107)

  Informe de la Comisión sobre la protección y el respeto de los derechos de propiedad intelectual en terceros países, SWD(2019) 452 final/2.

(108)

  SWD(2018) 492 .  

(109)

  SWD(2019) 452 .

(110)

  Comunicación de la Comisión titulada «Orientaciones dirigidas a los Estados miembros en relación con las inversiones extranjeras directas y la libre circulación de capitales de terceros países, así como la protección de los activos estratégicos de Europa, antes de la aplicación del Reglamento (UE) 2019/452 (Reglamento para el control de las inversiones extranjeras directas)», (2020/C 99 I/01). Por ejemplo, tecnologías para la fabricación de equipos de protección individual o futuras vacunas.

(111)

  Decisión (PESC) 2020/1127 del Consejo .

(112)

  Servicio de asistencia a las pymes en materia de propiedad intelectual e industrial .

(113)

  Estrategia continental para las indicaciones geográficas en África 2018-2023 .

(114)

  Asociación África-UE .

(115)

  Informe de prospectiva estratégica de 2020 .

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