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Procedimiento legislativo ordinario (codecisión)

El procedimiento legislativo ordinario consiste en la adopción conjunta de actos legislativos por parte del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea tras recibir, por lo general, una propuesta de la Comisión Europea.

Este procedimiento se define en el artículo 294 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y es el procedimiento legislativo más común de la Unión Europea (UE).

Con el Tratado de Maastricht y la introducción del procedimiento de codecisión, el Parlamento se convirtió en colegislador en igualdad de condiciones con el Consejo, salvo en los casos previstos en los Tratados en los que se aplican procedimientos legislativos especiales.

El Tratado de Lisboa cambió el nombre de procedimiento de codecisión a procedimiento legislativo ordinario y aumentó el número de ámbitos políticos a los que se aplica este procedimiento, reforzando así las competencias del Parlamento.

El procedimiento consta de una o dos lecturas y, en caso necesario, de un procedimiento de conciliación y de una tercera lectura. El Consejo vota por mayoría cualificada. El Parlamento Europeo vota por mayoría simple los votos emitidos en la primera y tercera lectura y por mayoría de sus miembros en la segunda lectura.

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