Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2001/29/CE relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

La Directiva armoniza los derechos principales concedidos a los autores y a los titulares de derechos afines (el derecho de reproducción, el derecho de comunicación al público y el derecho de distribución) y —en menor medida— las excepciones y limitaciones a estos derechos. Además, armoniza la protección de las medidas tecnológicas y de la información para la gestión de derechos, las sanciones y las vías de recursos.

Derecho de reproducción

Los Estados miembros de la UE establecerán el derecho exclusivo a autorizar o prohibir la reproducción directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de la totalidad o parte:

Derecho de comunicación al público

Los Estados miembros establecerán en favor de los autores el derecho exclusivo a autorizar o prohibir cualquier comunicación al público de sus obras. Esto incluye poner a disposición del público sus obras de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.

Los Estados miembros deben asimismo conceder el derecho exclusivo a autorizar o prohibir la puesta a disposición del público:

Derecho de distribución

Excepciones y limitaciones

La Directiva establece una lista exhaustiva de excepciones y limitaciones para facilitar el uso del contenido protegido en circunstancias específicas.

Existe una excepción obligatoria del derecho de reproducción en el caso de algunos actos de reproducción provisionales que formen parte integrante de un proceso tecnológico (copias provisionales) cuya finalidad consista en facilitar la utilización lícita o la transmisión en una red entre terceros a través de un intermediario de una obra o prestación protegidas.

Protección jurídica

Protección de la información para la gestión de derechos

Los Estados miembros establecerán una protección jurídica frente a todas aquellas personas que a sabiendas lleven a cabo sin autorización cualquiera de los siguientes actos:

Sanciones y vías de recurso

Los Estados miembros establecerán sanciones y vías de recurso apropiadas contra la vulneración de los derechos y las obligaciones armonizados en esta Directiva. Deben asegurarse de que los titulares de los derechos puedan solicitar medidas cautelares contra todo intermediario cuyos servicios sean utilizados por terceros para infringir derechos de autor o derechos afines.

Modificaciones de la Directiva 2001/29/CE

La Directiva 2001/29/CE ha sido modificada dos veces:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva 2001/29/CE está en vigor desde el y tenía que adquirir rango de ley en los Estados miembros a más tardar el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Fijación: una obra tiene que ser incorporada a una copia que permita que sea vista o copiada por otros (es decir, en un soporte tangible como una grabación).
  2. Reprografía: la ciencia y la práctica de copiar y reproducir documentos y material gráfico.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 167 de , pp. 10-19).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2001/29/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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