Seguridad marítima: nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva (UE) 2022/993 relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Tiene como objetivo mantener y mejorar el nivel de conocimientos y competencias de la gente de mar de la Unión Europea (UE) mediante el desarrollo de una formación y una titulación marítimas conformes con las normas internacionales y con el progreso tecnológico.

PUNTOS CLAVE

Convenio Internacional

Ámbito de aplicación

La Directiva se aplica a la gente de mar que preste servicio a bordo de buques marítimos que enarbolen el pabellón de un Estado miembro, salvo los que presten servicio en:

Elementos principales

La Directiva abarca una serie de elementos, entre ellos:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

La Directiva (UE) 2022/993 codifica y deroga la Directiva 2008/106/CE, en su versión modificada por la Directiva 2012/35/UE y la Directiva (UE) 2019/1159.

La Directiva 2012/35/UE debía transponerse al Derecho nacional a más tardar el y la Directiva (UE) 2019/1159 a más tardar el .

ANTECEDENTES

La Agencia Europea de Seguridad Marítima se encarga de la seguridad marítima en la UE.

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva (UE) 2022/993 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas (DO L 169 de , pp. 45-90).

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