COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 20.7.2021
SWD(2021) 725 final
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN
Informe sobre el Estado de Derecho en 2021
Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Suecia
que acompaña al documento
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
Informe sobre el Estado de Derecho en 2021
Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea
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Resumen
Prosiguen los esfuerzos para reforzar las garantías jurídicas de independencia judicial en el sistema judicial sueco, en particular a través del trabajo de la Comisión de Investigación para el fortalecimiento de la democracia y la independencia judicial, que también está revisando el proceso de modificación de la Constitución. También se ha llevado a cabo una reforma específica del sistema de habilitación de seguridad para jueces. Suecia también ha tomado algunas medidas para seguir mejorando la digitalización del sistema judicial, en particular la creación de un nuevo consejo sobre digitalización, centrado en los procesos penales. Sin embargo, persiste la preocupación por los recursos a largo plazo del sistema judicial. El sistema judicial ha seguido funcionando de manera eficiente, en particular a la vista de los retos planteados por la pandemia de COVID-19, durante la cual las medidas específicas relativas a su funcionamiento continuado se dejaron en manos de los órganos jurisdiccionales.
Como en años anteriores, los niveles de corrupción percibidos por Suecia se encuentran entre los más bajos de la UE y del mundo. La transparencia es la piedra angular del enfoque de la lucha contra la corrupción de Suecia. En 2020, Suecia aprobó su primer Plan de Acción Nacional estratégico para prevenir la corrupción en su administración pública. Entre otras cosas, prescribe el uso sistemático del análisis del riesgo de corrupción para reforzar la sensibilización en este ámbito y las prácticas de gestión de riesgos entre los funcionarios públicos. Aunque este Plan de Acción se considera un paso importante, no aporta medidas concretas ni un calendario, y no ha sido objeto de consulta entre todas las partes interesadas pertinentes. En el período de referencia se han emprendido iniciativas de prevención adicionales, como la aplicación de las normas relativas a las puertas giratorias a los altos directivos de la Oficina Nacional de Auditoría y nuevas directrices para que los funcionarios públicos declaren su patrimonio. La actividad de los grupos de presión sigue sin estar regulada y no existe una práctica coherente hacer público quiénes intentan influir en propuestas legislativas específicas («huellas legislativas»). El soborno de funcionarios públicos extranjeros sigue siendo un ámbito de riesgo en el que solo se observan niveles moderados de enjuiciamiento.
La libertad y el pluralismo de los medios de comunicación en Suecia siguen siendo, en general, sólidos, debido principalmente a las garantías derivadas tanto de la Constitución como de la legislación. Suecia ha reforzado aún más las garantías jurídicas para la independencia de los medios de comunicación y ha aumentado el presupuesto de la Autoridad de Prensa y Radiodifusión de Suecia. Como se señala en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020, el Gobierno también está analizando la posibilidad de introducir legislación específica sobre la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación, que actualmente no existe. Se están tomando medidas para mejorar la protección de los periodistas, como parte de la revisión en curso de la protección que ofrece el Derecho penal para determinadas funciones vitales de la sociedad. Los periodistas sufren cada vez más amenazas y acoso, especialmente en línea. Suecia ha adoptado medidas económicas para hacer frente a los efectos negativos que la pandemia de COVID-19 ha tenido en las finanzas de los medios de comunicación y los periodistas, en particular en los trabajadores autónomos.
Dado que en la Constitución sueca no se prevé un estado de alarma para una crisis sanitaria, las medidas relacionadas con la pandemia de COVID-19 se han adoptado principalmente mediante recomendaciones. En enero de 2021, Suecia adoptó un nuevo marco legislativo que permite al Gobierno adoptar medidas más restrictivas para luchar contra la pandemia de COVID-19. Este marco ha sido objeto de una revisión ex ante de su constitucionalidad, pero el Comité de Asuntos Constitucionales ha criticado que el periodo de consulta es demasiado breve. Se ha presentado al Parlamento una propuesta para crear una Institución Nacional de Derechos Humanos de conformidad con los estándares internacionales. El espacio de la sociedad civil sigue abierto, y el Gobierno está considerando medidas para aclarar los requisitos para que las organizaciones de la sociedad civil reciban financiación pública.
I.Sistema judicial
El sistema judicial sueco se divide en dos ramas: por un lado, el orden jurisdiccional ordinario, que consta de 48 tribunales de primera instancia, seis tribunales de apelación y el Tribunal Supremo; por otro lado, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, que constan de doce tribunales de primera instancia de lo contencioso-administrativo, cuatro tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo y el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo. La Administración Nacional de los Tribunales, un organismo dependiente del Ministerio de Justicia, es la responsable de la gestión general de los órganos jurisdiccionales, incluida la asignación de los recursos, la dotación de personal y las instalaciones. La Comisión de Propuestas de Nombramientos Judiciales, que es independiente, elabora propuestas para todos los nombramientos judiciales; el Gobierno se basa en estas propuestas para designar a los jueces. La Fiscalía sueca es independiente y no está vinculada al Gobierno. Suecia está tomando medidas para incorporarse a la Fiscalía Europea. El Colegio de Abogados sueco es una asociación independiente y autónoma establecido por ley, y se encarga de supervisar las actividades profesionales de los abogados y de adoptar medidas disciplinarias contra sus miembros.
Independencia
El nivel de percepción de la independencia del poder judicial sigue siendo elevado. En líneas generales, un 71 % del público general y las empresas considera que la independencia de los órganos jurisdiccionales y los jueces en Suecia es «muy buena» o «bastante buena» en 2021. El nivel de percepción de la independencia judicial fue sistemáticamente muy elevado entre 2016 y 2020 y sigue siendo elevado en 2021, aunque ha disminuido en cierta medida en comparación con 2020, tanto para el público en general como para las empresas.
Avanza la labor de la Comisión de Investigación destinada a reforzar aún más las garantías de independencia judicial. La Comisión, que se creó en febrero de 2020 y que presentará sus resultados en 2023, examina en particular el marco jurídico para la edad de jubilación y el número de jueces del Tribunal Supremo, así como el estatuto y la independencia de la Administración Nacional de Tribunales. También examinará si es necesario modificar la Constitución. Esta Comisión, en la que participan todos los partidos, se ha reunido periódicamente desde su creación y está llevando a cabo investigaciones comparativas sobre los marcos reguladores de la independencia judicial y las modificaciones constitucionales llevadas a cabo en otros Estados miembros de la UE. Su trabajo tiene en cuenta las normas europeas pertinentes. La Comisión ha explicado que también tiene intención de crear uno o dos grupos de expertos externos para que ayuden en el desempeño de sus tareas. Las partes interesadas han acogido favorablemente en términos generales este trabajo para reforzar de forma preventiva las posibles vulnerabilidades en el marco jurídico vigente. En particular, la Asociación de Jueces ha puesto de relieve el actual sistema de nombramiento del director general de la Administración Nacional de Tribunales por parte del Gobierno como una posible deficiencia, y defiende la creación de un Consejo del Poder Judicial independiente, que es una opción que la Comisión debe explorar de acuerdo con su mandato. La Asociación de Jueces también considera que el sistema de determinación de los salarios de los jueces merece atención, aunque no esté incluido en el mandato de la Comisión. Los salarios se fijan en el marco de un convenio colectivo entre los jueces y la Administración Nacional de Tribunales para los jueces recién nombrados, y se revisan anualmente entre el juez y el presidente del Tribunal competente. La Asociación de Jueces considera que, si bien este sistema lleva funcionando más de diez años y, en general, no ha creado problemas importantes, no es suficientemente transparente y carece de criterios claros. Según las recomendaciones del Consejo de Europa, los criterios principales del sistema de remuneración de los jueces profesionales deben establecerse por ley.
Han entrado en vigor los cambios en el régimen de habilitación de seguridad de los jueces. Con el fin de reforzar la independencia judicial, las modificaciones de la Ley de protección de la seguridad, que entraron en vigor en abril de 2021, especifican que las habilitaciones de seguridad para los presidentes de tribunales deben ser llevadas a cabo por la Comisión de Propuestas de Nombramientos Judiciales y, para los jueces de los tribunales ordinarios, por sus respectivos tribunales. Estas modificaciones fueron provocadas por un cambio en el sistema general de habilitaciones de seguridad para funcionarios públicos adoptado en 2019, en virtud del cual el Gobierno también era responsable de las habilitaciones de seguridad de los presidentes de tribunal, anteriormente bajo la responsabilidad de la Administración Nacional de Tribunales. Para hacer frente a esta situación, el Gobierno había nombrado un presidente de investigación en mayo de 2019 para garantizar un sistema adecuado de protección del estatuto de tribunales y jueces. Basándose en el informe de investigación y en un procedimiento de consulta, el Gobierno presentó la propuesta de modificación de la Ley de protección de la seguridad, que el Parlamento aprobó en febrero de 2021.
Calidad
Se ha reiterado la preocupación por la situación a largo plazo de los recursos del poder judicial. A raíz de una solicitud de la Administración Nacional de Tribunales de aumentar el presupuesto 2021-2023 del sistema judicial, se incrementó ligeramente el presupuesto de 2021. Suecia gasta alrededor del 0,27 % de su PIB en tribunales de justicia de forma estable desde 2012. Las partes interesadas y la Administración Nacional de Tribunales han subrayado la necesidad de aumentar los recursos a más largo plazo en lugar de año por año, a fin de garantizar la previsibilidad y permitir que los tribunales tramiten el creciente número de procesos penales entrantes.
La digitalización de la justicia está avanzando y se ha creado un consejo sobre digitalización del sistema judicial. Tras la entrada en vigor de la nueva legislación sobre comunicación electrónica en los procedimientos judiciales en enero de 2021, se han puesto en marcha ya totalmente las normas procesales para incorporar la tecnología digital a los tribunales. Sin embargo, todavía no existe la posibilidad de acceder en línea a las sentencias de los tribunales de primera instancia y las disposiciones relativas a su legibilidad automática son limitadas. Las deficiencias que persisten en los procedimientos civiles y contencioso-administrativos se refieren a la posibilidad de acceder a los expedientes en curso y cerrados, mientras que en los procesos penales solo se dispone de herramientas digitales limitadas. Para mejorar la eficiencia y el uso de herramientas digitales a lo largo de toda la cadena judicial, en particular para los procesos penales, en septiembre de 2020 se creó un nuevo consejo para la digitalización del poder judicial dentro de la estructura del Consejo Nacional para la Prevención de la Delincuencia, compuesto por los responsables de once autoridades diferentes. Su objetivo es mejorar el intercambio de información en el proceso de justicia penal y es responsable de identificar y planificar los esfuerzos conjuntos de desarrollo, supervisar su ejecución y desarrollar el sistema de gestión de la información. El proceso constará de varias fases, empezando por el establecimiento del flujo electrónico de información entre las autoridades que tramitan el mayor volumen de asuntos penales, y para 2022 todas las autoridades estarán conectadas. El Consejo también preparará el nuevo plan estratégico para la digitalización del poder judicial a partir de 2023, ya que la estrategia actual expirará en 2022.
Eficiencia
La eficiencia del sistema judicial se ha mantenido estable, y en 2020 se cerraron más asuntos que en años anteriores. La tasa de resolución se ha mantenido estable en los asuntos civiles y mercantiles (97,5 %) y ha mejorado en los asuntos contencioso-administrativos (del 96,8 % en 2018 al 101,7 % en 2019). El tiempo estimado para resolver un asunto ha seguido siendo bajo en 2019, tanto en asuntos civiles como mercantiles y contencioso-administrativos, aunque han seguido aumentando los asuntos contencioso-administrativos entrantes. Los datos nacionales muestran que, mientras que los asuntos entrantes aumentaron en 2020, los asuntos resueltos aumentaron en un grado aún mayor, con alrededor de un 8 % más de asuntos resueltos que en 2019. Según la Administración Nacional de Tribunales, esto se debe, entre otras cosas, al hecho de que a menudo ha sido posible concluir asuntos menos complejos mediante procedimientos escritos, mientras que los asuntos más complejos se han aplazado. Dado que, en general, los tribunales han permanecido abiertos a lo largo de la pandemia de COVID-19 y que las medidas concretas se dejaron a su discreción, el porcentaje de vistas aplazadas solo se ha visto ligeramente afectado (21,9 % en 2020 frente a una media del 20,3 % en 2017-2019).
II.Marco de lucha contra la corrupción
En líneas generales, Suecia cuenta con el marco legislativo e institucional necesario para combatir y prevenir la corrupción. El Gobierno ha adoptado un Plan de Acción Nacional para 2021-2023, el primero, para prevenir la corrupción en los organismos de la Administración central. La Unidad Nacional Anticorrupción es el órgano especializado de la fiscalía sueca que se encarga de todas las investigaciones penales relacionadas con la corrupción y el soborno de funcionarios públicos extranjeros. La Unidad Policial Nacional Anticorrupción forma parte de la Autoridad Policial sueca y se encarga tanto de investigar los delitos de corrupción como de desempeñar una función preventiva brindando asistencia a diversas entidades públicas en la elaboración de políticas de lucha contra la corrupción. La Autoridad Sueca de Delincuencia Económica, organizada en el marco del Ministerio de Justicia, tiene el mandato de investigar y enjuiciar delitos financieros graves, y recuperar los productos del delito. Otros organismos, como la Oficina Nacional de Auditoría, la Autoridad Nacional de Competencia, el Consejo Nacional para la Prevención de la Delincuencia y la Unidad de Inteligencia Financiera de la Policía sueca, se encargan de la prevención y la investigación de la corrupción, así como de la policía científica y la auditoría.
La percepción entre los expertos y directivos de empresa es que Suecia es uno de los países menos corruptos del mundo. En el Índice de percepción de la corrupción de 2020 de Transparency International, Suecia obtiene una puntuación de 85/100 y ocupa el puesto 2 en la Unión Europea y el puesto 3 del mundo
. Esta percepción se ha mantenido relativamente estable
en los últimos cinco años
.
Suecia está revisando actualmente el régimen de prescripción para todos los delitos, incluidos los delitos de corrupción. En Suecia se penaliza una amplia gama de delitos de corrupción
. La legislación laboral sueca sigue previendo sanciones disciplinarias en caso de incumplimiento del deber en forma de advertencias o reducciones salariales y prohíbe la participación de los trabajadores en actividades que puedan afectar negativamente a la confianza en su imparcialidad o perjudicar la reputación de la autoridad
.
En diciembre de 2020 Suecia adoptó un Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción para su Administración pública. El plan de acción se centra en la prevención de la corrupción en los organismos del Gobierno central, incluidas las oficinas del Gobierno
. No incluye a las empresas estatales. El objetivo del plan de acción es proporcionar a las agencias herramientas y mejores prácticas en materia de prevención de la corrupción, lo que incluye el uso sistemático del análisis de riesgos para reforzar la concienciación sobre el riesgo de corrupción y las prácticas de gestión de riesgos. El plan recibió críticas debido a la falta de claridad, ambición y una amplia consulta a las partes interesadas
. El plan no define prioridades u objetivos específicos que deban alcanzarse en una fecha determinada. La Agencia Sueca de Gestión Pública facilitará el trabajo preventivo en el marco del plan
, pero no tiene ninguna función de supervisión
. La Agencia Sueca de Gestión Pública publicará un informe intermedio con una evaluación de la situación de partida en 2021 y presentará un informe resumido de resultados al Ministerio de Hacienda a finales de 2023
.
La cooperación entre la policía y la fiscalía es eficaz en términos generales. Los recursos, el nivel de especialización de investigadores y fiscales y el acceso a la información pertinente son suficientes para que las autoridades lleven a cabo sus tareas de lucha contra la corrupción, según la policía y la fiscalía
. Suecia ha empezado a crear un sistema electrónico para mejorar el intercambio de información en la gestión de los asuntos penales
. Se espera que la cadena judicial esté totalmente interconectada digitalmente en 2022
. Los datos preliminares del Consejo Nacional para la Prevención de la Delincuencia indican una disminución de los asuntos de soborno notificados en comparación con 2019, aunque se ha notificado un aumento significativo en asuntos de delitos menores en el ejercicio de un cargo público
. En 2020, se iniciaron procesos penales relacionados con el soborno contra 38 personas y se obtuvieron 26 condenas, de las cuales cuatro incluían penas de prisión
.
El soborno de funcionarios públicos extranjeros se ha puesto de relieve como un ámbito de riesgo de corrupción. A pesar de ser un país que exporta a todo el mundo, con uno de los mayores números de empresas multinacionales por habitante, en Suecia el cumplimiento de la normativa contra el soborno de funcionarios públicos extranjeros se considera moderado
. La Ley sobre multas a empresas se revisó en 2019
. Aparte de los requisitos de la doble tipificación y de la responsabilidad de las empresas, el régimen de prescripción también supone un obstáculo para el enjuiciamiento efectivo en Suecia de los sobornos cometidos en el extranjero
, que puede ser especialmente difícil si las investigaciones de soborno cometido en el extranjero dependen de la obtención de pruebas en otro país y de la asistencia judicial mutua a través de la cooperación internacional. El Instituto Sueco de Lucha contra la Corrupción, sin ánimo de lucro, actualizó en 2020 su Código de Conducta Empresarial no vinculante, una iniciativa autorreguladora para luchar contra los sobornos y la corrupción. El Código se dirige al sector privado, incluida su relación con el sector público.
La actividad de los grupos de presión sigue sin estar regulada en Suecia. No existe ninguna obligación específica para los responsables políticos de divulgar de forma proactiva los contactos con los representantes de intereses en una «huella legislativa» para publicar información sobre quién intentó influir en las propuestas legislativas y con qué recursos. Los grupos de presión y representantes de intereses no están obligados a inscribirse en un registro de grupos de interés ni a revelar quiénes son sus clientes o información financiera relacionada con sus actividades de presión
. Sin embargo, en general, la divulgación de información al público, la transparencia y el acceso a la información siguen siendo la piedra angular del enfoque sueco de prevención de la corrupción.
Se adoptó una nueva ley sobre puertas giratorias para la Oficina Nacional de Auditoría. La normativa que regula la situación después de ocupar un cargo, aprobada en 2020, establece restricciones para los funcionarios de alto nivel de la autoridad de supervisión financiera, incluidos el Auditor General, el Auditor General adjunto y el Auditor General en funciones. De este modo, el ámbito de aplicación personal de los reglamentos aplicables a las puertas giratorias se amplió desde las principales funciones ejecutivas del Gobierno (ministros, miembros del gabinete y secretarios de Estado que pasan a ocupar un puesto en una empresa y cargos en organizaciones distintas del Gobierno o del sector público) hasta los altos ejecutivos del organismo sueco de supervisión financiera
. No obstante, en general, la normativa que regula la situación de una persona tras ocupar un cargo sigue siendo limitada en cuanto a su alcance y eficacia, y solo se ha denunciado un caso relativo a las normas aplicables sobre puertas giratorias aprobadas en 2018
.
Se modificaron las directrices sobre las declaraciones de patrimonio para añadir pruebas justificativas a la información declarada. Así pues, de acuerdo con las directrices, los ministros y determinados funcionarios públicos de las administraciones públicas, los municipios y las regiones deben informar sobre la tenencia de instrumentos financieros. Según las directrices, las declaraciones presentadas por los ministros y determinados funcionarios de las oficinas gubernamentales deben estar respaldadas por pruebas, como declaraciones oficiales de un banco o agente de bolsa
. Esta medida tiene por objeto facilitar la revisión de la exactitud de la información declarada. Las oficinas gubernamentales revisan las declaraciones, pero no verifican la exactitud de la información ni realizan seguimientos
.
Suecia ha revisado sus normas sobre la protección de los denunciantes y se está estudiando una ley independiente. La investigación gubernamental independiente presentó su informe final en junio de 2020, en el que proponía la adopción de una nueva ley
que sustituyera la actual Ley de 2016 sobre la protección especial de los trabajadores contra represalias por denuncia de irregularidades graves
. Las nuevas normas, que entrarán en vigor el 1 de diciembre de 2021, modificarían los requisitos actuales en materia de protección de los denunciantes y abarcarían tanto a las organizaciones del sector público y del privado como a las empresas. Se exigiría a todas las grandes empresas del sector privado que establecieran cauces internos seguros de denuncia para los denunciantes
.
La transparencia en la financiación de los partidos políticos está ampliamente garantizada. De conformidad con la Ley de transparencia en la financiación de los partidos políticos
, los partidos políticos nacionales, municipales y locales están obligados a comunicar sus fuentes de ingresos, pero no sus gastos, a la Agencia de Servicios Jurídicos, Financieros y Administrativos. La agencia publica los informes financieros a su debido tiempo cada mes de julio para el año anterior
. La no comunicación de los ingresos se sanciona con multas de hasta 9 800 EUR aproximadamente (100 000 SEK). El Parlamento ha adoptado un límite máximo para las donaciones anónimas a aproximadamente 230 EUR (2 325 SEK) por donante
. Las contribuciones de los particulares deben declararse, pero no se publican. Sin embargo, los ingresos de los partidos políticos en Suecia proceden en gran medida de la subvención estatal que reciben los partidos sobre la base de sus resultados en las dos elecciones anteriores.
En diciembre de 2020, el Gobierno publicó un informe sobre la delincuencia, incluida la relacionada con la corrupción, vinculado a la pandemia de COVID-19. El análisis pone de relieve ámbitos en los que existe riesgo de abuso o abuso real de las medidas y regímenes de apoyo a la COVID-19 adoptados por el Gobierno y el Parlamento
. El informe no aborda específicamente ningún riesgo de corrupción percibido. Pone de relieve los retos en la lucha contra los delitos relacionados con la corrupción, incluida la falta de investigación y enjuiciamiento del fraude en el sistema de protección social debido a la escasez de recursos y otras prioridades. Además, la Agencia Nacional de Contratación Pública publicó un documento de orientación sobre las normas de contratación pública aplicables durante la pandemia de COVID-19, que incluía cambios en las condiciones contractuales
. Asimismo, desde el 1 de enero de 2021, todas las contrataciones públicas deben registrarse y publicarse en bases de datos nacionales específicas, que comunican las entradas a una autoridad central para mejorar la recopilación de estadísticas sobre contratación pública en Suecia
. La nueva ley apoya el seguimiento y la detección de cárteles fraudulentos en la contratación pública, y otras irregularidades graves en tiempos de pandemia de COVID-19 y después
.
III.Libertad y pluralismo de los medios de comunicación
El marco jurídico sueco relativo al pluralismo de los medios de comunicación está establecido en la Constitución y el Derecho derivado. En particular, la Ley fundamental de libertad de expresión y la Ley de libertad de prensa garantizan la libertad de expresión. El regulador sueco de los medios de comunicación, el Consejo de Prensa y Radiodifusión (Myndigheten för press, radio och tv), funciona con arreglo a la Constitución y a la Ley de radio y televisión, recientemente modificada para transponer la Directiva de servicios de comunicación audiovisual (DSCA).
Suecia ha reforzado aún más las garantías reglamentarias para la independencia de la autoridad reguladora de los medios de comunicación y ha aumentado sus recursos. Las modificaciones de la Ley de radio y televisión para transponer la Directiva de servicios de comunicación audiovisual entraron en vigor el 1 de diciembre de 2020 e introdujeron algunas novedades para la Autoridad de Prensa y Radiodifusión. Incluyen disposiciones que especifican que un diputado, miembro del Gobierno o un funcionario público no puede ser nombrado miembro de la Comisión de Radiodifusión. Además, la reforma introduce disposiciones que refuerzan la independencia de la Comisión de Radiodifusión y dejan claro que los miembros de la Comisión de Radiodifusión son nombrados para un mandato de cuatro años, garantizando así la rotación del personal, y que el director del Autoridad de Prensa y Radiodifusión se nombra por un período fijo de seis años. La edición de 2021 del Media Pluralism Monitor (MPM 2021) confirma que el riesgo es muy bajo en lo que respecta a la independencia y la eficacia de la autoridad reguladora de los medios de comunicación de Suecia. El presupuesto de 2021 de la Autoridad de Prensa y Radiodifusión se incrementó en unos 341 000 EUR (3,5 millones SEK), lo que supone un aumento de aproximadamente un 8 %. La Autoridad estimó que dicho presupuesto era suficiente para cubrir las nuevas tareas derivadas de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual revisada.
El ordenamiento jurídico sueco no prevé normas específicas sobre la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación. El marco se basa en las normas generales de la llamada Ley de transparencia y de la Ley de competencia. El Media Pluralism Monitor 2021 considera que existe un riesgo medio para la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación debido a la falta de legislación específica. El sistema actual permite a las autoridades suecas recibir información sobre la propiedad de los medios de comunicación, pero el público no puede acceder fácilmente a dicha información. En el contexto de la transposición de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual, el Gobierno consideró que debían analizarse más detenidamente los requisitos específicos de transparencia de la propiedad de los medios de comunicación. El Gobierno está debatiendo una posible propuesta para abordar esta cuestión.
Los problemas de los periodistas relacionados con la pandemia de COVID-19 se consideran principalmente económicos y afectan en especial a periodistas independientes y a los medios de comunicación locales. El volumen de negocios en concepto de publicidad del sector de los medios de comunicación disminuyó un 5 % con respecto a 2019, la mayor caída desde la crisis financiera de 2008. El MPM 2021 informó de que los principales recortes se han realizado entre periodistas independientes y periodistas sin empleo permanente. El Gobierno ha proporcionado financiación al sector de los medios de comunicación para compensar una disminución de los ingresos publicitarios relacionados con la pandemia de COVID-19 y las siguientes restricciones. En la primera fase de la pandemia, de abril a junio de 2020, se asignaron 9,81 millones EUR (100 millones SEK) para apoyar la continuidad de la distribución de periódicos impresos. El Gobierno también ha dado a conocer a la prensa el pago anticipado de las subvenciones a la producción. En otoño de 2020 se asignaron otros 49 millones EUR (500 millones SEK) para sufragar los costes editoriales en el sector más amplio de los medios de comunicación.
Suecia dispone de un marco sólido para el acceso a la información. Los plazos para la obtención de información son breves, hay pocas denegaciones de información y las autoridades públicas cumplen en gran medida. Sin embargo, la legislación sobre el acceso a la información no prevé el acceso a la información en formato digital, y dicho acceso ha resultado a veces difícil en la práctica, según las partes interesadas. En el contexto de la pandemia de COVID-19, según informa el MPM 2021, hubo algunos ejemplos de gobiernos locales que desanimaban a los trabajadores sanitarios y asistenciales de las residencias para personas de edad avanzada que proporcionaban información a los periodistas.
La falta de empleo permanente, las amenazas y el acoso son un reto para los periodistas. En general, las condiciones en las que operan los periodistas suecos se consideran una de las mejores del mundo. Sin embargo, como indica el MPM 2021, la protección de los periodistas plantea algunas dificultades: un tercio de los periodistas carecen de empleo permanente, y los resultados de la encuesta reciente muestran que el 30 % de los periodistas suecos que respondieron han recibido amenazas en el último año. Las más comunes son las amenazas de violencia física. La asociación de periodistas y el Defensor del Pueblo para los medios de comunicación informan de que muchos periodistas, en particular periodistas de investigación, se enfrentan a amenazas y acoso, a veces mediante campañas organizadas y específicas. Como sugiere un estudio, el acoso suele dar lugar a la autocensura por parte de algunos periodistas o a evitar que se informe sobre determinados temas. Desde octubre de 2020, se han creado tres nuevas alertas en la Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas. Se referían al acoso y la intimidación de periodistas, como el caso de dos periodistas procesados por un documental de investigación, y ataques contra la seguridad física y la integridad de los periodistas. En todos los casos, las autoridades reaccionaron y las investigaciones están en curso. El Defensor del Pueblo para los medios de comunicación también informa de un aumento de las quejas de políticos y empresarios contra periodistas, y de una tendencia cada vez mayor a interponer acciones legales contra periodistas. Las amenazas y el odio de los ciudadanos contra los periodistas han aumentado durante la pandemia de COVID-19, especialmente en las redes sociales.
Suecia está tomando medidas para seguir mejorando su marco de protección y las actividades de los periodistas. Actualmente, un presidente de investigación, nombrado por el Gobierno en mayo de 2020, está revisando, entre otras cuestiones, la protección que ofrece el Derecho penal a determinadas funciones esenciales en la sociedad, como la de los periodistas. Se espera que, en el marco de este proceso, se valore si deben plantearse más garantías legislativas relativas a la libertad de expresión. El informe final está previsto para noviembre de 2022. La Policía Nacional también ha puesto en marcha algunas campañas de sensibilización destinadas a ayudar a los periodistas que sufren acoso, y el encargo de Gobierno a «Fojo Media Institute» para que ofrezca ayuda a los periodistas y editores sometidos a amenazas y odio, cuando los periodistas independientes y las empresas locales de medios de comunicación sean grupos destinatarios, se ha ampliado a 2021.
IV.Otras cuestiones institucionales relacionadas con el sistema de contrapoderes institucionales
Suecia tiene una democracia parlamentaria unicameral en la que un Consejo Legislativo garantiza el control de constitucionalidad ex ante, mientras que los tribunales pueden llevarlo a cabo ex post en casos concretos. El Comité de Asuntos Constitucionales del Parlamento prepara asuntos relacionados con las leyes fundamentales y otras cuestiones constitucionales de Suecia y supervisa la actuación del Gobierno. Tanto el Parlamento (Riksdag) como el Gobierno pueden presentar iniciativas legislativas, si bien en la práctica es este último quien lo hace en la gran mayoría de los casos. El Ministro de justicia, el Defensor del Pueblo del Parlamento y el Defensor del Pueblo en materia de Igualdad desempeñan un papel importante en el sistema de controles y equilibrios.
Para que el Gobierno pueda adoptar medidas más restrictivas en respuesta a la pandemia de COVID-19, se ha adoptado nueva legislación. La Constitución sueca no prevé un estado de emergencia para crisis en tiempos de paz y, por tanto, las medidas adoptadas en el contexto de la pandemia de COVID-19 han adoptado principalmente la forma de recomendaciones de la Agencia de Salud Pública. Aunque en abril de 2020 se aprobó una legislación temporal que permitía al Gobierno adoptar medidas por decreto, no se tomó ninguna medida en este marco y en junio de 2020 expiró. Para que el Gobierno pudiera adoptar reglamentos que introduzcan medidas más restrictivas, el 10 de enero de 2021 entraron en vigor nuevas disposiciones legislativas. En el caso de las medidas especialmente restrictivas, los reglamentos en cuestión deben presentarse al Parlamento en el plazo de una semana a partir de la adopción para su ratificación. Esta legislación expirará el 30 de septiembre de 2021. Aunque la propuesta fue objeto de una consulta y un examen de las partes interesadas por parte del Consejo de Legislación y del Comité de Asuntos Constitucionales, se ha criticado la brevedad de los plazos de este proceso. El Comité de Asuntos Constitucionales destacó, en particular, la falta de planificación anticipada. En el contexto de los debates más amplios sobre las limitaciones constitucionales en la capacidad del Gobierno para adoptar medidas restrictivas, el Primer Ministro ha anunciado la creación de una comisión de investigación para examinar la necesidad de revisar el capítulo quince de la Constitución con vistas a introducir disposiciones sobre el estado de emergencia para hacer frente a situaciones de crisis durante el período de paz, incluidas las crisis de salud pública.
Las medidas adoptadas por el Gobierno en el contexto de la pandemia de COVID-19 han sido objeto de un examen específico. El Comité de Asuntos Constitucionales está revisando la gestión de la pandemia de COVID-19 por parte del Gobierno desde una perspectiva constitucional más amplia, y espera presentar un informe al respecto el 3 de junio de 2021. En seis de los casos relacionados con la pandemia de COVID-19 examinados por la comisión, constató deficiencias en la gestión del Gobierno, reiterando también críticas relacionadas con el proceso preparatorio del nuevo marco legislativo para las medidas relacionadas con la COVID-19 (véase más arriba). Además, la comisión independiente designada en junio de 2020 para examinar la gestión de la pandemia de COVID-19 por parte del Gobierno presentó un primer informe provisional el 15 de diciembre de 2020, y presentará sus resultados finales a más tardar en febrero de 2022. Las medidas adoptadas en el contexto de la pandemia de COVID-19 también han sido revisadas por los Defensores del Pueblo del Parlamento sobre la base de las denuncias recibidas, mientras que, hasta la fecha, el Tribunal Supremo Administrativo informa de que no ha revisado ningún asunto de esta índole.
El Reglamento interno del Parlamento se ha adaptado al contexto de la pandemia de COVID-19 y ha tramitado legislación con celeridad. Para garantizar que el Parlamento siga funcionando durante la pandemia de COVID-19, se han aprobado una serie de normas de procedimiento, incluido un acuerdo en marzo de 2020 entre los partidos políticos, que permite la celebración de votaciones con un número reducido de diputados y una nueva legislación sobre la participación a distancia en las reuniones de las comisiones que entró en vigor en junio de 2020. Si bien no existe un procedimiento acelerado formal, a petición del Gobierno, la flexibilidad en el proceso legislativo permite una rápida adopción de leyes, por ejemplo, acortando el tiempo de deliberación en las comisiones y el tiempo concedido a los diputados al Parlamento para presentar enmiendas. Según el Comité de Asuntos Constitucionales, en 2020 el Gobierno solicitó que el Parlamento tramitara con celeridad unos 20 proyectos de ley. Aunque, en general, las partes interesadas acogen con satisfacción que el proceso de promulgación de legislación sea inclusivo, se han puesto de relieve unos plazos demasiado breves para la consulta sobre los distintos actos legislativos propuestos en el contexto de la pandemia de COVID-19. Esta cuestión también formará parte del examen por parte de la Comisión de Asuntos Constitucionales de cómo ha gestionado el Gobierno la pandemia de COVID-19. Además, se ha iniciado una investigación parlamentaria sobre el funcionamiento del Parlamento durante la pandemia de COVID-19, cuyos resultados se esperan para el otoño de 2021.
Se ha presentado al Parlamento una propuesta para la creación de una institución nacional de derechos humanos en consonancia con los Principios de París de las Naciones Unidas. Suecia ha recibido repetidas recomendaciones en el marco del Examen Periódico Universal de las Naciones Unidas, el más reciente en 2020, para crear una INDH de conformidad con los Principios de París. En la actualidad, el Defensor del Pueblo para la Igualdad funciona como institución nacional de derechos humanos (INDH), acreditada con el estatuto B. El 9 de junio de 2021, el Parlamento aprobó una propuesta del Gobierno para la creación de una INDH de conformidad con los Principios de París, que comenzará a funcionar en enero de 2022. La Institución tendrá un amplio mandato en materia de derechos humanos y será independiente a la hora de determinar sus tareas y la organización del mandato establecido en la legislación. La creación de la institución ha sido bien acogida por las partes interesadas. La institución estará dirigida por un consejo compuesto por siete miembros que designarán a un consejero como director de la Institución. Las partes interesadas, incluida la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (ENNHRI), han expresado cierta preocupación por el carácter no vinculante de las propuestas de las instituciones designadas para que los candidatos a miembros del consejo de administración sean nombrados por el Gobierno. El Gobierno considera que los criterios de cualificación establecidos en la ley ofrecen garantías suficientes. Además de este proceso, la investigación del Parlamento sobre el funcionamiento y el mandato de los Defensores del Pueblo del Parlamento está en curso y los resultados se presentarán en mayo de 2022.
Está en marcha la revisión de los requisitos para que las organizaciones de la sociedad civil cumplan los principios democráticos de acceso a financiación estatal. En la actualidad, los «requisitos democráticos» se establecen en una serie de reglamentos sobre subvenciones estatales para las organizaciones de la sociedad civil, que exigen que los beneficiarios de la financiación estatal cumplan condiciones sobre principios democráticos similares a las establecidas en el Instrumento de Gobierno. Sin embargo, estos criterios y su aplicación no siempre son transparentes ni coherentes. En 2018 se puso en marcha una investigación para revisar los requisitos democráticos existentes, los retos a los que se enfrentan la sociedad civil y las autoridades a la hora de aplicarlos, y se encomendó la tarea de proponer requisitos democráticos uniformes. Aunque el informe de investigación se presentó en 2019 y posteriormente se llevó a cabo una consulta a las partes interesadas, hasta ahora el Gobierno no ha presentado ningún proyecto legislativo. En noviembre de 2020, puso en marcha una investigación especial para examinar cuestiones prácticas relacionadas con el tratamiento de datos personales en este contexto y determinar la necesidad y las condiciones para crear una función de apoyo a las autoridades que conceden financiación estatal en la evaluación de las organizaciones que solicitan financiación. Los resultados de esta investigación se esperan para finales de diciembre de 2021. Aunque las organizaciones de la sociedad civil están de acuerdo en general con el objetivo de aclarar los «requisitos democráticos», también han destacado la necesidad de considerar detenidamente el impacto en el acceso de la sociedad civil a la financiación. Durante la pandemia de COVID-19, el Gobierno ha puesto fondos adicionales a disposición de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con personas socialmente vulnerables especialmente afectadas por la pandemia.
Anexo I: Lista de fuentes por orden alfabético*
* La lista de aportaciones recibidas en el marco de la consulta para el Informe sobre el Estado de Derecho en 2021 está disponible en
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https://www.altinget.se/artikel/gor-inte-partipolitik-av-manskliga-rattigheter
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Junta de la Asociación de Jueces sueca (2021). La independencia de los jueces debe fortalecerse con un Consejo Judicial (Domarnas oavhängighet bör stärkas med ett domarråd), (
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Gobierno de Suecia (2020). Aportación de Suecia al Informe sobre el Estado de Derecho de 2020.
Gobierno de Suecia (2020). Más coordinación para una mejor digitalización del sistema judicial (Starkare samordning för ökad digitalisering av rättsväsendet) (
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Gobierno de Suecia (2020). Apoyo a los esfuerzos sociales y humanitarios de la sociedad civil (Stöd till civila samhällets sociala och humanitära insatser) (
https://www.regeringen.se/pressmeddelanden/2020/12/stod-till-civila-samhallets-sociala-och-humanitara-insatser/
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Gobierno de Suecia (2020). El Gobierno está dando un nuevo paso hacia unas condiciones democráticas más estrictas para las subvenciones estatales a la sociedad civil (Regeringen tar nytt steg för skärpt demokrativillkor vid statsbidrag till civilsamhället) (
https://www.regeringen.se/pressmeddelanden/2020/11/regeringen-tar-nytt-steg-for-skarpt-demokrativillkor-vid-statsbidrag-till-civilsamhallet/
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Gobierno de Suecia (2021), Plan de Acción contra la Corrupción 2021-2023 (Ett utvecklat arbete mot korruption i den offentliga förvaltningen Handlingsplan mot korruption 2021–2023) (
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Gobierno de Suecia (2021). Proyecto del Gobierno 202/21:143 — Instituto de Derechos Humanos (Regeringens proposition 2020/21:143 Institutet för mänskliga rättigheter) (
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Gobierno de Suecia (2021). Instituto de Derechos Humanos (Institutet för mänskliga rättigheter) (
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Sección sueca de la Comisión Internacional de Juristas y Defensores de los Derechos Civiles (2021). Aportación de la sección sueca de la Comisión Internacional de Juristas y Defensores de los Derechos Civiles en relación con el Informe de 2021 sobre el Estado de Derecho.
Svenska Dagbladet (2021). M quiere sustituir la Administración Nacional de Tribunales de Suecia por un consejo de jueces (M vill ersatta domstolsverket med domarrad) (
https://www.svd.se/m-vill-ersatta-domstolsverket-med-domarrad
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Sveriges Radio (2021), Presión y rabia contra los periodistas científicos por sus informaciones sobre el coronavirus. (Hat mot vetenskapsjournalister har ökat under pandemin) (
Hat mot vetenskapsjournalister har ökat under pandemin - P4 Uppland |
Sveriges Radio
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Transparency International (2020), Exporting Corruption (
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Oficina Regional de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para Europa (2021). Aportación de la OACDH al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021.
Anexo II: Visita a Suecia
Los servicios de la Comisión celebraron reuniones virtuales en marzo de 2021 con:
·el Instituto de lucha contra la corrupción
·el Organismo de Gestión Pública
·los Defensores de los derechos civiles
·la Comisión de investigación sobre la independencia de los tribunales
·el Consejo Legislativo
·la Autoridad de Delitos Económicos
·el Ministerio de Cultura
·el Ministerio de Hacienda
·el Ministerio de Justicia
·el Ministerio de Trabajo
·Administración Nacional de Tribunales
·el Defensor del Pueblo del Parlamento
·el Ministerio de la Presidencia
·la Autoridad de Prensa y Radiodifusión
·el Defensor del Pueblo ante la Prensa
·el Ministerio Fiscal
·la Secretaría del Comité de Asuntos Constitucionales
·el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo
·el Tribunal Supremo
·la Asociación sueca de Jueces
·el Colegio de Abogados sueco
·la Asociación de Periodistas de Suecia
·Transparencia International Suecia
* Además, la Comisión mantuvo reuniones horizontales con las siguientes organizaciones:
·Amnistía Internacional
·Centro de Derechos Reproductivos
·CIVICUS
·Unión por las Libertades Civiles en Europa
·Sociedad Civil Europa
·Conferencia de Iglesias Europeas
·EuroCommerce
·European Center for Not-for-Profit Law
·Centro Europeo para la Libertad de Prensa y de los Medios de Comunicación
·Foro Cívico Europeo
·Federación Europea de Periodistas
·European Partnership for Democracy
·Foro Europeo de la Juventud
·Front Line Defenders
·Human Rights House Foundation
·Human Rights Watch
·ILGA-Europe
·Comisión Internacional de Juristas
·Federación Internacional por los Derechos Humanos
·Red Europea de la Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF EN)
·Instituto Internacional de la Prensa
·Netherlands Helsinki Committee
·Open Society European Policy Institute
·Philanthropy Advocacy
·Protection International
·Reporteros Sin Fronteras
·Transparencia Internacional UE