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Política común de seguridad y defensa (PCSD)

La politica comun de seguridad y defensa (PCSD) forma parte integrante de la politica exterior y de seguridad comun (PESC) de la Unión Europea (UE). Incluye la definición progresiva de una política de defensa común de la UE y tiene por objeto que la UE incremente su capacidad militar y despliegue misiones fuera de la UE para el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas. La PCSD respetará las obligaciones de determinados Estados miembros que consideran que su defensa común se realiza dentro de la OTAN. Esta política está cubierta por los artículos 42‑46 del Tratado de la Unión Europea.

El Consejo de la Unión Europea adopta las decisiones relativas a la PCSD por unanimidad. Sin embargo, existen algunas excepciones como, por ejemplo, cuando el Consejo adopta decisiones para la aplicación de una decisión de la UE o en el caso de algunas decisiones relacionadas con la Agencia Europea de Defensa (AED) y la cooperación estructurada permanente, donde las decisiones se toman mediante votación por mayoría cualificada.

El alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad es el responsable de proponer y aplicar las decisiones sobre PCSD.

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