EUR-Lex Access to European Union law
This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32014R0975
Commission Implementing Regulation (EU) No 975/2014 of 11 September 2014 amending Annex I to Council Regulation (EEC) No 2658/87 on the tariff and statistical nomenclature and on the Common Customs Tariff
Reglamento de Ejecución (UE) n °975/2014 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2014 , por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n ° 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
Reglamento de Ejecución (UE) n °975/2014 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2014 , por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n ° 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
DO L 274 de 16.9.2014, p. 11–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
16.9.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 274/11 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 975/2014 DE LA COMISIÓN
de 11 de septiembre de 2014
por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 1, letra a),
Considerando lo siguiente:
(1) |
Mediante el Reglamento (CEE) no 2658/87 se estableció una nomenclatura de las mercancías, en lo sucesivo denominada «la nomenclatura combinada» o «NC», que figura en el anexo I de dicho Reglamento. |
(2) |
En aras de la seguridad jurídica, es necesario aclarar que, cuando se emplea en los textos de la nota complementaria 1 del capítulo 8 y las notas adicionales 2 y 6 del capítulo 20 la expresión «el valor numérico indicado por el refractómetro», esto corresponde a la cifra obtenida utilizando el método refractométrico para la determinación del residuo seco soluble en los productos transformados a base de frutas y hortalizas a efectos de su clasificación en la nomenclatura combinada dispuesta en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 974/2014 (2). |
(3) |
Procede, por lo tanto, incluir en el texto de estas notas complementarias una referencia al método refractométrico para facilitar la referencia al clasificar los productos de las partidas y subpartidas afectadas por esas notas complementarias. |
(4) |
Al efecto de garantizar una interpretación uniforme de la nomenclatura combinada en la Unión por lo que se refiere a la medición del contenido de azúcar de diferentes productos utilizando el método refractométrico, la nota complementaria 1 del capítulo 8 y las notas adicionales 2 y 6 del capítulo 20 deben modificarse. |
(5) |
Procede modificar el Reglamento (CEE) no 2658/87 en consecuencia. |
(6) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Código Aduanero. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
La segunda parte de la nomenclatura combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 queda modificada como sigue:
1) |
En el capítulo 8, la nota complementaria 1 se sustituye por el texto siguiente:
. |
2) |
En el capítulo 20, la nota complementaria 2 se sustituye por el texto siguiente:
. |
3) |
En el capítulo 20, la nota complementaria 6 se sustituye por el texto siguiente:
. |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 11 de septiembre de 2014.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Algirdas ŠEMETA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 256 de 7.9.1987, p. 1.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) no 974/2014 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2014, por el que se establece el método refractométrico para la determinación del residuo seco soluble en los productos transformados a base de frutas y hortalizas (véase la página 6 del presente Diario Oficial).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) no 974/2014 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2014, por el que se establece el método refractométrico para la determinación del residuo seco soluble en los productos transformados a base de frutas y hortalizas (DO L 274 de 16.9.2014, p. 6).»