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Document 52014AE4694

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — La investigación y la innovación como fuentes de crecimiento renovado» [COM(2014) 339 final — SWD(2014) 181 final]

DO C 230 de 14.7.2015, p. 59–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.7.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 230/59


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — La investigación y la innovación como fuentes de crecimiento renovado»

[COM(2014) 339 final — SWD(2014) 181 final]

(2015/C 230/09)

Ponente:

Gerd WOLF

El 10 de junio de 2014, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — La investigación y la innovación como fuentes de crecimiento renovado

COM(2014) 339 final — SWD(2014) 181 final.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su Dictamen el 19 de noviembre de 2014.

En su 503o Pleno de los días 10 y 11 de diciembre de 2014 (sesión del 11 de diciembre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

1.   Resumen y recomendaciones

1.1.

El Comité apoya decididamente el objetivo de la Comisión, así como las medidas previstas al respecto. Sin embargo, su aplicación es competencia y responsabilidad de los Estados miembros principalmente.

1.2.

En vista del insuficiente efecto multiplicador que la Comisión ejerce en la correspondiente política de los Estados miembros, el Comité hace un llamamiento a la buena voluntad, la actitud constructiva y la capacidad de decisión de todos los agentes participantes para dar prioridad a esta tarea difícil y urgente y llevarla a buen término con persistencia y sin mecanismos burocráticos adicionales.

1.3.

El Comité considera prioritarias las siguientes tareas:

reforzar y potenciar las capacidades de investigación y desarrollo y los centros de innovación de excelencia; para ello, es necesario orientarse hacia los mejores ejemplos de éxito; adaptar a este objetivo la formación universitaria, así como el equipamiento y la participación de las universidades,

fomentar de forma adecuada y sostenible la investigación de base como semilla de las futuras innovaciones,

encauzar las actitudes sociales de tal modo que fomenten, acepten y recompensen la innovación, y detectar, sopesar y, en su caso, mitigar o incluso eliminar las barreras administrativas, económicas y sociales,

fomentar y proteger suficientemente a las pymes, las empresas de nueva creación y las empresas de la economía social como pilares fundamentales de toda auténtica política en materia de innovación,

completar el espacio europeo de investigación e innovación,

crear un mercado de trabajo europeo atractivo y estable para los investigadores y eliminar de manera efectiva las desventajas sociales específicas.

1.4.

En los capítulos siguientes el Comité ofrece una explicación detallada.

2.   Contenido de la Comunicación de la Comisión (de forma muy sucinta)

2.1.

La Comunicación intenta aumentar significativamente el potencial de investigación e innovación (I+I), que es el motor necesario para recuperar el crecimiento. Esto se conseguirá mediante una mayor calidad de las inversiones necesarias para alcanzar la consolidación presupuestaria que deben llevarse a cabo en el marco de las estrategias de los Estados miembros destinadas a favorecer el crecimiento.

2.2.

La Comisión propone lo siguiente:

i)

en línea con el concepto de consolidación fiscal favorable al crecimiento, los Estados miembros deben dar prioridad a los gastos que favorezcan el crecimiento, en particular en I+I,

ii)

estas inversiones deben ir de la mano con las reformas para aumentar la calidad, la eficacia y el impacto del gasto público y de la inversión empresarial en I+I,

iii)

al hacerlo, los Estados miembros deben centrarse en tres ejes principales de reforma, relativos a

la calidad del desarrollo de la estrategia y del proceso de formulación de las políticas,

la calidad de los programas y mecanismos de financiación,

y la calidad de las instituciones que realizan I+I.

2.3.

Para ello, la Comisión apoyará a los Estados miembros y se basará en la experiencia adquirida en la iniciativa emblemática (1)«Unión por la innovación» y en el Espacio Europeo de Investigación.

2.4.

Además, es crucial reforzar el ecosistema de la innovación en su sentido más amplio y, para ello, crear las condiciones marco adecuadas para las empresas europeas.

2.5.

Aunque desde la puesta en marcha de la «Unión por la innovación» se han conseguido importantes progresos, son necesarios esfuerzos adicionales a fin de

profundizar en el mercado único,

facilitar y diversificar el acceso a la financiación,

reforzar la capacidad de innovación del sector público,

crear puestos de trabajo resistentes a la crisis en ámbitos que exigen un alto nivel de conocimientos,

desarrollar una base de capital humano con competencias innovadoras,

promover la investigación en las fronteras del conocimiento,

reforzar la dimensión exterior de la política de I+I de la UE, y

afianzar más firmemente la ciencia y la innovación en la sociedad.

2.6.

La Comisión invita al Consejo a abordar esta cuestión de conformidad con su Comunicación y sus propuestas.

3.   Observaciones generales del Comité

3.1.

Ligadas al proceso histórico de la Ilustración (2), la investigación y la innovación han proporcionado a la humanidad, en un breve período de tiempo, el mayor crecimiento en materia de conocimientos, salud, habilidades técnicas y prosperidad que se haya alcanzado nunca; son el motor para el crecimiento económico y el progreso social.

3.2.

También los países de fuera de Europa lo han reconocido. Por ello se agudiza cada vez más la carrera mundial por el conocimiento y la innovación. Entretanto, en particular en Asia se crean importantes centros de ciencia y tecnología y se sigue reforzando la capacidad de investigación e innovación con gran dinamismo.

3.3.

El Comité apoya decididamente el objetivo que la Comisión expone en su Comunicación y las medidas propuestas para alcanzarlo, que se ajustan a sus recomendaciones repetidas en numerosas ocasiones (3).

3.4.

Por consiguiente, es aún más urgente aclarar la cuestión sobre la aplicación de las medidas propuestas y los recursos disponibles para ello. Como ha señalado la Comisión, los problemas y las tareas que deben resolverse son principalmente competencia de los Estados miembros.

3.5.

La Comisión dispone especialmente de los fondos del programa Horizonte 2020 para influir específicamente en las políticas de investigación e innovación de los Estados miembros desde el punto de vista económico. Como el Comité ha señalado en repetidas ocasiones, estos fondos solo pueden ejercer un débil efecto multiplicador.

3.6.

Por lo tanto, el Comité hace un llamamiento a la buena voluntad, la actitud constructiva y la capacidad de decisión de todos los agentes participantes para dar prioridad a esta urgente tarea y llevarla a buen término de forma gradual, con persistencia y sin mecanismos burocráticos adicionales.

3.7.

Para ello es necesario seguir impulsando el progreso de todos los Estados miembros. En particular, se trata de crear en los Estados miembros, en especial en las regiones menos avanzadas en este ámbito, centros de innovación modernos y consagrados a la excelencia y afianzar las capacidades en materia de investigación y desarrollo, así como adaptar a este objetivo la formación universitaria y su equipamiento. Europa necesita universidades de talla mundial. Por ello deben fomentarse las universidades y los centros de investigación como fuente de ideas y personas innovadoras.

3.8.

Esto requiere, en primer lugar, llevar a cabo reformas estructurales adecuadas (incluida una evaluación internacional de la calidad) en esas instituciones y asignar fondos procedentes de los Fondos Estructurales de la UE y del Fondo de Cohesión específicamente a esta tarea; la Comisión debe promover esta tarea y realizar el seguimiento. De esta manera es posible crear sinergias y reducir la fractura europea en materia de innovación.

3.9.

Si aún no existe un sistema moderno de ciencia e investigación que goce de éxito, es necesario crearlo mediante el intercambio de experiencias y el aprendizaje de buenas prácticas. De ello deben encargarse organizaciones caracterizadas por la excelencia y la experiencia, a las que se conceda autonomía propia y libertad de acción y para las que se proporcione financiación adecuada y fiable. Aquí puede desempeñar un papel positivo el planteamiento asociativo llamado «hermanamiento de excelencia», en cuyo marco las agrupaciones de excelencia ya existentes asumen un papel de socios.

3.9.1.

Sin embargo, el Comité advierte contra una excesiva unificación y la consiguiente pérdida de la competitividad sistémica, que forma el caldo de cultivo necesario para las innovaciones futuras. En consecuencia, advierte también contra una excesiva formalización de los criterios de evaluación. Por el contrario, la «revisión internacional por pares» es la mejor medida disponible y es imprescindible para evaluar y garantizar en toda Europa la calidad requerida de I+D, a pesar de sus posibles puntos débiles a la hora de evaluar ideas revolucionarias.

3.10.

Sin embargo, el período que transcurre desde las inversiones en I+I hasta el éxito del impacto causado por las innovaciones es, en ocasiones, sumamente largo y, por ello, el nexo causal es especialmente difícil de prever y evaluar.

3.11.

A pesar de ello, desde hace mucho tiempo se ha puesto de relieve que el rendimiento económico y la prosperidad de un Estado (en la medida en que no se basan principalmente en la disponibilidad de materias primas) se corresponden en particular con sus inversiones en I+I y su consiguiente capacidad de innovación.

3.12.

En este contexto, Europa necesita un espacio común de investigación que sea eficiente, abierto y atractivo para los mejores talentos de todo el mundo y que oriente su política de inmigración hacia ese objetivo, un espacio en el que los sistemas científicos nacionales que lo sustentan cooperen de manera más eficaz a escala europea y aumenten su interconexión con las instituciones internacionales más prestigiosas.

3.13.

Del mismo modo, Europa necesita realizar esfuerzos políticos y encauzar las actitudes sociales hacia el fomento, aceptación y recompensa de la innovación, así como crear los requisitos necesarios para fomentar un espíritu empresarial comprometido. Esto exige, entre otras cosas, detectar, sopesar y, en su caso, mitigar o eliminar las barreras administrativas, económicas y sociales, es decir, mejorar y consolidar el ecosistema de la innovación.

3.14.

Lo anterior requiere una política de investigación e innovación por parte de los Estados miembros de la UE que vincule las actividades nacionales con las iniciativas europeas e internacionales y conduzca a una interacción entre política, ciencia, economía y sociedad a escala europea, pero que también esté conectada con las iniciativas locales o regionales.

3.15.

Y esto es así porque, además de las acciones de I+I financiadas con fondos públicos, son en particular las empresas que invierten considerablemente en investigación y desarrollo las que tienen éxito en el mercado con nuevos productos, servicios y procesos. Estas empresas, incluidas las de la economía social, desempeñan un papel fundamental a la hora de garantizar la posición de Europa en los mercados mundiales mediante la innovación y de crear o mantener puestos de trabajo en Europa.

3.16.

Lamentablemente, esto no es así en todas las grandes empresas. La causa de ello puede ser una aversión sistémica por parte de las directivas de las empresas frente a los riesgos de mercado relacionados con las llamadas «tecnologías revolucionarias» (disruptive technologies) (4). El avión no fue inventado ni por la industria ferroviaria ni por la de transporte marítimo, y las innovaciones de Microsoft y Apple no las llevaron a cabo las empresas de electricidad y electrónica que anteriormente dominaban el mercado.

3.17.

Por eso las nuevas ideas provienen con frecuencia de personas emprendedoras y equipos interdisciplinarios o incluso de personas ajenas al ámbito, o son ellos los que comercializan esas ideas. Por ello las pymees, las empresas de nueva creación y las empresas de la economía social asumen un papel especialmente importante. Por consiguiente, fomentar y proteger adecuadamente este tipo de estas empresas debe constituir uno de los principales pilares de toda política eficaz de innovación.

3.18.

Como ya se ha explicado detalladamente en el Dictamen sobre la «Unión por la innovación» (5), también existe un gran potencial de innovación en el espectro global de las formas de interacciones y organizaciones humanas, incluidas las empresas de la economía social. Estas abarcan todo el ámbito de actividad científica, económica y social, según se menciona en los restantes capítulos. Pero las innovaciones no son necesariamente el producto de la investigación y del desarrollo sistemáticos, sino que pueden provenir del trabajo de campo y de las experiencias que ahí se acumulen. Esto hace referencia, en particular, a:

los lugares de trabajo innovadores,

la cooperación entre los interlocutores sociales y los representantes de la sociedad civil,

las innovaciones sociales que satisfacen aquellas necesidades sociales no suficientemente atendidas por el mercado ni por el sector público,

el papel de los trabajadores como fuente de conocimiento e ideas.

El Comité apoya nuevamente (6) el objetivo de la Comisión de fomentar ampliamente tales innovaciones.

4.   Observaciones particulares del Comité

4.1.

El Comité reitera que entre la investigación y la innovación existen fuertes vínculos recíprocos pero que esos ámbitos tienen diferentes características y se desarrollan en distintas condiciones de trabajo (7). Es necesario reconocer la particularidad de estas diferentes condiciones de trabajo pero también vincularlas de la mejor manera posible.

4.2.

En lo que se refiere al uso de los fondos públicos —es decir, los ingresos que proceden de los impuestos de ciudadanos y empresas y que están sometidos a procesos democráticos—, el Comité ha aclarado recientemente (8) que cualquier ayuda de la Comisión (procedente, por tanto, de fondos públicos) debería centrarse en las tareas que tengan menos opciones de recibir financiación privada. Las razones podrían ser las siguientes:

desarrollar esas tareas supone un riesgo elevado, pero si se logra el éxito, se obtendrán grandes beneficios,

los costes son demasiado elevados y solo pueden cubrirse sumando un conjunto de fuentes públicas de financiación,

el plazo previsible para obtener beneficios es demasiado largo,

se trata de tecnologías transversales o tecnologías clave (por ejemplo, nuevos materiales),

el resultado no es fácilmente comercializable, pero existe en general una necesidad social o medioambiental.

4.3.

Por lo que respecta a la promoción de la investigación y el desarrollo, el Comité resume su postura de la manera siguiente. Tal promoción debería:

fomentar de forma adecuada la investigación de base, tanto para promover un conocimiento mayor y más profundo de la naturaleza como para crear un vivero de nuevas ideas e innovaciones básicas. Ello no puede limitarse en ningún caso a la parte del programa Horizonte 2020 gestionada por el CEI, sino que es necesario conceder el peso suficiente también a las demás partes del programa,

respetar y proteger la libertad científica y de investigación,

aplicar, como hasta ahora, la excelencia como criterio prioritario a la hora de adjudicar contratos de investigación,

impulsar la cooperación transnacional y aglutinar capacidades,

crear un mercado de trabajo europeo abierto y atractivo para los investigadores, y eliminar o compensar de manera efectiva las desventajas sociales causadas por un número demasiado elevado de contratos temporales y por la movilidad transnacional,

establecer las condiciones marco y las normas administrativas según las necesidades de una base científica sólida,

velar por la circulación, el acceso y la transferencia óptimos de los conocimientos científicos (9),

afianzar la dimensión internacional del Espacio Europeo de Investigación.

4.3.1.

El Comité reitera sus demandas (10) de eliminar de manera efectiva los riesgos y desventajas sociales causados por la movilidad transnacional, necesaria y positiva, y por la falta de puestos de trabajo estables. Por ello acoge favorablemente la reciente iniciativa (Resaver) de la Comisión (11) destinada a facilitar la movilidad de los investigadores en Europa mediante un nuevo régimen de pensiones paneuropeo. Esta iniciativa permitirá a los investigadores desplazarse de un Estado miembro a otro sin tener que preocuparse de sus derechos de pensión. El Comité considera que se trata de un paso en la buena dirección pero no tiene la capacidad de evaluar el enfoque elegido.

4.3.2.

En el presente Dictamen el Comité no aborda los temas de investigación específicos, ya que estos se trataron en detalle en su Dictamen sobre el programa Horizonte 2020. El Comité reitera que a este respecto se precisa un efecto multiplicador suficiente en los objetivos del programa de los Estados miembros.

4.4.

Por lo que respecta a la promoción de la innovación, el Comité resume su postura de la manera siguiente. En general, las innovaciones se generan:

para responder a necesidades y retos de la sociedad o para subsanar las deficiencias, ya sean de naturaleza técnica o social,

a lo largo de la cadena de desarrollo o mejora del producto, con el objetivo de aumentar la calidad o las ventas,

a partir de nuevos conocimientos adquiridos mediante la investigación de base, con el fin de abordar mejor los problemas ya conocidos,

como resultado de nuevas ideas que permiten crear oportunidades totalmente nuevas, como en materia de transporte (avión), navegación (GPS) o comunicación y simplificación del trabajo (internet),

para satisfacer necesidades que no se conocían con anterioridad,

como instrumento para la investigación o como subproducto de ella. Podría tratarse incluso, por ejemplo, de nuevas tecnologías clave. Un ejemplo destacado de ello es la «telaraña mundial» (world-wide-web) desarrollada por el CERN (12), uno de los faros de la investigación europea y sus iniciativas, para ofrecer a las universidades y organismos de investigación cooperantes acceso a los datos del centro en Ginebra y vincular a esas instituciones con el programa de investigación. Lamentablemente, Europa no reconoció ni utilizó su enorme potencial económico y social con la suficiente rapidez y hasta hoy no es posible valorar el abanico completo de sus posibilidades.

4.5.

A menudo estas ideas pueden convertirse en innovaciones y productos innovadores solo mediante la creación de nuevas empresas. Por ello una de las principales medidas políticas para fomentar la innovación es crear tales empresas jóvenes y facilitar y apoyar su pervivencia durante los primeros años críticos, por ejemplo, entre cinco y diez años.

4.6.

Si bien las innovaciones de la comunidad humana en su conjunto hasta ahora han sido provechosas y, por tanto, han contribuido de forma decisiva a la prosperidad y la competitividad, en ocasiones se enfrentan a graves obstáculos sociales y económicos. Ello se debe a que a menudo lo novedoso se percibe como una amenaza en la economía, el comercio, la sociedad y la política.

4.7.

En efecto, las innovaciones pueden conducir a transformaciones económicas e incluso sociales, que en un primer momento conllevan la exclusión de sectores específicos o empresas concretas, destruyen puestos de trabajo o debilitan a las clases sociales en el poder, y solo a largo plazo muestran plenamente su fructífero potencial y su utilidad para el conjunto de la sociedad. Ejemplos de ello son el telar mecánico, la introducción del diálogo social, la ingeniería genética, Google, Amazon o la introducción de técnicas para el uso de energías renovables. Por otra parte, la capacidad de adaptación de la sociedad y de la economía (ciclos de amortización) puede verse desbordada por los cambios excesivamente rápidos que conllevan la innovaciones.

4.8.

Las preocupaciones que ello provoca en algunos grupos sociales han llevado a la Comisión a introducir la noción de Responsible Research and Innovation  (13) (investigación e innovación responsables) (14). A pesar de las grandes ventajas de la investigación y la innovación como fuerzas impulsoras y base de los conocimientos y nivel de vida de la actualidad, así como pilares fundamentales del proceso histórico de la Ilustración, del que surgieron los principales conceptos e ideas de los derechos humanos y de la separación de poderes en el Estado, el Comité considera que este concepto es engañoso y parcial. Por este motivo, recomienda replantear su impacto en el valor social de la investigación y la innovación.

4.8.1.

Por supuesto, la investigación y la innovación deben atenerse a las leyes imperantes y a los principios éticos.

4.8.2.

Lo dicho anteriormente es válido también para el resto de las actividades de la esfera social, ya sea en el ámbito de la medicina, la industria, el periodismo, la legislación, la política o la jurisprudencia. Por consiguiente, el Comité no considera adecuado integrar el concepto de acción responsable única y explícitamente en el ámbito de I+I.

4.9.

Además de estos obstáculos básicos y de la cuestión crítica de la financiación, los fundadores de empresas innovadoras encuentran el mayor número de dificultades en el obligado cumplimiento de todas las normas (las cuales, por otro lado, están fragmentadas en Europa) que actualmente se impone a las empresas.

4.9.1.

Por lo tanto, el Comité reitera su recomendación (15) de conceder a las empresas de nueva creación, siempre que estén por debajo de un tamaño crítico y dentro de un plazo razonable, un período de «carencia» y de libertad de acción. Esto podría conseguirse mediante una cláusula de excepción en virtud de la cual se las eximiera durante ese período de las habituales obligaciones y disposiciones administrativas de todo tipo para que pudieran demostrar sus posibilidades de éxito desde el punto de vista tanto técnico como económico.

4.10.

Como destaca en dictámenes anteriores, a los que se remite también explícitamente en relación con otras recomendaciones detalladas —por ejemplo, en materia de innovación social—, el Comité apoya expresamente el objetivo de la Comisión de «reforzar el ecosistema general de la innovación y crear las condiciones marco adecuadas para estimular a innovar». En particular, esto significa que es necesario detectar y eliminar las barreras a la innovación.

4.10.1.

Por ejemplo, puede resultar que las normas y restricciones técnicas excesivamente detalladas se conviertan en una camisa de fuerza y un obstáculo a la innovación. Esto debería tenerse en cuenta, entre otros casos, en relación con las disposiciones excesivamente detalladas de la iniciativa de la Comisión en el ámbito de la eficiencia energética.

4.10.2.

Los esfuerzos realizados en esta dirección deben centrarse en el objetivo de garantizar, de modo óptimo y sostenible, el bienestar, la salud y la seguridad de los ciudadanos y los consumidores también en el futuro.

4.10.3.

Sobre la base de ejemplos históricos debería examinarse también si una interpretación demasiado rígida del principio de cautela, por ejemplo en el ámbito de la protección de los consumidores o a la hora de desarrollar nuevos procedimientos médicos, puede afectar a la audacia que se necesita para encontrar soluciones nuevas y eficaces.

4.11.

El Comité cree que, para ello, y a pesar de los incuestionables éxitos europeos en materia de investigación y desarrollo y en numerosas ramas de la economía, se requiere no solo la realización del mercado único y del Espacio Europeo de Investigación sino también un análisis de las razones subyacentes de la causa por la que en Europa, en comparación, por ejemplo, con Estados Unidos o algunos países asiáticos, predomina una actitud menos favorable a la innovación. ¿Por qué Google, Microsoft, Facebook o Monsanto no son empresas europeas? ¿O por qué no se ha creado un Google o un Monsanto incluso «mejor», uno que responda más adecuadamente a las preocupaciones de los ciudadanos y que se desarrolle en el ámbito de influencia de la política europea?

4.12.

Es decir, hay que fomentar un espíritu social que no considere las innovaciones principalmente como un riesgo o incluso una amenaza sino como una oportunidad de seguir avanzando, crear más empleo, impulsar la economía y la competitividad europeas y dar forma al modelo social europeo. Necesitamos un equilibrio nuevo y mejor entre la prudencia y el atrevimiento, entre los pequeños riesgos y los grandes peligros, entre la reglamentación y la libertad de acción.

Bruselas, 11 de diciembre de 2014.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Henri MALOSSE


(1)  COM(2010) 546 final.

(2)  Science as Public Culture — Jan Golinski — Cambridge University Press.

(3)  Por ejemplo, DO C 132 de 3.5.2011, p. 39, DO C 181 de 21.6.2012, p. 111, DO C 44 de 15.2.2013, p. 88, DO C 76 de 14.3.2013, p. 31, DO C 76 de 14.3.2013, p. 43, DO C 341 de 21.11.2013, p. 35, DO C 67 de 6.3.2014, p. 132.

(4)  Véase, por ejemplo, Clayton M. Christensen: The Innovator's Dilemma, Harper Business.

(5)  DO C 132 de 3.5.2011, p. 39.

(6)  Véase la nota 3 a pie de página.

(7)  DO C 218 de 11.9.2009, p. 8.

(8)  DO C 67 de 6.3.2014, p. 132.

(9)  Véase DO C 218 de 11.9.2009, p. 8.

(10)  Véanse DO C 110 de 30.4.2004, p. 3 y DO C 76 de 14.3.2013, p. 31.

(11)  Comunicado de prensa de la Comisión de 1 octubre de 2014.

(12)  http://home.web.cern.ch/topics/birth-web

(13)  COM: Towards Responsible Research and Innovation in the Information and Communication Technologies and Security Technologies Fields, ISBN 978-92-79-20404-3.

(14)  Por ejemplo, www.consider-project.eu

(15)  DO C 132 de 3.5.2011, p. 39.


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