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Document C2014/366A/01
Notice of open competitions — EPSO/AD/288/14 — finnish-language (FI) lawyer-linguists (AD7) — EPSO/AD/289/14 — french-language (FR) lawyer-linguists (AD7) — EPSO/AD/290/14 — portuguese-language (PT) lawyer-linguists (AD7) — EPSO/AD/291/14 — romanian-language (RO) lawyer-linguists (AD7) — EPSO/AD/292/14 — slovak-language (SK) lawyer-linguists (AD7)
Anuncio de concursos-oposiciones — EPSO/AD/288/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua finesa (FI) — EPSO/AD/289/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua francesa (FR) — EPSO/AD/290/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua portuguesa (PT) — EPSO/AD/291/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua rumana (RU) — EPSO/AD/292/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua eslovaca (SK)
Anuncio de concursos-oposiciones — EPSO/AD/288/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua finesa (FI) — EPSO/AD/289/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua francesa (FR) — EPSO/AD/290/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua portuguesa (PT) — EPSO/AD/291/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua rumana (RU) — EPSO/AD/292/14 — Juristas lingüistas (AD 7) de lengua eslovaca (SK)
DO C 366A de 16.10.2014, p. 1–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
16.10.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 366/1 |
ANUNCIO DE CONCURSOS-OPOSICIONES
EPSO/AD/288/14 — JURISTAS LINGÜISTAS (AD 7) DE LENGUA FINESA (FI)
EPSO/AD/289/14 — JURISTAS LINGÜISTAS (AD 7) DE LENGUA FRANCESA (FR)
EPSO/AD/290/14 — JURISTAS LINGÜISTAS (AD 7) DE LENGUA PORTUGUESA (PT)
EPSO/AD/291/14 — JURISTAS LINGÜISTAS (AD 7) DE LENGUA RUMANA (RU)
EPSO/AD/292/14 — JURISTAS LINGÜISTAS (AD 7) DE LENGUA ESLOVACA (SK)
2014/C 366 A/01
La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza varios concursos-oposiciones generales con vistas a la constitución de listas de reserva destinadas a cubrir puestos vacantes de funcionarios juristas lingüistas de nivel de «Administradores» (1) en el Parlamento Europeo y el Consejo.
Antes de presentar su candidatura, lea atentamente las Normas generales aplicables a las oposiciones generales publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 60 A de 1 de marzo de 2014 y en la página web de la EPSO.
Dichas Normas, que forman parte integrante de la convocatoria de oposiciones, le ayudarán a comprender las disposiciones relativas a los procedimientos y las modalidades de inscripción.
ÍNDICE
I. |
MARCO GENERAL |
II. |
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES |
III. |
CONDICIONES DE ADMISIÓN |
IV. |
TEST Y PRUEBA DE TRADUCCIÓN POR ORDENADOR |
V. |
CENTRO DE EVALUACIÓN |
VI. |
COMPROBACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS CANDIDATOS |
VII. |
LISTAS DE RESERVA |
I. MARCO GENERAL
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FI = 12 FR = 12 PT = 12 RO = 12 SK = 12 |
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La presente convocatoria se refiere a varias oposiciones. Solo podrá inscribirse en una de ellas. Esta elección deberá hacerse en el momento de la inscripción electrónica y no se podrá modificar una vez que se haya confirmado y validado el formulario de candidatura por vía electrónica. Estas oposiciones están dirigidas a candidatos con un perfecto dominio (2) , tanto escrito como oral, de la lengua de la oposición (lengua materna o nivel equivalente). Si no tiene ese nivel, le aconsejamos encarecidamente que no se inscriba. |
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Deberá usted inscribirse por vía electrónica siguiendo el procedimiento indicado en la página web de la EPSO y, en particular, en las Instrucciones de inscripción. Plazo (incluida la validación): 18 de noviembre de 2014 a las 12.00 del mediodía, hora de Bruselas. |
II. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
Las instituciones europeas contratan a juristas altamente cualificados que deben ser capaces de revisar, en la lengua de la oposición, textos jurídicos y legislativos, a partir de, al menos, dos lenguas, y prestar asesoramiento en materia de redacción legislativa con el fin de garantizar la calidad de la redacción de la legislación europea. Para ejercer sus funciones, los juristas lingüistas deberán utilizar los equipos informáticos y ofimáticos habituales.
Los juristas lingüistas siguen los procedimientos legislativos durante todo su desarrollo e intervienen como asesores, para garantizar la calidad de la redacción y el cumplimiento de las normas de presentación de los actos legislativos. Además, deben comprobar la concordancia lingüística y jurídica entre los textos legislativos, ya traducidos y revisados, en la lengua de la oposición, y otras versiones lingüísticas de dichos textos. La función implica contactos frecuentes con los distintos agentes implicados en el procedimiento legislativo.
III. CONDICIONES DE ADMISIÓN
En la fecha de clausura de las inscripciones electrónicas, deberá usted cumplir todas las condiciones generales y específicas siguientes:
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2.1. |
Títulos FI Un nivel de enseñanza que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditado por uno de los siguientes títulos en Derecho finlandés: Hakijalla on oltava hakemuksen viimeiseen jättöpäivään mennessä suoritettuna valtioneuvoston asetuksen 794/2004 mukainen suomenkielinen oikeustieteen maisterin tutkinto tai aikaisempi oikeustieteen kandidaatin tutkinto. Para determinar si el candidato ha alcanzado un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, el tribunal tendrá en cuenta las normas en vigor en el momento de la obtención del título. FR Un nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo (cinco años) de estudios universitarios, acreditado por un título en Derecho francés o en Derecho belga, expedido por una universidad francófona. Un niveau d’enseignement correspondant à un cycle complet (cinq années) d’études universitaires sanctionné soit par un diplôme en droit français, soit par un diplôme en droit belge délivré par une université francophone. Para determinar si el candidato ha alcanzado un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, el tribunal tendrá en cuenta las normas en vigor en el momento de la obtención del título. PT Un nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditado por un título, de cuatro o más años, en Derecho portugués (Licenciatura em Direito). Os candidatos devem ter concluido um curso superior sancionado por um diploma de quatro anos ou mais «Licenciatura em Direito» atribuido por uma universidade portuguesa. Para determinar si el candidato ha alcanzado un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, el tribunal tendrá en cuenta las normas en vigor en el momento de la obtención del título. RO Un nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditado por un título, de cuatro o más años, en Derecho rumano (diplomă de licență). Un nivel de studii care să corespundă unui ciclu complet de cel puţin patru ani de studii universitare în dreptul român atestat printr-o diplomă de licenţă. Para determinar si el candidato ha alcanzado un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, el tribunal tendrá en cuenta las normas en vigor en el momento de la obtención del título. SK Un nivel de enseñanza que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditado por un título en Derecho eslovaco que dé acceso a estudios de doctorado. Stupeň vzdelania zodpovedajúci ukončenému magisterskému štúdiu v odbore právo na právnickej fakulte vysokej školy/univerzity akreditovanej v Slovenskej republike, ktorý umožňuje pokračovať vo vzdelávaní v doktorandskom študijnom programe. Para determinar si el candidato ha alcanzado un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, el tribunal tendrá en cuenta las normas en vigor en el momento de la obtención del título. |
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2.2. |
Conocimientos lingüísticos |
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Lengua 1 |
Lengua principal (nivel mínimo exigido: C2) dominio perfecto de la lengua de la oposición |
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Lengua 2 |
primera lengua de partida, obligatoriamente distinta de la lengua 1 (nivel mínimo exigido: C1) profundo conocimiento del alemán, del inglés o del francés. |
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Lengua 3 |
segunda lengua de partida, obligatoriamente distinta de las lenguas 1 y 2 (nivel mínimo exigido: C1) profundo conocimiento del alemán, del inglés, del español, del francés, del italiano o del polaco La lengua 2 o la lengua 3 deberá ser obligatoriamente el inglés, so pena de quedar excluido de la oposición. Las opciones de las lenguas exigidas para las pruebas reflejan los conocimientos lingüísticos necesarios para el buen funcionamiento del servicio. En efecto, una gran proporción de los documentos tratados por los servicios interesados están redactados en lengua inglesa. |
A raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) en el asunto C-566/10 P, República Italiana/Comisión, las instituciones de la Unión desean, en el marco de las presentes oposiciones, justificar la limitación de la elección de la segunda lengua a un número restringido de lenguas oficiales de la Unión.
Por tanto, se informa a los candidatos de que las segundas lenguas elegidas para las presentes oposiciones se han determinado en función del interés del servicio, que requiere que el personal recién contratado sea inmediatamente operativo y capaz de comunicarse eficazmente en su actividad cotidiana. De no ser así, el funcionamiento efectivo de las instituciones se vería gravemente perjudicado.
Habida cuenta de la larga práctica de las instituciones de la Unión en lo que se refiere a las lenguas de comunicación interna, y teniendo en cuenta las necesidades del servicio en materia de comunicación externa y de tramitación de los asuntos, el inglés, el francés y el alemán siguen siendo las lenguas más utilizadas. Además, el inglés, el francés y el alemán son las segundas lenguas más habladas en la Unión Europea y las más estudiadas como segundas lenguas. Esto confirma el nivel de estudios y las competencias profesionales que pueden esperarse actualmente de los candidatos a puestos de trabajo en las instituciones de la Unión, a saber, el dominio de, por lo menos, una de esas lenguas. Por lo tanto, en la ponderación entre el interés del servicio y las aptitudes de los candidatos, teniendo en cuenta el ámbito específico de las presentes oposiciones, está justificado organizar pruebas en estas tres lenguas para garantizar que, sea cual sea su primera lengua oficial, todos los candidatos dominen al menos una de estas tres lenguas oficiales a nivel de lengua de trabajo. De este modo, la evaluación de las competencias específicas permite a las instituciones de la Unión determinar la capacidad de los candidatos para ser inmediatamente operativos en un entorno similar a aquel en el que deberán trabajar.
Por los mismos motivos, es conveniente limitar la lengua de comunicación entre los candidatos y la institución, incluida la lengua en la que deberán redactarse los formularios de candidatura. Por otra parte, esta exigencia permite aplicar un enfoque uniforme en la comparación de los candidatos y el examen de su formulario de candidatura.
Además, en un afán de igualdad de trato, todos los candidatos, aunque tengan una de estas tres lenguas como primera lengua oficial, deberán presentar determinadas pruebas en su segunda lengua, a elegir entre las tres en cuestión.
Estas disposiciones no prejuzgan la posterior formación lingüística destinada a adquirir la capacidad de trabajar en una tercera lengua, de conformidad con el artículo 45, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios.
IV. TEST Y PRUEBA DE TRADUCCIÓN POR ORDENADOR
El test y la prueba de traducción por ordenador (como se describe en el cuadro siguiente) serán organizadas por la EPSO. El tribunal determinará el nivel de dificultad de estas pruebas y aprobará su contenido sobre la base de las propuestas de la EPSO.
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Se le convocará al test y a la prueba de traducción si ha validado su candidatura a tiempo (véase la sección I, punto 3). Atención:
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El test a) será eliminatorio pero la puntuación no se computará con la de la prueba de traducción para seleccionar a los candidatos que se convocarán al Centro de Evaluación. |
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Si el candidato no obtiene la puntuación mínima requerida en el test a), no se corregirá la prueba b). La puntuación obtenida en la prueba de traducción se tendrá en cuenta con la que se obtenga en el Centro de Evaluación para la puntuación final. |
V. CENTRO DE EVALUACIÓN
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Se le convocará al Centro de Evaluación:
El número de candidatos convocados al Centro de Evaluación será, como máximo, 4 veces el número de candidatos que figurarán en la lista de reserva (por oposición) que se indica en la presente convocatoria de oposición y se publicará en la página web de la EPSO: (http://blogs.ec.europa.eu/eu-careers.info/). En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos que hayan obtenido la misma puntuación, todos ellos serán convocados al Centro de Evaluación. |
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Si figura usted entre los candidatos admitidos al Centro de Evaluación, se le invitará a presentar (3) en dicho centro su expediente de candidatura completo (formulario electrónico de candidatura firmado y justificantes) en el momento en que acuda al mismo. Modalidades: véase el apartado 2.1.7 de las Normas generales aplicables a las oposiciones generales. |
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Se le someterá a tres tipos de evaluación cuyo contenido será validado por el tribunal:
La evaluación se hará, en principio, en Bruselas durante un día y medio. |
Cada una de las competencias generales se evaluará según el siguiente modelo:
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Presentación oral |
Entrevista estructurada |
Ejercicio en grupo |
Análisis y resolución de problemas |
X |
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X |
Comunicación |
X |
X |
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Calidad y resultados |
X |
X |
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Aprendizaje y desarrollo |
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X |
X |
Determinación de prioridades y organización |
X |
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X |
Resiliencia |
X |
X |
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Trabajo en equipo |
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X |
X |
Capacidad para dirigir un equipo |
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X |
X |
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elementos a), b), c), d) y e): lengua 1 elementos f) y g): lengua 2 (alemán, inglés o francés, obligatoriamente distinta de la lengua 1) |
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Capacidad de razonamiento
Los tests a), b) y c) son eliminatorios, pero las notas no se sumarán a las demás notas del Centro de Evaluación. Competencias específicas
Competencias generales [pruebas e), f) y g)] de 0 a 80 puntos para el conjunto de las competencias (10 puntos por competencia) mínimo exigido: 3 puntos por cada competencia y 40 puntos para el conjunto de las 8 competencias generales. |
VI. COMPROBACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS CANDIDATOS
A raíz de los resultados obtenidos en el Centro de Evaluación, las declaraciones hechas por los candidatos en su formulario electrónico de candidatura serán verificadas sobre la base de los justificantes presentados. Esta comprobación será llevada a cabo por la EPSO, por lo que se refiere a las condiciones generales, y por el tribunal, por lo que se refiere a las condiciones específicas.
La comprobación se efectuará por orden decreciente de méritos hasta alcanzar el número de candidatos que puedan figurar en la lista de reserva y que reúnan efectivamente todas las condiciones de admisión. No se examinarán los justificantes de los candidatos que estén por encima de este número.
Si de dicha comprobación resultara que las declaraciones hechas por los candidatos en su formulario electrónico de candidatura no están avaladas por los justificantes correspondientes, los candidatos en cuestión quedarán excluidos de la oposición.
VII. LISTAS DE RESERVA
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El tribunal incluirá su nombre en la lista de reserva (7) (véase el número de candidatos, sección I, punto 1):
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Las listas se establecerán por oposición y por orden alfabético. |
(1) Cualquier referencia contenida en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá también como relativa a personas de sexo femenino.
(2) Véase el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) — (http://europass.cedefop.europa.eu/europass/home/hornav/Downloads/CEF/LanguageSelfAssessmentGrid.csp) — nivel mínimo exigido: lengua 1 = C2, lengua 2 = C1, lengua 3 = C1.
(3) La fecha en que deberá presentarse en el Centro de Evaluación le será comunicada a su debido tiempo a través de su cuenta EPSO.
(4) Por razones de organización, las pruebas de razonamiento podrán celebrarse en los Centros de Pruebas de los Estados miembros, con independencia de las demás pruebas del Centro de Evaluación. Estas pruebas se realizarán por ordenador y estarán organizadas por la EPSO. El tribunal determinará el nivel de dificultad de las pruebas y aprobará el contenido de las mismas sobre la base de las propuestas de la EPSO.
(5) Tenga en cuenta que la presentación oral permite evaluar a la vez las competencias específicas y las competencias generales.
(6) La definición de estas competencias figura en el punto 1.2 de las Normas generales aplicables a las oposiciones generales.
(7) En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos con la misma puntuación, todos ellos serán incluidos en la lista de reserva.