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Document 32014D0326
Council Decision 2014/326/CFSP of 28 January 2014 on the signing and conclusion of the Agreement between the European Union and the Republic of Korea establishing a framework for the participation of the Republic of Korea in European Union crisis management operations
Decisión 2014/326/PESC del Consejo, de 28 de enero de 2014 , relativa a la firma y a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
Decisión 2014/326/PESC del Consejo, de 28 de enero de 2014 , relativa a la firma y a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
DO L 166 de 5.6.2014, p. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/326/oj
5.6.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 166/1 |
DECISIÓN 2014/326/PESC DEL CONSEJO
de 28 de enero de 2014
relativa a la firma y a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 37, en relación con el artículo 218, apartados 5 y 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Procede que las condiciones relativas a la participación de terceros Estados en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea se establezcan en un acuerdo por el que se cree un marco para esa posible participación futura, en lugar de definirlas caso por caso para cada operación. |
(2) |
A raíz de la adopción por el Consejo, el 13 de noviembre de 2012, de una Decisión por la que se autoriza la apertura de negociaciones, la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad negoció un Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea («el Acuerdo»). |
(3) |
Procede aprobar el Acuerdo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Unión.
Artículo 3
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 16, apartado 1, del Acuerdo (1).
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 28 de enero de 2014.
Por el Consejo
El Presidente
G. STOURNARAS
(1) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.