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Hacia una estrategia temática para el uso sostenible de los plaguicidas

La Comisión ha sentado las bases de una estrategia temática para reducir el impacto de los plaguicidas en la salud humana y en el medio ambiente y, en sentido más amplio, conseguir una utilización más sostenible de los plaguicidas, así como una reducción global significativa de los riesgos y los usos, garantizando, al mismo tiempo, la protección necesaria de las cosechas.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 1 de julio de 2002, al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social: «Hacia una estrategia temática para el uso sostenible de los plaguicidas» [COM (2002) 349 final- no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Contexto

1. El Sexto programa de acción en materia de medio ambiente, adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo el 22 de julio de 2002, prevé la elaboración de una estrategia temática sobre el uso sostenible de los plaguicidas.

El marco normativo a que se refiere el VI Programa de Medio Ambiente, en particular la Directiva 91/414/CEE y las directivas sobre residuos en la alimentación, se centra en los aspectos iniciales y finales del ciclo de vida de los plaguicidas, es decir, la autorización de sustancias para su uso en productos fitosanitarios antes de su comercialización (prevención en la fuente) y los contenidos máximos de residuos en la alimentación y en los piensos. Esas directivas están siendo objeto de revisión.

La estrategia temática completará este marco legislativo, centrándose en la fase concreta del uso de los productos fitosanitarios.

Definiciones y campo de aplicación de la Comunicación

2. El término «plaguicidas» es un nombre genérico que abarca todas las sustancias o productos que eliminan organismos nocivos. Cabe hacer una distinción entre:

  • Productos fitosanitarios: son sustancias activas y preparados con una o varias sustancias activas que se emplean para proteger las plantas o los productos vegetales frente a los organismos nocivos o para prevenir la acción de tales organismos; suelen utilizarse en el sector agrícola.
  • Biocidas: son sustancias activas y preparados con una o varias sustancias activas que se emplean en sectores ajenos a la agricultura, por ejemplo para la protección de la madera, la desinfección o algunos usos domésticos.

3. La Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta el VI Programa de Medio Ambiente indica claramente que, aunque se utiliza el término «plaguicidas», se trata, efectivamente, de productos fitosanitarios. Por consiguiente, la presente Comunicación se centra con carácter prioritario en la utilización de tales productos. Si más adelante se considerara necesario adoptar medidas comparables respecto a los biocidas, se incorporarían en la estrategia temática.

Uso de productos fitosanitarios: cantidades, beneficios, costes y riesgos

4. Cantidades. La agricultura es, con diferencia, el sector que más recurre a los productos fitosanitarios. La Unión Europea representa actualmente, con una venta anual de aproximadamente 320 000 toneladas de sustancias activas, una cuarta parte del mercado mundial. Los principales tipos de productos son los fungicidas (casi un 43 % del mercado), seguidos por los herbicidas (36 %), los insecticidas (12 %) y otros plaguicidas (9 %). La industria fitosanitaria europea da empleo en Europa a unas 35 000 personas.

5. Ventajas. El uso de productos fitosanitarios presenta ventajas económicas considerables. Los agricultores los emplean para mejorar o mantener el rendimiento, eliminando o reduciendo la competencia de las malas hierbas o el ataque de plagas y para limitar la mano de obra necesaria. Los productos fitosanitarios desempeñan, además, un papel fundamental puesto que garantizan cada año un abastecimiento fiable de productos agrarios a precios módicos, lo que los hace accesibles a todos los consumidores. Su empleo reduce la demanda de tierras para producción de alimentos, lo que a su vez deja tierras disponibles para otros usos, por ejemplo actividades de ocio, parques naturales y protección de la biodiversidad. No se dispone, sin embargo, de cifras para toda la Unión Europea que permitan evaluar estas ventajas.

6. Riesgos y costes asociados a su utilización. Los plaguicidas son productos químicos que requieren una atención especial, ya que la mayoría tiene propiedades que los hacen peligrosos para la salud y el medio ambiente.

Los riesgos para la salud humana y animal se deben a la gran toxicidad de algunos productos fitosanitarios. Pueden plantearse como consecuencia de una exposición directa (trabajadores industriales que producen plaguicidas y operadores que los emplean) o indirecta (consumidores y demás personas presentes durante la aplicación). Los efectos crónicos de la exposición a esos productos, que también pueden afectar a la condición física de la población expuesta, son, en particular, los debidos a la bioacumulación y a la persistencia, a efectos irreversibles tales como la carcinogenidad, mutagenicidad y genotoxicidad, o a efectos negativos para el sistema inmunitario o endocrino de mamíferos, peces o aves.

Por lo que se refiere a los riesgos para el medio ambiente, la dispersión del producto, el lixiviado o el derrame son fuentes difusas de diseminación incontrolada de productos fitosanitarios en el medio causantes de contaminación del suelo y de las aguas. El uso de productos fitosanitarios puede provocar otros efectos indirectos sobre el ecosistema, por ejemplo la pérdida de biodiversidad. En la práctica, resulta muy difícil cuantificar muchos de los verdaderos efectos negativos derivados del uso de plaguicidas. No puede darse, por tanto, una cifra de los costes generales que supone el uso de los plaguicidas en la Unión Europea.

Objetivos de la estrategia temática

7. La Comunicación constituye una etapa importante en la elaboración de la estrategia temática para el uso sostenible de los plaguicidas. A continuación se exponen los objetivos establecidos por el Consejo y el Parlamento: la Comunicación propone respecto a cada uno de ellos posibles vías y medios para cumplir esos objetivos con vistas a abrir el debate en esta fase de consulta:

8. Objetivo 1. Reducir al mínimo los riesgos y peligros que plantea el uso de plaguicidas para la salud y el medio ambiente, aplicando las medidas siguientes:

  • Establecer planes nacionales para reducir el peligro, el riesgo y la dependencia del control con productos químicos.
  • Reducir determinados riesgos específicos, por ejemplo la contaminación de los cursos de agua, canales y zonas de captación, y aplicar medidas de control químico en las zonas sensibles desde un punto de vista medioambiental.
  • Mejorar el conocimiento de los riesgos, con las medidas siguientes: control de la salud de los usuarios, en particular de grupos de riesgo tales como los trabajadores agrícolas y los consumidores sensibles; recopilación de datos sobre los incidentes con consecuencias para la salud y el entorno de los trabajadores y de los usuarios privados; recopilación y análisis de datos económicos sobre el uso de productos fitosanitarios y de alternativas.
  • Llevar a cabo nuevas actividades de investigación y desarrollo sobre métodos menos peligrosos de aplicación y manipulación de productos fitosanitarios.

9. Objetivo 2. Mejorar el control del uso y distribución de plaguicidas:

  • Notificación a las autoridades nacionales, a cargo de los productores y distribuidores de productos fitosanitarios, de las cantidades producidas, importadas y exportadas.
  • Refuerzo de la labor en curso de recopilación de datos sobre el uso (cantidades de productos fitosanitarios aplicados por cultivo, producto, superficie, fecha de aplicación, etc.).
  • Refuerzo coordinado del sistema basado en el artículo 17 de la Directiva 91/414/CEE (inspecciones/control de los usos y de la distribución de los productos fitosanitarios por mayoristas, minoristas y agricultores).
  • Introducción de un sistema de recopilación periódica y segura, posibilidad de reutilización y destrucción controlada de los envases de productos fitosanitarios y de los productos sin utilizar.
  • Introducción de un sistema de inspección técnica periódica de los equipos de aplicación.
  • Creación de un sistema obligatorio de educación, sensibilización, formación y certificación para todos los usuarios de productos fitosanitarios (agricultores, colectividades locales, trabajadores, distribuidores, comerciantes y servicios de divulgación).

10. Objetivo 3. Reducir los niveles de materias activas nocivas, en particular mediante sustitución de las más peligrosas por alternativas más seguras, incluidas las de índole no química. Este objetivo se alcanzará principalmente con una aplicación acelerada de la Directiva 91/414/CEE, sobre todo mediante su programa de revisión de antiguas materias activas y la introducción de ese principio en el texto de la Directiva en sí gracias a su revisión prevista para un futuro cercano.

11. Objetivo 4. Fomentar prácticas agrícolas que impliquen reducir o suprimir el uso de los plaguicidas, sensibilizando a este respecto a los usuarios, promoviendo la utilización de códigos de buenas prácticas y la posible utilización de instrumentos financieros:

  • Fomentar y desarrollar alternativas al control químico; examinar la posibilidad de recurrir a tecnologías de modificación genética cuando su aplicación se considere segura para la salud y el medio ambiente; fomentar buenas prácticas mediante el desarrollo de códigos de buenas prácticas agrícolas que integren los principios de la lucha integrada contra los organismos nocivos; impulsar la adjudicación de fondos por los Estados miembros y la adopción por los agricultores de medidas de desarrollo rural y medidas de formación y afines.
  • Sancionar a los usuarios reduciendo o anulando las ayudas concedidas en el marco de los programas de apoyo.
  • Introducir gravámenes especiales sobre los productos fitosanitarios para aumentar la concienciación respecto de los efectos perjudiciales de un uso demasiado intensivo de productos fitosanitarios y reducir la dependencia de la agricultura moderna de la aportación química.
  • Armonizar los tipos del impuesto sobre el valor añadido que grava los productos fitosanitarios (tales tipos oscilan entre un 3 % y un 25 % en los Estados miembros).

12. Objetivo 5. Crear un sistema transparente de notificación y seguimiento de los progresos realizados y, en particular, establecer indicadores adecuados:

  • Información periódica sobre los programas nacionales de reducción del riesgo.
  • Desarrollo de indicadores adecuados para el control y la definición de objetivos cuantitativos.

Países candidatos

13. El problema de la gestión de las existencias de plaguicidas obsoletos en varios países candidatos se ha mencionado en reiteradas ocasiones en el contexto de la ampliación de la Unión Europea. En efecto, muchos plaguicidas en uso en varios países candidatos podrían volverse obsoletos en el momento de la adhesión; de hecho, ya hay, al parecer, un gran volumen de tales existencias. Si no se toman medidas adecuadas, los países candidatos no siempre dispondrán de los incineradores adecuados que cumplan los límites de emisiones establecidos, de ahí la necesidad de modernizar las instalaciones de incineración o de transportar los plaguicidas. Parte de los plaguicidas obsoletos estarán cubiertos por el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, pero es probable que haya que brindar un apoyo adicional a esos países.

Aspectos internacionales

14. La Comunidad y los Estados miembros deberían contribuir a un uso seguro de los productos fitosanitarios en los países en desarrollo y en los Nuevos Estados Independientes controlando y evaluando mejor sus exportaciones y donaciones de productos químicos, y aplicando medidas de formación y control del uso, de la manipulación y del almacenamiento de los productos fitosanitarios, así como de la gestión de las existencias obsoletas, fomentando la creación de las capacidades necesarias y el intercambio de información. La plena aplicación de los Convenios de Rotterdam (PIC- procedimiento de consentimiento fundamentado previo) y de Estocolmo (POP- contaminantes orgánicos persistentes) constituirá un paso fundamental en esa senda. Asimismo, supone una mayor integración de los objetivos ambientales en la política de desarrollo y una contribución a los objetivos del Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química.

Aplicación de la estrategia

15. Sobre la base de los análisis desarrollados en esta Comunicación y del resultado del proceso de consulta, la Comisión propondrá a inicios del año 2004 todas las medidas necesarias para establecer una estrategia temática comunitaria para el uso sostenible de los plaguicidas.

16. La Comunidad y los Estados miembros podrían recurrir a varios instrumentos para aplicar esta estrategia: medidas jurídicamente vinculantes, incentivos económicos, investigación o medidas voluntarias, o a una combinación de estos distintos instrumentos. Buena parte de esas medidas podrían integrarse eficazmente en políticas existentes o en desarrollo, como la protección del agua, de la salud y de los consumidores y la Política Agrícola Común.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión, de 12 de julio de 2006, « Estrategia temática sobre el uso sostenible de los plaguicidas » [COM (2006) 372 final - no publicada en el Diario Oficial].La estrategia consta, por un lado, de una serie de medidas que se integran en los instrumentos legislativos existentes y en las políticas en vigor y, por otro, de medidas no integrables en los instrumentos existentes y que se incluyen en una propuesta de directiva presentada junto con la estrategia. Esas medidas tienen por objeto realizar los cinco objetivos establecidos en la Comunicación de 2002.

Última modificación: 12.04.2007

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