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Oficina Europea de Apoyo al Asilo

El Reglamento (UE) no439/2010 establece la creación de una Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) para reforzar la cooperación entre Estados miembros en este ámbito y ayudarles a abordar situaciones críticas.

ACTO

Reglamento (UE) no439/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, por el que se crea una Oficina Europea de Apoyo al Asilo.

SÍNTESIS

La EASO es una agencia de la Unión Europea (UE) que opera desde 2011. Sus funciones son:

  • impulsar la cooperación entre Estados miembros en materia de asilo;
  • apoyar a los Estados miembros cuyos sistemas de asilo y recepción estén sujetos a presiones especiales;
  • mejorar la aplicación del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA).

Dentro de poco, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza se unirán a la EASO como países asociados, una vez que se ratifiquen los acuerdos negociados por la UE con cada uno de ellos.

Apoyar la cooperación entre Estados miembros en materia de asilo

La función de la EASO en este campo consiste en:

  • fomentar el intercambio y la puesta en común de buenas prácticas entre los Estados miembros;
  • organizar actividades relativas a la recogida, el análisis y la disponibilidad de información en los países de origen de las personas que soliciten protección internacional;
  • facilitar, cuando sea necesario, el reasentamiento de los beneficiarios de la protección internacional dentro de la Unión;
  • establecer y desarrollar actividades de formación en las que podrán participar los miembros de todas las administraciones y órganos jurisdiccionales nacionales, y de los servicios nacionales de los Estados miembros competentes en materia de asilo;
  • recabar información útil para identificar los riesgos de un influjo masivo de solicitantes de asilo y la capacidad de los Estados afectados para reaccionar, con el objeto de activar sistemas de alerta precoz y preparar las medidas urgentes necesarias para hacer frente a esas presiones.

Apoyo a los Estados miembrossujetos a presiones específicas

La EASO coordina la ayuda urgente que se proporciona a los Estados miembros cuyos sistemas de asilo e instalaciones de acogida estén sujetos a una presión excepcionalmente elevada y les ofrece apoyo y asistencia temporales.

Esta ayuda conlleva principalmente el despliegue, en los Estados miembros que así lo requieran, de equipos de apoyo al asilo que prestan su experiencia en relación con los servicios de interpretación, aportan información sobre los países de origen y conocimiento de la tramitación y gestión de los expedientes de asilo.

Cuando la EASO decide desplegar uno o más de estos equipos de apoyo, diseña un plan operativo junto con el Estado miembro solicitante para definir:

  • el modus operandi y los objetivos del despliegue;
  • su duración previsible;
  • la zona geográfica donde se desplegarán los equipos;
  • la composición de los equipos y las tareas de sus miembros.

Los Estados miembros proporcionan a los expertos del equipo de apoyo, que forman parte de la reserva de intervención en materia de asilo de la EASO.

Mejorar la aplicación del Sistema Europeo Común de Asilo

La EASO contribuye a la aplicación del SECA tanto dentro como fuera de la Unión Europea.

En lo que se refiere a la dimensión interna del SECA, la contribución de la EASO trata principalmente de:

  • recabar información sobre el tratamiento de las peticiones de protección internacional en los Estados miembros y la legislación nacional en materia de asilo; y
  • elaborar un informe anual sobre la situación europea del asilo y preparar, si es necesario, documentos técnicos relativos a la aplicación de los instrumentos de la UE en materia de asilo.

En lo que se refiere a la dimensión externa del SECA, es especialmente responsable de:

  • coordinar el intercambio de información y las acciones realizadas por los Estados miembros al reasentar a refugiados de terceros países;
  • cooperar con terceros países para fomentar y apoyar la capacidad de crear sus propias instalaciones de asilo y acogida y aplicar programas regionales de protección.

Estructura y administración de la EASO

El Consejo de Administración es la autoridad de programación y vigilancia de la EASO. Está compuesto por representantes de los Estados miembros de la UE y de los países asociados, así como de la Comisión Europea, y por un representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

El Consejo de Administración designa un director ejecutivo, que será el responsable de la gestión diaria de la Agencia. Es su representante legal.

El Foro consultivo es un espacio para el diálogo bilateral continuo, el intercambio de información y la puesta en común de conocimientos entre la EASO y la sociedad civil. Reúne a expertos en diferentes aspectos del asilo.

Los ingresos de la oficina proceden fundamentalmente de una contribución del presupuesto general de la UE y de contribuciones por parte de los países asociados.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (UE) no439/2010

18.6.2010

-

DO L 132 de 29.5.2010

ACTOS CONEXOS

Decisión 2010/762/UE de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de febrero de 2010, por la que se fija la sede de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (DO L 324 de 9.12.2010).

La presente Decisión establece la sede de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo en el puerto de La Valeta, Malta.

Decisión 2014/185/UE del Consejo, de 11 de febrero de 2014, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre las modalidades de su participación en la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (DO L 102 de 5.4.2014).

Decisión 2014/186/UE del Consejo, de 11 de febrero de 2014, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein sobre las modalidades de su participación en la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (DO L 102 de 5.4.2014).

Decisión 2014/194/UE del Consejo, de 11 de febrero de 2014, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia sobre las modalidades de su participación en la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (DO L 106 de 9.4.2014).

Decisión 2014/204/UE del Consejo, de 11 de febrero de 2014, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega sobre las modalidades de su participación en la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (DO L 109 de 12.4.2014).

Última modificación: 22.07.2014

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