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Armas pequeñas y armas ligeras
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?
PUNTOS CLAVE
La UE respaldó el trabajo de la conferencia para la revisión de las medidas anti-APAL de la ONU de 2018 («Tercera Conferencia de Examen» para abreviar) organizando:
El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad será responsable de garantizar que la decisión de la UE, que tiene un presupuesto de 2,8 millones EUR, se aplique.
¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?
Está en vigor desde el 3 de abril de 2017.
ANTECEDENTES
TÉRMINOS CLAVE
DOCUMENTO PRINCIPAL
Decisión (PESC) 2017/633, de 3 de abril de 2017, en apoyo del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos(DO L 90 de 4.4.2017, pp. 12-21)
DOCUMENTOS CONEXOS
Decisión (PESC) 2015/1908 del Consejo, de 22 de octubre de 2015, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace II») (DO L 278 de 23.10.2015, pp. 15-25)
Decisión 2011/428/PESC del Consejo, de 18 de julio de 2011, en apoyo de las actividades de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas para aplicar el Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras en todos sus aspectos (DO L 188 de 19.7.2011, pp. 37-41)
Acción Común 2008/113/CFSP del Consejo, de 12 de febrero de 2008, en apoyo del Instrumento internacional para permitir a los Estados identificar y localizar, de forma oportuna y fidedigna, armas pequeñas y ligeras ilícitas en el marco de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones (DO L 40 de 14.2.2008, pp. 16-19)
Acción Común 2002/589/PESC del Consejo, de 12 de julio de 2002 sobre la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre, y por la que se deroga la Acción Común 1999/34/PESC (DO L 191 de 19.7.2002, pp. 1-4)
última actualización 28.02.2019