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Nuevas normas financieras que rigen el presupuesto de la Unión Europea (Reglamento financiero)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046: normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

  • Este Reglamento actualiza y simplifica las normas para la elaboración y aplicación del presupuesto de la UE.
  • Reduce a la mitad el número total de normas, haciéndolas más concisas y fáciles de aplicar. Las antiguas normas de aplicación ahora se fusionan con el Reglamento financiero en un conjunto único de normas.
  • Los cambios hacen que todo el procedimiento sea más fácil de utilizar tanto para los perceptores como los gestores de la financiación de la UE.

PUNTOS CLAVE

El nuevo Reglamento financiero de la UE:

  • sustituye anteriores normas y procedimientos complejos por un código normativo único que permite un acceso más sencillo a la financiación de la UE, una aplicación más simple y centrado más específicamente en los resultados;
  • ayuda a los solicitantes de financiación de la UE mediante:
    • la reducción de la cantidad de información requerida para solicitar financiación de la UE
    • la aceptación de que la información y las pruebas se aporten una sola vez y se reutilicen
    • el uso de formas de subvenciones simplificadas, como sumas a tanto alzado, tipo fijo y costes unitarios
    • la concentración de la financiación más en los resultados que en los costes reales
  • Facilita un principio de auditoría única para evitar la duplicación y multiplicidad de controles mediante:
    • la reutilización de la información de la que ya disponen las instituciones de la UE, las autoridades de gestión y otros órganos;
    • dependencia cruzada de auditorías existentes, realizadas por auditores independientes y respetando los principios que gozan de aceptación internacional, y en evaluaciones realizadas por la propia Comisión Europea y por otras entidades, incluidas las autoridades nacionales y socios de confianza como las Naciones Unidas y el Banco Mundial;
  • refuerza las medidas contra el fraude mediante:
    • la concentración de los controles y auditorías en los proyectos potencialmente sospechosos; la protección contra la evasión fiscal y el blanqueo de dinero evitando el uso de sociedades fantasma* establecidas en paraísos fiscales
    • la ampliación de las normas sobre conflicto de intereses a las autoridades de los países de la UE que reciben financiación de la UE
    • divulgación voluntaria de la identidad de las partes interesadas.

Plazos presupuestarios anuales (en la práctica, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión intentan presentar los documentos antes para aligerar el procedimiento)

  • 1 de julio: cada institución de la UE envía su estimación de ingresos y gastos para el año siguiente a la Comisión.
  • 1 de septiembre: la Comisión presenta el proyecto de presupuesto al Parlamento Europeo y el Consejo.
  • 1 de octubre: el Consejo presenta su dictamen sobre el proyecto de presupuesto al Parlamento Europeo.
  • 18 de diciembre: el Consejo y el Parlamento Europeo acuerdan el presupuesto del año siguiente.

Actos delegados

La Comisión ha adoptado dos actos delegados a partir del Reglamento financiero:

  • Reglamento (UE) 2019/715 establece un Reglamento financiero marco de los organismos de la UE a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento financiero (principalmente de las agencias descentralizadas);
  • Reglamento (UE) 2019/887 contiene un Reglamento financiero tipo para los organismos de las colaboraciones público-privadas a los que se refiere el artículo 71 del Reglamento financiero.

Estos actos delegados sustituyen los reglamentos anteriores para estos organismos.

La nueva normativa refuerza la gobernanza de estos organismos, por ejemplo, con respecto a evitar conflictos de intereses. Todos los organismos afectados deben adoptar normas financieras sobre la base de estos dos actos delegados. Solo pueden apartarse de ellos cuando sus necesidades específicas así lo requieran y con previo consentimiento de la Comisión.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

La mayoría de las nuevas normas están en vigor desde el 2 de agosto de 2018. Todas las excepciones figuran en el artículo 282 del Reglamento.

ANTECEDENTES

  • El presupuesto anual de la UE prevé y autoriza todos los ingresos y gastos de la UE para el próximo año financiero (del 1 de enero al 31 de diciembre). Los ingresos y gastos deben estar equilibrados.
  • Se han diseñado controles internos y externos de gran alcance para prevenir y corregir cualquier error financiero o fraude. Los infractores se enfrentan a sanciones financieras. La identidad de los perceptores de los fondos de la UE es de dominio público.
  • Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Sociedades fantasma: empresas que a menudo no ejercen actividades empresariales o no tienen activos importantes. Aunque este tipo de empresas no son necesariamente ilegales, las sociedades fantasma a veces se utilizan para los fines de fraude fiscal, evasión fiscal y blanqueo de capitales, o para lograr un fin específico como el anonimato.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, pp. 1-222).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) n.o 2019/887 de la Comisión, de 13 de marzo de 2019, sobre el Reglamento financiero tipo para los organismos de las colaboraciones público-privadas a que se hace referencia en el artículo 71 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 142 de 29.5.2019, pp. 16-42).

Reglamento Delegado (UE) n.o 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 122 de 10.5.2019, pp. 1-38).

Declaraciones: Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (primera lectura) — Adopción del acto legislativo (DO C 2671, 30.7.2018, pp. 1-3).

última actualización 12.07.2019

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