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Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) (2014-2020)

Este Reglamento establece la quinta edición del Programa LIFE, el principal marco de financiación de la Unión Europea (UE) para la política de medio ambiente y cambio climático. Se centra tanto en prioridades políticas concretas en materia de medio ambiente y clima, como en áreas de acción.

ACTO

Reglamento (UE) no 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 614/2007.

SÍNTESIS

El Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) para el periodo de 2014 a 2020 tiene por objetivo contribuir al desarrollo sostenible y al logro de los objetivos y metas de la Estrategia Europa 2020, del VII Programa de Medio Ambiente y de otras iniciativas de la UE pertinentes en materia de medio ambiente y de cambio climático.

El programa está dividido en dos subprogramas (Medio Ambiente y Acción por el Clima). Asimismo, introduce proyectos integrados que se desarrollan a gran escala, empezando desde el nivel regional o de múltiples ciudades. Dichos proyectos están destinados a aplicar la política de medio ambiente y cambio climático a través de estrategias y planes basados en la legislación de la UE, y mediante la integración de dichas políticas en otros ámbitos políticos. Para lograr tal meta, la intención es movilizar fondos complementarios, en particular de la UE.

Otras características nuevas son dos innovadores instrumentos financieros para la financiación de proyectos mediante préstamos y capital: el PF4EE (instrumento de financiación privada para la eficiencia energética) y el NCFF (mecanismo de financiación del capital natural), cofinanciado por la Comisión y el Banco Europeo de Inversiones (BEI) durante la fase piloto.

En total se destinará a los proyectos un mínimo del 81 % de los recursos de LIFE.

Entre los objetivos principales de LIFE se incluyen:

  • funcionar como un catalizador de los cambios en la elaboración de las políticas en materia de medio ambiente y cambio climático;
  • fomentar la aplicación e integración de los objetivos medioambientales y climáticos en otras políticas y en la práctica en los países de la UE;
  • apoyar una mejor gobernanza;
  • establecer un vínculo específico con otras prioridades de la UE: mejorar la eficiencia en el uso de los recursos, frenar la pérdida de biodiversidad y contribuir a la mitigación del clima y a la adaptación al mismo.

El subprograma Medio Ambiente (75 % del presupuesto) comprende tres áreas prioritarias:

  • medio ambiente y eficiencia en el uso de los recursos;
  • naturaleza y biodiversidad (55 % del presupuesto para subvenciones para actividades dentro del subprograma Medio Ambiente);
  • gobernanza e información climáticas.

Estas prioridades abarcan siete prioridades temáticas: naturaleza y biodiversidad; agua, incluido el medio marino; residuos; eficiencia en el uso de los recursos, incluidos el suelo y los bosques, así como la economía verde y circular; medio ambiente y salud, incluidos los productos químicos y el ruido; calidad del aire y emisiones, incluido el medio ambiente urbano; y gobernanza e información.

El subprograma Acción por el Clima (25% del presupuesto) comprende tres áreas prioritarias:

  • mitigación (contribución a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero);
  • adaptación (respaldo de los esfuerzos para alcanzar una mayor resiliencia al cambio climático);
  • gobernanza e información climáticas LIFE (por ejemplo sensibilización sobre cuestiones climáticas).

Asignaciones nacionales

Durante el primer programa de trabajo plurianual (2014-2017), las asignaciones nacionales únicamente se aplicarán a proyectos «tradicionales» (es decir, mejores prácticas, proyectos de demostración, piloto o de información, sensibilización y difusión) y al NCFF dentro del subprograma Medio Ambiente. A partir de 2018, la selección de dichos proyectos se realizará exclusivamente sobre la base de los méritos.

Alcance territorial

Los países no pertenecientes a la UE podrán participar en LIFE según las disposiciones de un acuerdo específico celebrado con la Comisión. Se podrán realizar actividades fuera de la UE en el marco del programa en determinadas circunstancias, por ejemplo en caso de colaboración con organismos internacionales.

El Programa LIFE 2014-2020 dispone de un presupuesto total de cerca de 3 456,7 millones de euros.

Más información:

Sitio web de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea sobre LIFE y la presentación.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (UE) no 1293/2013

1.1.2014

-

DO L 347 de 20.12.2013

ACTOS CONEXOS

Decisión de Ejecución 2014/203/UEde la Comisión, de 19 de marzo de 2014, relativa a la aprobación del programa de trabajo plurianual LIFE para 2014-2017 (DO L 116 de 17.4.2014).

última actualización 16.06.2014

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