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Alimentos para grupos específicos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 609/2013 relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento:

  • tiene por objeto garantizar una mejor protección del consumidor en relación con el contenido y la comercialización de:
    • alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales,
    • sustitutivos de la dieta completa para el control del peso;
  • tiene por objeto proporcionar una mayor seguridad jurídica a las empresas que operan en el sector y a las autoridades nacionales que aplican las normas;
  • sustituye un sinfín de normas acumuladas durante tres decenios y que se habían convertido en algo complejo y fragmentado.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento (UE) n.o 609/2013 refuerza las normas relativas a alimentos para grupos de población vulnerables que necesitan una protección especial, tales como los lactantes y los niños de hasta tres años, las personas con problemas de sobrepeso y obesidad, y las personas con determinadas afecciones (por ejemplo, las que padecen trastornos del metabolismo).

El anexo del Reglamento contiene una lista única de sustancias (como los minerales y las vitaminas) que pueden añadirse a estos alimentos. Dicha lista sustituye a las tres listas que existían en la legislación anterior.

Etiquetado

Asimismo, el Reglamento confiere a la Comisión Europea la responsabilidad de adoptar, mediante actos delegados, normas específicas de composición y etiquetado para las siguientes categorías de alimentos:

  • preparados para lactantes y de continuación;
  • alimentos elaborados a base de cereales y otros alimentos infantiles;
  • alimentos para usos médicos especiales, y
  • sustitutivos de la dieta completa para el control del peso.

Desde la entrada en vigor del Reglamento, el 20 de julio de 2016, los alimentos sin gluten y con muy bajo contenido de gluten se rigen por el Reglamento (UE) n.o 1169/2011 sobre el etiquetado de los productos alimenticios (véase la síntesis). Un acto de ejecución de la Comisión, el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 828/2014, garantizó la transferencia de las normas de estos productos a dicho Reglamento. A diferencia de la legislación anterior, estas normas también se aplican a los alimentos no preenvasados, como los que se sirven en los restaurantes.

Actos delegados

La Comisión Europea ha adoptado los siguientes actos delegados para complementar el Reglamento (CE) n.o 609/2013:

  • el Reglamento Delegado (UE) 2016/127 sobre los requisitos específicos de composición e información aplicables a los preparados para lactantes y preparados de continuación, así como a los requisitos de información sobre los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, modificado por los Reglamentos Delegados (UE) 2018/561, (UE) 2019/828, (UE) 2021/572 y (UE) 2021/1041;
  • el Reglamento Delegado (UE) 2016/128 sobre los requisitos específicos de composición e información aplicables a los alimentos para usos médicos especiales, modificado por los Reglamentos Delegados (UE) 2020/566 y (UE) 2021/1040;
  • el Reglamento Delegado (UE) 2017/1798 sobre los requisitos específicos de composición e información aplicables a los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso.

Informes sobre las bebidas a base de leche para niños de corta edad y alimentos destinados a deportistas

El Reglamento (UE) n.o 609/2013 también obligó a la Comisión, tras consultar a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (véase la síntesis), a presentar al Parlamento Europeo y al Consejo:

  • un informe sobre las bebidas a base de leche («leche de crecimiento») y los productos similares para niños de corta edad para analizar la necesidad de formular normas especiales de composición y etiquetado para este tipo de productos;
  • un informe sobre los alimentos destinados a los deportistas para analizar la necesidad de formular normas especiales de composición y etiquetado.

Los dos informes concluyeron que no era necesario establecer normas específicas para estos productos y que, por lo tanto, están cubiertos por la legislación alimentaria general, es decir, el Reglamento (CE) n.o 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (véase síntesis).

Modificaciones al Reglamento (UE) n.o 609/2013

Mediante dos reglamentos delegados, la Comisión ha modificado el anexo al Reglamento (CE) n.o 609/2013:

  • el Reglamento Delegado (UE) 2017/1091 en lo que respecta a las sustancias que pueden añadirse a los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, así como a los alimentos para usos médicos especiales; y
  • el Reglamento Delegado (UE) 2021/571 en lo que respecta a las sustancias que pueden añadirse a los preparados para lactantes y preparados de continuación, los alimentos infantiles y los alimentos elaborados a base de cereales.

Derogación

El Reglamento (UE) n.o 609/2013 deroga las Directivas 92/52/CEE, 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE, 2006/141/CE, 2009/39/CE y los Reglamentos (CE) n.o 41/2009 y (CE) n.o 953/2009.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 20 de julio de 2016, con la excepción del artículo 11 (requisitos de composición e información), el artículo 16 (actualización de la lista de la UE), el artículo 18 (actos delegados) y el artículo 19 (procedimiento de urgencia), que están en vigor desde el 19 de julio de 2013.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) n.o 41/2009 y (CE) n.o 953/2009 de la Comisión (DO L 181 de 29.6.2013, pp. 35-56).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 609/2013 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) 2017/1798 de la Comisión, de 2 de junio de 2017, que complementa el Reglamento (UE) n.o 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso (DO L 259 de 7.10.2017, pp. 2-10).

Véase la versión consolidada.

Reglamento Delegado (UE) 2016/127 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2015, que complementa el Reglamento (UE) n.o 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los preparados para lactantes y preparados de continuación, así como a los requisitos de información sobre los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad (DO L 25 de 2.2.2016, pp. 1-29).

Véase la versión consolidada.

Reglamento Delegado (UE) 2016/128 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2015, que complementa el Reglamento (UE) n.o 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los alimentos para usos médicos especiales (DO L 25 de 2.2.2016, pp. 30-43).

Véase la versión consolidada.

Reglamento de Ejecución (UE) n.o 828/2014 de la Comisión, de 30 de julio de 2014, relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos (DO L 228 de 31.7.2014, pp. 5-8).

Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1924/2006 y (CE) n.o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.o 608/2004 de la Comisión (DO L 304 de 22.11.2011, pp. 18-63).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (CE) n.o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (DO L 404 de 30.12.2006, pp. 9-25).

Véase la versión consolidada.

última actualización 21.03.2023

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