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Document C2006/128/04

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

DO C 128 de 1.6.2006, p. 15–17 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

1.6.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 128/15


Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2006/C 128/04)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo. Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

FICHA RESUMEN

REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

Solicitud de registro con arreglo a los artículos 5 y 17, apartado 2

«AZEITE DO ALENTEJO INTERIOR»

No CE: PT/0234/16.05.2002

DOP ( X ) IGP ( )

La presente ficha es un resumen de carácter informativo. Para más información, los interesados pueden solicitar la versión completa del pliego de condiciones a las autoridades nacionales indicadas en el apartado 1 o a la Comisión Europea (1).

1.   Servicio competente del Estado miembro:

Nombre:

Instituto de Desenvolvimento Rural e Hidráulica

Dirección:

Av. Afonso Costa, n.o 3 — P-1949-002 Lisboa

Teléfono:

(351) 218 44 22 00

Fax:

(351) 218 44 22 02

Correo electrónico:

idrha@idrha.min-agricultura.pt

2.   Agrupación solicitante:

Nombre:

UCAAI — União das Cooperativas Agrícolas do Alentejo Interior

Dirección:

Rua 5 de Outubro, 7 — P-7595 Torrão

Teléfono:

(351) 265 66 92 52

Fax:

(351) 265 66 92 52

Correo electrónico:

azeites_alentejo_interior@iol.pt

Composición:

Productores/transformadores ( X ) Otras categorías: ( )

3.   Tipo de producto:

Clase 1.5: Grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.). Aceite de oliva virgen y aceite de oliva virgen extra.

4.   Descripción del pliego de condiciones

(resumen de las condiciones del artículo 4, apartado 2):

4.1.   Nombre del producto: «AZEITE DO ALENTEJO INTERIOR»

4.2.   Descripción: Aceite de oliva virgen y aceite de oliva virgen extra, obtenido por procesos mecánicos de los frutos de la Olea europea sativa Hoffg. de las variedades Galega Vulgar (mínimo: 60 %), Cordovil de Serpa y/o Cobrançosa (máximo: 40 %), si bien se permiten otras variedades hasta un máximo del 5 %, con exclusión absoluta de Picual y Maçanilha (manzanilla). Presenta color amarillo dorado o verdoso, aroma afrutado suave de aceituna madura o verde y de otros frutos, en particular manzana o higo, y gran sensación de dulzor. Puntuación en análisis sensorial — mín. 6,5. Características químicas: Absorbencia K232 — máx. 2,40, K270 — máx. 0,20 y Delta K — máx. 0,00. Ceras máx. 200 mg/kg, Esteróles ( %) Colesterol — máx. 0,3; Brasicasterol — máx. 0,1; Campesterol — máx. 3,5; Estigmasterol — menor que Campesterol; Betasitosterol — mín. 93,0; Delta -7- Estigmastenol — máx. 0,5. Esteroles totales mín. 1600 mg/kg; Eritrodiol + Uvaol ( %) — máx. 4,5; Ácidos grasos totales ( %) C14:0 — máx. 0,03; C16:0 — 14,0 a 20,0; C16:1 — 2,0 a 3,0; C18:0 — 1,5 a 2,5; C18:1 — mín. 70,0; C18:2 — 4,0 a 7,0; C18:3 máx. 1,0; Ácidos grasos «trans» ( %) Transoleicos — máx. 0,03; Translinoleicos +Translinolénicos — máx. 0,03.

4.3.   Zona geográfica: La zona geográfica de producción, transformación y envasado forma parte del «corazón» del Alentejo, generalmente conocido como Alentejo Interior y se encuentra naturalmente circunscrita a la totalidad de los concejos de Portel, Vidigueira, Cuba, Alvito, Viana do Alentejo, Ferreira do Alentejo y Beja, así como también a las freguesias de Aljustrel, S. João de Negrilhos y Ervidel, del concejo de Aljustrel; Entradas, del concejo de Castro Verde; Alcaria Ruiva, del concejo de Mértola, y Torrão, del concejo de Alcácer do Sal.

4.4.   Prueba del origen: Además de las características propias del producto, existe un sistema de trazabilidad ya en uso. Las explotaciones agrícolas y las unidades de transformación y envasado tienen que tener licencia y estar autorizadas por la agrupación de productores mediante un dictamen previo del organismo de control y además estar situadas en la zona geográfica citada. Todo el proceso productivo, desde la explotación agrícola que produce la materia prima hasta el lugar de venta del producto, está sujeto a un sistema de control, destinado a comprobar el cumplimiento de todas las prácticas agrícolas, de transporte y de transformación y envasado estipuladas.

El uso de la DOP sólo está permitido en los embalajes de aceite virgen y de aceite virgen extra con las características analíticas descritas y cuyo proceso productivo haya sido sometido a control.

La marca de certificación está numerada, por lo que es posible efectuar una trazabilidad completa hasta la explotación agrícola. La prueba de origen puede realizarse en cualquier momento a lo largo de toda la cadena productiva.

4.5.   Método de obtención: Las aceitunas procedentes de los olivares inscritos, con las variedades y porcentajes citados, se recogen en el estado de maduración adecuado y se separan de todas las demás. Se transportan a las unidades de transformación, donde se someten a los procesos de selección, lavado, molturación, batido y prensado o centrifugación. El aceite obtenido, después de la decantación, se almacena en depósitos adecuados, en espera del envasado. Se respetan todas las exigencias de las prácticas correctas de obtención de aceite de oliva, en particular en lo relativo a los productos fitosanitarios utilizados para el control de las plagas, reglas de la recogida, forma y tiempo de transporte desde el lugar de la recogida hasta la almazara, almacenado de las aceitunas en las almazaras, tiempo máximo entre la cosecha y la molturación y batido de la pasta. No se permiten técnicas de segunda extracción ni se usan enzimas o talco. Los aceites de oliva virgen y virgen extra se envasan en recipientes adecuados y se etiquetan convenientemente. Todas las operaciones descritas se realizan dentro de la zona geográfica, puesto que el aceite es miscible y no es posible proceder a su separación o distinción posterior. Así pues, ésta es la forma adecuada de realizar el control y evitar interrupciones en la trazabilidad del producto, garantizando al consumidor el origen y la autenticidad del producto.

4.6.   Vínculo: La producción de aceite de oliva está íntimamente ligada al Alentejo interior. En esta región, el olivo encuentra todas las condiciones de clima y suelos propicios para su desarrollo y para la obtención de aceitunas aptas para la producción de aceite de oliva virgen y virgen extra. Como consecuencia de ello, a lo largo de los años se han ido seleccionando las variedades adecuadas y excluyendo las que confieren aromas y gustos distintos de los típicos y afrutados aceites de oliva de la región. El respeto absoluto de las prácticas correctas es una constante. Además de la relación histórica y sociocultural entre el producto y la región, reflejada en los innumerables monumentos (algunos de los cuales datan de la época romana), cantos populares, aperos especialmente desarrollados, toponimia regional, gastronomía, nombres de familias, referencias bibliográficas y estudios, el «Azeite do Alentejo Interior» presenta un perfil químico y sensorial conocido y diferenciado respecto de los demás. A pesar de que las variedades utilizadas no son exclusivas de la región, la composición porcentual del olivar y el ecosistema son determinantes para la obtención de aceite con las características citadas.

4.7.   Estructura de control:

Nombre:

Certialentejo — Certificação de Produtos Agrícolas, LDA

Dirección:

Av. General Humberto Delgado, 34 — 1.a Esq — P-7000–900 Évora

Teléfono:

(351) 266 76 95 64/5

Fax:

(351) 266 76 95 66

Correo electrónico:

geral@certialentejo.pt

4.8.   Etiquetado: Figura obligatoriamente en la etiqueta la mención «Azeite do Alentejo Interior — Denominação de Origem Protegida» y el correspondiente logotipo comunitario tras el registro comunitario. En la etiqueta debe figurar también la marca de certificación, que incluye obligatoriamente el nombre del producto y la correspondiente mención, el nombre del organismo de control y el número de serie (código numérico o alfanumérico que permite rastrear el producto).

4.9.   Requisitos nacionales: —


(1)  Comisión Europea, Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, Unidad de Política de calidad de los productos agrícolas, B-1049 Bruselas.


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