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Document 52011DC0206

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Acta del Mercado Único Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza «Juntos por un nuevo crecimiento»

/* COM/2011/0206 final */

52011DC0206




COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Acta del Mercado Único Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza «Juntos por un nuevo crecimiento»

ÍNDICE

1. Introducción 2

2. Las doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza 5

2.1. Acceso de las PYME a la financiación 5

2.2. Movilidad de los ciudadanos 7

2.3. Derechos de propiedad intelectual 8

2.4. Los consumidores como actores del mercado único 9

2.5. Servicios 11

2.6. Redes 12

2.7. Mercado único digital 13

2.8. Empresas sociales 15

2.9. Fiscalidad 16

2.10. Cohesión social 17

2.11. Entorno reglamentario de las empresas 19

2.12. Contratos públicos 20

3. Una gobernanza del mercado único reforzada como condición para el éxito 21

4. Fase siguiente. Conclusión 24

1. INTRODUCCIÓN

Parte vital del proyecto europeo desde su fundación, el mercado común, convertido después en mercado interior, construye desde hace más de 50 años redes de solidaridad entre las mujeres y los hombres de Europa, al tiempo que abre nuevos espacios de crecimiento a más de 21 millones de empresas europeas . El mercado interior, como espacio de libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales, se ha enriquecido desde 1993 con la consolidación de la integración económica, la creación de una moneda única y el desarrollo de políticas de solidaridad y cohesión. Hoy más que nunca participa en la realidad cotidiana de los ciudadanos —que se benefician de él en sus actividades, en su vida profesional y en su espacio privado y de consumo— y constituye el verdadero motor del crecimiento de la economía europea y del desarrollo de las empresas.

El mercado interior , sin embargo, presenta algunas deficiencias , que han sido puestas de manifiesto por Mario Monti en su informe sobre «Una nueva estrategia para el mercado único», así como por el Parlamento Europeo en un informe de Louis Grech en el que se analiza la forma de ofrecer un mercado único a los consumidores y a los ciudadanos[1].

Un plan de acción para relanzar el crecimiento y reforzar la confianza

Aportar soluciones a esas deficiencias es brindar al mercado único la oportunidad de desarrollar todo su potencial , permitiendo que los ciudadanos vuelvan a hacer suyo su espacio de vida en común y ofreciendo a las iniciativas de los agentes públicos y privados mayores posibilidades de éxito. Para ello es necesario desarrollar una estrategia proactiva y transversal . Se trata de poner fin a la fragmentación del mercado y de eliminar los obstáculos que se oponen a la circulación de los servicios, a la innovación y a la creatividad . Se trata también de reforzar la confianza de los ciudadanos en el mercado interior y de ofrecer a los consumidores todas sus ventajas . El objetivo es llegar a un mercado mejor integrado que desempeñe plenamente el papel de plataforma de base sobre la que construir la competitividad colectiva de las mujeres y los hombres, de las empresas y de los territorios europeos, incluidos los más alejados y los menos desarrollados[2]. Es urgente actuar pues, a pesar de la rápida reacción de la Unión Europea ante la crisis y pese a las reformas que están hoy en marcha (en el ámbito, especialmente, de los mercados financieros y de la gobernanza económica), la crisis podría tener un efecto prolongado en el crecimiento potencial y en el nivel de desempleo, afectando así a las condiciones de vida de los europeos y a su propio futuro[3]. Para evitarlo, la Unión Europea ha adoptado una estrategia — Europa 2020 — en la que se fijan unos objetivos ambiciosos para una nueva trayectoria de crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo [4]. Pero esos objetivos sólo podrán alcanzarse si la Unión y los Estados miembros proceden a la ejecución de reformas estructurales urgentes . Ante todo, debe darse prioridad a las medidas que puedan favorecer el crecimiento y el empleo . En su estudio anual del crecimiento[5], la Comisión ha subrayado la necesidad de dar una respuesta global a la crisis y ha destacado la decisiva contribución que está llamado a hacer el mercado único con la movilización de todo su potencial en favor del crecimiento. El Consejo Europeo hizo hincapié en esa contribución en sus Conclusiones de los días 24 y 25 de marzo de 2011: «El mercado único tiene un papel fundamental que desempeñar a la hora de generar crecimiento y empleo y fomentar la competitividad... Debe insistirse especialmente en las medidas que generen crecimiento y empleo y produzcan resultados palpables para los ciudadanos y las empresas»[6]. El mercado único ofrece el marco y los instrumentos necesarios para poner en marcha las reformas necesarias.

Un debate público enriquecedor y estimulante

Para responder a esas exigencias, la Comisión abrió un debate sobre las cincuenta propuestas que se habían presentado en su Comunicación titulada « Hacia un Acta del Mercado Único »[7].

El debate público se desarrolló a nivel europeo, nacional y local. En respuesta a la consulta pública sobre el Acta del Mercado Único, se recibieron más de 800 contribuciones que vinieron a reflejar las opiniones de los Estados miembros, de organizaciones no gubernamentales, de interlocutores sociales (tanto a nivel nacional como europeo), de autoridades regionales y locales, de federaciones industriales y profesionales, de organizaciones sindicales, de empresas, de asociaciones de consumidores, de grupos de reflexión, de universidades y de numerosos ciudadanos[8]. La consulta reveló lo mucho que espera la sociedad civil tanto del desarrollo de las potencialidades del mercado único para favorecer el crecimiento y el empleo , como de su dimensión social y de protección de los servicios públicos. Las prioridades apuntadas por los agentes económicos confirman su fuerte adhesión al objetivo común de una economía social de mercado altamente competitiva .

En sus Conclusiones de 10 de diciembre de 2010[9], el Consejo respalda la orientación general dada al Acta del Mercado Único, que consiste en apoyarlo en una base económica y social sólida para poder alcanzar una economía altamente competitiva. El Consejo, además, se compromete a proseguir el examen del Acta para definir lo antes posible, en cooperación con el Parlamento Europeo y la Comisión, las medidas prioritarias que han de concretizarse antes de que concluya 2012. El Parlamento Europeo, por su parte, ha dado a conocer en sus resoluciones de 6 de abril de 2011 (basadas en los informes de los diputados Sandra Kalniete, Cristian Silviu Busoi y Antonio Fernando Correia de Campos[10]) sus prioridades para desarrollar, en un marco de cooperación y de gobernanza, un mercado único al servicio de los europeos, de las empresas y del crecimiento.

Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza de los ciudadanos

Basándose en las contribuciones recogidas en el curso del debate público, así como en los dictámenes y conclusiones del Parlamento Europeo y del Consejo y en los dictámenes del Comité de las Regiones[11] y del Comité Económico y Social Europeo[12], la Comisión ha identificado doce prioridades , por cada una de las cuales propone que la UE adopte de aquí a finales de 2012 una medida clave que permita estimular el crecimiento y reforzar la confianza de los ciudadanos .

La Comisión presentará en 2011 las propuestas legislativas necesarias para la puesta en marcha de esas medidas clave. Con ellas, el Parlamento y el Consejo podrán responder a la invitación del Consejo Europeo de adoptar antes de finales de 2012 un primer paquete de medidas prioritarias para el relanzamiento del mercado único [13].

Esa priorización, sin embargo, no significa que la Comisión renuncie a seguir trabajando en otras medidas que, estando recogidas en su Comunicación «Hacia un Acta del Mercado Único», han de hacer de ese mercado la plataforma idónea para el crecimiento y la creación de empleo. Aunque deba actuarse urgentemente en favor del crecimiento y el empleo, el plan de medidas presentado no es más que una primera fase del proceso global .

El trabajo deberá continuar, y es preciso desde hoy mismo preparar ya la fase siguiente. La Comisión presentará otras medidas que, respondiendo a los mismos imperativos, harán una contribución significativa al proyecto de relanzamiento del mercado único. A finales de 2012, analizará la situación del presente plan de medidas y dará a conocer su programa para la próxima fase. Todas estas medidas en su conjunto darán una respuesta política coherente a las deficiencias del mercado interior, proponiendo en el marco de la estrategia Europa 2020 un modelo de crecimiento sostenible, inteligente e inclusivo.

Un crecimiento sostenible

El conjunto de las reformas que se prevén deberá contribuir a un desarrollo sostenible basado en una economía social de mercado altamente competitiva [14]. Deberá contribuir también al progreso social y al empleo , así como a la mejora del medio ambiente y a la lucha contra el cambio climático . Asimismo, habrá de reforzar la dimensión externa del mercado interior y tendrá que aportar beneficios tangibles para los ciudadanos , que son sus destinatarios. De ello dependerá la confianza de éstos y su apoyo al proyecto de integración europea.

Un crecimiento inteligente

Las reformas previstas c ompletarán y ajustarán el mercado único, adaptándolo a los desafíos del siglo XXI , particularmente a los derivados de la economía digital . Además, dotarán a nuestra industria de los medios necesarios para ser más competitiva en los mercados internacionales, proporcionarán a Europa las infraestructuras que le son indispensables para garantizar la libre circulación de las personas y de las mercancías y favorecerán la innovación y la creatividad necesarias para relanzar en Europa una base industrial sólida y desarrollar una sociedad de servicios competitiva .

Un crecimiento inclusivo

Las reformas que se prevén facilitarán la creación y el desarrollo de pequeñas y muy pequeñas empresas , que constituyen la columna vertebral de las economías nacionales y europea . De esas reformas será parte integrante la prosecución del esfuerzo que viene realizándose para lograr una reglamentación más inteligente y una reducción de las cargas administrativas . Las reformas, además, tratarán de resolver las dificultades concretas de los europeos , velando por que la integración no se haga en detrimento de los derechos sociales sino, antes bien, en favor de una sociedad más solidaria.

A tal fin, la Comisión continuará profundizando el aspecto social de los análisis de impacto que acompañarán a las propuestas legislativas atinentes al mercado interior . En este sentido, velará por que, cuando a la luz de esos análisis así se justifique, sus propuestas legislativas integren una referencia a las políticas y a los derechos sociales y tendrá debidamente en cuenta los artículos 8 y 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), así como la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En virtud de ésta, los trabajadores y los empleadores, o sus organizaciones respectivas, tienen —de conformidad con el Derecho de la Unión y con las legislaciones y prácticas nacionales— el derecho a recurrir, en caso de conflicto de intereses, a acciones colectivas para la defensa de sus intereses, incluida la huelga[15].

Un crecimiento inclusivo significa igualmente prestar una atención especial a las necesidades de las personas con discapacidades a fin de que ellas también puedan beneficiarse del mercado único (por ejemplo, los pasajeros con movilidad reducida deberán poder viajar con más facilidad y las personas con discapacidad visual deberán tener un mayor acceso a la lectura).

Una estrategia integrada

La Comisión ha acometido ya varias actuaciones importantes a través de las siete iniciativas emblemáticas de la estrategia Europa 2020. Las iniciativas adoptadas, que abordan todos los ámbitos que participan en el relanzamiento económico, como el Plan de Eficiencia Energética 2011[16] o la Revisión de la « Small Business Act » para Europa[17], asientan progresivamente los pilares de un nuevo crecimiento. Los mercados financieros desempeñarán aquí un papel fundamental, y se proseguirán las reformas ya emprendidas en la reglamentación de los servicios financieros en favor de un crecimiento sostenible[18].

2. L AS DOCE PRIORIDADES PARA ESTIMULAR EL CRECIMIENTO Y REFORZAR LA CONFIANZA

2.1. Acceso de las PYME a la financiación

Medida clave: Legislación que facilite que los fondos de capital riesgo que estén establecidos en un Estado miembro puedan invertir en cualquier otro Estado miembro sin obstáculos ni exigencias suplementarias. El objetivo será conseguir que las PYME que quieran recurrir al capital riesgo puedan dirigirse a fondos que, contando con la experiencia necesaria en su propio sector, dispongan de la capacidad de ofrecer capitales a un precio atractivo[19]. |

Los 21 millones de PYME de la Unión Europea constituyen una baza fundamental para la creación de empleo y la consecución de un crecimiento sostenible. La dificultad de acceso a las fuentes de financiación es uno de los principales obstáculos para que esas empresas puedan lanzar nuevos productos, reforzar sus infraestructuras y contratar a un mayor número de empleados[20]. Esta situación afecta tanto a las PYME que ya están bien asentadas, como a las que se definen por su espíritu innovador o se encuentran en pleno desarrollo.

Dentro de Europa, la mayor parte de las PYME que ya están asentadas tienen que recurrir al crédito bancario. Éste, sin embargo, se ha contraído como consecuencia de la crisis financiera. Por ello, en su revisión de la « Small Business Act » para Europa, adoptada en febrero, la Comisión se ha comprometido a evaluar el impacto que puedan tener en las PYME todas las propuestas de reglamentación de los servicios financieros (como, por ejemplo, los requisitos de capital impuestos a los bancos) y a calibrarlas adecuadamente.

En cuanto a las PYME en proceso de desarrollo, es fundamental facilitarles el acceso a las fuentes de financiación dado que estas empresas y, en especial, las innovadoras desempeñan un papel de capital importancia para la consecución de una economía innovadora y sostenible. Con el fin de obtener los fondos que precisan para comercializar sus innovaciones, es frecuente que esas empresas traten de acceder a los mercados de capitales más allá del crédito bancario. Los mercados de capital riesgo pueden proporcionar los capitales necesarios, pero no están aún suficientemente desarrollados en Europa. La heterogeneidad de los regímenes nacionales de reglamentación y las barreras fiscales hacen que los fondos de capital riesgo se enfrenten a importantes dificultades para atraer capitales en el extranjero y efectuar operaciones transfronterizas. Esta medida clave se pondrá en marcha en estrecha colaboración con el Foro de Financiación de las PYME.

La financiación de las PYME será objeto de un plan de acción que abordará no sólo el acceso de estas empresas a las diversas fuentes de financiación, sino también, directamente, los propios instrumentos de financiación de las mismas y la creación de un entorno favorable para su desarrollo y crecimiento.

También será preciso modificar la Directiva sobre la transparencia, el Reglamento de aplicación de la Directiva sobre los folletos y la Directiva sobre el abuso de mercado con el fin de, sin dejar de garantizar el mismo nivel de protección a los inversores, hacer más proporcionadas las obligaciones aplicables a las PYME que cotizan en bolsa. Además, en la revisión de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID) , deberán introducirse unas condiciones especiales que se ajusten a las plataformas de negociación destinadas a las PYME. Con ello se creará un marchamo de calidad para esos mercados y se facilitará la constitución de redes entre ellos.

2.2. Movilidad de los ciudadanos

Medida clave: Legislación modernizada sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales[21]. Los objetivos serán varios: simplificar los procedimientos de reconocimiento mutuo de los trabajadores móviles, modernizar el marco legislativo, revisar el ámbito de las profesiones reguladas y reforzar la confianza y la cooperación entre los Estados miembros. La creación de una tarjeta profesional europea permitiría impulsar la movilidad de los profesionales, constituyendo al mismo tiempo la garantía necesaria para la confianza entre las autoridades de los Estados miembros y, en último término, para los intereses de los empleadores y de los propios consumidores. |

Impulsar la movilidad y las cualificaciones de los trabajadores responde a la necesidad imperiosa de relanzar el crecimiento en Europa. La economía europea ganará competitividad si se consigue una mayor movilidad de mano de obra cualificada. El excesivo número de obstáculos reglamentarios sigue impidiendo aún que los europeos trabajen en el lugar de su elección dentro de la Unión Europea, y ello pese a que son numerosos los puestos altamente cualificados que no logran cubrirse. La economía podría beneficiarse más de una movilidad temporal de los trabajadores si ésta estuviera mejor valorada y se viera facilitada por un marco legal más claro. En el ámbito no reglamentado, será importante también proseguir los esfuerzos de correspondencia entre los sistemas de certificación nacionales a través del llamado Marco Europeo de Cualificaciones con el fin de favorecer la comparabilidad de éstas en los casos de movilidad.

La situación actual del mercado de trabajo, que está marcada por la crisis económica y el envejecimiento de la población, se caracteriza por la penuria de mano de obra y por las dificultades a las que se enfrentan los empleadores para encontrar trabajadores que dispongan de las competencias requeridas. Si se quiere corregir esa situación, será preciso que los ciudadanos tengan la posibilidad de cambiar de empleo rápidamente, trasladándose a otro Estado miembro, y que su experiencia profesional y sus cualificaciones sean reconocidas en todos los Estados miembros.

Será necesario también para facilitar la movilidad que los ciudadanos puedan establecer y conservar sus derechos de pensión complementaria (transferibilidad) incluso en los casos en que se trasladen después a otro Estado miembro para trabajar en él. El pleno compromiso del Parlamento y del Consejo reviste en este sentido una importancia primordial para poder responder de aquí a 2012 a las grandes expectativas que abrigan los ciudadanos.

Para ello, la Comisión publicará un libro blanco sobre las pensiones —basado en el Libro Verde de 2010[22]— que abordará, entre otras, la cuestión de la protección de los derechos de pensión y animará a los Estados miembros a dotarse de unos servicios de seguimiento de las jubilaciones que ayuden a los ciudadanos a conocer en todo momento la evolución de sus derechos de pensión. Al libro blanco seguirá en 2012 una propuesta de medidas legislativas para favorecer la protección de esos derechos. La Comisión, además, revisará al mismo tiempo la Directiva sobre fondos de pensiones de empleo (FPE) para hacer posible que los trabajadores y sus empleadores puedan beneficiarse más del mercado único.

En su iniciativa emblemática titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo», la Comisión ha propuesto también una serie de medidas para favorecer la movilidad, entre ellas la creación de un «Pasaporte europeo de cualificaciones» que permita a cada uno dejar constancia detallada de los haberes y competencias que vaya adquiriendo a lo largo de su vida[23].

Otro objetivo cuya consecución deberá facilitarse es la movilidad de los jóvenes, especialmente la de los que salen del sistema escolar sin cualificación. Con ese objetivo, la Comisión propondrá un proyecto de recomendación del Consejo para promover y validar la formación fuera de las escuelas [24].

2.3. Derechos de propiedad intelectual

Medida clave: Legislación que establezca una protección unitaria por patente en el mayor número posible de Estados miembros y un sistema unificado de resolución de litigios. El objetivo es entregar ya en 2013 las primeras patentes que se beneficien de esa protección unitaria[25]. |

La propiedad intelectual es un derecho de propiedad reconocido por la Carta de los Derechos Fundamentales[26]. Su importancia es la misma que la de las materias primas o la de la base industrial: entre el 45 y el 75 % de los recursos de las grandes empresas se deriva de sus derechos de propiedad intelectual[27]. Las industrias que hacen un uso intensivo de esos derechos desempeñan un papel estratégico para el crecimiento sostenible de nuestras economías: no sólo aportan innovación y generan una plusvalía económica importante, sino que además ofrecen empleos estables y altamente cualificados. Los salarios en esas industrias son, como media, un 60 % más altos que los de los otros sectores.

La protección de los derechos de propiedad intelectual estimula las inversiones en el desarrollo de productos y de servicios innovadores, al tiempo que garantiza un justo rendimiento a esas inversiones. Es preciso por tanto establecer un marco reglamentario que proteja esos derechos de forma eficaz y en el necesario respeto de los derechos fundamentales. Así pues, una de las principales prioridades de la UE deberá ser la instauración de ese marco, que tendrá que garantizar también la difusión de la información y de los productos y servicios, así como el respeto de las normas de competencia.

La situación actual, caracterizada por una multiplicidad de patentes y de sistemas nacionales de arreglo de conflictos, además de costosa e ineficaz, entraña inseguridad jurídica. Es por ello por lo que la prioridad absoluta en este ámbito ha de ser el establecimiento de una protección unitaria por patente y de un sistema unificado para la resolución de litigios. Debe tenerse presente que esa protección unitaria permitirá reducir los costes un 80 %.

De igual forma, procede crear un instrumento de valorización de los derechos de propiedad intelectual para facilitar el nacimiento de un verdadero mercado europeo de patentes y licencias. Es aconsejable, además, que los activos inmateriales que posea una empresa en forma de esos derechos puedan reconocerse plenamente como garantía para un préstamo.

Por otra parte, deben también simplificarse y hacerse más transparentes los sistemas actuales de concesión de licencias de derechos de autor en el caso de las ofertas legales en línea[28]. En la era Internet, es necesario que la gestión colectiva evolucione hacia unos modelos europeos de licencias que, cubriendo varios territorios y una multitud de servicios en línea, garanticen al mismo tiempo un alto nivel de protección para los titulares de los derechos. Esta nueva flexibilidad del marco legislativo reformado hará posible el nacimiento de nuevos modelos comerciales y, con ellos, una difusión amplia de contenidos creativos orientada a consumidores en movimiento. Debe facilitarse, además, la creación de una versión digital de los fondos de las instituciones culturales europeas que incluya las obras huérfanas .

La promoción de las ofertas legales tiene que ir acompañada de la adopción de una normativa europea que refuerce la lucha contra la piratería y la falsificación . Para ello, es especialmente importante fortalecer el Observatorio Europeo de la Falsificación y la Piratería y mejorar la cooperación entre las autoridades[29]. La protección de los derechos de propiedad intelectual por las autoridades aduaneras debe reforzarse por medio de una normativa revisada. Un dato fundamental en este contexto son los 250 000 millones de euros a los que, según las estimaciones, se eleva el coste anual que la piratería y la falsificación representan para las empresas europeas[30].

Es preciso también que se modernice el sistema de marcas en Europa para mejorar la protección de las marcas y hacer más coherentes el sistema europeo y los sistemas nacionales. Ello simplificará los procedimientos, reducirá los costes y permitirá que el sistema se beneficie plenamente de las nuevas tecnologías que aportan las labores de investigación.

Todas estas cuestiones se tratarán en la comunicación sobre la estrategia en materia de propiedad intelectual que adoptará la Comisión en 2011.

2.4. L os consumidores como actores del mercado único

Medida clave: Legislación sobre la resolución alternativa de litigios. El objetivo es garantizar la puesta en marcha de vías de recurso extrajudiciales que, además de posibilitar una solución fácil, rápida y barata para los consumidores, permita preservar las relaciones de las empresas con su clientela. Esta medida incluirá un apartado dedicado al comercio en línea. |

El mercado único es para los consumidores una realidad de su vida cotidiana cuando viajan, compran y efectúan pagos. Pero los ciudadanos siguen enfrentándose a menudo a numerosos obstáculos y no tienen plena confianza en la posibilidad de obtener reparación en caso de que surjan problemas. Por ello, para relanzar el mercado único y, en especial, el mercado único digital, es esencial reforzar la confianza de los consumidores en el ejercicio de sus derechos. Si las normas se aplicaran mejor, los consumidores podrían evitarse pérdidas importantes, evaluadas en el 0,16 % del producto interior bruto (PIB) de la Unión. Asimismo, si los consumidores tuvieran más confianza en el comercio electrónico transfronterizo, se obtendría un ahorro suplementario, evaluado en cerca del 0,02 % del PIB de la UE o, lo que es lo mismo, 2 500 millones de euros[31].

Además del trabajo que viene consagrando al tema de la resolución alternativa de litigios, la Comisión seguirá buscando un enfoque europeo de los recursos colectivos basándose en los resultados que arroje la consulta que ella misma ha lanzado.

Es necesario, por lo demás, acometer otras medidas concretas para poder reforzar la confianza de los consumidores en el mercado único. El consumidor debe tener la garantía de que las mercancías que compre sean fiables, independientemente del lugar de su producción. A tal fin, es esencial revisar la Directiva sobre la seguridad general de los productos . Las empresas, además, esperan que los Estados miembros apliquen en toda la UE unas normas de protección idénticas. Para ello, la Comisión elaborará, en colaboración con los servicios de aduanas y de vigilancia del mercado, un plan de acción plurianual para la vigilancia del mercado que, incluyendo las fronteras exteriores, sea aplicado por los Estados miembros. Asimismo, con objeto de garantizar que los consumidores reciban información fiable sobre el comportamiento medioambiental de los productos, la Comisión propondrá, en el marco del Plan de Acción sobre Consumo y Producción Sostenibles, una iniciativa sobre la huella ecológica de los productos .

Es necesario también garantizar que en todos los modos de transporte se apliquen correctamente los derechos de los pasajeros , incluidos los de las personas con movilidad reducida. A tal efecto, se publicará una comunicación en la que se resuma el conjunto de las normas que rigen en la Unión Europea para los derechos de los pasajeros en todos los modos de transporte (avión, tren, barco y autobús/autocar). Además, para proteger mejor a los consumidores, la Comisión propondrá próximamente una revisión de la Directiva sobre los viajes combinados, particularmente cuando se compren en línea.

Por último, se proseguirá el trabajo que viene consagrándose a la protección de los consumidores de productos financieros minoristas, prestándose especial atención a la transparencia de los gastos bancarios y a la mayor protección de quienes contraen un préstamo en el mercado de los créditos hipotecarios.

2.5. Servicios

Medida clave: Revisión de la legislación del sistema europeo de normalización para ampliarlo a los servicios y hacer que los procedimientos de normalización sean más eficaces, eficientes y participativos[32]. |

La normalización constituye un instrumento primordial para posibilitar la libertad de circulación de las mercancías dado que garantiza la interoperabilidad de los productos y su seguridad y calidad. La normalización se utiliza también cada vez más en el sector terciario, aunque principalmente a nivel nacional, lo que puede dificultar más la integración del mercado único de los servicios. Para evitar la aparición de nuevos obstáculos y facilitar el flujo transfronterizo de los servicios —particularmente los consagrados a las empresas , como la logística o la gestión de los servicios de apoyo a ellas (« facility management »)—, es esencial que la normalización de esos servicios se desarrolle a nivel europeo teniendo plenamente en cuenta las necesidades del mercado. Esto constituirá un objetivo de primer orden dentro de la revisión del sistema europeo de normalización. Otro objetivo importante será establecer un sistema más eficaz, eficiente y participativo. El sistema de normalización tendrá que garantizar la rapidez en la adopción de las normas y la adaptación de éstas a las nuevas tecnologías (entre otras, las de la información y la comunicación), así como una mayor participación de las PYME y de los otros interesados. Deberá garantizar también que las normas sean accesibles a todos los usuarios.

Con carácter más general, hay que señalar que el buen funcionamiento del mercado único de los servicios es condición esencial para impulsar el crecimiento y el empleo en Europa. Mientras el crecimiento medio de la economía europea se situó en un 2,1 % anual entre 1998 y 2008, el sector servicios creció como media un 2,8 % al año. Además, el empleo en ese sector aumentó un 2 % anual, frente al 1 % registrado por el conjunto de la economía[33]. Para lograr ese buen funcionamiento, la prioridad inmediata ha de ser la aplicación plena y completa de la Directiva de servicios en todos los Estados miembros, incluidas las disposiciones atinentes a la ventanilla única. Pero, más allá de esa aplicación y de conformidad con las conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2011, la Comisión, en colaboración con los Estados miembros, llevará a cabo «pruebas de rendimiento» para examinar más de cerca el funcionamiento práctico del marco normativo comunitario que se aplica a algunos sectores prometedores, como el de los servicios a las empresas , el de la construcción y el del turismo . Además, someterá a una evaluación más profunda una serie de cuestiones que, como las reservas de actividades, la propiedad del capital, las formas jurídicas o las exigencias en materia de seguros, son obstáculos que siguen oponiéndose hoy a una mayor integración del mercado de servicios[34]. Atendiendo a los resultados de esas diversas iniciativas, la Comisión decidirá en 2012 las etapas que hayan de emprenderse a continuación. También el comercio y la distribución deberán ser objeto de una atención especial debido a su contribución al crecimiento y a la creación de empleo. Asimismo, se tomará una iniciativa para luchar contra las prácticas comerciales desleales entre empresas . El objetivo será múltiple: identificar la naturaleza y el alcance de los problemas derivados de las prácticas comerciales desleales entre profesionales a lo largo de toda la cadena de suministro, hacer una relación de las reglamentaciones existentes en los Estados miembros, determinar su nivel de ejecución y precisar las diferentes opciones que sean posibles. Con ello se pretende no sólo acabar con las prácticas desleales que ponen en peligro la viabilidad de las empresas, sino también potenciar, en un mercado único del comercio y la distribución más eficaz y equitativo, la competitividad de los operadores de la cadena de suministro, respondiendo al mismo tiempo a las expectativas de precios competitivos de los consumidores y de los productores. Dada la importancia de los servicios a las empresas , la Comisión creará un Grupo de Alto Nivel con el fin de que estudie las deficiencias del mercado.

Por último, sin perjuicio del reconocimiento de los títulos, será preciso en el contexto de la libre circulación de servicios estudiar la forma de garantizar la calidad de la educación frente al crecimiento en este ámbito del fenómeno de las franquicias.

2.6. Redes

Medida clave: Legislación sobre las infraestructuras energéticas y de transporte que permita identificar y desarrollar los proyectos estratégicos de interés europeo y garantizar la interoperabilidad y la intermodalidad. |

Las redes de energía, de transportes y de comunicaciones electrónicas constituyen la columna vertebral del mercado único. En efecto, la existencia de unas infraestructuras que funcionen bien favorece una libre circulación rápida y a un coste razonable de personas, mercancías, energías y datos (con la atribución de un espectro radioeléctrico adecuado). Toda integración económica eficaz se apoya en la integración de unas infraestructuras de redes eficientes.

Es indispensable adoptar una nueva política europea en materia de infraestructuras energéticas [35] para poder cambiar en la Unión la forma de planificar y desarrollar las redes. Deben también encontrarse soluciones para cubrir algunas conexiones importantes que siguen faltando, y las redes han de ganar inteligencia para que la energía pueda transportarse mejor. La nueva legislación que se adopte deberá facilitar la construcción de una red unificada e inteligente que incremente la seguridad del suministro, la integración de los mercados, la eficiencia energética y el consumo de energías renovables. Es esencial, además, acelerar los procedimientos de autorización y aumentar su transparencia para que pueda llegar a buen término la integración de las redes energéticas nacionales en una sola red europea. Dados los plazos que se observan en la autorización de nuevos proyectos (con frecuencia más de diez años), hay que actuar con urgencia en este tema.

Por lo que se refiere a los transportes, deben ponerse en marcha las medidas preconizadas por el Libro Blanco sobre «La política europea de transportes de cara al 2050»[36]. Se trata de eliminar los obstáculos que se oponen tanto a la realización de un verdadero mercado único (que englobe todos los modos y todos los sistemas nacionales, incluidos los sistemas de transporte inteligentes), como al desarrollo de una red de navegación costera (cabotaje) y de transporte multimodal moderno. Debe señalarse, en este sentido, que la UE sigue sin tener una red de infraestructuras transfronterizas suficientemente interconectada, interoperable y eficiente. La modificación en 2011 de las orientaciones comunes para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (RTE-T) deberá satisfacer tres exigencias, a saber, acabar con los principales puntos de congestión, establecer las conexiones que faltaban e interconectar los distintos modos de transporte gracias a una mejor identificación de los proyectos y a un mejor seguimiento de las decisiones. De esta forma, las nuevas orientaciones comunes definirán una red básica de infraestructuras estratégicas europeas que, integrando el este y el oeste de la Unión, dé cuerpo a una red europea de movilidad y al Espacio Único Europeo de Transporte.

En cuanto al espectro radioeléctrico, su importancia es fundamental para la sociedad digital y los servicios inalámbricos de alta velocidad, así como, en general, para la recuperación económica, el crecimiento, la creación de empleos de calidad y la competitividad a largo plazo de la UE. Habida cuenta del interés que revisten la disponibilidad y la utilización eficaz del espectro para el establecimiento de un mercado interior de las comunicaciones electrónicas y para todos los demás ámbitos de la política de la Unión, se invita al Parlamento y al Consejo a que adopten sin demora la propuesta de Decisión por la que se adopta un programa para la planificación estratégica y la armonización del uso del espectro radioeléctrico en Europa .

2.7. Mercado único digital

Medida clave: Legislación que garantice el reconocimiento mutuo de la identificación y autentificación electrónicas en toda la UE y revisión de la Directiva sobre la firma electrónica. El objetivo es conseguir una interacción electrónica segura y sin obstáculos entre empresas, ciudadanos y administraciones públicas para aumentar, incluso en su dimensión transfronteriza, la eficacia de los servicios, de los contratos públicos, de la prestación de servicios y del comercio electrónico. |

Reforzar la confianza en las transacciones electrónicas es condición sine qua non para el desarrollo de un mercado interior digital del que puedan beneficiarse plenamente los ciudadanos, las empresas y las administraciones. El factor esencial para ello es la existencia de unos servicios electrónicos de confianza cuyo uso sea sencillo y económico y tenga lugar bajo el estricto control de las partes de cada transacción y que, además de respetar la vida privada y garantizar la seguridad jurídica y la seguridad de los intercambios, puedan funcionar más allá de las fronteras y sean reconocidos por todos los sectores de actividad.

A tal fin, la Comisión propondrá un nuevo marco legislativo para garantizar la confianza en las transacciones electrónicas. Dicho marco incluirá la revisión de la Directiva sobre la firma electrónica con objeto de aclarar sus conceptos, simplificar el uso de la firma y eliminar los obstáculos a la interoperabilidad. El marco garantizará también el reconocimiento mutuo de los servicios de identificación y de autentificación electrónicas y abordará el funcionamiento transfronterizo de algunos otros servicios de confianza. Los instrumentos propuestos por el nuevo marco serán de carácter genérico y no estarán vinculados a ningún sector de actividad específico, particularmente en lo que atañe a la identidad electrónica . El marco será tecnológicamente neutro y estará abierto a todos los medios de comunicación, desde Internet hasta las comunicaciones móviles.

Uno de los factores clave para impulsar en la UE el crecimiento y el empleo es el desarrollo digital en sus diferentes facetas. Los logros son ya muy importantes: una industria de las tecnologías de la información y la comunicación en expansión (su valor añadido en la economía europea se elevó en 2007 a unos 600 000 millones de euros[37]), un número creciente de europeos que utilizan Internet con carácter regular o incluso a diario (uno y otro grupo representaban en 2010 el 65 % y el 53 % del total[38]), un mercado de la banda ancha que en 2010[39] predominó en el mundo o un mercado de la información del sector público estimado en 27 000 millones de euros[40], por no citar más que algunos ejemplos. La iniciativa emblemática titulada «Una Agenda Digital para Europa»[41] presenta una batería completa de medidas que deberá conducir en último término al mercado único digital.

El transporte de la voz y el transporte de datos son servicios cada vez más esenciales para todos los europeos. En lo que atañe a las tarifas de itinerancia ( roaming ), las disposiciones adoptadas por la Unión desde 2007 han contribuido claramente a una disminución de los costes telefónicos y a un mayor nivel de transparencia para los consumidores. En cambio, los precios al por menor de los servicios de transmisión de datos en itinerancia siguen siendo elevadísimos, así que la mayoría de los particulares y una parte importante de las empresas no utilizan esos servicios fuera de las fronteras de sus países.

El desarrollo del mercado único digital choca con la falta de confianza de los consumidores en lo que concierne principalmente a la seguridad de los pagos y al respeto de los derechos del consumidor en las transacciones transfronterizas[42] (con relación, sobre todo, a la seguridad de los productos y a las falsificaciones[43]). Esa falta de confianza y las dificultades que plantean las compras electrónicas en otros Estados miembros explican que el comercio en línea represente menos del 5 % de las ventas al por menor y que sólo el 9 % de los europeos haya utilizado ya Internet para realizar alguna compra en otro Estado[44]. El reto consiste en poner un verdadero mercado único al alcance de todos los ciudadanos, incluidos los más vulnerables y los residentes en territorios aislados. La Comisión presentará a tal efecto un plan de acción para el desarrollo del comercio electrónico . El plan evaluará la aplicación de la Directiva sobre el comercio electrónico y analizará los desafíos a los que haya de hacerse frente: los micropagos, la seguridad de los pagos en línea, la protección de los datos personales, la lucha contra las falsificaciones, la entrega de los pedidos, la responsabilidad de los proveedores de servicios en Internet o la coherencia del Derecho europeo con repercusiones en el comercio electrónico[45]. La Comisión propondrá también algunas medidas con objeto de potenciar el desarrollo de un espacio integrado para las tarjetas de pago y las otras formas innovadoras de efectuar pagos.

Será preciso, por otra parte, eliminar las discriminaciones derivadas de la localización geográfica, particularmente en el comercio en línea. La Comisión presentará unas directrices [46] para poner fin —de forma especial en ese comercio— a las discriminaciones injustificadas que se basen en la nacionalidad o en el lugar de residencia.

Hay que señalar, por último, que la Directiva relativa a la reutilización de la información del sector público[47] ha establecido las condiciones básicas para que pueda aprovecharse la riqueza de los datos producidos por las administraciones públicas, unos datos que pueden estimular el mercado de contenidos y el de servicios si se permite el acceso a ellos en condiciones transparentes y no discriminatorias[48]. La revisión de esa directiva permitirá que los datos del sector público se conviertan en una importante fuente de oportunidades y de crecimiento para muchos otros sectores innovadores.

2.8. Empresas sociales

Medida clave: Legislación por la que se cree un marco europeo que facilite el desarrollo de los fondos de inversión solidaria. Con ello se amplificará el efecto de las iniciativas nacionales al abrir a esos fondos las oportunidades del mercado único (acceso a oportunidades de inversión y a inversores establecidos en todos los Estados miembros). |

El mercado interior se basa en una «economía social de mercado altamente competitiva», lo que refleja la evolución actual hacia un crecimiento inclusivo, más justo socialmente y ecológicamente sostenible. Asistimos hoy al establecimiento de nuevos modelos económicos en los que las consideraciones sociales prevalecen ya sobre la sola lógica del beneficio económico. Esta tendencia debe poder trasladarse al mercado único. Se trata de garantizar unas condiciones de competencia iguales y de apoyar aquellas experiencias que introduzcan más equidad en la economía y contribuyan a la lucha contra la exclusión. Hay que utilizar la formidable palanca financiera que es la industria europea de la gestión de activos (7 000 millones de euros en 2009) para favorecer el desarrollo de aquellas empresas que, más allá de la legítima búsqueda del beneficio económico, decidan perseguir también objetivos de interés general que potencien mejoras sociales, éticas o medioambientales. Con el fin de garantizar que las normas sean iguales para todos, la Comisión presentará una propuesta legislativa sobre la transparencia de la información social y ambiental facilitada por las empresas de todos los sectores.

Para poder desarrollarse y responder a sus objetivos, el sector de la economía social en el mercado interior deberá poder adoptar unas formas de organización dotadas de un estatuto jurídico especial. El sector cooperativo , por ejemplo, está hoy más vivo que nunca[49], pero es preciso evaluar los motivos de la escasa adhesión que tiene el estatuto de la cooperativa europea. Aunque las mutuas actúen en sectores fundamentales para los ciudadanos (salud, banca, seguros, etc.), es poco frecuente que ofrezcan sus servicios en varios Estados miembros; y, sin embargo, con el 25 % del mercado de los seguros y el 70 % del número total de empresas del sector, no pueden ser ignoradas por el mercado único. Las fundaciones , por su parte, hacen una importante contribución a la financiación de iniciativas innovadoras y de interés general, pero se enfrentan a dificultades para establecerse en otros Estados miembros o para poner en común sus distintos medios más allá de las fronteras. Con objeto de eliminar esas dificultades, la Comisión presentará una propuesta de reglamento por el que se establezca el estatuto de la fundación europea.

Algunas empresas, sin renunciar al beneficio, se han fijado como misión luchar contra las exclusiones. Siendo con frecuencia empresas muy pequeñas, su ámbito de actuación es local, pero algunas tienen un verdadero potencial de crecimiento y de creación de empleo[50]. Los instrumentos jurídicos[51] deben hacer que el mercado único sea para ellas su campo de desarrollo y de crecimiento, en lugar de confinarlas exclusivamente a su territorio nacional.

En el marco de la llamada Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social[52], la Comisión apoyará el desarrollo de la economía social como instrumento de inclusión activa proponiendo en 2011 una iniciativa en favor de las empresas sociales y facilitando el acceso a los programas financieros de la Unión que sean utilizables en este ámbito.

La Comisión adoptará también en 2011 una comunicación sobre la responsabilidad social de las empresas, concepto este que, siendo más general que el de empresa social, pretende animar a todas las empresas a perseguir objetivos sociales o medioambientales en sus actividades cotidianas.

2.9. Fiscalidad

Medida clave: Revisión de la Directiva sobre la fiscalidad de la energía. El objetivo es garantizar un tratamiento coherente de las distintas fuentes de energía para tener más en cuenta el contenido energético de cada producto y su nivel de emisiones de CO2. |

La normativa tributaria de la UE no responde ya a las realidades del mercado único del siglo XXI ni a las exigencias del desarrollo sostenible. Tampoco garantiza la igualdad de trato de los consumidores finales en el mercado interior, ni estimula suficientemente las prácticas que ahorran más energía o que son más respetuosas del medio ambiente. Es preciso por tanto que la fiscalidad permita orientar el consumo hacia una mejor utilización de los recursos energéticos, privilegiando las fuentes de energía limpias.

Se observa, además, que las empresas que tienen varios establecimientos en la Unión se ven obligadas todavía a multiplicar sus declaraciones de impuestos sobre los beneficios y a tratar con varias administraciones tributarias. Con el proyecto de base imponible consolidada común del impuesto de sociedades (BICCIS), la Comisión propone la armonización de los métodos de cálculo del beneficio imponible. El objetivo es que las empresas se sometan a las mismas normas cualquiera que sea el Estado miembro de la imposición[53]. La puesta en marcha de una ventanilla única fiscal facilitará las relaciones entre las empresas y la administración tributaria, así como la cooperación administrativa entre las autoridades fiscales de los Estados miembros. La BICCIS permitirá a las empresas de la Unión reducir cada año en 700 millones de euros los costes que les exige el cumplimiento de la normativa y ahorrar otros 1 300 millones gracias a la consolidación. Además, las empresas que deseen expandirse fuera de las fronteras nacionales se beneficiarán de un ahorro de 1 000 millones de euros, aproximadamente. No en vano, la BICCIS ha sido identificada en la estrategia de crecimiento anual como una de las medidas potenciadoras del crecimiento a las que es preciso dar prioridad para su adopción antes de que finalice 2012. Para ello, será primordial contar con la plena implicación del Parlamento y del Consejo. Sólo así se podrá responder a las grandes esperanzas que tienen puestas las empresas en la simplificación de su entorno reglamentario.

También deberá revisarse el sistema del IVA para poder definir el régimen definitivo que sea aplicable a las operaciones transfronterizas y las reglas de imposición a ellas correspondientes. El objetivo será reducir las cargas administrativas especiales que pesan sobre esas operaciones y dar seguridad al conjunto de la cadena comercial, particularmente en el caso de las PYME. La Comisión pretende identificar antes de que finalice 2011 los elementos constitutivos de una nueva estrategia para el IVA y emprender, a partir de ellos, las iniciativas legislativas pertinentes. Estas últimas se podrán examinar ya en el marco de la siguiente fase de fortalecimiento del mercado único, es decir, después de 2012.

Los problemas fiscales transfronterizos constituyen un importante obstáculo para los ciudadanos . Esos problemas tienen que resolverse. La Comunicación de la Comisión que lleva por título «Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE»[54] ha identificado los problemas más acuciantes para el ciudadano, a saber, la doble imposición, la discriminación fiscal y las dificultades de acceso a la información y a la administración tributaria de otros Estados miembros. Para hacer frente a esos problemas, la Comunicación anuncia una serie de medidas, concretamente, el establecimiento de un mecanismo obligatorio que permita solucionar los litigios en materia de doble imposición, la creación de unos puntos de acceso únicos a las administraciones y la regulación fiscal de las sucesiones transfronterizas.

2.10. Cohesión social

Medida clave: Legislación que mejore y refuerce la transposición, aplicación y cumplimiento en la práctica de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores[55]. Esa legislación deberá establecer medidas para prevenir y sancionar cualquier abuso o elusión de las normas aplicables y tendrá que ir acompañada de disposiciones que permitan aclarar el ejercicio de las libertades de establecimiento y de prestación de servicios junto con los derechos sociales fundamentales. |

En una economía social de mercado, la existencia de un mercado de servicios europeo más unificado —sin armonización a la baja— permite no sólo garantizar que las empresas puedan prestar sus servicios con mayor facilidad en toda la Unión Europea, especialmente mediante el desplazamiento de sus empleados, sino también asegurar un mayor número de empleos de mejor calidad y un nivel más elevado de protección de los trabajadores y de sus derechos sociales.

En ese contexto, es preciso mejorar la aplicación del marco jurídico que regula el desplazamiento de los trabajadores para facilitar la circulación de la información entre las empresas y las autoridades de los Estados miembros y para reforzar los controles y combatir los abusos, particularmente en todo lo que atañe a los derechos de los trabajadores.

Dentro de la normativa del mercado único, han de tenerse debidamente en cuenta los artículos 8 y 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), así como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que reviste hoy el mismo valor jurídico que el propio Tratado. A tal fin, la Comisión propondrá una legislación transversal que permita aclarar el ejercicio de las libertades de establecimiento y de prestación de servicios junto con los derechos sociales fundamentales —entre ellos el derecho de acción colectiva— de conformidad con la legislación y las prácticas nacionales y en el respeto del Derecho de la Unión[56].

Pero, más allá de esa iniciativa legislativa, el proyecto europeo aborda de forma general entre sus principales preocupaciones la cohesión social y territorial de la Unión, reconociendo que el juego del mercado no es capaz de aportar por sí solo una respuesta adecuada a todas las necesidades colectivas. Los servicios de interés económico general (SIEG) constituyen uno de los componentes esenciales del modelo social europeo, a saber, una economía no sólo altamente competitiva sino también socialmente inclusiva.

La Unión Europea reconoce en el artículo 14 del TFUE y en el Protocolo nº 26 adjunto a los Tratados la importancia que revisten los SIEG para la promoción de la cohesión social y territorial de la Unión y de sus Estados miembros, así como el papel esencial y el amplio poder discrecional que, de conformidad con el principio de subsidiariedad, tienen las autoridades nacionales, regionales y locales para organizar, prestar y hacer ejecutar esos servicios de forma que respondan lo mejor posible a las necesidades de los usuarios.

En el ámbito de los contratos públicos, la Comisión acaba de emprender un ejercicio de reflexión para aclarar la articulación de las normas que regulan las ayudas estatales con aquellas otras que organizan los contratos públicos y con las del régimen aplicable a los contratos de prestaciones integradas ( in-house ).

Es, por otra parte, competencia exclusiva de la Comisión, según el artículo 106 del TFUE, velar por que las normas de ejecución y financiación de los SIEG se ajusten a los principios y disposiciones del Tratado en materia de competencia. A este respecto, acaba de iniciarse otro ejercicio de reflexión en torno a la próxima revisión del paquete de medidas sobre las ayudas estatales en favor de los SIEG (llamado, asimismo, «paquete post-Altmark»)[57]. La futura reforma deberá perseguir el doble objetivo de aclarar conceptos y de implantar un enfoque diferenciado y proporcionado. La Comisión se propone con ello precisar, en su caso, varias nociones clave y garantizar, por otra parte, que el grado de profundización del examen de las ayudas estatales sea proporcional a la naturaleza y dimensión de los servicios prestados.

En una comunicación que se adoptará de aquí a finales de 2011, la Comisión presentará una serie de medidas con el objetivo de garantizar mejor que los SIEG y, entre ellos, los servicios sociales de interés general (SSIG) se beneficien de un marco que les permita cumplir sus funciones.

La Comisión examinará las medidas que sean necesarias para garantizar, en conexión con el artículo 14 del TFUE y con el Protocolo nº 26, que todos los ciudadanos puedan acceder a un coste asequible a los servicios que sean esenciales para su vida cotidiana y su inserción en el tejido económico y social. Tales medidas, además de respetar el papel esencial que corresponde a los Estados miembros en la organización, prestación y ejecución de esos servicios, deberán tener en cuenta el carácter evolutivo de las necesidades de los europeos.

La Comisión observa que no todos los ciudadanos tienen la posibilidad de participar activamente en el mercado único. Todavía hoy, por ejemplo, sigue sin estar plenamente garantizado el acceso a los servicios bancarios básicos, que se ha convertido en una condición indispensable para la participación en la vida económica y social. La Comisión propondrá por ello una iniciativa para que todo ciudadano, cualquiera que sea su lugar de residencia en la UE, tenga acceso, a un coste razonable, a una cuenta de pago básica.

2.11. Entorno reglamentario de las empresas

Medida clave: Simplificación de las directivas sobre las normas contables, en lo que atañe a las obligaciones de información financiera, y disminución de los requisitos administrativos, en especial los que afectan a las PYME. |

En sus conclusiones de los días 24 y 25 de marzo de 2011, el Consejo Europeo destacó la necesidad de reducir las exigencias reglamentarias —particularmente las que pesan sobre las PYME— tanto a nivel europeo como nacional[58]. La Comisión informará al Consejo Europeo a propósito de este asunto. La amplitud de las ventajas que aporte el mercado único dependerá de la facilidad con que las personas, los productos, los servicios y los capitales puedan circular libremente de un Estado miembro a otro. Las políticas del mercado único deberán tratar de facilitar esa circulación no sólo con la eliminación de obstáculos, sino también con la creación de un entorno reglamentario que reduzca al mínimo la carga administrativa.

El objetivo principal de la propuesta de revisión de las directivas contables es aligerar la carga administrativa que se deriva de las obligaciones contables impuestas a las microempresas y pequeñas empresas con estatuto de sociedad anónima o de sociedad de responsabilidad limitada. El ahorro potencial resultante de esta propuesta se elevaría anualmente a 1 500 millones de euros para 1,1 millón de pequeñas empresas y a 5 200 millones de euros para 5,9 millones de microempresas[59]. Tal ahorro provendría principalmente de la disminución de las obligaciones de información financiera que pesan hoy sobre esos dos tipos de empresas. Esta simplificación, sin embargo, no es el único objetivo que se persigue con la revisión de las directivas: se quiere también mejorar en el conjunto de la UE la claridad y la comparabilidad de los estados financieros de las empresas de dimensión pequeña, mediana y grande. Hay que señalar aquí, por lo demás, la necesidad de que sean el Consejo y el Parlamento los que adopten la propuesta de la Comisión de exonerar a las microempresas de las disposiciones de las directivas contables.

La introducción de una normativa europea armonizada que sustituya a 27 legislaciones nacionales representa ya en sí misma una importante reducción de la carga reglamentaria. Pero es que, además, se está realizando un esfuerzo para aligerar aún en mayor medida la carga administrativa derivada de las normas europeas[60]. La Comisión ha presentado en este sentido una propuesta cuyo objetivo es crear un estatuto de las sociedades privadas europeas . La propuesta sigue todavía en el Consejo y ha de ser desbloqueada por él.

Por otra parte, para facilitar las actividades de las PYME, la Comisión ha adoptado la llamada « Small Business Act »[61]. Esta iniciativa introduce en el conjunto de las políticas europeas el principio de «pensar primero a pequeña escala» ( Think Small First ) e incluye todo un abanico de medidas concretas para reforzar la competitividad de esas empresas dentro del mercado único.

Por último, debe establecerse en el Derecho europeo de los contratos un instrumento facultativo que permita facilitar las transacciones transfronterizas en el mercado único, y ha de intentarse la adopción de un reglamento que favorezca el cobro transfronterizo de las deudas . Estas medidas vendrían a simplificar aún más las normas existentes en beneficio de los ciudadanos y de las empresas, que desean una mayor seguridad jurídica en este tema.

2.12. Contratos públicos

Medida clave: Revisión y modernización del marco normativo de los contratos públicos para llegar a una política equilibrada que preste su apoyo a una demanda de bienes, servicios y obras que sean respetuosos del medio ambiente, socialmente responsables e innovadores. La revisión, además, deberá ofrecer a las autoridades adjudicadoras unos procedimientos más sencillos y flexibles y habrá de garantizar un acceso más fácil a las empresas, particularmente a las PYME[62]. |

Las autoridades públicas gastan alrededor del 18 % del PIB de la UE en bienes, servicios y obras. Tanto la normativa europea como las legislaciones nacionales han abierto los contratos públicos a una competencia leal que permite ofrecer a los ciudadanos mayor calidad a mejores precios.

Visto el gran número de bienes, servicios y obras para los que se celebran contratos, las necesidades del sector público ofrecen buenas oportunidades para aumentar la demanda de bienes, servicios y obras que, además de respetuosos del medio ambiente, sean socialmente responsables e innovadores. En otros términos, los contratos públicos pueden servir de instrumento para potenciar el desarrollo de un mercado interior más ecológico, social e innovador. A tal fin, hay que examinar la forma de simplificar y flexibilizar los procedimientos para que aumente la eficacia del sistema público de pedidos. Tal simplificación, sin embargo, no debe llevar a restringir el acceso a los contratos de escala europea, sino que, antes al contrario, debe facilitarlo, en especial para las PYME y el comercio transfronterizo (incluyendo las compras comunes entre diferentes autoridades adjudicadoras). Ello es necesario, en efecto, pues la proporción de contratos públicos que se atribuye a empresas de otro Estado miembro sigue siendo todavía hoy relativamente escasa, en especial si se compara con el índice de penetración en los contratos privados.

Las concesiones de servicios tienen un peso económico importante[63] y constituyen la mayor parte de las asociaciones público-privadas. La existencia de un marco legislativo adecuado brindará una mayor seguridad jurídica a esas asociaciones.

Debe señalarse, por último, que la apertura de los contratos públicos a la competencia aporta beneficios tanto a nivel mundial como europeo. Para garantizar que esa apertura tenga lugar en un espíritu de reciprocidad y beneficio mutuo, ofreciendo a las empresas europeas y extranjeras oportunidades iguales y unas condiciones de competencia leal, debe adoptarse también una normativa europea que regule el acceso de las empresas de terceros países a los contratos públicos europeos y permita adaptar los compromisos de esas empresas al marco de la Unión.

3. UNA GOBERNANZA DEL MERCADO ÚNICO REFORZADA COMO CONDICIÓN PARA EL ÉXITO

P ara que las medidas propuestas produzcan los efectos que se esperan en términos de crecimiento y empleo, es preciso que se cumplan las condiciones que requiere su desarrollo y ejecución. Cuatro son esas condiciones: 1) un diálogo más abierto con el conjunto de la sociedad civil; 2) una colaboración más estrecha con los diferentes actores; 3) un acceso eficaz a la información por parte de los ciudadanos y de las empresas; y 4) un control más riguroso de la aplicación de las normas del mercado único.

Implicar a la sociedad civil y promover una cultura de la evaluación

La consulta pública ha puesto claramente de manifiesto que la sociedad civil desea estar asociada al desarrollo del mercado único más estrechamente de lo que lo ha estado en el pasado[64]. Para atender con decisión a ese deseo, la Comisión va a publicar periódicamente una lista de las 20 principales expectativas que tengan puestas en el mercado único los ciudadanos y las empresas en función de sus experiencias concretas. Verdadero barómetro del estado de funcionamiento del mercado único , esa lista será presentada al llamado Foro del Mercado Único , el cual reunirá de forma periódica a los actores de dicho mercado: empresas, interlocutores sociales, organizaciones no gubernamentales, representantes de los ciudadanos, parlamentarios y autoridades públicas de los distintos niveles de administración. El Foro examinará la situación del mercado único (particularmente en lo que se refiere a la transposición y aplicación de las directivas) y servirá de escenario para el intercambio de buenas prácticas. Contribuirá, además, a desarrollar una cultura de evaluación de las políticas y, en el ejercicio de esa función, desempeñará un papel fundamental en el seguimiento del Acta del Mercado Único y en la medición de sus efectos sobre el terreno. Para reforzar estas tareas de evaluación —en las que también participará el Defensor del Pueblo—, la Comisión utilizará una serie limitada de indicadores que se recogen en el anexo 2.

También los interlocutores sociales verán reforzado su papel al ofrecérseles la posibilidad de presentar sus puntos de vista sobre las cuestiones que atañan a la cohesión económica y social.

Crear asociaciones y fomentar la cooperación

La necesidad de reforzar y de profundizar la cooperación entre todos los actores del mercado único, en especial entre los Estados miembros y entre éstos y la Comisión, ha sido destacada por las autoridades territoriales, que han expresado su voluntad inequívoca de participar plenamente en el desarrollo de las políticas de ese mercado. Esto exigirá que dichas autoridades se impliquen más en las consultas que se celebren sobre las propuestas concretas de la Comisión y que, al mismo tiempo, se refuercen los medios disponibles para facilitar y fomentar la cooperación entre las administraciones nacionales en el nivel en el que se tomen las decisiones individuales, que con frecuencia es el territorial. A tal fin, se reforzará la seguridad jurídica del sistema electrónico de intercambio de información (IMI), que reagrupa ya a 6 000 administraciones . La utilización de ese sistema deberá privilegiarse como instrumento de cooperación para la puesta en marcha de las normas del mercado único que contengan las futuras propuestas de la Comisión. Además, con objeto de facilitar la comunicación y los intercambios entre las administraciones, será preciso desarrollar las posibilidades tecnológicas que ofrece la traducción automática.

Facilitar más información para aplicar mejor las normas del mercado interior

El mercado único podría contribuir más al crecimiento si el conjunto del acervo (especialmente las normativas europeas vigentes) fuera aplicado por todos los Estados miembros y beneficiase plenamente a las empresas y a los ciudadanos . Son éstos los primeros que pueden hacer que sus derechos sean respetados. Pero, para que puedan hacerlo, es necesario que conozcan esos derechos, que estén en condiciones de ejercerlos y que puedan encontrar ayuda cuando no se les respeten. La Comisión, en cooperación con los Estados miembros, va a reforzar su ventanilla única (« Tu Europa ») con el fin de que se convierta en el punto único de información y de ayuda tanto a nivel europeo como nacional. También es indispensable mejorar las condiciones para que puedan darse soluciones concretas, rápidas y sin gastos a los ciudadanos y las empresas cuyos derechos se vean vulnerados. De ello dependerá la confianza en el mercado único y, con ella, la voluntad de cada uno de encontrar en él su lugar. La Comisión y los Estados miembros reforzarán a tal efecto la red « Solvit » entre las administraciones nacionales .

Establecer unas reglas de juego iguales que se apliquen de forma homogénea

Aunque el recurso a los medios de resolución alternativos debe ser sistemático[65], si las dificultades persisten y tienen su origen en problemas estructurales derivados de la legislación nacional, corresponde a la Comisión hacer pleno uso del procedimiento que dispone el artículo 258 del TFUE. En su respuesta a la consulta, los interesados han insistido en la importancia de garantizar que las reglas de juego sean iguales para todos en el mercado único y han denunciado numerosas situaciones de bloqueo. La Comisión va a emprender por ello una política más firme en este tema y a hacer un llamamiento a los Estados miembros para que avancen en la transposición y adaptación de su ordenamiento jurídico nacional con arreglo a unos objetivos cifrados que deberán alcanzar. Este enfoque ha permitido ya reducir el déficit de transposición a sólo un 1 %, pero ahora es preciso realizar nuevos esfuerzos. Como ha pedido el Parlamento Europeo, para que pueda afirmarse que todos los Estados miembros aplican correcta e íntegramente las normas del mercado único, será necesario de aquí a 2012: i) que los Estados miembros notifiquen unos cuadros de correspondencia que se hagan públicos; ii) que se fijen unos objetivos cifrados que limiten a un 0,5 % tanto el déficit de transposición[66] como el déficit de compatibilidad del Derecho nacional[67]; y iii) que se aplique con más eficacia el procedimiento de infracción fijando unos objetivos cifrados para las diferentes fases del procedimiento.

Debe señalarse, por último, que la Comisión podrá proponer el instrumento de evaluación mutua entre iguales cuando la directiva que deba transponerse concierna a un sector esencial único en el que sean particularmente numerosas las legislaciones nacionales.

Adoptar reglas de juego a nivel mundial

El éxito del mercado interior y de las empresas europeas en la competencia mundial dependerá de la capacidad que tenga la Unión para garantizar la coherencia y la complementariedad de sus políticas interiores y exteriores. Para garantizar ese éxito, la Comisión proseguirá su política en favor de la convergencia reglamentaria y defenderá con firmeza la adopción de más normas internacionales. Asimismo, negociará acuerdos comerciales haciendo especial hincapié no sólo en el acceso a los mercados, sino también en la convergencia de las normas. Habrá también que prestar una atención particular tanto a los países que vayan a adherirse a la Unión Europea —destinados a adoptar el acervo comunitario—, como a los países vecinos y socios estratégicos de ésta. El objetivo será impulsar la integración económica, el acceso mutuo a los mercados y la aproximación reglamentaria, especialmente por medio de acuerdos exhaustivos de libre cambio.

4. FASE SIGUIENTE. CONCLUSIÓN

El hecho de que nos fijemos unas prioridades en las que centrarnos durante los próximos 18 meses no nos exime de la necesidad de proyectar desde ahora mismo lo que habrá de ser la fase posterior a 2012. En efecto, el mercado único deberá reorientarse y dinamizarse para servir a los objetivos de la estrategia Europa 2020, que se ha marcado como línea de horizonte los diez próximos años. Tendrá también que contribuir al objetivo de sostenibilidad y utilización eficaz de los recursos, así como a los de innovación, inclusión social y cohesión territorial, y a la estrategia en favor del empleo.

Desde finales de 2012 habrá que impulsar una nueva fase en el desarrollo del mercado único. El ejercicio de reflexión que se emprenda en ese momento será asistido por un gran estudio económico cuyos resultados deberán permitir identificar los nichos donde existan potenciales de crecimiento todavía inexplotados y activar, en su caso, nuevos motores de crecimiento. La Comisión se esforzará también por consultar a la sociedad civil y a todos los actores del mercado único por medio de sus nuevos instrumentos de gobernanza.

Los ciudadanos y las empresas sólo podrán aprovechar plenamente las ventajas del mercado único si el Acta del Mercado Único y sus medidas prioritarias se aplican con rapidez y espíritu ambicioso . El programa de medidas que aquí se presenta constituye una contribución esencial al objetivo de reforzar la competitividad de la economía europea y debe, como tal, considerarse una prioridad de la máxima importancia. Ello exigirá la movilización de todas las Instituciones europeas, de los Estados miembros y de las partes interesadas.

La Comisión, por consiguiente:

- invita al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones a prestar todo su apoyo al Acta del Mercado Único;

- invita al Consejo Europeo a respaldar las doce prioridades establecidas en el Acta del Mercado Único así como su aplicación prioritaria;

- invita al Parlamento Europeo y al Consejo a que en el procedimiento legislativo otorguen la máxima prioridad a las medidas clave contenidas en el Acta del Mercado Único para que puedan adoptarse con rapidez y, en todo caso, antes de que finalice 2012;

- informará al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo y al Consejo de los avances que se logren en la aplicación del Acta del Mercado Único y de sus medidas clave; esta tarea de información la desempeñará en el marco del semestre europeo con vistas a la realización de un examen dentro del Consejo Europeo de primavera;

- trabajará con los Estados miembros para facilitar una rápida aplicación del Acta del Mercado Único y de sus medidas clave;

- invita a las autoridades nacionales, regionales y locales de los Estados miembros a que garanticen la aplicación y el cumplimiento de las normas del mercado único;

- invita a todos los interesados así como a los diputados del Parlamento Europeo y de los parlamentos nacionales, a los representantes de las autoridades nacionales, regionales y locales y a cualquier otra parte interesada a que participen activamente en una « jornada del mercado único » para analizar a nivel nacional y europeo —y, en especial, dentro del Foro del Mercado Único— los avances conseguidos y los retos a los que deba hacerse frente.

Anexo 1: Cuadro de las medidas clave

Medida clave | Prioridad | Propuesta de la Comisión |

1 | Legislación que facilite que los fondos de capital riesgo que estén establecidos en un Estado miembro puedan invertir en cualquier otro Estado miembro sin obstáculos ni exigencias suplementarias | Acceso de las PYME a la financiación | 4º trimestre de 2011 |

2 | Legislación modernizada sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales | Movilidad de los ciudadanos | 4º trimestre de 2011 |

3 | Legislación que establezca una protección unitaria por patente en el mayor número posible de Estados miembros y un sistema unificado de resolución de litigios. El objetivo es entregar ya en 2013 las primeras patentes que se beneficien de esa protección unitaria | Derechos de propiedad intelectual | 2º trimestre de 2011 |

4 | Legislación sobre la resolución alternativa de litigios. Esta medida incluirá un apartado dedicado al comercio en línea | Los consumidores como actores del mercado único | 4º trimestre de 2011 |

5 | Revisión de la legislación del sistema europeo de normalización para ampliarlo a los servicios y hacer que los procedimientos de normalización sean más eficaces, eficientes y participativos | Servicios | 2º trimestre de 2011 |

6 | Legislación sobre las infraestructuras energéticas y de transporte que permita identificar y desarrollar los proyectos estratégicos de interés europeo y garantizar la interoperabilidad y la intermodalidad | Redes | 4º trimestre de 2011 3er trimestre de 2011 |

7 | Legislación que garantice el reconocimiento mutuo de la identificación y autentificación electrónicas en toda la UE y revisión de la Directiva sobre la firma electrónica | Mercado único digital | 1er trimestre de 2012 |

8 | Legislación por la que se cree un marco europeo que facilite el desarrollo de los fondos de inversión solidaria | Empresas sociales | 4º trimestre de 2011 |

9 | Revisión de la Directiva sobre la fiscalidad de la energía. El objetivo es garantizar un tratamiento coherente de las distintas fuentes de energía para tener más en cuenta el contenido energético de cada producto y su nivel de emisiones de CO2 | Fiscalidad | 2º trimestre de 2011 |

10 | Legislación que mejore y refuerce la transposición, aplicación y cumplimiento en la práctica de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores[68], acompañada de disposiciones que permitan aclarar el ejercicio de las libertades de establecimiento y de prestación de servicios junto con los derechos sociales fundamentales | Cohesión social | 4º trimestre de 2011 |

11 | Simplificación de las directivas sobre las normas contables | Entorno reglamentario de las empresas | 2º trimestre de 2011 |

12 | Revisión y modernización del marco normativo de los contratos públicos | Contratos públicos | 4º trimestre de 2011 |

Anexo 2: Indicadores del mercado único

- Comercio de bienes y servicios en el interior de la UE: en 2009 el comercio intracomunitario de bienes representó el 37 % del PIB (4,32 billones de euros) y el de servicios el 10,5 % del PIB (1,233 billones de euros)[69].

- Comercio electrónico en el interior de la UE: en 2010 un 9 % de los ciudadanos europeos realizó compras a suministradores establecidos en otros Estados miembros[70].

- Número de solicitudes presentadas y aceptadas para la obtención de la patente europea: en 2010 se presentaron a la Oficina Europea de Patentes 235 029 solicitudes y se concedieron 58 108 patentes (cifras provisionales)[71].

- Cooperación transfronteriza de las administraciones públicas de la UE (IMI): a finales de 2010 se encontraban registradas en el IMI 5 737 autoridades competentes[72].

- Déficit de transposición de la normativa europea del mercado interior: a finales de 2010 el déficit de transposición se elevaba a un 0,9 % en el conjunto de la UE[73].

- Número de ciudadanos de la UE que trabajan en otro Estado miembro: en 2009 ese número se elevaba a 5,8 millones de ciudadanos, lo que equivale al 2,5 % de la población activa de la Unión[74].

[1] A7-0132/2010.

[2] La Comisión ha confiado a Pedro Solbes la elaboración de un informe sobre la situación de esas regiones.

[3] Se ha calculado que el crecimiento potencial a medio plazo se situará en un 1,5 % hasta 2020. El 9,6 % de la población activa está hoy en paro. Comunicación de la Comisión titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento: anticipo de la respuesta global de la UE a la crisis» [COM(2011) 11, pp. 2 y 3].

[4] COM(2010) 2020.

[5] Comunicación titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento» [COM(2011) 11].

[6] Conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2011 (EUCO 10/11, punto 7).

[7] COM(2010) 608.

[8] Véase el Informe de la consulta pública sobre el Acta del mercado único (adjunto como anexo).

[9] Conclusiones del Consejo sobre el Acta del mercado único (17799/10).

[10] Respectivamente: «Gobernanza y asociación en el mercado único» [P7TA-PROV(2011)0144]; «Un mercado único para los europeos» [P7TA-PROV(2011)0145]; y «Un mercado único para las empresas y el crecimiento» [P7TA-PROV(2011)0146].

[11] CdR 330/2010 (ECOS-V-009).

[12] CESE 525/2011 (INT/548).

[13] Conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2011 (EUCO 10/11, de 25 de marzo, punto 7).

[14] Artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea.

[15] Artículo 28 de la Carta.

[16] COM(2011) 109.

[17] COM(2011) 78.

[18] Véanse la Comunicación de 2 de octubre de 2010 titulada «Regulación de los servicios financieros para un crecimiento sostenible» [COM(2010) 301] y el Rapport d'avancement (informe de situación) publicado en febrero de 2011: (http://ec.europa.eu/internal_market/finances/docs/110209_progress_report_financial_issues_fr.pdf).

[19] Véase, asimismo, la iniciativa emblemática titulada «Unión por la innovación» [COM(2010) 546].

[20] Según un estudio realizado por el Eurobarómetro en 2009, la dificultad de acceso a las fuentes de financiación figura como el segundo obstáculo más importante para el crecimiento de las empresas.http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_271_en.pdf.

[21] Véase la iniciativa emblemática titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo» [COM(2010) 682].

[22] Libro Verde titulado «En pos de unos sistemas de pensiones europeos adecuados, sostenibles y seguros» [COM(2010) 365].

[23] Véase la Comunicación COM(2010) 682.

[24] Véase, asimismo, la iniciativa emblemática «Juventud en Movimiento» [COM(2010) 477].

[25] Véanse también las iniciativas emblemáticas tituladas «Unión por la innovación» [COM(2010) 546] y «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614].

[26] Artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

[27] Fuente: http://www.wipo.int/sme/en/documents/valuing patents.htm

[28] Véase la iniciativa emblemática titulada «Una Agenda Digital para Europa» [COM(2010) 245].

[29] Véase también la iniciativa emblemática que lleva por título «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614].

[30] OCDE: « Magnitude of counterfeiting and piracy of tangible products » – Actualización de noviembre de 2009; http://www.oecd.org

[31] Documento de trabajo titulado « Renforcement des pouvoirs des consommateurs dans l'Union européen », adoptado el 7 de abril de 2011 [SEC(2011) 469] y basado en el Eurobarómetro 342. Estimación de los servicios de la Comisión basada en los datos publicados en un estudio de YouGovPsychonomics titulado « Mystery Shopping Evaluation of Cross-Border E-Commerce in the EU » (2009).

[32] Véanse las iniciativas emblemáticas tituladas «Unión por la innovación» [COM(2010) 546], «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614] y «Una Agenda Digital para Europa» [COM(2010) 245].

[33] Eurostat.

[34] Comunicación de la Comisión titulada «Hacia un mejor funcionamiento del mercado único de servicios» [COM(2011) 20].

[35] Véanse, asimismo, la Comunicación titulada «Las prioridades de la infraestructura energética a partir de 2020 – Esquema para una red de energía europea integrada» [COM(2010) 677], las conclusiones de la Cumbre Europea de 4.2.2011, la iniciativa emblemática que lleva por título «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» [COM(2011) 21] y el llamado «Plan de Eficiencia Energética 2011» [COM(2011) 109].

[36] Véase también la iniciativa emblemática «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614].

[37] « Europe's Digital Competitiveness Report » [SEC(2010) 627].

[38] Eurostat.

[39] Documento de trabajo del Comité de Comunicaciones – « Broadband Access in the EU: situation at 1 July 2010 ».

[40] Véase un estudio de 2006 titulado « Measuring European Public Sector Information Resources » (MEPSIR), HELM Group of Companies and Zenc, realizado para la Comisión Europea.

[41] COM(2010) 245.

[42] Flash Eurobarómetro nº 299: « Cross-border trade and consumer protection », septiembre de 2010, informe analítico, p. 30.

[43] Véanse también las conclusiones de la «Comunicación relativa al comercio electrónico transfronterizo entre empresas y consumidores en la UE» [COM(2009) 557]: http://ec.europa.eu/consumers/strategy/docs/COM_2009_0557_4_es.pdf

[44] 5th Consumer Scoreboard : http://ec.europa.eu/consumers/strategy/docs/5th_edition_scoreboard_en.pdf

[45] La iniciativa sobre el Derecho europeo de los contratos será una de las medidas que se acometerán para reducir los obstáculos reglamentarios al comercio electrónico.

[46] Directrices para la aplicación del artículo 20 de la Directiva sobre servicios.

[47] Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003.

[48] A título de ejemplo, los mapas e itinerarios a los que puede accederse en línea o en los navegadores GPS no estarían tan desarrollados si la Directiva 2003/98/CE no hubiese establecido las condiciones necesarias para que la información del sector público quedara disponible.

[49] Las cooperativas representan por sí solas más de 4,8 millones de empleos.

[50] Se calcula en 7 millones el número de trabajadores que emplean las empresas sociales y el «tercer sector». Esa cifra representa el 4 % del empleo asalariado en Europa.

[51] Reglamentación de los contratos públicos, de las relaciones entre empresas, particularmente en el comercio y la distribución ( B to B ), y del acceso a la financiación [créditos bancarios, fondos de inversión especializados, orientación del ahorro privado con iniciativas del tipo Big Society Bank (Reino Unido), etc.].

[52] COM(2010) 758.

[53] Se calcula que una base imponible consolidada común del impuesto de sociedades permitiría reducir en un 67 % los costes administrativos de naturaleza fiscal a los que deben hacer frente las PYME.

[54] COM(2010) 769.

[55] Véase la iniciativa emblemática titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos» [COM(2010) 682].

[56] Esa iniciativa legislativa podría inspirarse en las soluciones aportadas por el Reglamento (CE) nº 2679/98 del Consejo, de 7 de diciembre de 1998, sobre el funcionamiento del mercado interior en relación con la libre circulación de mercancías entre los Estados miembros.

[57] Véase la Comunicación de la Comisión de 23 de marzo de 2011 titulada «Reforma de las normas de la UE en materia de ayudas estatales aplicables a los servicios de interés económico general» [COM(2011) 146].

[58] Conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo (EUCO 10/11, de 25 de marzo, punto 7).

[59] Cifras calculadas a partir de un estudio realizado por el Center of Strategy & Evaluation Services (CSES), octubre de 2010, así como de un informe de Capgemini, Deloitte y Ramboll consagrado al proyecto de la Unión Europea sobre las medidas de referencia y la reducción de los costes administrativos, febrero de 2009.

[60] Véase, asimismo, la Comunicación titulada «Una estrategia para la simplificación del marco regulador» [COM(2005) 535].

[61] Véase también la iniciativa emblemática titulada «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614].

[62] Véanse, asimismo, las iniciativas emblemáticas «Unión por la innovación» [COM(2010) 546] y «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614].

[63] Un cálculo prudente arroja una cifra de no menos de 138 000 millones de euros entre 2000 y 2006.

[64] De las respuestas facilitadas en línea, el mayor número (312 de 740) ha destacado la consulta y el diálogo con la sociedad civil como la medida más importante de entre las cincuenta previstas en el Acta del Mercado Único.

[65] La red EU Pilot entre la Comisión y algunos Estados miembros constituye un instrumento eficaz para tratar de resolver un litigio antes de incoar el procedimiento de infracción. La Comisión utiliza sistemáticamente este instrumento y desea hacerlo extensivo a todos los Estados miembros.

[66] En 2010 el déficit medio se elevó a un 0,9 %, si bien una cuarta parte de los Estados miembros alcanzó ya el 0,5 %.

[67] En 2010 el déficit medio se elevó a un 0,7 %.

[68] Véase la iniciativa emblemática titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos» [COM(2010) 682].

[69] Eurostat.

[70] Eurostat.

[71] Oficina Europea de Patentes.

[72] Comisión Europea.

[73] Comisión Europea.

[74] Eurostat.

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