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Document 52009IP0038

    Segunda revisión estratégica del sector de la energía Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de febrero de 2009 , sobre la Segunda revisión estratégica del sector de la energía (2008/2239(INI))

    DO C 67E de 18.3.2010, p. 16–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    18.3.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 67/16


    Segunda revisión estratégica del sector de la energía

    P6_TA(2009)0038

    Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de febrero de 2009, sobre la Segunda revisión estratégica del sector de la energía (2008/2239(INI))

    (2010/C 67 E/04)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, titulada «Segunda revisión estratégica del sector de la energía - Plan de actuación de la Unión Europea en pro de la seguridad y la solidaridad en el sector de la energía» (COM(2008)0781) (en adelante «Comunicación sobre la segunda revisión estratégica del sector de la energía»),

    Visto el Libro Verde de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, titulado «Hacia una red europea de energía segura, sostenible y competitiva» (COM(2008)0782),

    Visto el informe de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, sobre la puesta en práctica del programa relativo a las redes transeuropeas de energía durante el período 2002-2006 (COM(2008)0770),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, sobre la Directiva 2004/67/CE, de 26 de abril de 2004, relativa a unas medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas natural (COM(2008)0769),

    Vista la propuesta de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, de Directiva del Consejo por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo y/o productos petrolíferos (COM(2008)0775),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, titulada «Eficiencia energética: alcanzar el objetivo del 20 %» (COM(2008)0772),

    Vista la propuesta de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el rendimiento energético de los edificios (refundición) (COM(2008)0780),

    Vista la propuesta de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada (refundición) (COM(2008)0778),

    Vista la propuesta de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el etiquetado de los neumáticos en relación con la eficiencia en términos de consumo de carburante y otros parámetros esenciales (COM(2008)0779),

    Vista la propuesta de Directiva (Euratom) del Consejo, de 26 de noviembre de 2008, por la que se establece un marco comunitario sobre seguridad nuclear (COM(2008)0790),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, titulada «Ahorrar más energía en Europa mediante la producción combinada de calor y electricidad» (COM(2008)0771),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, titulada «Energía eólica marítima: Acciones necesarias para alcanzar los objetivos de política energética para el año 2020 y los años posteriores» (COM(2008)0768),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2008, titulada «Actualización del Programa indicativo nuclear en el contexto de la segunda revisión estratégica del sector de la energía» (COM(2008)0776),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de enero de 2007, titulada «Limitar el calentamiento mundial a 2° C – Medidas necesarias hasta 2020 y después» (COM(2007)0002),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de enero de 2008, titulada «Dos veces 20 para el 2020 - El cambio climático, una oportunidad para Europa» (COM(2008)0030),

    Vista la propuesta de la Comisión, de 23 de enero de 2008, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (COM(2008)0019),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de noviembre de 2008, titulada «Un Plan Europeo de Recuperación Económica» (COM(2008)0800),

    Vista su Resolución legislativa, de 4 de abril de 2006, respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establecen orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía y por la que se derogan la Decisión 96/391/CE y la Decisión no 1229/2003/CE (1),

    Vista su Resolución, de 10 de mayo de 2007, sobre la evaluación de Euratom - 50 años de política europea de la energía nuclear (2),

    Vista su Resolución, de 25 de septiembre de 2007, sobre el programa de trabajo de la energía renovable en Europa (3),

    Vista su Resolución, de 26 de septiembre de 2007, sobre la creación de una política exterior común europea en el ámbito de la energía (4),

    Vista su Resolución, de 24 de octubre de 2007, sobre fuentes convencionales de energía y tecnología energética (5),

    Vista su Resolución, de 31 de enero de 2008, sobre el Plan de acción para la eficiencia energética: realizar el potencial (6),

    Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2008, sobre el Fondo mundial para la eficiencia energética y las energías renovables (7),

    Vista su Resolución, de 9 de julio de 2008, sobre el Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética (8),

    Vista su Resolución legislativa, de 18 de junio de 2008, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/54/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad (9),

    Vista su Resolución legislativa, de 9 de julio de 2008, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/55/CE sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural (10),

    Vista su Resolución legislativa, de 18 de junio de 2008, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1228/2003 relativo a las condiciones de acceso a la red para el comercio transfronterizo de electricidad (11),

    Vista su Resolución legislativa, de 9 de julio de 2008, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1775/2005 sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural (12),

    Vista su Resolución legislativa, de 18 de junio de 2008, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (13),

    Vista su Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de noviembre de 2008, sobre «Apoyar la demostración temprana de la producción sostenible de electricidad a partir de combustibles fósiles» (14),

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 8 y 9 de marzo de 2007,

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 13 y 14 de marzo de 2008,

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 15 y 16 de octubre de 2008,

    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0013/2009),

    A.

    Considerando que la política energética europea debe perseguir tres objetivos principales, e igualmente importantes, de una manera integral, esto es, la seguridad de abastecimiento y la solidaridad entre los Estados miembros, abordando el cambio climático e incluyendo un decidido compromiso en favor de los objetivos de la Unión Europea y la realización de los mismos, así como la competitividad,

    B.

    Considerando que es necesaria una remodelación completa del paradigma de la política energética para el logro de los tres principales objetivos mencionados, al tiempo que se aporta una solución que tenga en cuenta el empleo y las condiciones sociales, medioambientales y económicas,

    C.

    Considerando que la dependencia de la Unión de las fuentes convencionales de energía y de un número limitado de productores conlleva un serio riesgo para la estabilidad, la prosperidad y la seguridad del abastecimiento energético,

    D.

    Considerando que el mayor nivel de eficiencia energética debe desempeñar un papel esencial en la reducción de la dependencia de las importaciones de energía, el aumento de la competitividad y la lucha contre el cambio climático,

    E.

    Considerando que hoy en día la demanda de energía en la Unión sigue aumentando en la mayoría de los sectores, y que, en su mayor parte, no se explota el potencial existente en materia de eficiencia energética,

    F.

    Considerando que la Unión importa actualmente el 50 % de la energía que consume, y que esta proporción puede aumentar hasta el 70 % en 2030,

    G.

    Considerando que los riesgos que se ciernen sobre la seguridad de abastecimiento en la Unión derivan de la escasez de inversiones, que provoca en todos los sectores de la energía y las regiones del ámbito energético tensiones, e incluso insuficiencia, en materia de capacidad, por lo que es necesario renovar el conjunto de las centrales eléctricas antes de 2030, estimándose el total de las inversiones necesarias en 900 000 millones de euros,

    H.

    Considerando que el nivel decreciente de los precios del petróleo y del gas influye negativamente en las inversiones previstas, por lo que se hace necesario apoyar todos los grandes proyectos de infraestructuras que contribuyen a la importación de importantes volúmenes de gas en Europa, diversificando las fuentes y las rutas y evitando los riesgos en materia de tránsito,

    I.

    Considerando que la crisis económica actual está dificultando aun más las inversiones en infraestructuras en materia de energía,

    J.

    Considerando que, si bien en la hipótesis de trabajo de la Comisión se prevé una reducción de la demanda de fuentes convencionales en las dos próximas décadas, Europa tiene que apoyar todas las inversiones previstas en nuevas infraestructuras de importación de energía; considerando que ello garantizará una transición segura al nuevo sistema energético europeo que está previsto establecer para 2020,

    K.

    Considerando que, a partir de 2030, y para atenuar el riesgo de escasez de energía en materia de combustibles fósiles, la Unión deberá desarrollar y programar nuevas tecnologías energéticas competitivas, sostenibles y de baja intensidad en CO2, habiendo reducido simultáneamente su consumo de energía de manera significativa,

    L.

    Considerando que la Unión tiene que desarrollar urgentemente grandes inversiones en materia de redes y completar el mercado interior de la energía, y considerando que deben fomentarse iniciativas con visión de futuro, tales como la relativa al gestor europeo de red de transporte, y el establecimiento de una red única europea de gas,

    M.

    Considerando que el sector energético y las inversiones en infraestructuras en materia de energía requieren un marco regulador estable y una cooperación más estrecha entre las entidades reguladoras nacionales,

    N.

    Considerando que el desarrollo de redes energéticas es esencial para mejorar la seguridad del abastecimiento, elemento que debe ocupar un lugar destacado entre las prioridades de la política energética europea,

    O.

    Considerando que los sectores de la electricidad y del gas requieren un marco regulador estable y previsible, lo que hace necesario que se otorguen competencias firmes a la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (la «Agencia»), para contribuir a la armonización de los marcos reguladores nacionales y a evitar la incertidumbre que pueda derivarse del procedimiento de comitología,

    P.

    Considerando que, para contribuir a los objetivos de seguridad del abastecimiento, se deben explotar los recursos energéticos convencionales autóctonos de la Unión en los Estados miembros que disponen de ellos, dentro del respeto de la legislación medioambiental nacional y de la Comunidad,

    1.

    Pide a los Estados miembros que consideren esta revisión estratégica de la política energética como una base para la puesta en práctica de una política energética para Europa y el establecimiento de un ambicioso plan para el período 2010-2012;

    2.

    Confirma el triple objetivo, establecido para 2020, de reducir en un 20 % las emisiones de gases de efecto invernadero y en un 30 % en caso de acuerdo internacional, reducir el consumo de energía en un 20 % como mínimo y elevar a un 20 % la cuota de las energías renovables en el consumo de energía; pide a la Unión Europea y a los Estados miembros que se conviertan en las economías más eficientes desde el punto de vista energético, con el fin de contribuir activamente a la consecución del objetivo climático de 2° C; pide a la Unión Europea y a los Estados miembros que reduzcan en al menos un 80 % las emisiones de gases de efecto invernadero antes de 2050; pide a la Comisión que, previa consulta a las partes interesadas, elabore diferentes casos hipotéticos que muestren las diversas maneras de alcanzar dichos objetivos y expongan las hipótesis técnicas y económicas subyacentes;

    3.

    Tiene la firme convicción de que la reducción del consumo de energía es la prioridad absoluta para contribuir a los objetivos de desarrollo sostenible, innovación, creación de empleo y competitividad, así como una manera muy eficaz y poco costosa de mejorar la seguridad energética;

    4.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, para 2020, hagan jurídicamente vinculante para los Estados miembros el objetivo de un ahorro de energía del 20 %, y que propongan y apliquen medidas coherentes que garanticen su consecución;

    5.

    Pide a la Unión Europea y a los Estados miembros que adopten como objetivo mejorar la eficiencia energética en un 35 %, con una cuota del 60 % en energías renovables para 2050

    6.

    Pide a la Comisión que apoye todas las inversiones previstas en nuevas infraestructuras de importación de energía y en tecnologías de energía renovable, con el fin de hacer frente al nivel decreciente de los precios del petróleo y del gas, que influye negativamente en las inversiones previstas;

    Política europea de la energía

    7.

    Pide a los Estados miembros, dados los crecientes riesgos que corre la Unión Europea en materia de seguridad energética, que actúen conjuntamente; observa que su práctica actual no corresponde a este objetivo; considera imperativo, en nombre de la seguridad del abastecimiento, de la solidaridad y de la eficacia de las negociaciones para la definición del marco reglamentario internacional, que la Comisión proponga al Parlamento Europeo y al Consejo la elaboración de una política energética europea en la que se tengan debidamente en cuenta las competencias respectivas de la Unión Europea y de los Estados miembros: relaciones internacionales, eficiencia energética, lucha contra el cambio climático, regulación del mercado interior, negociación de los tratados internacionales, diálogo prospectivo con los productores, investigación en el ámbito de la energía y diversificación del abastecimiento energético;

    8.

    Pide a la Comisión que contribuya a que Europa se dirija con una sola voz a los países terceros productores, mediante el desarrollo de una interdependencia mutuamente provechosa, y que fomente el refuerzo de la capacidad negociadora de las empresas de la UE respecto de las empresas estatales de terceros países;

    9.

    Opina que la solidaridad energética debe convertirse en una gran causa europea, a escala europea, regional y bilateral, y mantiene que dañar el abastecimiento energético en un Estado miembro perjudica a la Unión Europea en su conjunto;

    10.

    Subraya la importancia de las iniciativas locales de lucha contra el cambio climático; aprueba las medidas dirigidas a promover la eficiencia energética y las energías renovables, tales como los programas de financiación establecidos en el marco de la política de cohesión o de la fiscalidad ecológica, o la contribución del «Pacto de los Alcaldes», y apoya en este sentido el «Pacto de las Islas» para la difusión de las mejores prácticas y para el desarrollo de unas comunidades y ciudades altamente eficientes en energías renovables;

    11.

    Considera que una política europea energética apropiada debe fundamentarse en una combinación equilibrada de fuentes de energía basada en el uso de energía que no produzca emisiones de carbono y de combustibles fósiles con emisiones reducidas, así como en las nuevas tecnologías que permiten reducir drásticamente las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los combustibles fósiles sólidos;

    12.

    Considera que cada uno de los Estados miembros debe desarrollar estrategias nacionales con el fin de hacer frente al problema de la escasez de energía en su propio territorio;

    13.

    Considera que el reparto de cometidos entre las empresas y los responsables políticos por el que las empresas asumen la responsabilidad de la seguridad del abastecimiento, ha demostrado su validez, por lo que en principio debería mantenerse; pide a los responsables políticos que, a la vista de que el entorno mundial es cada vez más complicado, adopten en el futuro más medidas de acompañamiento para las actividades empresariales;

    14.

    Recuerda los compromisos asumidos por los Estados miembros, al firmar el Tratado de Lisboa, para luchar contra el cambio climático y actuar solidariamente en épocas de crisis energética;

    15.

    Considera que con la ratificación del Tratado de Lisboa se intensificarán los esfuerzos a favor del establecimiento de una política energética europea común;

    Seguridad de abastecimiento

    16.

    Se congratula del Plan de acción de la Unión Europea en materia de seguridad y solidaridad energéticas;

    Promoción de las infraestructuras necesarias para satisfacer las necesidades de la UE

    17.

    Observa un retraso muy importante en la realización de las redes prioritarias y de interés europeo en el transporte de energía; subraya que este bajo nivel de inversiones frena el buen funcionamiento del mercado interior y causa tensiones en las capacidades de todos los sectores energéticos, que pueden ser incluso insuficientes e inadecuadas; observa asimismo que el sector interesado sólo es responsable en parte de esta situación, y pide a los Estados miembros que impliquen de mejor manera a sus ciudadanos, sobre todo ofreciéndoles información sobre las necesidades en materia de nuevos proyectos de infraestructuras y generación; pide a las entidades reguladoras nacionales que hagan todo lo que esté en sus ámbitos de toma de decisiones para acelerar las inversiones;

    18.

    Observa que la nueva ola de inversiones debe orientarse hacia el futuro para tener en cuenta los cambios en la manera de consumir y producir energía y que los sistemas descentralizados de energía deben poder disponer de grandes fuentes renovables;

    19.

    Recuerda que el Consejo Europeo ha establecido el objetivo consistente en lograr una capacidad de interconexión de gas y electricidad entre los Estados miembros del 10 %;

    20.

    Acoge con satisfacción la idea de aumentar la financiación de la UE para fomentar las inversiones en las redes; toma nota con interés de la propuesta de la Comisión de asignar, dentro del marco del Plan de recuperación económica de 2008, 5 000 millones de euros de los presupuestos 2008-2009 no utilizados para nuevas conexiones energéticas; pide que se le implique plenamente en el proceso de toma decisiones sobre la lista definitiva de proyectos; considera que el Banco Europeo de Inversiones debe desempeñar un papel más destacado en la financiación de proyectos de eficiencia energética, energías renovables e investigación y desarrollo (I+D);

    21.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que trabajen activamente para aumentar el número de operadores en el mercado de la energía y, en particular, para adoptar medidas que fomenten la producción de energía por parte de pequeñas y medianas empresas (PYME) y la entrada en el mercado de las mismas;

    22.

    Subraya la importancia de desarrollar las interconexiones para el gas y la electricidad que atraviesen la Europa central y sudoriental mediante un eje norte-sur, recordando que las redes en la región del Báltico deben desarrollarse e integrarse en las redes de la Europa occidental; subraya la necesidad de prestar especial atención al desarrollo del Plan de interconexión del Báltico para el gas, la electricidad y el almacenamiento en 2009; apoya asimismo el establecimiento de interconexiones con islas y zonas periféricas y aisladas de la Unión Europea;

    23.

    Insta, por las mismas razones, a que se desarrolle la interconexión en la Europa sudoccidental, especialmente desde la península ibérica hasta el norte de Francia;

    24.

    Recuerda que ya existen enlaces transfronterizos entre varios países; toma nota de que iniciativas regionales como el Foro Pentalateral han concebido soluciones prácticas aplicables que aumentan la integración del mercado interior; anima a los responsables de dichas iniciativas a proseguir su satisfactoria labor;

    25.

    Pide a la Comisión que proponga medidas adecuadas para fomentar la interconexión y el desarrollo de redes eléctricas que permitan una integración optimizada y el equilibrio de la producción fluctuante de energía renovable en tierra firme y en el mar;

    26.

    Acoge favorablemente la propuesta consistente en presentar un plan de redes marinas en el Mar del Norte para explotar su enorme potencial en materia de energía eólica; también celebra, a este respecto, la creación de una superred europea mediante el enlace de las infraestructuras de las redes de las regiones del Mar del Norte, del Mediterráneo y del Báltico;

    27.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la adecuada regulación y permitan un acceso no discriminatorio a las nuevas infraestructuras, por ejemplo, a la red marina del Mar del Norte;

    28.

    Considera que la UE debe continuar incrementando considerablemente y lo antes posible la diversificación y la seguridad de las fuentes de energía; pide a la Comisión y a la Presidencia checa que presenten al próximo Consejo Europeo un nuevo plan de diversificación ambicioso y con visión de futuro;

    29.

    Manifiesta su apoyo a proyectos para diversificar las fuentes y rutas de abastecimiento y, en especial, el desarrollo de un pasillo sur para el gas que incluya el proyecto Nabucco, el interconector de gas Turquía - Grecia - Italia y los proyectos South Stream; subraya la necesidad de colaborar con los países interesados, en particular en la región del Mar Caspio; considera muy importante que, a largo plazo, cuando las condiciones políticas lo permitan, suministros procedentes de otros países de la región, como Uzbekistán e Irán, constituyan otra fuente importante de abastecimiento para la Unión Europea;

    30.

    Expresa también su apoyo a la plena interconexión del proyecto MEDGAZ entre Argelia-España-Francia y la Europa continental, que la Comisión considera de interés europeo en el Plan de interconexión prioritaria para una mayor diversificación de las rutas de entrada de gas en Europa;

    31.

    Aboga, a la vista del declive de la producción interna de gas natural y del cambio de la combinación de fuentes de energía en numerosos Estados miembros, por la rápida ejecución de todos los proyectos de infraestructuras de gas natural y electricidad ya planificados, con el fin de garantizar la cobertura de la demanda en el futuro;

    32.

    Considera que las relaciones y la colaboración con los grandes proveedores de energía, los países de tránsito y los países consumidores son importantes y deben reforzarse; señala, sin embargo, que el refuerzo de esas relaciones no debe llevarse a cabo, bajo ningún concepto, en detrimento de los valores fundadores de la Unión, sobre todo en materia de derechos humanos; destaca, a este respecto, la necesidad, en algunos casos, de desarrollar la confianza y lazos jurídicamente vinculantes entre la Unión Europea, los países productores y los países de tránsito, que ha de ir de la mano de la promoción y el respeto de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho; pide que se elaboren y se adopten políticas y medidas concretas a tal fin;

    33.

    Pide, en este contexto, un acuerdo trilateral entre la UE, Rusia y Ucrania sobre el tránsito de gas de Rusia a la UE, con el fin de garantizar la seguridad del suministro en los años venideros;

    34.

    Pide a la Comisión que redoble sus esfuerzos para llegar a una solución sobre las cuestiones aún pendientes en relación con las condiciones del tránsito de gas natural a través de Turquía por el gasoducto Nabucco;

    35.

    Considera que todos los Estados miembros deben tener a su disposición, bien directamente bien a través de otros Estados miembros sobre la base de un mecanismo de solidaridad, una capacidad suficiente en materia de gas natural licuado (GNL) compuesta de instalaciones de licuefacción en los países productores y terminales de GNL y equipos de regasificación a bordo de buques en la UE; considera que las nuevas terminales de GNL deben considerarse como proyectos de interés europeo debido a la contribución clave que aportan a la diversificación de las rutas de abastecimiento;

    36.

    Pide a la Comisión que apoye totalmente las inversiones destinadas a la construcción de instalaciones estratégicas de almacenamiento de gas, como factor importante de la seguridad energética europea;

    37.

    Considera que la capacidad de refinado de petróleo es un factor adicional importante para garantizar la seguridad energética de la Unión; opina, por consiguiente, que es importante mejorar el nivel de transparencia de la relación demanda-oferta respecto de la capacidad de refinado necesaria para satisfacer las necesidades de la UE, teniendo en cuenta en particular las preocupaciones existentes respecto del potencial de gasoil disponible en el futuro;

    38.

    Se propone, de conformidad con el principio de solidaridad energética europea, garantizar la seguridad del abastecimiento y de la energía en la región del Báltico en condiciones de recesión económica;

    Mercado interior de la energía

    39.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que definan, a largo plazo, orientaciones estratégicas, animando a los agentes del sector privado a participar en la puesta en práctica de las mismas y manteniendo un equilibrio entre los mecanismos de mercado y la regulación;

    40.

    Subraya la importancia de establecer un marco jurídico claro y estable mediante la conclusión, antes de que acabe la presente legislatura del Parlamento en 2009, de las negociaciones sobre el paquete legislativo relativo al mercado interior de la energía; apoya la creación de la Agencia, tal como se prevé en la anteriormente mencionada propuesta de Reglamento de la Comisión por el que se crea la Agencia, que disponga de amplias competencias, incluidas las relativas a la seguridad de abastecimiento y a las redes; pide a los Estados miembros que fomenten la puesta en práctica del tercer paquete de medidas en materia de energía y, en particular, que empiecen a cooperar entre sí para fomentar la solidaridad regional y bilateral con vistas a garantizar un abastecimiento seguro dentro del mercado interior;

    41.

    Sugiere a los Estados miembros y a la Comisión que desarrollen grandes inversiones en las redes y completen el mercado interior de la energía presentando al efecto iniciativas de cara al futuro como las relativas al gestor europeo de sistemas de transporte y al establecimiento de una red única europea de gas;

    42.

    Pide a la Comisión que adelante a 2020 el objetivo de desarrollar y completar una red eléctrica interconectada inteligente como un elemento importante para alcanzar los objetivos de 2020;

    43.

    Pide a los Estados miembros que cooperen para desarrollar un plan estratégico europeo, destinado a programar de modo plurianual las inversiones necesarias para satisfacer el futuro consumo de electricidad, basado en estudios sobre las perspectivas del consumo de energía a medio plazo; opina que en el sector del gas también se debería prever un plan indicativo plurianual para disponer de una visión global de las necesidades en materia de inversión a escala europea;

    44.

    Pide a los Estados miembros y a las partes interesadas pertinentes que mantengan consultas y relaciones coordinadas, sobre futuros planes de inversión en infraestructuras transfronterizas (redes, gasoductos/oleoductos e instalaciones de producción de energía eléctrica, por ejemplo), con las partes correspondientes en todos los países que se puedan ver afectadas por las inversiones previstas, con el fin de optimizar el uso de los recursos disponibles; considera que la creación de un Grupo de coordinación de las infraestructuras a escala europea contribuiría al esfuerzo de coordinación y podría completar el desarrollo de un plan decenal de desarrollo de redes, tal como se propone en el paquete sobre el mercado interior de la energía;

    45.

    Subraya que sólo se logrará la realización del mercado interior de la energía si se eliminan los obstáculos a las inversiones y se construyen enlaces físicos que conecten a todos los Estados miembros a una red energética común, y si el mercado permite evitar a la larga la volatilidad de los precios de la energía y asegurar un mercado justo para todos los productores y la conexión, el acceso y la integración en la red de los nuevos productores y tecnologías en el sector de la energía; subraya que la recientemente revisada Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad (15) ofrece de manera legible y previsible una evaluación del CO2;

    Relaciones exteriores en materia de energía

    46.

    Acoge con satisfacción la Comunicación sobre la Segunda revisión estratégica del sector de la energía, y, en particular, sus propuestas en materia de política energética exterior que son conformes, en gran parte, con la anteriormente mencionada Resolución de 26 de septiembre de 2007; expresa su decepción por la falta de propuestas detalladas y destaca una vez más la necesidad de intensificar los esfuerzos de la Unión para desarrollar una política exterior europea común coherente y eficaz en materia de energía con un renovado interés por los países productores de energía;

    47.

    Pide a la Comisión que apoye la inclusión de la llamada «cláusula de seguridad energética» en los acuerdos de comercio, asociación, cooperación y colaboración con los países productores y de tránsito, por la que se establezca un código de conducta, se prohíba la perturbación del suministro debido a litigios comerciales y se definan explícitamente las medidas que convendría adoptar en caso de perturbación unilateral del suministro o de modificaciones de las condiciones contractuales o de las condiciones de suministro por parte de uno de los socios;

    48.

    Recuerda que la Unión Europea, incluso contando con la ayuda de planes de eficiencia energética y de ahorro de energía ambiciosos y aplicados rigurosamente, probablemente siempre dependerá, a medio plazo, del abastecimiento procedente de terceros países por lo que respecta a los combustibles fósiles; pide, por tanto, que se refuerce el diálogo con los países productores, de tránsito y otros países consumidores y, de modo más general, que se consolide la cooperación a nivel internacional para fomentar la transparencia en los mercados mundiales de la energía y abordar la cuestión del desarrollo sostenible;

    49.

    Señala la importancia de los contratos de abastecimiento a largo plazo para el desarrollo de relaciones duraderas basadas en la confianza entre los países que extraen la energía y los que la adquieren, así como para garantizar las inversiones necesarias en los sectores iniciales y finales;

    50.

    Pide a la Unión Europea que coopere con los países de la región mediterránea y del norte de África, dado el considerable potencial de estos países en términos de recursos energéticos y de importantes oportunidades de desarrollo para África; considera especialmente que se ha de investigar y fomentar el uso de la energía solar y eólica; pide, por ello, que se incluyan objetivos comunes en materia de energía renovable y eficiencia energética en el Proceso de Barcelona – Unión para el Mediterráneo;

    51.

    Pide a la Unión Europea que coopere con los países del Oriente Próximo a la vista de su importante potencial de recursos energéticos;

    52.

    Apoya la intención de negociar un nuevo acuerdo de gran alcance en sustitución del Acuerdo de colaboración y cooperación de 1997 con Rusia que incluya el capítulo sobre la energía, que debería respetar plenamente los principios del Tratado sobre la Carta de la Energía y sus protocolos transitorios; observa que Rusia ha firmado el Tratado sobre la Carta de la Energía y Ucrania lo ha ratificado; recuerda que este Tratado contiene, entre otros aspectos, un mecanismo de solución de conflictos que prevé la solución de conflictos, por ejemplo, en caso de controversias sobre cuestiones de tránsito o comercio entre las partes del Tratado;

    53.

    Subraya la necesidad de incluir a Ucrania en el marco europeo para el diálogo con Rusia, habida cuenta del papel clave que Ucrania desempeña como país de tránsito;

    54.

    Insta a la Comisión, con el fin de garantizar la seguridad del abastecimiento, a que examine la posibilidad de ampliar el Tratado de la Comunidad de la Energía entre la Unión Europea y la Europa sudoriental a otros países terceros y de crear nuevos mercados regionales de la energía con países vecinos tales como los de la Comunidad Euromediterránea de la Energía, siguiendo el modelo de la Comunidad de la Energía de la Europa sudoriental;

    55.

    Subraya la necesidad de incluir a Turquía en el marco europeo para el diálogo con la región Caspio - Cáucaso, dado el papel fundamental que Turquía puede desempeñar como país de tránsito; corrobora asimismo el compromiso de Turquía, como país candidato, de ajustarse al acervo comunitario;

    56.

    Destaca la importancia geopolítica de la región del Mar Negro para la seguridad energética de la Unión y la diversificación de sus suministros energéticos;

    57.

    Pide a los Estados miembros que refuercen las relaciones que mantienen en el ámbito de la energía con los países de Latinoamérica, en el contexto de los acuerdos actuales y futuros de asociación y cooperación;

    58.

    Pide a los Estados miembros que utilicen el euro como instrumento para la estructuración de las relaciones financieras internacionales, a fin de reducir las fluctuaciones derivadas de la facturación de las compras de petróleo y gas; pide a la Unión Europea que examine la cuestión de las inversiones extranjeras en el sector europeo de la energía mediante la aplicación de la cláusula de reciprocidad y considera que mientras no esté garantizada la reciprocidad en materia de acceso a los mercados, la Unión Europea debería, como proponen el Parlamento y la Comisión, aplicar una cláusula de terceros países eficaz a la adquisición de una red de transporte o de un gestor de red de transporte;

    59.

    Pide a la Comisión que analice los diferentes modos de reducir la volatilidad de los precios del petróleo y del gas; toma nota, en particular, del papel que desempeñan la transparencia y la capacidad suficiente de producción adicional, así como el efecto de catalizador de la especulación financiera en la fijación de los precios de mercado; rechaza el uso de reservas estratégicas de petróleo para reducir las fluctuaciones de los precios por razones económicas;

    60.

    Pide a los Estados miembros que intensifiquen y coordinen sus intervenciones para garantizar la seguridad de las rutas de abastecimiento, especialmente las marítimas;

    61.

    Pide a los Estados miembros que identifiquen las mejores prácticas a nivel internacional y refuercen la cooperación tecnológica con esos países para aprender de su mayor pericia y experiencia en este ámbito; en especial, pide a los Estados miembros que intensifiquen su cooperación tecnológica con el Japón, cuya economía depende totalmente de las importaciones de energía, y ha desarrollado uno de los sistemas con mayor eficiencia energética del mundo;

    62.

    Observa que el creciente consumo de energía y de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de China representan un reto considerable en términos medioambientales y de seguridad del abastecimiento energético; pide una mayor cooperación entre la UE y China para promover la transferencia de tecnología de bajas emisiones de carbono, especialmente en materia de eficiencia energética y de energías renovables; subraya la importancia fundamental del desarrollo y uso de la captura y almacenamiento de carbono (CAC) en China, dada la importancia del carbón para la economía de este país;

    63.

    Señala la importancia del diálogo UE-OPEP en materia de energía y anima a la Comisión a intensificar el diálogo sobre energía con Noruega;

    Mecanismos de respuesta frente a las crisis relativas a la gestión de las reservas de petróleo y gas

    64.

    Se felicita de que la Comisión tenga la intención de revisar la Directiva 2006/67/CE, de 24 de julio de 2006, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo y/o productos petrolíferos (versión codificada) (16) y propone que los datos se publiquen semanalmente, y no mensualmente, para dar mayor visibilidad al mercado y evitar una reacción desproporcionada a la situación en Estados Unidos;

    65.

    Observa que los Estados miembros no han logrado dar muestras de solidaridad con respecto al aumento del volumen disponible de gas para los Estados miembros afectados durante la reciente crisis del gas surgida entre Ucrania y Rusia; insta al Consejo y a la Comisión a que creen un mecanismo de solidaridad, de conformidad con el Tratado de Lisboa, que permita a la UE actuar con eficacia, rapidez y coherencia en las situaciones de crisis causadas por perturbaciones del suministro, daños a infraestructuras vitales o cualquier otro incidente;

    66.

    Celebra, ante la reciente crisis sobre el gas antes mencionada que ha afectado al territorio de la Unión, la intención de la Comisión de mejorar el marco de la Directiva 2004/67/CE del Consejo, de 26 de abril de 2004, relativa a unas medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas natural (17) y pide a la Comisión que presente una propuesta para modificar dicha Directiva antes de finales de 2009 con arreglo a lo propuesto en su anteriormente mencionada Comunicación COM(2008)0769;

    67.

    Subraya que los elementos clave de la revisión de la Directiva 2004/67/CE del Consejo deberían ser obligatorios e incluir unos planes de acción nacionales y de la UE para situaciones de emergencia eficaces que, entre otras cosas, dispongan una declaración común en materia de casos de emergencia, la asignación de suministros disponibles y de capacidad de infraestructuras para los países afectados, y un suministro coordinado, con la activación de medidas de emergencia en los países menos o nada afectados por la crisis, para aumentar el volumen disponible de gas para los países afectados, recurriendo a todos los medios existentes, como por ejemplo contratos interrumpibles, cambio de combustible, retirada de existencias almacenadas o flexibilidad del suministro; considera esencial mejorar el funcionamiento del mercado mediante la transparencia y el aumento del gas disponible en el mercado; pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que desarrollen mecanismos de almacenamiento de gas con rápida capacidad de distribución;

    68.

    Propone que se utilicen de mejor modo las tecnologías de la información para los cortes de suministro totales o parciales en caso de crisis, y opina en este sentido que podría elaborarse, bajo el control de las autoridades reguladoras, un dispositivo capaz de reducir el consumo por decisión colectiva;

    Eficiencia energética

    69.

    Considera que es prioritario mejorar la eficiencia energética en un 20 % como mínimo para de 2020 para alcanzar los objetivos en materia de desarrollo sostenible y competitividad, siendo ello asimismo el medio más eficiente y rentable para aumentar la seguridad energética; pide, por tanto, a la Comisión y a los Estados miembros que adopten de inmediato un objetivo jurídicamente vinculante de eficiencia energética de al menos un 20 % para el año 2020; pide a la Comisión y a los Estados miembros que intensifiquen las campañas de sensibilización para ofrecer información práctica sobre las soluciones en materia de eficiencia energética que deban aplicarse y que promuevan la educación energética y programas de formación al respecto en las escuelas y universidades de la Unión;

    70.

    Subraya la importancia de que los Estados miembros y la Comisión apliquen y ejecuten de manera rigurosa y oportuna las medidas legislativas relativas a la eficiencia energética; destaca la importancia de adoptar normas obligatorias en materia de contratación pública, tanto a nivel nacional como comunitario, para estimular la demanda de productos y servicios innovadores que mejoren la eficiencia energética; pide por consiguiente un planteamiento ambicioso en las próximas medidas legislativas sobre el ahorro energético y la eficiencia energética (especialmente en la construcción, la industria y el transporte, así como en la planificación urbana y en los equipamientos);

    71.

    Celebra la intención de la Comisión de examinar con detalle los progresos de la cogeneración y pide a la Comisión que presente en 2009 otras medidas de apoyo en el marco de la reelaboración del Plan de acción sobre la eficiencia energética; recuerda a la Comisión que el ahorro de energía primaria, la relación coste-eficacia y la seguridad del suministro son los objetivos principales de la cogeneración, independientemente de la tecnología que se utilice; considera que debe permitirse al mercado elegir y desarrollar las tecnologías más eficientes; es favorable al desarrollo de una estrategia de fomento y financiación de las infraestructuras, tales como las redes de calefacción y refrigeración que utilizan recursos locales como la energía geotérmica, el calor producido por cogeneración, por ejemplo;

    72.

    Apoya la asociación internacional para la cooperación en materia de eficiencia energética, a fin de promover normas homogéneas y fomentar unos ambiciosos objetivos mundiales;

    73.

    Aboga por un uso más eficiente del petróleo, en particular en el sector del transporte, que utiliza la mayor parte del consumo de este tipo de energía; pide que se adopten unos objetivos ambiciosos a medio plazo (2020) para la eficiencia energética de los vehículos, e incita a los Estados miembros a que prevean otros combustibles y tecnologías de transporte, tales como los motores eléctricos, para el transporte de las mercancías y de las personas, especialmente en las zonas urbanas; considera que la consecución de un importante cambio modal en el transporte a favor de unas opciones más respetuosos del medio ambiente, por ejemplo, del transporte individual por carretera al transporte público, debería ser un elemento esencial de la estrategia de la Unión para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en el sector del transporte;

    74.

    Considera que un enfoque de «vanguardia» para los vehículos del sector europeo del automóvil podría ayudar a recuperar los mercados internacionales, en particular respecto de los fabricantes asiáticos;

    75.

    Lamenta que el ferrocarril sólo se utilice para un 10 % del transporte europeo de mercancías; insta a los Estados miembros a que hagan un mayor uso del ferrocarril y de las vías fluviales; aboga por un mejor enfoque para optimizar las conexiones entre el transporte ferroviario, las vías fluviales y el transporte por carretera;

    76.

    Subraya la importancia de aplicar la necesaria combinación de medidas para mejorar la eficiencia energética tanto de los nuevos aparatos eléctricos como de los ya existentes;

    Mejor utilización de los recursos autóctonos y de las mejores tecnologías de la UE

    77.

    Opina que las energías renovables tales como la eólica, el biogás, la solar, la hidroeléctrica, la biomasa, la geotérmica y los recursos marinos constituyen la fuente potencial de energía más importante de la Unión Europea, pues pueden contribuir a una estabilización de los precios de la energía, y acoge con satisfacción la presentación de una comunicación sobre la eliminación de los obstáculos a las energías renovables; subraya a este respecto que ninguna nueva iniciativa debería causar el aplazamiento de los proyectos existentes;

    78.

    Considera que la explotación de los recursos fósiles locales, especialmente los depósitos de gas natural tanto en tierra como en el mar, puede ayudar a mejorar la independencia energética de Europa y debe desarrollarse allí donde se disponga de ellos, de conformidad con la legislación medioambiental europea y nacional; pide a los Estados miembros y a la Comisión que establezcan un justo equilibrio reglamentario entre la protección del medio ambiente y las oportunidades de producción en el territorio de la Unión, tanto en tierra como en el mar;

    79.

    Recuerda que, dado que las fuentes renovables son fuentes fluyentes, es imprescindible potenciar la capacidad de interconexión eléctrica a nivel comunitario, prestando especial atención a los países y regiones más aislados del mercado de la energía de la Unión, a fin de proporcionar a los Estados miembros los medios necesarios para cumplir con el objetivo de un 20 % de energías renovables para 2020;

    80.

    Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades locales que revolucionen la relación entre los sectores de la agricultura y la energía mediante un plan para colocar, en los tejados de las instalaciones agrícolas, dispositivos de energías renovables tales como paneles solares; pide a los Estados miembros y a las autoridades locales que ofrezcan incentivos locales para la utilización de los aceites usados y los recursos sostenibles de biomasa, asegurando un equilibrio entre los cultivos energéticos y los cultivos para alimentar a la población;

    81.

    Pide a la Comisión que presente al Parlamento un informe sobre los obstáculos y criterios técnicos que reducen la capacidad técnica de las pequeñas y medianas empresas para invertir en la producción de energía y distribuirla mediante la red existente;

    82.

    Pide a la Comisión que refuerce la prioridad concedida a la I+D en materia de almacenamiento de electricidad, de conexiones basadas en las TIC entre las instalaciones distribuidoras de generación («centrales virtuales»), de redes inteligentes y de aumento de la capacidad de las infraestructuras para permitir una conexión prioritaria de las energías renovables;

    83.

    Pide a la Comisión que defina de nuevo la política de ayuda al desarrollo para integrar en ella un nuevo pilar dedicado a la energía; considera en este sentido que los proyectos de centrales solares en el norte de África deben servir prioritariamente para el consumo local;

    84.

    Recuerda que tanto la hulla como el lignito siguen siendo un elemento transitorio importante de la combinación energética y de la seguridad de abastecimiento de la Unión, dadas las reservas nacionales, como alternativa al petróleo y al gas; subraya, sin embargo, que sus emisiones de CO2 son mayores que las de otras fuentes primarias de energía; pide, por tanto, la reducción de dichas emisiones mediante la modernización de las centrales utilizando tecnologías de captura y almacenamiento de carbono, y pide a la Comisión, en este contexto, que examine todas las posibilidades de financiación para construir los 12 proyectos de demostración para 2015;

    85.

    Reconoce que la adición de biomasa a la combustión en las centrales modernas de carbón ya ha alcanzado un nivel de eficiencia del 45 %, y que en el marco de la cogeneración podría alcanzarse un nivel de eficiencia de hasta el 90 %; pide por tanto a la Comisión y a los Estados miembros que creen incentivos para un mayor uso de combustibles biogénicos en las centrales de combustibles fósiles;

    86.

    Comparte el análisis de la Comisión de que es importante mantener la contribución de la energía nuclear a la combinación energética y, para ello, promover asimismo sin demora el establecimiento de un marco reglamentario y económico armonizado que facilite las decisiones relativas a las inversiones necesarias; pide a la Comisión que elabore una hoja de ruta concreta para las inversiones nucleares; considera imprescindible abrir un debate en la sociedad, sin prejuzgar los resultados, sobre el uso de esta fuente de energía; pide a la Comisión que promueva, como parte integral de la Política Europea de Vecindad, la adopción por los países limítrofes del acervo comunitario en el ámbito de la seguridad nuclear, cada vez que se prevea construir una nueva central nuclear o la modernización de una vieja central nuclear en dichos países;

    87.

    Recuerda la importancia de la energía nuclear, producida en 15 de los 27 Estados miembros y utilizada en un número mayor de Estados miembros, que representa casi un tercio de la demanda de electricidad en la Unión Europea; indica también la construcción actual de seis nuevas unidades de producción en cuatro Estados miembros;

    88.

    Subraya la competitividad de la energía nuclear que, gracias a la pequeña proporción del coste del uranio en relación a los costes totales, es ampliamente independiente de las oscilaciones del precio de los combustibles;

    89.

    Subraya que la industria nuclear europea ejerce el liderazgo mundial en todas las tecnologías del ciclo nuclear, sobre todo en el enriquecimiento, lo que contribuye significativamente a la seguridad de abastecimiento de la Unión;

    90.

    Saluda la posición, en general favorable, de la Comisión hacia la energía nuclear; subraya, no obstante, que no aborda suficientemente la cuestión de los lugares de almacenamiento final de los residuos radiactivos, a pesar de su importancia para la opinión pública; pide a los Estados miembros implicados que intensifiquen sus esfuerzos para solucionar el problema del almacenamiento final de todos los tipos de residuos radiactivos, pero en particular de los residuos de alto nivel radiactivo;

    91.

    Considera esencial asegurar a los ciudadanos de la Unión que la energía nuclear en la Unión se utiliza de manera transparente y con un nivel tecnológico de máxima seguridad por lo que respecta a la gestión de los residuos nucleares; se congratula de la mencionada propuesta de la Comisión de Directiva del Consejo por la que se establece un marco comunitario sobre seguridad nuclear; pide al Consejo y a la Comisión que elaboren, en colaboración con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), modelos y procedimientos para evitar que el uso pacífico de la energía nuclear conduzca a la proliferación de armas nucleares;

    92.

    Subraya que la Comisión no ha examinado, ni en su programa ilustrativo revisado ni en su revisión estratégica, el probable desarrollo de la tecnología nuclear en el horizonte de 2050, como sugiere un documento de referencia de la Plataforma Tecnológica para una Energía Nuclear Sostenible, ni el papel que deba desempeñar el proyecto ITER de fusión controlada;

    Hacia 2050

    93.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que elaboren una política energética europea capaz de permitir una reconversión a gran escala hacia las tecnologías energéticas eficientes y con bajas emisiones de carbono, con objeto de satisfacer el consumo de energía; subraya que, si bien la eficiencia energética y el ahorro de energía siguen siendo una prioridad, así como el mayor desarrollo de las energías renovables, será posible satisfacer las necesidades energéticas a partir de fuentes de baja emisión para 2050;

    94.

    Recuerda a la Comisión y a los Estados miembros que efectuar la transición hacia unos sistemas altamente eficientes de energía implicará adoptar un enfoque sistémico basado en las sinergias entre los distintos sectores; subraya la importancia clave de una evaluación de todas las medidas sobre la base de su contribución a la reducción de las emisiones de CO2; opina que, para ello, debería ser prioritario desarrollar soluciones locales integradas;

    95.

    Considera los desafíos globales y europeos a largo plazo relativos a la energía y al cambio climático como una oportunidad única para crear nuevos modelos de negocio en toda la economía con objeto de estimular la innovación y el espíritu empresarial ecológico;

    96.

    Pide a la Comisión que efectúe estudios de viabilidad sobre los proyectos de desarrollar plataformas eólicas en el Mar del Norte y centrales solares en África;

    97.

    Aprueba, en el marco del Plan estratégico para las tecnologías energéticas, la elaboración de un calendario político para 2030, y de una hoja de ruta sobre la política energética en 2050; pide por tanto a la Comisión que evalúe las tendencias de la combinación de fuentes de energía con arreglo a diversos escenarios, en función de la evolución de la demanda de energía, de los posibles recursos energéticos, de las repercusiones medioambientales, del precio previsible de la energía y del CO2;

    98.

    Pide a la Comisión que garantice que la hoja de ruta permita dirigir la investigación y el desarrollo de las tecnologías energéticas, y la educación, hacia la reducción de costes en las energías renovables, el almacenamiento de energía, el éxito de los reactores nucleares de cuarta generación y la captura y almacenamiento de carbono, sobre todo para encontrar una alternativa al petróleo como carburante para los transportes, y destacando la energía solar, cuya fuente es inagotable;

    99.

    Recuerda la necesidad de fomentar persistentemente la investigación en materia de transmutación de los residuos nucleares y de la fusión nuclear como fuente de energía a muy largo plazo;

    *

    * *

    100.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos y Gobiernos de los Estados miembros.


    (1)  DO C 293 E de 2.12.2006, p. 114.

    (2)  DO C 76 E de 27.3.2008, p. 114.

    (3)  DO C 219 E de 28.8.2008, p. 82.

    (4)  DO C 219 E de 28.8.2008, p. 206.

    (5)  DO C 263 E de 16.10.2008, p. 424.

    (6)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0033.

    (7)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0096.

    (8)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0354.

    (9)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0294.

    (10)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0347.

    (11)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0295.

    (12)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0346.

    (13)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0296.

    (14)  Textos Aprobados, P6_TA(2008)0545.

    (15)  DO L 275 de 25.10.2003, p. 32.

    (16)  DO L 217 de 8.8.2006, p. 8.

    (17)  DO L 127 de 29.4.2004, p. 92.


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