EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52005DC0196

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Fortalecimiento de la Asociación UE-EE.UU. y mayor apertura del mercado en el siglo XXI

52005DC0196




[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 18.5.2005

COM(2005) 196 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

Fortalecimiento de la Asociación UE-EE.UU. y mayor apertura del mercado en el siglo XXI

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. La “Declaración sobre el refuerzo de nuestra Asociación Económica”, acordada en la Cumbre UE-EE.UU. del año 2004, urgió a los socios transatlánticos a desarrollar una estrategia avanzada que fortaleciera las relaciones económicas entre ambas Partes. La declaración invitaba a los interesados de ambos lados del Atlántico a evaluar las relaciones económicas bilaterales y a explorar los medios necesarios para eliminar los obstáculos al comercio y a la inversión impuestos por las reglamentaciones.

2. El 30 de septiembre de 2004, se emprendió, del lado de la UE, una operación de consultas públicas en línea. En ella se pidió que la comunidad empresarial, las organizaciones de protección del medio ambiente, las asociaciones de consumidores, los sindicatos y los demás grupos e individuos interesados manifestaran su opinión sobre los obstáculos a los que se enfrentan cuando comercian o invierten en los mercados de la otra Parte. Los interesados tuvieron también la oportunidad de exponer sus puntos de vista en dos conferencias que organizó para ellos la Comisión.

3. Basándose en las respuestas facilitadas por los interesados, la Comisión ha fijado una serie de temas que considera deberían tratarse en cooperación con Estados Unidos. Las iniciativas que propone la Comisión forman un paquete con el que se pretende impulsar el comercio y la inversión entre ambas Partes en tres ámbitos distintos:

- la regulación de un nuevo mercado transatlántico,

- la dinámica del conocimiento y la innovación y

- el aumento de la fiabilidad y seguridad de las fronteras para una mayor agilidad del comercio y la inversión.

4. Con relación al mecanismo de aplicación que deba emplearse, la Comisión propone una mezcla de instrumentos intersectoriales, obligatorios y no obligatorios, que dé un nuevo impulso y una mayor calidad a la asociación económica UE-EE.UU. y que refleje al mismo tiempo nuestro compromiso con el desarrollo sostenible. Esto exige adoptar una posición abierta que promueva y haga más efectiva la cooperación en el ámbito reglamentario.

5. La evaluación ex-ante de los compromisos obligatorios que se contraigan deberá llevarse a cabo con arreglo a lo expuesto en la “Comunicación de la Comisión sobre la evaluación del impacto”[1]. A ella se sumará una evaluación del impacto sobre la sostenibilidad, que se efectuará de acuerdo con las disposiciones aplicables a las propuestas de la Comisión que se derivan de esa Comunicación y que requieren un mandato del Consejo.

6. La presente Comunicación termina estableciendo una serie de propuestas para reforzar y ampliar la arquitectura política de la Asociación Transatlántica.

ÍNDICE

1. Introducción 4

2. Justificación 4

3. Iniciativas para un mejor funcionamiento del mercado transatlántico 6

3.1. Reglamentación de un mercado transatlántico 6

3.1.1. Cooperación en materia reglamentaria 6

3.1.2. Facilitación de las inversiones 8

3.1.3. Política de competencia y ejecución 9

3.1.4. Contratación pública 9

3.1.5. Aviación 10

3.1.6. Servicios de transporte marítimo y asuntos marítimos 10

3.1.7. Mercados financieros 11

3.1.8. Libertad de movimiento de personas 11

3.1.9. Reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales 12

3.2. Dinámica del conocimiento y la innovación 12

3.2.1. Nuevas tecnologías 12

3.2.1.1. Tecnologías de la información y la comunicación (TIC): reglamentación de la innovación 12

3.2.1.2. Espacio 13

3.2.2. Propiedad intelectual 13

3.2.3. Investigación y desarrollo 14

3.2.4. Energía 14

3.2.5. Educación y formación profesional 15

3.3. Aumento de la fiabilidad y seguridad de las fronteras para una mayor agilidad del comercio y la inversión 15

4. Consecución de los objetivos económicos 16

4.1. Instrumentos 17

5. Arquitectura básica de las relaciones UE-EE.UU. 18

5.1. Informe sobre la Nueva Agenda Transatlántica (NAT) 18

5.2. Necesidad de dar a las relaciones UE-EE.UU. el perfil político adecuado para realizar nuestras ambiciones 19

6. Conclusiones y recomendaciones 21

1. INTRODUCCIÓN

En respuesta a la “Declaración sobre el refuerzo de nuestra Asociación Económica” (en lo sucesivo, “Declaración de Dromoland”), acordada en la Cumbre UE-EE.UU. del año 2004, la presente Comunicación propone un paquete de iniciativas para impulsar el comercio y la inversión entre ambas Partes. Estas iniciativas cubren áreas tan diversas como la cooperación en materia reglamentaria, los servicios (incluido el mercado de la aviación y el financiero), la inversión, la competencia, la contratación pública, la innovación y las nuevas tecnologías o la articulación del comercio y la seguridad. Se propone establecer un marco intersectorial que constriña a ambos socios a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos. Con ello se pretende dar un nuevo impulso y una mayor calidad a la asociación económica UE-EE.UU. y avanzar hacia la creación de un mercado transatlántico libre de obstáculos. El marco propuesto ofrece a las autoridades reguladoras de una y otra Parte los instrumentos necesarios para fomentar la cooperación y prevenir la aparición de problemas derivados de la reglamentación. El respaldo político ayudará a garantizar que se alcancen los compromisos adecuados. En resumen, junto a una serie de propuestas para reforzar y ampliar la arquitectura política de la Asociación Transatlántica, la presente Comunicación propone que en la Cumbre UE-EE.UU. del 2005 se acuerde con este país una Declaración Económica que comience a aplicarse en las áreas arriba indicadas, y que el avance en algunas de éstas se asegure con acuerdos de carácter vinculante.

2. JUSTIFICACIÓN

Los lazos económicos han sido y son la base de unas relaciones bilaterales que no han cesado de ampliarse. La fortaleza de esos lazos ha sido fundamental para crear las condiciones que han permitido el florecimiento de las relaciones políticas transatlánticas en las últimas décadas.

Los líderes presentes en la Cumbre UE-EE.UU. de Dromoland acordaron buscar las vías de cooperación y las buenas prácticas necesarias para impulsar el crecimiento económico, la creación de empleo y la innovación e instaron a los interesados de ambas orillas del Atlántico a que aportaran ideas sobre la forma de estrechar la integración económica transatlántica. El objetivo era adoptar en la Cumbre del 2005 una estrategia avanzada que permitiera fortalecer la asociación económica entre ambas Partes. Tras la Cumbre de Dromoland, se desarrolló durante tres meses un proceso de consulta a los interesados de la UE que concluyó el 31 de diciembre de 2004. De las respuestas facilitadas -algunas con ideas constructivas-, la mayoría se centra en la necesidad de eliminar los obstáculos no arancelarios, particularmente los derivados de la reglamentación y de los problemas de comercio y seguridad[2]. Los interesados consideran también que el impulso de la Agenda de Lisboa es condición indispensable para intensificar las relaciones económicas transatlánticas. La presente Comunicación propone una estrategia conjunta UE-EE.UU. para desarrollar la integración económica de las dos Partes y termina con el examen de algunas opciones para afianzar las estructuras políticas en las que se apoyan las relaciones entre ambas.

La UE y Estados Unidos mantienen en el área del comercio y la inversión la mayor relación bilateral del mundo. En el 2003, el volumen global del comercio de bienes y servicios entre ambas Partes se situó en unos 600 000 millones de euros y, aunque las disputas comerciales puedan a veces acaparar los titulares, el hecho cierto es que éstas afectan a menos del 2% de ese volumen. Una muestra cada vez más patente de las relaciones económicas UE-EE.UU. es el enorme flujo de inversión extranjera directa (IED) que se mueve en ambas direcciones. Al final del 2003, ese flujo en doble sentido representaba un importe total de 1,4 billones de euros (766 000 millones de IED de la Unión en Estados Unidos y alrededor de 640 000 millones de IED de ese país en Europa). Además, la cifra de empleos de la UE y de Estados Unidos que dependen de los lazos comerciales transatlánticos llega a los 14 millones. En estas condiciones, es preciso reforzar la competitividad reduciendo el coste de los factores de producción, fomentando en la escena internacional la cooperación en materia reglamentaria, promoviendo los derechos de propiedad intelectual y trabajando por la apertura de los mercados de países terceros.

Sin embargo, pese a la magnitud de las relaciones económicas bilaterales, son todavía hoy muchos los factores que siguen afectando negativamente al comercio y la inversión[3]. En el esfuerzo por afianzar esos lazos y ampliar las oportunidades de comercio, debe desempeñar un importante papel el establecimiento de un marco reglamentario más adecuado. A tal efecto, ha de tenerse en cuenta lo siguiente: en primer lugar, que todavía en muchos campos siguen siendo numerosos los obstáculos reglamentarios y que, si se diera un avance progresivo en esta materia, se obtendrían grandes beneficios sectoriales para las empresas y los consumidores; en segundo lugar, que debemos consolidar las bases del crecimiento y la innovación progresando más decididamente en el desarrollo e integración de nuestras economías basadas en el conocimiento; y, en tercer lugar, que tanto la Unión Europea como Estados Unidos se enfrentan hoy en el orden económico a serios desafíos internos y externos: a nivel interno, los altos déficit presupuestarios y comerciales estadounidenses y los decepcionantes índices de crecimiento europeos; y, a nivel externo, la presión competitiva cada vez mayor de economías que, como la china y la india, crecen a un ritmo acelerado.

La UE ha respondido a esos desafíos con la nueva orientación dada a la Estrategia de Lisboa. En ella, además de mantenerse el ya tradicional objetivo del desarrollo sostenible, se contempla una mayor integración y un renovado impulso a la convergencia reglamentaria y administrativa a nivel internacional[4]. Desde esta perspectiva, el fortalecimiento de la asociación económica UE-EE.UU. contribuirá a fomentar el empleo y el crecimiento y a promover la innovación, estimulando al mismo tiempo el comercio y la inversión. Por otra parte, como algunas de las cuestiones que plantean estos objetivos afectan al desarrollo sostenible en todas sus dimensiones (medioambiental, social y económica), éste, el desarrollo sostenible, deberá ocupar un lugar primordial en la asociación económica UE-EE.UU.

Para la consecución de esta forma de desarrollo a nivel mundial, la prioridad más importante es completar el Programa de Doha para el Desarrollo, auspiciado por la OMC. La Unión Europea y Estados Unidos ya están trabajando juntos con este fin. Ahora bien, dado que la OMC es el marco adecuado para cualquier negociación encaminada a las reducciones arancelarias, el establecimiento entre ambas Partes de un acuerdo de libre comercio (ALC) podría poner en peligro esa prioridad multilateral. Por ello, las iniciativas económicas bilaterales entre la Unión y Estados Unidos deberían complementar el proceso de esa Organización y abordar los principales obstáculos en presencia, que son por naturaleza de carácter esencialmente reglamentario. Un acuerdo de libre comercio UE-EE.UU. no permitiría solventar esta dificultad esencial en las relaciones económicas entre ambas Partes.

Pese a ello y aunque las cuestiones macroeconómicas de interés común para la UE y Estados Unidos se discutan en varios fueros multilaterales, el establecimiento a nivel bilateral de un intercambio de puntos de vista sobre esas cuestiones podría contribuir al desarrollo de un análisis compartido y, gracias a él, no sólo fortalecer la asociación UE-EE.UU. a nivel global, sino también facilitar en los fueros multilaterales el logro del necesario consenso sobre dichas cuestiones.

3. INICIATIVAS PARA UN MEJOR FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO TRANSATLÁNTICO

3.1. Reglamentación de un mercado transatlántico

3.1.1. Cooperación en materia reglamentaria

A medida que ha ido desarrollándose la economía transatlántica, se ha evidenciado cada vez más que la demanda de una competencia más leal y de un mayor nivel de protección del consumidor y del medio ambiente no puede satisfacerse ya si no se amplían las perspectivas en el ámbito reglamentario. Esta evidencia ha llevado a multiplicar e intensificar los contactos entre los organismos reguladores de la UE y de Estados Unidos (incluidas las autoridades responsables de la competencia). Tales contactos son importantes pues una regulación unilateral puede perturbar e incluso dañar la economía. Al mismo tiempo, sin embargo, los principios de legitimidad democrática y de responsabilidad exigen que se respeten la autonomía legislativa y los más altos niveles de protección de la salud pública, la seguridad, el medio ambiente y los consumidores.

Hay un amplio reconocimiento de que el mercado transatlántico funciona, en general, correctamente. El solo volumen que registran cada día el comercio de mercancías y el flujo de capitales es buena prueba de ello. En algunos ámbitos, sin embargo, es necesario -en especial, antes de procederse a cualquier regulación- reforzar el diálogo y la cooperación para evitar entre ambas Partes toda divergencia que pueda incrementar los costes y detener el crecimiento potencial, además de desatender las necesidades de los consumidores, empresas y demás interesados.

Si bien es cierto que la cooperación bilateral ha logrado importantes éxitos en el ámbito de la reglamentación, hay todavía problemas que siguen sin resolverse. La necesidad que se plantea es encontrar una forma de cooperación en ese ámbito que lleve a los legisladores de ambas Partes al convencimiento de que, aunque su centro de atención deba mantenerse en sus propios electores, hoy es también responsabilidad suya actuar como administradores y reguladores conjuntos de un mercado transatlántico.

Entre los pasos más recientes que se han dado para mejorar la cooperación en aquel ámbito, figuran las Directrices UE-EE.UU. sobre la cooperación y la transparencia en materia de reglamentación (2002) o el Plan de Trabajo para la cooperación UE-EE.UU. en dicha materia (junio de 2004), plan este que adopta un enfoque más sistemático. Estos instrumentos voluntarios -aplicables a los productos industriales- representan un paso adelante que ha concienciado de la necesidad de incrementar esa cooperación, reforzándola en varios sectores, y que ha merecido, además, la atención de los interesados. Tales instrumentos, sin embargo, siguen careciendo de visibilidad. Su aplicación efectiva depende a menudo de la prioridad que se dé a los recursos disponibles o de la naturaleza de los mandatos y autorizaciones de reglamentación. Esto hace que el nivel de cooperación ofrecido por las autoridades reguladoras sea variable.

La experiencia, pues, pone de manifiesto la necesidad de un apoyo político de máximo nivel, así como de un mecanismo, provisto de una agenda o plan de trabajo, que permita identificar los temas que deban impulsarse y fijar de forma periódica los objetivos y prioridades que sean oportunos. La experiencia de los diálogos entablados hasta ahora en esta materia (que cubren diversos temas) muestra, asimismo, que no es posible aplicar un modelo de “talla única” y que la flexibilidad es también necesaria visto que algunos de esos diálogos funcionan bien ya actualmente. Así pues, basándose en la experiencia adquirida, la Unión Europea y Estados Unidos deben ahora dar un ambicioso paso cualitativo para reforzar su cooperación en el campo de la reglamentación. En este sentido, es preciso mantener una estrategia por sectores y adoptar un conjunto de herramientas que permita aplicar en cada caso la solución más adecuada, desde el intercambio de información y el desarrollo de la confianza, hasta la adopción de enfoques vinculantes que requieran reformas legislativas.

Fortalecer la cooperación exige, en definitiva, lo siguiente:

- Una cooperación reforzada desde la base que incluya los elementos esenciales siguientes:

- el intercambio de los programas de trabajo anuales de la Comisión y de las autoridades reguladoras estadounidenses;

- el establecimiento entre los reguladores de ambas Partes de una “línea directa” para su uso cuando una de ellas desee pedir ser consultada sobre una nueva iniciativa reglamentaria proyectada por la otra que pueda afectar a intereses suyos considerados importantes;

- la identificación de los sectores donde haya más posibilidades de obtener beneficios económicos gracias a la cooperación;

- la evacuación de consultas en organismos reguladores internacionales durante la fase de desarrollo de nuevas normas o iniciativas sectoriales;

- el fomento de evaluaciones proporcionadas de los efectos económicos, sociales y medioambientales que puedan producirse fuera de las fronteras de cada Parte;

- el desarrollo e intercambio de buenas prácticas que, teniendo en cuenta el principio de cautela, sean adecuadas para los análisis de riesgos en lo referente a la protección de los consumidores y del medio ambiente;

- la adopción de medidas complementarias para mejorar la comprensión de las prácticas reglamentarias de la otra Parte y favorecer una aplicación más racional y eficaz de las técnicas e instrumentos existentes en materia de reglamentación; entre tales medidas figuraría el intercambio de buenas prácticas generales en esa materia, como, por ejemplo, disposiciones para garantizar la transparencia o procedimientos de consulta pública.

- El reconocimiento de equivalencia en los casos en que las normas y reglamentaciones, aunque diferentes, proporcionen unos niveles de protección y de calidad similares.

- El desarrollo de normas comunes cuando así proceda.

3.1.2. Facilitación de las inversiones

A pesar de la importancia que los flujos de inversión revisten en las relaciones UE-EE.UU., subsisten del lado de este país restricciones a la propiedad que van más allá de los niveles que impone la seguridad. En el sector de la aviación, por ejemplo, la eliminación a ambos lados del Atlántico de las restricciones impuestas a la propiedad extranjera ofrecería a las compañías aéreas un mayor acceso a los capitales internacionales y, con él, se impulsarían a nivel mundial el número de operaciones, el crecimiento y la eficacia competitiva y se mejorarían la competencia y la atención a las necesidades de los consumidores. Desde una perspectiva más general, se observa la preocupación de las empresas comunitarias por los procedimientos de examen y notificación del Comité de Inversiones Extranjeras en Estados Unidos (CFIUS), que imponen unos requisitos desproporcionados en materia de supervisión y de gobernanza empresarial y unos métodos de selección especiales para personal sensible. La UE debe tratar de conseguir -en caso necesario por medio de disposiciones vinculantes- que Estados Unidos elimine las restricciones a la propiedad todavía existentes y las sustituya por unos requisitos de notificación más sencillos, razonables y proporcionados.

Otro aspecto en el que debe insistirse es la necesidad de hacer avanzar en ese país la reforma de la responsabilidad extracontractual. Esta cuestión suscita el máximo interés de los inversores europeos, quienes consideran que las demandas de daños y perjuicios de dudosa legitimidad constituyen una importante fuente de incertidumbre para las inversiones en Estados Unidos.

3.1.3. Política de competencia y ejecución

Con la progresiva interconexión de las economías europea y estadounidense, las operaciones de fusión y de adquisición que se realizan a un lado del Atlántico han tenido para el otro una repercusión cada vez mayor en la política de competencia. Las autoridades que se ocupan de ésta en la Comisión Europea y en Estados Unidos cooperan estrechamente en el marco de los acuerdos de 1991 y 1998, coordinando sus actividades de ejecución e intercambiando información no confidencial. Sin embargo, en el caso de los carteles internacionales sujetos a una investigación conjunta, la inexistencia de un marco que permita el intercambio de información confidencial puede obstaculizar el desarrollo de una cooperación efectiva entre ambas Partes. La Unión Europea y Estados Unidos deben estudiar los medios de superar los obstáculos que impiden actualmente intercambiar esa información.

3.1.4. Contratación pública

La apertura de unos mercados de contratación comunes a Estados Unidos y la UE aumentaría la competitividad de Europa y crearía nuevas oportunidades para sus empresas (incluidas las PYME). A pesar de que el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) de la OMC amplía considerablemente las oportunidades de contratación para ambas Partes, Estados Unidos se ha resistido siempre a mejorar la situación existente. La campaña “Buy America” (Compre americano), la Small Business Act (Ley de pequeñas empresas) y las preferencias nacionales son algunos de los principales obstáculos de acceso al mercado estadounidense que citan las empresas de la UE.

Para poner fin a esta situación, es preciso que las relaciones de la UE con Estados Unidos en el campo de la contratación pública se aborden desde ahora sobre bases de reciprocidad y desde una perspectiva que transcienda el ACP (“ACP-plus”). También es necesario que, apoyándose en iniciativas anteriores, se elaboren las medidas complementarias que sean idóneas para mejorar el acceso mutuo a las licitaciones, incluida la incentivación del uso para ellas de medios electrónicos.

Además, la Unión Europea y Estados Unidos deben reforzar su coordinación y cooperación con el fin de dar un impulso a las negociaciones bilaterales y multilaterales sobre contratación pública: revisión del texto y del ámbito de aplicación del ACP, ampliación del número de Partes de ese Acuerdo y negociación en el marco del AGCS de un acuerdo multilateral en materia de contratación pública de servicios.

3.1.5. Aviación

La negociación de un acuerdo global UE-EE.UU. en el sector de los servicios de transporte aéreo nos ofrece una excelente oportunidad para dar una plasmación concreta al estrechamiento de las relaciones transatlánticas. Los servicios de aviación siguen hoy confinados en un marco reglamentario que refleja el paisaje político y tecnológico de los años 40 del pasado siglo. La celebración de un acuerdo en este campo abriría nuevas oportunidades empresariales para las compañías aéreas de Estados Unidos y de la Unión y produciría enormes beneficios económicos (beneficios para los consumidores de como mínimo 5 000 millones de dólares al año, aumento anual del número de pasajeros de más de 17 millones, creación de nuevos empleos a ambos lados del Atlántico). La firma de ese acuerdo global aportaría una sólida base económica y jurídica para el desarrollo de los servicios aéreos transatlánticos. Ha llegado el momento de impulsar las negociaciones pensando en los considerables beneficios que podrán derivarse para la economía transatlántica en general. Es necesario que dichas negociaciones prosigan utilizando como base el proyecto de acuerdo que se presentó en junio del 2004 y que avancen en una serie de aspectos que son esenciales en ese proyecto: cooperación en materia de reglamentación (particularmente, de la seguridad, de las ayudas estatales y de los asuntos de competencia) y tratamiento de los derechos de tráfico. La Administración estadounidense se encuentra estudiando hoy una cuestión de capital importancia en este contexto, a saber, las normas de propiedad y de control que deban aplicarse a las compañías aéreas de esa nacionalidad.

3.1.6. Servicios de transporte marítimo y asuntos marítimos

El transporte marítimo es un instrumento esencial del comercio mundial y transatlántico. Por mar se transporta el 90% de todo el comercio internacional (en volumen), y algunos segmentos –como el comercio de contenedores– registran de forma sostenida unos índices de crecimiento anual de dos dígitos. Las industrias marítimas de la Unión Europea y de Estados Unidos tienen por sí mismas un considerable peso económico y, además, son vitales para el comercio internacional. Dado que las políticas restrictivas pueden detener el progreso económico y la expansión del comercio mundial, es preciso reexaminar el marco reglamentario del sector marítimo y, en especial, el apartado de medidas de seguridad, en el que debe reforzarse la cooperación.

Mientras la Administración de Estados Unidos adoptó en diciembre del 2004 un Ocean Action Plan (Plan de acción oceánica) en respuesta al informe elaborado en septiembre del mismo año por la Comisión de Política Oceánica de ese país, la Comisión Europea, por su parte, ha iniciado el proceso de elaboración de una política marítima global que abarque todos los aspectos. Es necesario intensificar la cooperación en este campo e incluir en ella temas de tanta relevancia como la gobernanza oceánica internacional y el Derecho del Mar, el intercambio de información, la investigación, la seguridad marítima y la protección del medio ambiente o el uso económico sostenible de los océanos y de sus recursos.

3.1.7. Mercados financieros

El acceso a los capitales es el motor de la inversión y la innovación. Los mercados financieros de la Unión Europea y de Estados Unidos se encuentren ya muy integrados y registran unos niveles de inversión cruzada y unos flujos de capital considerables. Aún con todo, es necesario seguir trabajando por una integración verdadera vistos los pingües beneficios que se derivarían de ella: una reducción de los costes de negociación de un 60% en ambas orillas del Atlántico, un aumento consiguiente de un 50% en el volumen de operaciones y un descenso de un 9% del coste del capital en acciones. Hoy, en cambio, se observa que las divergencias de las reglamentaciones de uno y otro socio o los efectos indirectos que tiene la de uno sobre el otro producen una serie en cadena de negativos efectos económicos. Es más, en algunos sectores, como el de los seguros de Estados Unidos, siguen existiendo todavía obstáculos tradicionales en el mercado.

Tanto la UE como EE.UU. están convencidos de la necesidad de impulsar la convergencia y la aceptación de una equivalencia funcional en materias tan fundamentales como las normas de contabilidad y de auditoría, los requisitos de adecuación del capital de los bancos o las condiciones marco para las actividades de la banca y de otros mercados financieros, particularmente los conglomerados financieros. El Financial Markets Regulatory Dialogue -FMRD- (Diálogo sobre la reglamentación de los mercados financieros), en el que participan interlocutores de ambas orillas del Atlántico, ha abordado con éxito algunos temas esenciales, como, por ejemplo, varios aspectos de la aplicación de la Ley Sarbanes-Oxley, la facultad de las empresas de la UE de darse de baja del registro bursátil de Estados Unidos o la necesidad de convergencia de las normas contables. Sobre este último tema se ha logrado ya un acuerdo político y, a corto plazo, pueden preverse otros avances importantes: el reconocimiento en Estados Unidos de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) utilizadas por los emisores europeos, el inicio de conversaciones sobre el reconocimiento mutuo del seguro de riesgos comerciales o, en el sector de reaseguros, la adopción de soluciones para eliminar los requisitos de garantía impuestos a los reaseguradores de la UE que negocian en Estados Unidos. En otros temas más amplios, como el tratamiento de la gobernanza empresarial, la Comisión Europea y sus interlocutores estadounidenses deben seguir impulsando un amplio intercambio de puntos de vista en el marco del Transatlantic Corporate Governance Dialogue -TCGD- (Diálogo transatlántico sobre la gobernanza empresarial).

3.1.8. Libertad de movimiento de personas

Los nacionales de algunos Estados miembros de la UE que desean viajar a Estados Unidos no pueden beneficiarse de la exención de visado que aplica hoy ese país a las visitas cortas. La Unión tratará de garantizar que esa exención se haga extensiva a todos los Estados miembros.

Del lado empresarial se observa que la inversión y el comercio de las filiales se están convirtiendo en el motor de la economía transatlántica. Por ello, es esencial que la UE y Estados Unidos reconozcan la libertad de movimientos de personal para estancias largas. Ambos socios deben examinar la conveniencia de un estatuto especial de “personas de confianza” que, respetando los procedimientos de seguridad adecuados, facilite el movimiento de los viajeros internacionales.

3.1.9. Reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales

La falta de reconocimiento mutuo de las cualificaciones constituye un obstáculo al movimiento de los profesionales y un freno a la competencia en el sector servicios. Pese a ello, los intentos de negociación de acuerdos de reconocimiento mutuo (ARM) en ese sector no han logrado progresar hasta ahora debido al desproporcionado esfuerzo que requieren, especialmente para superar los problemas de jurisdicción que plantea Estados Unidos. En esta situación, es necesario que las negociaciones se centren primordialmente en aquellas áreas donde los suministradores y/o usuarios de servicios profesionales hayan manifestado y demostrado un interés económico o una necesidad.

Así, en el área de los servicios de arquitectura, las organizaciones profesionales de ambos lados del Atlántico han expresado un claro interés en la negociación de un ARM. Las conversaciones entabladas por ellas con este fin se encuentran ya muy avanzadas, y el Consejo ha aprobado un mandato por el que se autoriza a la Comisión a negociar ese acuerdo con Estados Unidos. Procede ahora animar a este país para que dé su respaldo político a los resultados de las conversaciones interprofesionales, allanando así el camino para la firma de un ARM vinculante por las autoridades que negocian los acuerdos internacionales.

3.2. Dinámica del conocimiento y la innovación

3.2.1. Nuevas tecnologías

3.2.1.1. Tecnologías de la información y la comunicación (TIC): reglamentación de la innovación

Los organismos reguladores de ambas orillas del Atlántico se esfuerzan hoy por hacer frente al desafío que suponen la rápida evolución de la economía digital y la convergencia de las tecnologías informáticas, de la telecomunicación y de la radio y televisión. Los interesados de una y otra orilla han expresado su preocupación por los obstáculos que pueden derivarse de la existencia de reglamentaciones divergentes. Y, aunque la Comisión Europea y Estados Unidos se encuentran discutiendo ya algunas cuestiones fundamentales en el marco del Diálogo UE-EE.UU. sobre la sociedad de la información, se necesita hoy una mayor coordinación para intentar prevenir toda divergencia injustificada e impulsar a ambos lados del Atlántico el desarrollo de tecnologías innovadoras.

Hay todavía muchas posibilidades de seguir trabajando juntos para abrir nuevas oportunidades comunes en el desarrollo de las TIC y combatir las amenazas que puedan surgir en el proceso. La Unión Europea y Estados Unidos deben impulsar el despliegue de tecnologías clave que, como la banda ancha, la identificación por radio frecuencia (RFID) y otras varias, contribuyan a promover la innovación y el crecimiento transatlánticos. Al mismo tiempo, deben tratar de prevenir toda práctica abusiva que reduzca el potencial de esas tecnologías en detrimento de los usuarios y, a tal fin, han de cooperar, por ejemplo, para reducir el spam y reforzar la lucha contra otros peligros actuales, como los “programas espía” ( spyware ) y otras formas de “programas maliciosos” ( malware ).

3.2.1.2. Espacio

Debido en parte al control de las exportaciones, Estados Unidos mantiene el liderazgo en segmentos específicos del mercado, como el de ciertos componentes de satélites. El acuerdo sobre Galileo ha demostrado, sin embargo, la posibilidad actual de entablar conversaciones sobre un plano de igualdad a fin de identificar intereses comunes y de crear un entorno favorable para la cooperación en el área de la ciencia espacial y en las aplicaciones comerciales de este sector con tanto potencial de crecimiento.

La Unión Europea y Estados Unidos deben emprender un diálogo estructurado para atender a dos finalidades esenciales: en primer lugar, promover la cooperación en temas tan importantes como la observación de la Tierra, la navegación por satélite (Galileo, GPS), la comunicación electrónica, las ciencias espaciales y la exploración del espacio o el apoyo a los países en desarrollo para actividades relacionadas con el espacio; y, en segundo lugar, tratar al mismo tiempo la eliminación de los obstáculos reglamentarios que siguen impidiendo la creación en la industria espacial de un mercado transatlántico eficaz. Dos puntos esenciales en este sentido serían la supresión de los controles innecesarios que contempla la International Trade in Arms Regulations (ITAR) de Estados Unidos (Reglamentación del Tráfico Internacional de Armas) y la liberalización del mercado internacional de lanzadores.

3.2.2. Propiedad intelectual

Proteger los derechos de propiedad intelectual para fomentar la innovación, el empleo y la competencia es un objetivo económico fundamental que comparten la Unión Europea y Estados Unidos. Ambos socios necesitan combatir el rápido avance de la falsificación y la piratería, y mitigar las costosas diferencias que acusa la protección de la propiedad intelectual a uno y otro lado del Atlántico.

Partiendo del reforzado compromiso que ha demostrado la UE con su Directiva de Ejecución del año 2004, la Unión Europea y Estados Unidos tienen que intensificar su cooperación en la ejecución de los derechos de propiedad intelectual, comenzando por controlar su propia situación interna. Deben, asimismo, comenzar a tratar esta materia con una selección de países terceros y hacer un esfuerzo conjunto para combatir la falsificación y la piratería. De igual forma, es necesario seguir avanzando en varias cuestiones jurídicas de fondo, como, por ejemplo, las patentes (para las que deben estudiarse formas creativas de reducir la brecha entre “primero en inventar” y “primero en registrar”) o la protección de los operadores de radio y televisión en el marco de las nuevas tecnologías. La intensificación del diálogo que se precisa debe partir de la disposición de Estados Unidos a aplicar las normas de la OMC en materia de derechos de propiedad intelectual, así como a apoyar la plena participación de la Comunidad Europea en los comités de la OMPI en los que tiene competencia aquélla. Es necesario, por último, garantizar que los derechos de propiedad intelectual en los medios digitales evolucionen de forma que se mantenga el tradicional equilibrio entre los intereses de los propietarios de contenidos y los de los consumidores.

3.2.3. Investigación y desarrollo

Uno de los elementos fundamentales de la renovación de la Agenda de Lisboa es el reconocimiento del importante papel que han de desempeñar las actividades de investigación y desarrollo para el fomento de la competitividad y el crecimiento económico. La Unión Europea ha reconocido también la contribución que puede hacer al logro de una economía europea basada en el conocimiento la apertura a los investigadores y centros de investigación de terceros países de las actividades contempladas en los sucesivos programas marco. Cabe citar, en este sentido, las diversas acciones que se han emprendido desde 1998 dentro del Acuerdo UE-EE.UU. en materia de ciencia y tecnología[5]. Se trata fundamentalmente de los proyectos de colaboración que, con la participación de empresas y centros de investigación de Estados Unidos, se están realizando hoy en diversos ámbitos, como, por ejemplo, los materiales industriales, las pilas de combustible, los sistemas de fabricación inteligentes, la biotecnología[6] o algunos aspectos del cambio climático. La colaboración en estos y en otros ámbitos más debe intensificarse en el próximo Programa Marco de investigación y desarrollo (séptimo programa).

En general, es preciso que la Unión Europea y Estados Unidos sigan trabajando juntos para identificar campos de colaboración prioritarios en materia de investigación que permitan:

- impulsar el crecimiento económico de ambos socios, desarrollar nuevos mercados transatlánticos (por ejemplo, de la tecnología de las pilas de combustible de hidrógeno o de la nanotecnología) y encontrar soluciones a problemas de reglamentación comunes;

- promover un entorno económico seguro gracias al tratamiento de temas relacionados con la seguridad civil; esto incluye no sólo los temas que aborda la “acción preparatoria” de la Comisión sobre la investigación en materia de seguridad (COM(2004) 72) - por ejemplo, la protección contra la amenaza terrorista de ataques químicos y biológicos o la mejora de los métodos de gestión de crisis -, sino también, en el ámbito de las TIC, los aspectos tecnológicos de seguridad y fiabilidad de los sistemas complejos en red y de las infraestructuras de información contemplados en el Programa de tecnologías de la sociedad de la información.

3.2.4. Energía

Ante los altos e inestables precios registrados por el petróleo recientemente y la necesidad de afrontar el problema del cambio climático, la Unión Europea y Estados Unidos deben colaborar más estrechamente para fortalecer su diálogo sobre el rendimiento energético y las energías renovables, así como sobre el desarrollo de tecnologías limpias (por ejemplo, la captura y almacenamiento de carbono y otras tecnologías de bajo carbono).

3.2.5. Educación y formación profesional

La Unión Europea y Estados Unidos han de seguir trabajando juntos para renovar y reforzar el Acuerdo de cooperación que tienen suscrito en materia de enseñanza superior y de formación profesional, acuerdo que expira al final del 2005. Se trata de fomentar los intercambios personales y de desarrollar medidas sectoriales en varios temas (por ejemplo, la calidad y compatibilidad de los sistemas de enseñanza y formación, el acceso de todos a la formación continua o la apertura al mundo de la educación y la formación). Además, deben explorarse las posibilidades de fomentar la investigación y de impulsar el intercambio de profesores universitarios, investigadores y estudiantes en materias que contribuyan al fortalecimiento de las relaciones económicas UE-EE.UU.

3.3. Aumento de la fiabilidad y seguridad de las fronteras para una mayor agilidad del comercio y la inversión

Tras el 11 de septiembre de 2001, se asistió en todo el mundo a la imposición de nuevas medidas de seguridad por los gobiernos. Estas medidas -como no han dejado de señalar los interesados de ambos lados del Atlántico- han tenido un efecto tangible en el comercio internacional. El reto que hoy se nos plantea es encontrar un equilibrio entre dos necesidades: la mayor exigencia actual de seguridad y el mantenimiento de un sistema abierto y seguro para el comercio de mercancías y el transporte de pasajeros. Agilizar el comercio y afianzar la seguridad no son objetivos contradictorios. Las medidas que facilitan el comercio, como, por ejemplo, las destinadas a garantizar la igualdad de condiciones o a acelerar los procesos de tramitación para los agentes económicos que cumplan las reglas, pueden conllevar también unos niveles de control adecuados.

Partiendo del buen trabajo ya realizado en el marco de su Acuerdo de intensificación de la cooperación aduanera en materia de seguridad del transporte, la Unión Europea y Estados Unidos deben reforzar el diálogo en curso sobre la base de los principios de reciprocidad y de reconocimiento mutuo.

En este diálogo ha de prestarse especial atención a los aspectos siguientes:

- apoyar los objetivos generales establecidos por ese Acuerdo, a saber: i) la plena reciprocidad y el reconocimiento mutuo para las normas de seguridad, las evaluaciones de riesgos, las medidas de control y sus resultados y los programas de colaboración industrial; y ii) la cooperación en una serie de medidas que, como la “ventanilla única”, el “punto único de acceso” o la “aduana electrónica” (e-Customs), serán incorporadas a la normativa aduanera de la Comunidad;

- impulsar el intercambio de buenas prácticas y la cooperación en lo referente al concepto de “operador económico autorizado” que se aplica en la UE; el objetivo debe ser ir más allá de la mera compatibilidad de ese concepto con el programa de Estados Unidos Customs-Trade Partnership Against Terrorism (C-TPAT) (Asociación Aduanas-Comercio contra el Terrorismo); se trata de invitar a ese país a mejorar su propio concepto para que su alcance sea plenamente equivalente al del aplicado en la Unión, y de lograr así la reciprocidad y el mutuo reconocimiento de ambos programas;

- llegar a acuerdos con Estados Unidos para evitar la duplicación de controles que produce la existencia de unas reglamentaciones paralelas y a veces contradictorias; también aquí debe hacerse hincapié en el reconocimiento mutuo y la reciprocidad, trabajando activamente por su logro en las normas y en las medidas que se aplican a los controles aduaneros;

- centrar las conversaciones con Estados Unidos en la aplicación de la Public Health Security and Bioterrorism Preparedness and Response Act (Ley para la seguridad de la salud pública y la preparación y respuesta ante el bioterrorismo), a fin de garantizar que esta ley produzca el mínimo impacto posible sobre el comercio;

- dar un nuevo impulso al desarrollo de normas de seguridad globales, promoviendo en especial las acordadas entre la Comunidad Europea y Estados Unidos a través de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) y la Organización Marítima Internacional (OMI); un ejemplo actual es la elaboración en el marco de la OMA de un proyecto de ordenamiento para la seguridad y la facilitación del comercio mundial que será aplicado por los miembros de esa Organización tras su adopción por el Consejo de Cooperación Aduanera a finales de junio del 2005;

- trabajar juntos en un ámbito de interés común como lo es la lucha contra el fraude empresarial y financiero, el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la corrupción, el fraude y la evasión fiscales y otros delitos financieros y empresariales; la UE y Estados Unidos deben animar a sus socios para que adopten los más altos niveles de transparencia, intercambio de información y cooperación entre las autoridades competentes de cada uno.

La Comunidad Europea se hallará en mejores condiciones de impulsar un avance a nivel mundial en materia de seguridad una vez que, en respuesta a la solicitud presentada en el año 2000, pueda convertirse en miembro de pleno derecho de la OMA. El apoyo de Estados Unidos a esa solicitud sería de gran importancia para ello.

4. CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS ECONÓMICOS

Los interesados a los que consultó la Unión Europea señalaron que las iniciativas económicas que había emprendido ésta con Estados Unidos en el pasado no habían logrado en muchas ocasiones atraer la atención política necesaria para su mantenimiento durante el tiempo que habría hecho falta a fin de que produjeran resultados apreciables.

En opinión de la Comisión, los líderes que asistan a la Cumbre UE-EE.UU. del año 2005 deberán dar un mandato a los negociadores para que exploren todos los medios que puedan posibilitar un avance cualitativo en las relaciones económicas entre ambas Partes. Es preciso que de esa Cumbre salga un amplio compromiso político de alto nivel por el que se confirme el objetivo global de avanzar hacia un mercado trasatlántico sin barreras.

4.1. Instrumentos

Entre los medios necesarios para dar un empuje a las iniciativas económicas, figuran los siguientes:

- El establecimiento de un Foro de alto nivel para la cooperación en materia reglamentaria. Este foro, en el que habrán de estar representados al más alto nivel los organismos reguladores de ambas Partes, deberá reunirse antes de las Cumbres UE-EE.UU. y presentar a éstas un plan de trabajo anual con los objetivos y prioridades de futuro que sean oportunos. Además de impulsar los siete elementos de cooperación esenciales que indica el apartado 3.1.1, serán también tareas del foro debatir cuestiones de política reglamentaria general, dar un empuje suplementario a los diálogos actuales y futuros en materia de reglamentación y pasar revista a los avances conseguidos en la aplicación del plan de trabajo que se haya adoptado. El foro deberá, asimismo, recabar información a los interesados.

- La promoción entre los legisladores de ambas Partes de un diálogo sobre las prioridades de la cooperación en materia reglamentaria, como importante dimensión exterior de los procesos internos de reforma reglamentaria. Tal diálogo deberá servir para superar los obstáculos a esa cooperación que existen en cada Parte, incluidos los problemas relacionados con los recursos y las autorizaciones.

- La cooperación, cuando proceda, para hacer frente a retos planteados por países terceros o para elaborar y presentar propuestas bilaterales en foros internacionales.

- El establecimiento de acuerdos sectoriales vinculantes , por ejemplo:

- para avanzar en algunas de las cuestiones económicas que contempla el apartado 3.1, entre ellas, la facilitación de las inversiones, la contratación pública, la aviación, el transporte marítimo y el reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales, o

- en los casos en que para un sector concreto no sea suficiente la cooperación reglamentaria de carácter voluntario, especialmente cuando no sea posible progresar por otros caminos o cuando los memorandos de acuerdo de los organismos reguladores se hayan mostrado incapaces de impulsar los avances necesarios. Estos acuerdos sectoriales deberán apoyarse en unos mandatos y unos recursos adecuados y habrán de contar con los mecanismos oportunos para garantizar su ejecución interna e internacional. Establecidos a iniciativa de los organismos reguladores, tales acuerdos no desvirtuarían la autonomía reglamentaria.

- El estudio en algunos de los ámbitos de competencia de la Comunidad de un enfoque horizontal obligatorio que, teniendo en cuenta la evolución de la cooperación en materia reglamentaria, cubra los siete elementos esenciales que establece el apartado 3.1.1 para una cooperación reforzada. La adopción de tal enfoque sólo entrañaría la obligación de cooperar y de consultarse en esos ámbitos y no atentaría contra la autonomía reglamentaria imponiendo metodologías comunes o resultados obligatorios.

Será preciso, asimismo, estudiar la conveniencia de crear un Grupo de trabajo conjunto empresas-consumidores-administraciones que aproveche los recursos combinados de los Transatlantic Business and Consumer Dialogues (Diálogos transatlánticos de empresas y consumidores).

5. ARQUITECTURA BÁSICA DE LAS RELACIONES UE-EE.UU.

El examen del marco en que se desenvuelven las relaciones económicas entre la Unión Europea y Estados Unidos lleva inevitablemente a plantearse la cuestión de las estructuras políticas[7].

5.1. Informe sobre la Nueva Agenda Transatlántica (NAT)

Estando próximo el décimo aniversario de la NAT, adoptada en 1995, la Comisión Europea encargó la elaboración de un informe independiente[8] para evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos marcados y proponer medidas para el futuro.

El informe muestra que en los diez años transcurridos desde 1995 la cooperación UE-EE.UU. ha evolucionado de forma, por lo general, favorable. Muchos de los objetivos más importantes de la Agenda, como, por ejemplo, los referentes a Europa Central y Oriental y a los Balcanes, se han realizado en gran medida. Gracias a la NAT, los intercambios entre la Unión Europea y Estados Unidos se han hecho más intensos, sistemáticos y productivos. Se ha establecido, además, un diálogo regular entre interlocutores que apenas se relacionaban antes. La NAT ha hecho posible también una mayor cooperación en asuntos de política exterior y ha ofrecido normalmente la flexibilidad necesaria para incorporar nuevas materias, a menudo en paralelo con la ampliación de las competencias de la UE (por ejemplo, en relación con la seguridad interior o la lucha contra el terrorismo).

En otros aspectos, sin embargo, el informe presenta una evolución menos favorable. Cita a este respecto la escasa aplicación de los acuerdos económicos y la necesidad de hacer participar en el proceso a los órganos legisladores y reguladores más importantes de ambas Partes. Su conclusión, por tanto, es que la agenda económica UE-EE.UU. tiene que recibir un renovado impulso.

El informe concluye también que el diálogo bilateral se ha visto perjudicado por la falta de compromiso político al más alto nivel, y constata la escasa comprensión que se tiene en Washington de la UE y de lo que ésta representa. El informe, además, pone de relieve la frecuencia con que se han denunciado algunos defectos de la NAT: en muchos casos, se ha lamentado que la falta de compromiso político haya limitado la capacidad de la Agenda para hacer frente a problemas importantes; se ha deplorado también su bajo perfil público y su imagen de ejercicio tecnocrático; se ha denunciado asimismo la desproporcionada complejidad del proceso en relación con sus resultados finales, así como su tendencia a quedar desbordado por los asuntos pendientes y su incapacidad para dar prioridad a los problemas estratégicos de mayor relevancia; se ha argumentado, en fin, que la falta de transparencia ha propiciado un bajo nivel de implicación de los Estados miembros de la UE y que no se ha sido capaz de hacer participar en el proceso a los legisladores.

Según el informe, hay interesados que han aducido la necesidad de un acuerdo de asociación global UE-EE.UU. para garantizar que el proceso siga adelante, acuerdo que proporcionaría por primera vez una sólida base contractual a las relaciones con Estados Unidos. Sin embargo, el informe indica también el escaso apoyo que suscita tal acuerdo en los círculos políticos de ambos lados del Atlántico y previene del riesgo de despertar expectativas que vayan más allá de lo políticamente alcanzable.

La conclusión final del informe es que la NAT ha de convertirse en un marco más global e integrador, capaz de movilizar un mayor compromiso político.

5.2. Necesidad de dar a las relaciones UE-EE.UU. el perfil político adecuado para realizar nuestras ambiciones

La Comisión Europea está convencida de la necesidad de elevar el nivel político y estratégico de las relaciones UE-EE.UU. y de aumentar su eficacia para poder realizar nuestro proyecto común de un orden internacional más democrático, pacífico y próspero. El momento es adecuado. Las recientes visitas a Bruselas del Presidente y del Secretario de Estado de EE.UU. han puesto de manifiesto que este país percibe también el interés de estrechar nuestra cooperación.

Un paso importante en este sentido sería una nueva declaración transatlántica que, proclamando los valores comunes y fijando prioridades para la acción conjunta, se basara en el reconocimiento del alto grado de interdependencia económica de ambas Partes y de la voluntad de una y otra de hacer frente a los desafíos mundiales y regionales que tienen en común[9]. Tal declaración elevaría el perfil político del diálogo UE-EE.UU. en consonancia con la emergencia de la Unión Europea como agente internacional, pero también en respuesta a la reforma de sus instituciones de política exterior.

Es preciso, además, un renovado esfuerzo para arbitrar una participación más directa de los legisladores en los intercambios UE-EE.UU. Ello es necesario para que la UE comprenda mejor el papel desempeñado por el Congreso de Estados Unidos y para que este país, a su vez, entienda mejor las funciones que ejerce el Parlamento Europeo. Esta redefinición del diálogo legislativo debería enmarcarse en un ejercicio más general destinado a hacer de la relación entre ambas Partes un proceso más impulsado desde la base.

Es necesario, asimismo, que la reorganización y actualización de las relaciones UE-EE.UU. refleje, en lo que proceda, las disposiciones del Tratado constitucional europeo una vez que éste haya sido adoptado.

La Comisión, en definitiva, recomienda explorar las vías siguientes:

- dar a la relación UE-EE.UU. un fuerte impulso político para desarrollar y mejorar el marco actual;

- centrar las Cumbres anuales UE-EE.UU. en la fijación de las prioridades estratégicas que procedan y en la evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos durante el año anterior;

- negociar un nuevo plan de acción conjunto para aplicar las prioridades fijadas, y actualizarlo con motivo de cada Cumbre anual;

- establecer un foro para intercambiar puntos de vista sobre asuntos macroeconómicos de interés común;

- reforzar el Diálogo Transatlántico de Legisladores (con la participación de representantes del Parlamento Europeo y de las dos cámaras del Congreso de Estados Unidos), como primer paso necesario hacia una “Asamblea Transatlántica”[10] en toda regla; este diálogo, basado en un entendimiento de sus atribuciones mayor que el que existe actualmente, habrá de incluir las cuestiones de reglamentación que se contemplan en el apartado 4.1. Entre sus cometidos figurarían los siguientes:

- establecer sinergias entre el Diálogo Transatlántico de Legisladores (DTL) y la Nueva Agenda Transatlántica (NAT), coordinando sus reuniones y haciendo uso de los representantes elegidos que tengan las especializaciones sectoriales pertinentes en cada caso;

- instar al Parlamento Europeo y al Congreso de Estados Unidos para que: i) cofinancien nuevos programas de intercambio de personal y ii) creen una secretaría del DTL pequeña pero dinámica;

- organizar bajo los auspicios de la Delegación de la Comisión en Washington un grupo de estudio de la UE compuesto por miembros del Congreso de Estados Unidos;

- convocar encuentros de legisladores al más alto nivel antes de las Cumbres UE-EE.UU.;

- promover el diálogo entre los representantes de los interlocutores sociales de ambas Partes, incluyendo la celebración de una conferencia tripartita en el campo de las relaciones industriales;

- animar el diálogo entre las sociedades civiles, los círculos académicos y otros profesionales de la Unión Europea y de Estados Unidos;

- ampliar los intercambios personales.

La Comisión, además, estudiará el lanzamiento en Estados Unidos de una campaña con los Estados miembros destinada a promover el conocimiento en ese país de lo que es y de lo que hace la UE.

6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Con las iniciativas que aquí se proponen quiere formarse por primera vez un paquete coherente de medidas que permita, además de reforzar el marco general de las relaciones bilaterales, establecer una ambiciosa estrategia común para redoblar los esfuerzos dentro de la asociación económica UE-EE.UU. con vistas a la construcción de un mercado sin barreras. Para ello, sin embargo, es preciso que, con el mismo espíritu que ha animado a la UE en la renovación de la Agenda de Lisboa, una y otra Parte reconozcan las causas de que sólo haya llegado a aplicarse efectivamente algo menos de la mitad de las medidas propuestas en la Asociación Económica Transatlántica de 1998. Por tanto, para toda nueva iniciativa, es necesario previamente dar un salto cualitativo en materia de cooperación y encargar a los responsables políticos y altos funcionarios de ambas Partes una labor regular y prudente de fijación de prioridades y de vigilancia de los resultados, incluido el establecimiento de un lazo permanente con las Cumbres anuales. El lanzamiento de nuevas ideas exige tanto disciplina como realismo.

La Comisión recomienda que:

- sobre la base de la presente Comunicación y de conformidad con sus propuestas, se le encargue la elaboración con Estados Unidos de una estrategia conjunta de fortalecimiento de la asociación económica UE-EE.UU. que, adoptada en forma de Declaración con motivo de la próxima Cumbre, permita:

- fijar con la máxima precisión posible unos objetivos y unos sectores que impulsen el avance cualitativo necesario para la consecución de un mercado sin barreras en la asociación económica entre ambas Partes y

- encargar a los negociadores de una y otra Parte, competentes en cada una de las áreas acordadas, la elaboración en un plazo de seis meses de unos planes y calendarios de aplicación que, combinando sabiamente criterios vinculantes y no vinculantes, permitan alcanzar en la máxima medida de lo posible los objetivos establecidos en la presente Comunicación;

- en el tiempo que resta hasta la Cumbre UE-EE.UU. de este año, se exploren las vías que indica el apartado 5 para reforzar el marco global de las relaciones bilaterales y preparar, si ambas Partes así lo acuerdan, una propuesta para su presentación a la Cumbre del próximo año.

IMPACT ASSESSMENT FORM

TITLE OF PROPOSAL

Communication from the Commission to the Council, the European Parliament and the Economic and Social Committee: “Strengthening the EU-US Economic Partnership for the 21st Century”

DOCUMENT REFERENCE NUMBER

1. WHAT ARE THE IMPACTS LIKELY TO RESULT FROM THE PROPOSAL?

1.1 Economic impacts

The creation of positive economic impacts lies at the heart of the Commission initiative to enhance the transatlantic economic partnership.

The proposal is likely to spur economic growth within the EU. Reducing barriers on both sides of the Atlantic will lead to more trade, investment and procurement opportunities. Removing these obstacles will contribute to a more efficient production of goods and services in Europe and will entail the benefits of larger scale economies. Moreover, it is possible to achieve mutual recognition or even harmonization of differing standards which represent obstacles to trade today, with a favourable cost effect for companies.

Enhanced cooperation with the US in the field of research and development will make an important contribution to stimulating innovation. In sectors where potential for new transatlantic – or even global – markets exists (e.g. hydrogen fuel cell technologies), joint research will promote the development of new technology. In addition, the work envisaged in the field of intellectual property rights (IPR) has the potential to bring better IPR protection, adding incentives to conduct research with a view to developing innovative products and procedures.

1.2 Environmental impacts

Representatives from environmental organisations were invited to participate in the stakeholder consultation process. However, as the envisaged policy options are still rather broad and would need to be transformed into more specific proposals, concrete concerns regarding potential environmental impacts will have to be addressed at a later stage. At this juncture, however it can be said that impacts on the environment of the proposed communication are likely to be limited and globally positive. The reduction of trade barriers that might result from the EU-US partnership and its subsequent economic growth should promote efficiency gains for the use of natural resources. Possible scale effect, i.e. increased use of resources linked to economic growth, should be less significant and will be mitigated by both Parties which have the capacity and the regulatory framework to manage such impacts.

Moreover, the partnership will promote a better coordination of US and EU trade related policies in areas that are fundamental to protecting the environment and consumer health, for example sanitary and phytosanitary policy, trade and environment.

In the event that the proposed policy options would subsequently lead to binding commitments or legislative proposals, a thorough environmental impact assessment would be undertaken in accordance with the Communication on Impact Assessment COM/2002/0276 final.

1.3 Social impacts

To the extent that the reduction of barriers to trade and investment promotes economic growth, the proposal is likely to have a positive impact on employment . As far as wages are concerned, it should be mentioned that fears that increased market openness would place downward pressure on wages are not substantiated in the transatlantic context, given comparable wage levels.

It should be noted that one of the explicit aims of the proposal is to improve transatlantic cooperation on health and safety standards . Increased transparency and improved consumer protection will be to the benefit of European consumers. At the same time, both sides would retain full regulatory autonomy.

There is nothing in the proposals set out in the Communication which could undermine the social model.

1.4 Impacts on third countries and international relations

The impact on third countries will essentially unfold in three areas: (i) joint EU-US efforts in promoting IPR protection, (ii) promotion of global telecommunication standards and introduction of independent telecoms regulators in third countries, (iii) joint EU-US efforts on standard setting in global fora .

The Commission proposal does not affect the EU’s WTO obligations. The initiatives proposed are compatible with and complementary to WTO rules. The WTO TBT code allows the EU to conclude mutual recognition agreements and to accept technical regulations of other countries as equivalent.

2. HOW TO MONITOR AND EVALUATE THE RESULTS AND IMPACTS OF THE PROPOSAL AFTER IMPLEMENTATION?

The Commission recommends the formulation of a joint strategy for the enhancement of the EU-US economic partnership which would direct competent negotiators on both sides in the respective agreed sectors, to draw up as soon as possible implementation plans to achieve to the fullest extent possible the objectives set out in this Communication. It also directs negotiators to start work on a binding Economic Partnership Agreement. Monitoring of implementation would be achieved through the existing and any proposed new dialogue structures.

3. STAKEHOLDER CONSULTATION

3.1 Which interested parties were consulted and what were the results of the consultation?

Following the agenda set out in the 2004 summit declaration, stakeholders in the EU (and the US) were invited to comment on how to improve the economic partnership with the US. Public consultation in the form of a questionnaire was launched on 30 September 2004. The business community, environmental and consumer organizations, trade union and other interested groups and individuals were invited to provide their views on the obstacles they face when trading or investing in each other’s markets as well as on future trade and economic relations between the European Union and the United States.

The questionnaire was provided on the “Your Voice in Europe” Internet site and was open until 31 December 2004. It received about 100 serious and constructive contributions. Inputs came from a broad range of interested parties. Contributions of stakeholders who gave their consent were published on the Internet.

Interested parties also had the opportunity to present their views at stakeholders’ conferences in Brussels on 22 October 2004 and 7 March 2005.

3.2 Compliance with minimum standards for consultation

The Commission ensured that relevant parties had an opportunity to express their opinions on the question of how to foster the transatlantic economic partnership. By inviting all interested parties to participate in two conferences and to complete a comprehensive questionnaire, the Commission guaranteed that all interests were sufficiently taken into account in the consultation process. It also ensured that generous deadlines provided stakeholders with adequate time to formulate their answers. Finally, by making the relevant information public, the publication and feedback requirements of the Commission were met.

[1] COM(2002) 276.

[2] Para conocer las aportaciones de los interesados, puede visitarse la dirección http://europa.eu.int/comm/external_relations/us/consultation/results/index.htm.

[3] En la dirección http://trade-info.cec.eu.int/doclib/docs/2005/march/tradoc_121929.pdf puede consultarse un Informe de la Comisión Europea sobre los obstáculos de EE.UU. al comercio y la inversión (2004).

[4] La Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo de 2.2.2005 que lleva por título “Trabajando juntos por el crecimiento y el empleo – Relanzamiento de la estrategia de Lisboa”, afirma lo siguiente bajo el epígrafe “Crecimiento y empleo: dimensión mundial” (pág. 20): “A nivel internacional, debe realizarse un nuevo esfuerzo de convergencia reglamentaria y administrativa, en particular en las relaciones comerciales transatlánticas. Velando por una mayor convergencia de las normas a nivel internacional - tanto con nuestros principales socios comerciales y con los Estados Unidos como con mercados en rápida expansión como China y la India y otros países vecinos de la Unión - se podrían obtener reducciones significativas de gastos y un crecimiento importante de la productividad. La Comisión se dedicará activamente a la realización de tal programa .” - COM(2005) 24.

[5] Deben recordarse aquí también los acuerdos Euratom de 1996 (fisión) y 2001 (fusión).

[6] En este ámbito sirven de base los trabajos del Grupo operativo Comisión Europea-Estados Unidos para la investigación en materia de biotecnología, grupo que se creó en 1990 como mecanismo consultivo bilateral.

[7] Las estructuras políticas actuales son la Declaración Transatlántica de 1990 y la Nueva Agenda Transatlántica de 1995.

[8] Se trata del informe titulado “Review of the Framework for Relations between the European Union and the United States – An independent study”, que fue elaborado por un equipo universitario dirigido por el profesor John Peterson. Este informe se presentó el 18 de abril de 2005.

[9] Una idea similar fue propuesta por el Presidente John F. Kennedy en el discurso que pronunció en Philadelphia el 4 de julio de 1962. En él, tras afirmar que su país estaba preparado para una Declaración de Interdependencia y para estudiar con una Europa unida las vías y los instrumentos necesarios a fin de construir una asociación atlántica real y mutuamente beneficiosa entre la nueva Unión que entonces emergía en Europa y la vieja Unión Americana fundada en esa ciudad casi dos siglos atrás, el Presidente concluía: “Todo ello no es cosa de un año, pero anunciemos al mundo que éste es nuestro objetivo.”

[10] A este respecto, en su Resolución de 13 de enero de 2005 sobre las relaciones transatlánticas, el Parlamento Europeo “considera que el diálogo legislativo transatlántico (TLD) debería activarse plenamente, que debería establecerse con carácter inmediato un sistema de alerta precoz entre las dos partes, y que los intercambios interparlamentarios existentes deberían convertirse progresivamente en una «Asamblea Transatlántica» de hecho” .

Top