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Document 32016D1783

Decisión (PESC) 2016/1783 del Consejo, de 4 de agosto de 2016, relativa a la firma y celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Islámica de Afganistán sobre la prórroga del Acuerdo sobre el Estatuto de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán)

DO L 273 de 8.10.2016, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/1783/oj

8.10.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 273/1


DECISIÓN (PESC) 2016/1783 DEL CONSEJO

de 4 de agosto de 2016

relativa a la firma y celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Islámica de Afganistán sobre la prórroga del Acuerdo sobre el Estatuto de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 37, en relación con el artículo 218, apartados 5 y 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 30 de mayo de 2007, el Consejo estableció, mediante la Acción Común 2007/369/PESC (1), la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán). El mandato de EUPOL Afganistán, modificado por la Decisión 2014/922/PESC (2), finaliza el 31 de diciembre de 2016.

(2)

El 14 de octubre de 2010, la Unión y la República Islámica de Afganistán firmaron un Acuerdo (3) sobre el Estatuto de EUPOL Afganistán. Dicho Acuerdo caduca el 14 de octubre de 2016.

(3)

A raíz de la adopción por el Consejo, el 26 de octubre de 2015, de una Decisión por la que se autoriza la apertura de negociaciones, la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de conformidad con el artículo 37 del TUE, negoció un acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Unión y la República Islámica de Afganistán sobre la prórroga del Acuerdo sobre el Estatuto de EUPOL Afganistán para que la EUPOL Afganistán finalice su mandato y dé por concluida la misión.

(4)

Procede aprobar el Acuerdo en forma de Canje de Notas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Islámica de Afganistán sobre la prórroga del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Islámica de Afganistán sobre el Estatuto de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán).

El texto del Acuerdo en forma de Canje de Notas se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas a fin de obligar a la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 4 de agosto de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

M. LAJČÁK


(1)  Acción Común 2007/369/PESC del Consejo, de 30 de mayo de 2007, sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL AFGHANISTÁN) (DO L 139 de 31.5.2007, p. 33).

(2)  Decisión 2014/922/PESC del Consejo, de 17 de diciembre de 2014, por la que se modifica y se prorroga la Decisión 2010/279/PESC sobre la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán) (DO L 363 de 18.12.2014, p. 152).

(3)  Acuerdo entre la Unión Europea y la República Islámica de Afganistán sobre el Estatuto de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán) (DO L 294 de 12.11.2010, p. 2).


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